CAPÍTULO II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 6. FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA CRIMINALIDAD...

6.5 Principales causas en las que interviene la Fiscalía Especial

Sin pretensión de exhaustividad y como mera referencia a algunos de los procedimientos más destacados tramitados en 2021 cabe mencionar los siguientes, que aparecen clasificados en los tres grandes ámbitos de actuación de la Fiscalía.

6.5.1 Relacionadas con la delincuencia económica

Sumario 3/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (Fórum Filatélico).

La sentencia 23/2018, de 13 de julio, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Nacional por la que fueron condenadas 20 personas, fijándose una responsabilidad civil por importe de 3.707.127.583 € y unas penas máximas para el presidente de Fórum Filatélico de 12 años y 4 meses de prisión, fue confirmada parcialmente por STS n.º 688/2019, de 4 de marzo de 2020. Con motivo de estas condenas se ha declarado en firme el decomiso de 31 fincas radicadas en varias localidades españolas, así como un total de 6.014.420 €, 24.000 CHF y el saldo obrante en otras 8 cuentas bancarias.

La ejecución de la sentencia (ejecutoria n.º 33/20) en algunos aspectos resulta particularmente laboriosa y ha exigido una dedicación permanente del Ministerio Fiscal a lo largo de todo el año 2021.

Sumario 2/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1 (Afinsa).

La ejecutoria (n.º 100/17) sigue su normal tramitación con las incidencias propias de la complejidad de la causa de la que trae origen, evacuándose continuamente informes por el Ministerio Fiscal. En ella se ejecutan los pronunciamientos penales y civiles contenidos en la sentencia 22/2016, de 27 de julio, confirmada por la STS 749/2017, de 21 de noviembre de 2017.

Diligencias Previas 90/2010, del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (SGAE).

Este procedimiento tiene su origen en las Diligencias de Investigación n.º 4/2009, relativas a las posibles irregularidades que pudieran haberse llevado a cabo en el seno de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) mediante la creación y actuación de un grupo de sociedades que estarían regidas por personas con puestos de responsabilidad en la propia SGAE y cuyas relaciones negociales entre ellas y con la SGAE se cuestionan, atendidos los fines que el ordenamiento prevé para tal sociedad de gestión. Formadas piezas separadas, en la denominada «pieza principal» se formuló el 20 de septiembre de 2107 escrito de calificación. Se dirigió la acusación contra 11 personas, por delitos de apropiación indebida, con alternativa de administración desleal, ambos continuados; falsedad continuada en documento mercantil y asociación ilícita. El total del perjuicio causado a la SGAE por una estructura creada y consentida durante unos quince años, habría ascendido a 47.606.746,46 €. Se ha celebrado el juicio oral ante la Sección 2.ª de la Audiencia Nacional durante los meses de septiembre a diciembre del año 2020, que ha dictado una sentencia absolutoria el 17 de marzo de 2021.

La pieza separada «Informe MF 3085» (ARTERIA) ha tenido por objeto la investigación de la llamada red ARTERIA (a raíz de denuncia del que fue arquitecto de la SGAE durante más de 20 años). Formulado escrito de calificación el 11 de diciembre de 2019, en el cual se solicitaba para el único acusado y principal dirigente de la SGAE, la pena de cuatro años de prisión por delito de administración fraudulenta, así como una indemnización cercana a los treinta millones de euros como perjuicio ocasionado a la SGAE como consecuencia de la adquisición por esta entidad de gestión –a través de la «Fundación Autor»– de los teatros Lope de Vega y Coliseum, más ciertas fincas anejas, el 18 de diciembre de 2019 se dictó auto de apertura de juicio oral ante el Juzgado Central de lo Penal. El juicio se celebró durante todo el mes de febrero de 2021 en el Juzgado Central de lo Penal y concluyó con sentencia absolutoria el 5 de marzo de 2021, confirmada parcialmente en lo esencial por Sentencia de la Sala de 13 de octubre de 2021, que revoca únicamente para afirmar la no prescripción de los hechos y la concurrencia del requisito de perseguibilidad en contra de lo que sostenía el Juez de lo Penal.

