CAPÍTULO III. FISCALES COORDINADORES/AS Y DELEGADOS/AS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 1. VIOLENCIA...

1.6 Propuestas de actuación administrativa

1. Establecimiento de ventanillas únicas de recepción de denuncias, creando un sistema de asistencia coordinado, especializado y multidisciplinar (policial, trabajo social y psicológico) para dar una adecuada respuesta a la demanda de las víctimas.

2. Creación e implementación en todo el territorio de órganos de investigación y enjuiciamiento especializados en violencia contra la mujer.

3. Creación en todas las provincias de las Unidades de Valoración Forense Integral, con una dotación suficiente de profesionales adecuadamente formados en violencia de género y maltrato infantil y que estén a disposición de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer durante las guardias. Es imprescindible su presencia y especialización para explorar a los/as menores antes de adoptar cualquier medida que les afecte, para determinar cuál es el superior interés del menor y evaluar, en su caso, la relación paternofilial; para llevar a cabo las pruebas preconstituidas de los menores de conformidad con el artículo 448 y 449 ter de la LECrim y para contar sin dilaciones con informes periciales de calidad.

4. Garantizar la fácil comprensión y la comunicación de las personas con discapacidad –víctimas, investigados y demás intervinientes en el proceso penal o civil competencia de los JVM–, asegurando la disponibilidad de intérpretes, facilitadores y el uso de herramientas como la lectura fácil, sistemas alternativos y aumentativos de comunicación, pictogramas, etc. (Ley 2/2022 de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación)

5. Mejorar las instalaciones de los edificios judiciales, adaptando espacios para evitar el encuentro entre víctimas e investigados; salas para la recepción y espera de los menores; creación de espacios que permitan que la audiencia de los y las menores de edad sea realizada con rigor, tacto y respeto (cámaras Gesell), en definitiva, la mejora de las instalaciones de los edificios judiciales pensando en la calidad del servicio público y en el bienestar emocional de los usuarios.

6. Garantizar que todas estas Oficinas de Asistencia a Víctimas estén debidamente dotadas de personal multidisciplinar (gestor/a, psicólogo/a, trabajador/a social y letrado/a) formados en la especialidad, que tengan disponibilidad durante el servicio de guardia de los juzgados y que cuenten con el apoyo de intérpretes, facilitadores y herramientas como la lectura fácil, sistemas alternativos y aumentativos de comunicación, pictogramas, etc., para facilitar la comunicación y comprensión de las víctimas con discapacidad

7. Garantizar la aprobación y, en su caso fomento de protocolos de actuación de las Oficinas de Asistencia a las Victimas de delito y en su caso de coordinación y colaboración con otras instituciones.

8. Dotar a los órganos judiciales de un sistema informático único o, en su defecto, proceder a la integración de los diferentes sistemas informáticos existentes en España, de manera que se permita acceder a toda esa información en todo el territorio nacional, y crear un sistema de alertas que pueda advertir a los jueces y fiscales de la existencia de esos procesos.

9. Implementación en la Fiscalía de herramientas informáticas que nos permitan la gestión, el tratamiento y acceso a los procedimientos, para dar una respuesta unitaria y fiable frente al fenómeno de la violencia contra la mujer.