CAPÍTULO IV. ÓRGANOS TERRITORIALES DEL MINISTERIO FISCAL - 2. ÁREA CIVIL

2.3 Derechos fundamentales

Los más abundantes se refieren a la vulneración del derecho al honor, donde siempre se plantea la ponderación entre este derecho y la libertad de información y expresión, materia en la que existe gran litigiosidad y que, si bien muchos de ellos tienen su origen en la llamada prensa del corazón, otros tienen connotaciones propias de confrontaciones sociales, políticas o sindicales de la más variada naturaleza.

Un fenómeno detectado por gran parte de las Fiscalías a lo largo del periodo comentado, que ya se apuntaba en la memoria correspondiente al año anterior, es el notable aumento de los procedimientos derivados de las reclamaciones realizadas por inclusión indebida en el registro de morosos o de insolvencia patrimonial. Se refieren a este incremento las Memorias de Valencia, Zaragoza, Valladolid, Las Palmas, León, Badajoz, entre otras. Algunas fiscalías señalan que estos procedimientos constituyen el 80% del volumen total, lo que se traduce en una importante carga de trabajo y señalamientos para los fiscales, al ser tramitados como procedimiento ordinario.

Algunos delegados, como el de Córdoba añaden que hay morosos profesionales que formulan demanda por cada una de las deudas, no discutidas, que figuran en el archivo por requerimiento indebido, inundando de esta forma a la fiscalía de trabajo, en una materia que en muchos casos está más cerca de una reclamación patrimonial que de una vulneración del derecho al honor.

En este sentido varias fiscalías señalan que en ocasiones se reclama la vulneración del derecho al honor sin pedir indemnización, lo se gana con más frecuencia, obteniéndose una sentencia con imposición de costas a la demandada, y con esa sentencia se inicia posteriormente una reclamación de indemnización, lo que alguna Audiencia Provincial, no admite (Huelva).

Frente a estos supuestos hay otros en que realmente las empresas financieras, prestadoras de servicios, de telefonía etc…utilizan la inclusión en el registro de morosos como forma de presión para que el deudor, que con frecuencia cuestiona la deuda o su importe, pague la misma, práctica esta que supone un abuso contra el consumidor, quien en su indefensión procede al pago para evitar problemas dado que cada cantidad individual no es elevada.