5.2 Actividades del Fiscal de Sala y Fiscales Adscritos. La red de fiscales especialistas y las jornadas anuales de Salamanca. La especialidad de Seguridad Vial. Balance
La realización de encuentros de trabajo en las distintas Fiscalías para conocer de primera mano los problemas de organización de la Red y de la realidad diaria del tráfico y movilidad, ha sido uno de los más importantes retos este año de la Unidad especializada, y por ende del Fiscal de Sala que la coordina. Se empezó por la Fiscalía de la CC. AA. de Cataluña en la que, bajo la dirección del Fiscal Superior, se mantuvo un encuentro conjunto con la Red de fiscales delegados y de enlace dirigidos por la fiscal delegada autonómica, Dirección del Servei de Transit, Mossos d’Esquadra y Policías urbanas para abordar las cuestiones que suscita la investigación de los delitos viales de peligro y resultado, impulsando la unificación de criterios, con especial referencia al nuevo delito de abandono del lugar del accidente y a la impunidad en los controles de drogas, así como la protección de los derechos de las víctimas y las respuestas educativas. También el cumplimiento de las normas viales por ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal (en adelante VMP), constatando la estrecha conexión entre la Red de Fiscales y las Policías de Tráfico y la eficacia de la actuación conjunta en las materias abordadas, todo ello bajo la dirección de la fiscal delegada autonómica, quien ha ejercido desde su nombramiento una extraordinaria tarea de fortalecimiento y coordinación de la Red catalana, la más importante del país, y de liderazgo indiscutible en todas las estrategias autonómicas de seguridad vial. En la Fiscalía provincial se mantuvo un encuentro con la Junta de fiscales decanos, donde se abordaron los supuestos concursales del artículo 382 CP y la competencia del Tribunal del Jurado cuando tras el accidente hay fallecimientos instantáneos y lesionados graves. En el Colegio de Abogados, con la Comisión de Responsabilidad Civil y Baremo del Seguro sobre las praxis judiciales y, en particular, las consignaciones de las Compañías Aseguradoras. Por último, en la Academia de Formación de los Mossos d´Esquadra en jornada monográfica acerca del artículo 25 del Reglamento General de Circulación, y en la sede del RACC de Cataluña para establecer relaciones institucionales, como las que se tienen desde hace tiempo con el RACE de Madrid, centrada en las investigaciones y estudios que los clubes del automóvil tienen sobre siniestralidad y movilidad.
En Málaga se aprovechó para convocar a los delegados y Policías de Tráfico de Andalucía Oriental sobre las mismas temáticas y comprobar el cumplimiento de lo indicado en los Dictámenes 1/2021 y 2/2021 del Fiscal de Sala Coordinador, resolviendo las dudas existentes. Asimismo, junto con el Fiscal-Jefe y la fiscal delegada se mantuvieron encuentros con el Alcalde y Concejal de Movilidad a fin de examinar las cuestiones que se suscitan en este ámbito y organizar el seguimiento de las mismas, haciéndose lo mismo respecto a la Fiscalía de Área de Marbella y su Ayuntamiento. En Sevilla, se convocó reunión de fiscales delegados, Policías de Tráfico y Concejal de Movilidad con orden del día semejante, comprobándose la perfecta unificación de criterios que el fiscal delegado autonómico de Andalucía, presente en ambos encuentros, ha conseguido en los atestados de todas las Policías Locales andaluzas que utilizan un modelo unificado, siendo este un logro único en el territorio nacional. En Córdoba junto con el Fiscal-Jefe y la fiscal delegada se visitó el Ayuntamiento para impulsar el seguimiento del Plan de Movilidad y en el encuentro con los Policías de Tráfico la reunión se centró en el compromiso policial con las estrategias educativas, que abandera en el ámbito nacional la fiscal delegada, y en los derechos de las víctimas, con la acertada propuesta del Jefe de la Policía Local de Villanueva de Córdoba de incluir un especial cuidado y sensibilidad en la recogida en el lugar del accidente de los recuerdos, objetos y enseres de los que han perdido la vida.
