CAPÍTULO IV. ÓRGANOS TERRITORIALES DEL MINISTERIO FISCAL - 2. ÁREA CIVIL

2.8 Coordinación entre la fiscalía del Tribunal Supremo y las fiscalías territoriales

La Sección civil está intentando potenciar y fomentar la relación con los fiscales delegados, a través de una comunicación más ágil y directa, con el fin de reforzar el principio de unidad de actuación en esta materia, al ser esencial para la seguridad jurídica. Con tal pretensión se remiten a todas las Fiscalías las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo que por su contenido sean de interés o novedosas, y se da respuesta a las consultas o dudas que los compañeros/as plantean.

Este año se han celebrado en el mes de noviembre las jornadas de fiscales delegados que, pese a su brevedad, tuvo una gran acogida al posibilitar la vuelta a la presencialidad. En ella se abordaron temas de gran interés como, la protección del Derecho al honor e intimidad -especialmente cuando afectan a menores-; los problemas que plantea el incremento de las reclamaciones derivadas de la inclusión en ficheros de solvencia patrimonial; las dudas surgidas por la entrada en vigor de la Ley 20/2011 de Registro Civil y los supuestos en que el Ministerio Fiscal debe seguir interviniendo; el análisis de los problemas competenciales, especialmente la competencia territorial y la Circular FGE 1/2021 sobre pautas de actuación en esta materia. Pero el tema que concitó la mayoría de las intervenciones fueron las reformas introducidas en materia de familia por la LO 8/21 y la Ley ordinaria 8/21, siendo sin duda la reforma del régimen del art. 94 CC, el aspecto que suscitó el debate más intenso, y de cuyo recorrido se dará cuenta en la memoria del año próximo.