Diligencias Previas 112/2011, del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (Nueva Rumasa).

El procedimiento se sigue por delitos de estafa, alzamiento de bienes, delito contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales. En fecha 23 de febrero de 2017 se formuló el escrito de acusación por el Ministerio Fiscal y el 28 de abril de 2017 se dictó auto de apertura del juicio oral. El procedimiento se encuentra elevado a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y casi cinco años después de haberse acordado la apertura del juicio oral, se ha señalado el inicio de las sesiones del juicio oral para el mes de octubre de 2022.

Diligencias Previas 77/2012 del Juzgado Central de Instrucción n.º 3 (pieza separada CAM: operaciones con Valfensal, S. L.)

Querella de la Fundación CAM por apropiación indebida, administración desleal, contra el Director general de la CAM, el Director general de empresas de la CAM y contra los empresarios del Grupo Mar Confort Hoteles, en relación a operaciones realizadas por la sociedad TIP, Tenedora de Inversiones y Participaciones S. L., participada el 100% por la CAM, con sociedades pertenecientes al grupo Valfensal. Celebrado el juicio oral, durante el mes de octubre de 2020, se dictó sentencia el 15 de diciembre del mismo año, condenatoria para todos los acusados. Las defensas han recurrido en casación, actualmente pendiente de resolución.

Diligencias Previas 76/2012 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1 (Banco de Valencia).

Estas diligencias se incoaron con motivo de la denuncia interpuesta por el FROB contra, entre otros, el Consejero Delegado del Banco de Valencia por la posible comisión de diversos delitos societarios.

Por auto de 27 de junio de 2012 se requirió de inhibición al Juzgado de Instrucción n.º 3 de Valencia respecto de las DP 773/12 que se siguen por querella presentada por algunos accionistas de la entidad Banco de Valencia contra miembros del Consejo de Administración.

Tras la práctica de las diligencias de instrucción necesarias, el 27 de febrero de 2018 se presentó escrito de calificación por un delito de administración desleal. El Juzgado dictó auto de apertura de juicio oral el 22 de octubre de 2018.

De este procedimiento se han desgajado las DP 33/13; 39/13; 45/13 y 46/13. En estas últimas se dictó auto de PA el 19 de febrero de 2018 y fue presentado escrito de acusación el 23 de febrero de 2018.

Se celebró el juicio entre los meses de noviembre y diciembre de 2021, en el Juzgado de lo Penal de la Audiencia Nacional, dictándose sentencia absolutoria con fecha de 14 de diciembre de 21. Actualmente, pendiente de la resolución del recurso de casación.

Diligencias Previas 31/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Seguidas por presuntos delitos de falseamiento de cuentas anuales y otra información económica o contable de los arts. 290 y 282 bis CP, estafa de los arts. 248 y 250 CP y utilización de información relevante del art. 285 CP, contra algunos miembros del consejo de administración y otros cargos ejecutivos de la entidad Pescanova, SA.

La instrucción de la causa concluyó el 06 de junio de 2017. El Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación en fecha 23 de abril de 2018 contra 19 personas físicas y 7 personas jurídicas, habiéndose dictado auto de apertura de juicio oral de 11 de junio de 2018. Interesa destacar que el 2 de diciembre de 2019 se celebró el juicio oral, recayendo sentencia núm. 14/2020, de 6 de octubre, de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que condenó a 7 personas físicas y 1 persona jurídica con penas que van desde los seis meses a los seis años de prisión, por delitos de falseamiento de cuentas anuales y otra información económica o contable, falsedad en documento mercantil, estafa y utilización de información relevante. Dicha sentencia no es firme por haberse recurrido en casación. Con motivo de estas condenas se acordó el decomiso –todavía no firme– de 4.651.000 €. Las actuaciones llevadas a cabo durante el año 2021 han ido referidas exclusivamente a resolver incidencias derivadas de la ejecución de las medidas cautelares acordadas durante la instrucción.

Diligencias Previas 65/2013 del Juzgado Central n.º 1 (Banco de Valencia).