En el encuentro celebrado en Valencia, cuyo fiscal delegado asumió la dedicación exclusiva a Seguridad Vial acompañado por una excelente Sección de fiscales adscritos y de enlace, se constató la eficacia del protocolo de atención a víctimas de la Policía Local. En la de Bilbao, con el compromiso decidido del Fiscal Superior y dimensión autonómica, se abordaron las temáticas de la despenalización de las imprudencias de tráfico con las Policías de Tráfico y los Colegios de Abogados y la organización de cursos de formación en Baremo del Seguro. Tanto la Ertzaintza como las Policías locales manifestaron, lo que es una realidad general, la carencia de efectivos dedicados a la seguridad vial, y la primera manifestó su compromiso a seguir organizando cursos de reconstrucción de accidentes como el de este año realizado para delegados del País Vasco y CC. AA. limítrofes. Se subrayó con las Asociaciones de Víctimas el funcionamiento de las Oficinas que les atienden. El Fiscal de Sala, como en las demás reuniones referenciadas, recordó y exhortó al cumplimiento del Oficio que les fue enviado a las Policías de Tráfico sobre los modelos o protocolos en torno a la evaluación de signos de afectación del consumo de drogas en la conducción, dados los bajos índices de derivación a la vía penal. La Fiscal Superior va a impulsar en el País Vasco con las Consejerías competentes un Protocolo sobre la detección de casos de carencia de condiciones psico-físicas para la conducción. Como cuestión de mayor relevancia se puede destacar el Pacto del País Vasco sobre la Seguridad Vial y Movilidad Sostenible de gran envergadura político-social en el que participan todos los colectivos e instituciones implicadas y en el que adquiere un papel protagonista la Especialidad de Seguridad Vial a través del fiscal delegado.
Sin duda la tarea de mayor relevancia de la Unidad ha sido la presentación en la Secretaría Técnica del Borrador de la Circular sobre la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de seguridad vial tendente a sustituir a la Circular 10/2011 FGE. En el texto se resumen las profusas iniciativas y objetivos logrados por la Red con la debida traducción técnico-jurídica y la importante tarea de doctrina científica realizada con los seis Dictámenes del Fiscal de Sala elaborados desde 2016 tras la Instrucción 1/2015 FGE; las conclusiones de las Jornadas anuales; múltiples ponencias obrantes en los archivos informáticos y estudios sobre casos concretos realizados por los fiscales delegados.
Se destaca igualmente, por su inmediata eficacia, la elaboración de los Dictámenes 2/2021 sobre los VMP y su conceptuación legal y demás vehículos que socialmente se les asimilan, determinando cuáles tienen la condición de ciclomotores o vehículos a motor, y el Dictamen 1/2021 sobre la Reforma operada por la LO 2/2019 sobre las imprudencias de tráfico y nuevo delito de abandono del lugar del accidente. En él se examina la STS 421/2020, de 22 de julio, interpretando los nuevos artículos 142.2 y 152.2 CP, que obliga ante indicios de infracción administrativa grave causalmente conectada con el resultado, a incoar diligencias previas y practicar prueba para evitar la despenalización con archivos a limine del artículo 269 LECrim o del artículo 779.1 LECrim que lleva a las policías a no levantar atestado, praxis surgida tras la reforma penal de 2015.
Para todo ello es precisa la conexión de los fiscales delegados con los fiscales adscritos a los juzgados de instrucción, nota ad hoc de los Fiscales-Jefe y estrecha conexión de las Policías de Tráfico con ellos para comunicarles las remisiones al Juzgado.
Por la Unidad especializada se remitió un Oficio a las Policías para determinar los casos en que deben incoar atestado, la información médica indiciaria de la subsunción penal y la imprescindible e inmediata relación con el fiscal delegado. Sobre estas relevantes cuestiones han girado en buena medida las reuniones anteriormente citadas, las Jornadas anuales de especialistas y los esfuerzos de la Red, todo ello con el objetivo de encontrar un modus operandi fundado en la coordinación policía-fiscal delegado–fiscal del juzgado, adecuado a las características de cada territorio jurisdiccional. Ha habido progresos relevantes que relatan las Memorias de los fiscales delegados, pero queda tarea por realizar, en particular en las provincias de mayor volumen de procedimientos.
De todo ello depende, particularmente en los delitos del artículo 152 CP, que haya una respuesta penal mínima en las imprudencias de tráfico y que las víctimas, que en el proceso penal gozan de los derechos de la Ley 4/2015, de 27 de octubre, del Estatuto de la víctima del delito (en adelante EV), sean resarcidas con prontitud, especialmente las económicamente vulnerables. En el Dictamen asimismo se examinan las demás modificaciones legales operadas y, en particular, los supuestos concursales de los artículos 142 bis, ya aplicados en sentencias de Cantabria, Salamanca y Barcelona, y 152 bis y el delito de abandono del lugar del accidente del artículo 382 bis, todos ellos del CP.
En febrero de 2021, el Fiscal de Sala asistió como invitado al Consejo Superior de Tráfico y Movilidad Sostenible en que se abordan todas las respuestas y estrategias ante ambas con una alta representatividad de instituciones estatales, autonómicas y locales, asociaciones de usuarios de las vías, de víctimas, centros de reconocimiento de conductores, autoescuelas, entidades de auxilio en carretera y entidades empresariales y sociales relacionas con ambas materias, de cuyo contenido se hará referencia a lo largo de este escrito.