Iniciadas en virtud de querella de una asociación de inversores, APABANKVAL por falsedad documental y administración desleal en relación con las cuentas de Banco de Valencia del ejercicio 2010 contra los miembros del Consejo de Administración del Banco, el auditor y la sociedad auditora Deloitte.

Tras la práctica de las oportunas diligencias, finalmente, se presentó en enero de 2020 escrito de conclusiones provisionales. En cuanto a la responsabilidad civil subsidiaria se ha dirigido contra las entidades con representación en el Consejo de Administración de Banco de Valencia, BANCAJA y su Fundación, y contra BFA y BANKIA. En enero de 2022 se amplía la imputación como responsable civil subsidiario contra CAIXABANK SA, como sucesora de BANKIA SA tras la fusión por absorción.

Diligencias Previas 118/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 3 (Bancaja, Grand Coral).

Entre 2005 y 2009, Bancaja y su filial Banco de Valencia, realizaron, a través su sociedad inmobiliaria Bancaja Habitat y del propio Banco de Valencia una serie de inversiones en el Caribe, concretamente en México. De toda la operativa descrita en el informe de PwC, destacan tres operaciones muy significativas y que implican la comisión de un delito de apropiación indebida.

Se presentó escrito de acusación el 26 de septiembre de 2018 por delito de apropiación indebida y blanqueo de capitales contra 48 acusados. Los hechos vienen referidos a la Operación Grand Coral en la que resultó perjudicada Bancaja y Banco de Valencia, solicitándose una indemnización de 178.283.103 € a favor de las sucesoras de estas entidades bancarias. Dictándose auto de apertura de juicio oral el 8 de noviembre de 2018, dicho auto quedó anulado de resultas de un recurso ante la Sala y el Ministerio Fiscal volvió a calificar en nuevo escrito de conclusiones provisionales de fecha 28 de febrero de 2019, lo que motivó el auto de 11 de abril de 2019, que acordó la apertura del juicio oral. Actualmente, se encuentra pendiente de señalamiento.

Diligencias Previas 45/2019, del Juzgado Central de Instrucción n.º 6.

En 2020 se dio por concluida la fase de instrucción, dirigiéndose la acusación contra el anterior CEO y 4 personas directivas inmediatamente dependientes de aquel, por un delito continuado de falsedad de cuentas anuales de la mercantil DIA, S. A

Diligencias Previas 2310/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 31 de Madrid.

Tiene su origen en una denuncia formulada por el Ministerio Fiscal, contra el exPresidente de Caja Madrid y Bankia y su asesor fiscal por delitos contra la Hacienda Pública, alzamiento de bienes, blanqueo de capitales y corrupción privada.

El 18 de marzo de 2021, se presentó el escrito de acusación por delitos de blanqueo, contra la Hacienda Pública y corrupción en los negocios, en este procedimiento hay tres personas jurídicas en condición de acusadas.

Diligencias Previas 31/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (Vitaldent).

Procedentes de las Diligencias Previas núm. 606/2015, del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Majadahonda, traen su origen de las Diligencias de Investigación n.º 13/2013 de esta Fiscalía Especial. Por auto de 22 de marzo de 2016, el Juzgado Central de Instrucción n.º 6 incoó las presentes Diligencias Previas por delitos de blanqueo de capitales, falsedad, estafa, fraude fiscal y otros en el seno de una organización perfectamente estructurada, lo que determinó la detención de los investigados, entradas y registros y adopción de medidas cautelares personales y reales. Se investiga la trama económica de Vitaldent, con relación a un posible delito de insolvencia punible y blanqueo de capitales mediante contacto con la «mafia» siciliana.

Se promovió la administración judicial del grupo empresarial Vitaldent para, posteriormente, venderlo al fondo de inversión JB, permitiendo la continuidad del negocio y los puestos de trabajo.

La causa se halla pendiente de que por el instructor se dicte el correspondiente auto de transformación conforme al artículo 779.4.º LECrim.

Diligencias Previas 30/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2 (caso Iberdrola).

Las presentes Diligencias Previas tienen su origen en denuncia presentada contra Iberdrola Generación España SAU, por posible delito relativo al mercado y a los consumidores del artículo 281 del Código Penal.

El 12 de julio de 2019 se acordó por la Fiscalía, con la finalidad de impulsar la tramitación del procedimiento, la práctica de diversas diligencias consistentes en la recopilación de información a través de la Unidad de Policía Judicial adscrita a esta Fiscalía. En julio de 2021 el Magistrado Instructor acordó la conclusión del plazo de investigación, en la actualidad se siguen practicando las diligencias acordadas con anterioridad.

Diligencias Previas 42/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4 (Banco Popular Español).

En las Presentes Diligencias Previas mediante auto de 4 de octubre de 2017 se acordó la incoación del procedimiento. Se investiga la ampliación de capital realizada por el Banco Popular Español S. A en el ejercicio de 2016, por un importe de 2.505,5 millones de euros. Para captar el capital de los potenciales inversores el Banco proporcionó a estos, a través de los folletos de inversión, una información de sus estados contables y financieros que no reflejaba la verdadera situación económica de la entidad de suerte que, de haber reflejado la imagen fiel, no se habría efectuado la inversión en los términos y condiciones que lo fue. Algunas de las diferencias contables de carácter relevante se pusieron de manifiesto meses después cuando se llevaron a cabo por la entidad diversos ajustes contables.

Se investiga también lo que por alguno de los querellantes y denunciantes se considera una campaña de desprestigio del banco a través de la publicación de noticias que contenían datos o información falsa, para hacer caer el valor de la cotización de sus acciones y obtener así importantes beneficios.

Tras haberse presentado un informe pericial, en abril de 2019, elaborado por inspectores del Banco de España, se han realizado las diligencias necesarias para recopilar la documentación e información que se ha considerado conveniente para el esclarecimiento de los hechos y recibido declaración como investigados a 20 de los miembros del consejo de administración de la entidad bancaria. Durante 2021 se siguen practicando diligencias tendentes a la incorporación a la causa de documentos necesarios para el esclarecimiento de los hechos y declaraciones testificales.

Diligencias Previas 35/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1 (caso RFEF).

El procedimiento se inició en virtud de denuncia del Ministerio Fiscal de 06 de abril de 2017 por presuntas irregularidades en actuaciones llevadas a cabo por dirigentes de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que pudieran suponer un grave perjuicio para ella a favor de empresas proveedoras, posibles vinculaciones entre miembros de las Federaciones Autonómicas de Fútbol y empresas que realizan obras en instalaciones deportivas vinculadas a dichas federaciones, y otros hechos. La denuncia se dirige contra 24 personas físicas y 15 personas jurídicas que figuran como investigadas en la fase de instrucción.

En el año 2021, se han practicado numerosas declaraciones testificales y de investigados y en aras del impulso procesal, el Ministerio Fiscal ha emitido diversos informes solicitando la práctica de diligencias de instrucción.

Diligencias Previas 42/18, del Juzgado Central de Instrucción n.º 4.

Se trata de lo que pudiera ser considerado el mayor desfalco a nivel mundial que se haya cometido de un fondo soberano, en este caso de Malasia, con ramificaciones en España. Es un procedimiento que se inicia en virtud de denuncia del Ministerio Fiscal de 14 de junio de 2018, a partir de una investigación que se estaba llevando a cabo en el seno de las Diligencias de Investigación n.º 6/2017. La judicialización realizada consigue evitar la salida de territorio nacional de una importante suma de millones de euros que constituiría ganancia procedente de delito de blanqueo de capitales cometido a través de negocio jurídico concluido tres años antes con dinero procedente de cuenta bancaria en país extranjero, a su vez con origen en actividad delictiva en otros países. Adicionalmente se han adoptado otras medidas cautelares reales sobre bienes valorados en un muy elevado importe.

Tanto por blanqueo como por otros delitos se han originado investigaciones, y existen juicios en marcha en varios continentes, dadas las dimensiones extraordinarias de la actividad delictiva de base, que bien podría superar en conjunto los cuatro mil quinientos millones $ USA.