En relación al trabajo de los miembros de la Unidad especializada, el fiscal adscrito desarrolla un excepcional trabajo tanto en el ámbito puramente científico (tecnologías de la conducción, manipulación de tacógrafos, metrología, controles de drogas, características técnico-científicas de los VMP, entre otras), como técnico-jurídico, siendo autor de relevantes ponencias y estudios obrantes en los archivos de la Red y atendiendo y resolviendo infinidad de dudas o cuestiones planteadas por los fiscales delegados, lo que le ha hecho merecedor de la Cruz de S. Raimundo de Peñafort. Por su parte, la fiscal adscrita ha focalizado su trabajo en los seguimientos de homicidios y lesiones imprudentes, atendiendo cuantas dudas y cuestiones han suscitado los fiscales delegados, así como en la redacción del apartado del Baremo del Seguro del borrador de Circular y en la Comisión de trabajo sobre el seguro de VMP.
La Red no ha parado de crecer con la figura del colaborador voluntario que ayuda a la Especialidad sin designación formal ni relevación de otras funciones, lo que exterioriza un aumento en el interés que progresivamente va suscitando la materia en el Ministerio Fiscal. Las consultas e iniciativas son continuas y ha aumentado de modo exponencial el archivo informático al que todos tienen acceso con ordenada doctrina y jurisprudencia sobre las distintas materias. Algunos delegados han publicado estudios de elevado nivel en las revistas jurídicas y debe destacarse la publicación de dos libros cuyo autor es el fiscal delegado de Murcia: «La doctrina unificada del Tribunal Supremo sobre los delitos contra la seguridad vial» y «La imputación del resultado en accidentes de tráfico», que han gozado de gran difusión por su muy destacada calidad científica.
Las Jornadas de la especialidad tuvieron lugar los días 4 y 5 de octubre en Salamanca. Se iniciaron con la intervención del Jefe Provincial de Tráfico, quien se centró en exponer descriptivamente los contenidos objeto de examen en la Comisión Provincial de Tráfico, a la que asiste regularmente el Fiscal Jefe, y en las que se abordan el conjunto de las estrategias globales sobre la seguridad vial y movilidad sostenible en la provincia. De ahí surgió como primera conclusión que los delegados deben de asistir a estas Comisiones para estar al día de las realidades y respuestas frente a ellas y desempeñar así más eficazmente sus funciones. Se refirió a la insuficiencia de los reconocimientos médicos para la obtención o prórroga del permiso y al modo de detectar los supuestos de pérdida de vigencia del artículo 36 del Reglamento General de Conductores. En el Consejo Superior de Tráfico antes citado los representantes de los Centros de Reconocimiento de Conductores propusieron su incardinación en el Ministerio de Sanidad y la conexión con los datos médicos de los examinado.
En las Jornadas se pusieron en común las experiencias aplicativas del Dictamen 2/2021 en relación con la función de los delegados de velar por la legalidad vial en la ciudad en cuanto a los comportamientos irregulares de ciclistas y usuarios de VMP, adoptando conclusiones operativas al respecto, así como sobre la coordinación con los fiscales adscritos a los juzgados para evitar los archivos improcedentes de accidentes de tráfico en alusión al Dictamen 1/2021 a que se ha hecho referencia.
Fue motivo de especial consideración la propuesta del fiscal delegado autonómico de Extremadura, de formarse en la ciencia sobre reconstrucción de accidentes, prueba pericial decisiva en los procedimientos por delitos de homicidio y lesiones imprudentes de los artículos 142 y 152 CP, lo que materializó con la organización de unas Jornadas en la Escuela de Tráfico de la Guardia Civil de Mérida, y en concreto, con el ERAT, Grupo del máximo nivel científico. El curso, impartido por miembros de este último, versó sobre el avanzado programa MOSES elaborado con las más recientes tecnologías internacionales, pruebas de alcohol y drogas, así como modos de conducción, maniobras de derrape y otras en el circuito de prácticas. A raíz de las Jornadas el Fiscal de Sala envió un oficio a los fiscales delegados en el que se acordaba la inclusión en el Foro Virtual del contenido de las ponencias y se encomendaba al fiscal delegado autonómico de Extremadura la permanente actualización y conexión con la Escuela para que los avances científicos se trasladen a la Red. De esta forma se facilita a los delegados los medios para que en los accidentes de mayor trascendencia y en relación con la elaboración del informe técnico científico puedan dar las instrucciones necesarias, velen para que los agentes policiales que lo han elaborado al ser citados a juicio tengan conocimiento de los informes periciales de las partes y planteen, en su caso, la práctica conjunta de la prueba pericial.
Asimismo, se abordó la ausencia de formación en las Fiscalías sobre Baremo del Seguro y la participación de todos en el Curso de Formación de Formadores, ya impartido, con el compromiso de difundir los conocimientos adquiridos. Por último, las funciones del Ministerio Fiscal en Movilidad Sostenible, concretando el seguimiento que ha de hacerse de los Planes y Ordenanzas de Movilidad en reuniones periódicas con autoridades, técnicos y expertos municipales.