Diligencias Previas 63/2014, del Juzgad Central de Instrucción n.º 1 (caso Gowex).

Se incoaron en el mes de julio 2014 tras la comparecencia en el Juzgado de Guardia de la Audiencia Nacional del socio fundador y administrador único de la mercantil Gowex, cuya actividad es la prestación de servicios de soporte de comunicación y de wifi en las ciudades. La referida mercantil cotizaba en Bolsa en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) en España y también desde el año 2010 salió al mercado bursátil Alternext, homólogo al anterior, pero en Francia. En la citada comparecencia señaló que las cuentas de la citada mercantil desde su salida a Bolsa, no respondían a la realidad contable de la misma, lo que no impidió la captación de nuevos inversores.

Con fecha 4 de abril de 2019, se formuló escrito de acusación contra personas físicas y jurídicas, entre otros, por delitos de falsedad, apropiación indebida, societario, fraude de inversores, fraude a los presupuestos de la Unión Europea y uso de información relevante para la cotización. El 21 de agosto de 2019 se dictó auto de apertura de juicio oral. En noviembre de 2021, se acordó la devolución de la causa al Instructor y la suspensión del juicio oral.

Diligencias Previas 56/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4 (caso Urbas).

Incoadas en virtud de querella por auto de 26 de julio de 2017, en relación a ampliación de capital, por importe superior a 300.000.000 €, de la sociedad cotizada en bolsa Urbas Grupo Financiero S. A. suscrito mediante la aportación de múltiples fincas con serios indicios de haber sido fuertemente sobrevaloradas.

Con fecha 5 de abril de 2021 se presentó escrito de acusación contra 14 personas por delitos relativos al mercado y a los consumidores del artículo 282 bis CP, delitos societarios de los artículos 291, 295 y 296.2 CP, así como de estafa de los artículos 248.1, 249, 250.1.5.º y 251 bis CP, con la responsabilidad civil subsidiaria de las entidades Grant Thorton, Urbas Grupo Financiero y otras.

La causa fue elevada para su enjuiciamiento a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, pendiente de señalamiento para la celebración del juicio oral.

Diligencias Previas 9/2020 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2.

El origen de las presentes diligencias se encuentra en una investigación cuya referencia fueron las diligencias de investigación n.º 13/2018 de esta Fiscalía, que dieron lugar a que se interpusiese querella ante la Audiencia Nacional, habiendo sido admitida por el Juzgado Central de Instrucción n.º 2, que decretó el secreto de las actuaciones.

La investigación, consiste de forma sucinta, en la existencia de unos ciudadanos ucranianos y letones que formarían parte de una red internacional no identificada hasta el momento, que se dedica al tráfico ilegal de armamento, creando para ello una estructura societaria en territorio español (Barcelona y Alicante), utilizando personas interpuestas y entramados societarios ubicados en países de la Unión Europea y en países con nula colaboración fiscal, todo ello con la finalidad de dar apariencia legal a la adquisición de patrimonio, proveniente de empresas de transporte marítimo, que fletan buques en donde se traslada material armamentístico destinado a países en procesos bélicos, sin la preceptiva autorización de las Naciones Unidas, violando así los embargos internacionales.

Cabe mencionar, que cinco son las personas jurídicas que figuran como investigadas en la instrucción.

Diligencias Previas 42/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4.

Las Diligencias se incoaron en virtud de denuncia formulada por el Ministerio Fiscal en fecha 14 de junio de 2018, derivadas de las diligencias de Investigación 6/17 de esta Fiscalía, que tuvieron su origen en un informe de inteligencia financiera remitido por el SEPBLAC por presuntos delitos de blanqueo de capitales y organización criminal.

La judicialización realizada consigue evitar la salida de territorio nacional de una importante suma de millones de euros que constituiría parte de la ganancia procedente de delito de blanqueo de capitales cometido a través de negocio jurídico concluido tres años antes con dinero procedente de cuenta bancaria en país extranjero, a su vez con origen en actividad delictiva en otros países. Adicionalmente se han adoptado otras medidas cautelares reales sobre bienes valorados también en un muy alto importe

Tanto por blanqueo como por otros delitos se han originado investigaciones, y existen juicios en marcha, en varios continentes dadas las dimensiones extraordinarias de la actividad delictiva de base, que bien podría superar los cuatro mil quinientos millones de dólares.

Diligencias Previas 31/16 del Juzgado Central n.º 2.

La querella que dio lugar a esta causa tiene por origen informe emitido por la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) sobre la actividad de un despacho consistente en el auxilio a sus clientes en la formación de estructuras societarias ficticias para favorecer la elusión de impuestos, así como en la utilización por el propio despacho de estructuras idénticas para la elusión de sus propios tributos y la de sus socios.

En la causa se han presentado seis escritos de calificación con conformidad de otros tantos acusados y un escrito de calificación genérico, de fecha 28 de febrero de 2020, que comprende todos los hechos objeto de acusación que afecta a 31 acusados (incluidos los seis que han prestado su conformidad). Tras ello se dictó auto de apertura de juicio oral con fecha 11 de junio de 2020, la causa se encuentra pendiente de señalamiento por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional.

6.5.2 Relacionadas con la corrupción

Diligencias Previas 275/2008 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (Caso Gürtel).

El objeto del procedimiento es la investigación de la actividad de un grupo personal y societario dirigido por F. C. y cuya principal actividad habría sido tanto obtener un ilícito beneficio con cargo a fondos públicos mediante la entrega de gratificaciones a funcionarios y autoridades como ocultar dicho beneficio. Esa actividad se habría extendido durante un largo periodo de tiempo que comprendería, al menos, desde diciembre de 1999 hasta febrero de 2009. Asimismo, en el ámbito espacial, las conductas irregulares en relación con las Administraciones Públicas se desarrollaron en la Comunidad de Madrid y distintos municipios de esta (Boadilla del Monte, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Arganda del Rey), a la Comunidad Valenciana, Castilla León y Jerez de la Frontera.

Estos hechos aparecen cometidos por un elevado número de personas (habiéndose investigado a más de 100), a través de una multiplicidad de sociedades tanto españolas como extranjeras (así, solo el entramado personal del principal responsable de la organización estaría conformado por más de 20 entidades con domicilio, entre otros estados, en España, Panamá, St. Christopher & Nevis, Reino Unido, Curaçao y Estados Unidos), en una pluralidad de localidades en relación con numerosos Ayuntamientos y Entidades Públicas.

Ello ha supuesto la incoación, hasta la fecha, de varias piezas separadas destacando de algunas, lo siguiente:

Pieza Separada «Época I: 1999-2005».

El Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación en enero de 2015 dictándose auto de apertura de juicio oral el 05 de marzo de 2015. Tras elevarse la causa a la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional las sesiones del juicio oral comenzaron el 04 de octubre de 2016, extendiéndose durante 126 sesiones. El juicio quedó visto para sentencia el 17 de noviembre de 2017. El 17 de mayo de 2018 recayó sentencia condenatoria (auto aclaración de 12 de junio de 18), contra la que se interpuso recurso de casación por el Ministerio Fiscal (22 de noviembre de 2018) y por los condenados. La Sala II del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, el 14 de octubre de 2020 resolviendo los diversos recursos de casación y confirma, prácticamente, las 29 condenas de la sentencia de instancia dictada por la Sala 2.ª de la Audiencia Nacional, con pequeños ajustes técnicos. Tras ello, se abrió la correspondiente ejecutoria, habiendo ingresado ya en prisión aquellos condenados a penas de prisión superiores a los 5 años, ejecutándose las responsabilidades pecuniarias, las sanciones económicas y los decomisos.

Cabe destacar que las autoridades suizas han empezado, ya el 14 de febrero de 2022 la repatriación de 43 millones de euros que estaban depositados en diversas entidades bancarias helvéticas, en ejecución de la sentencia de la pieza «Época I, 1999-2005».

Pieza Separada «FITUR».

Tras de 11 meses de juicio, el 8 de febrero de 2017 se dictó sentencia por el TSJ de la Comunidad Valencia que, acogiendo prácticamente en su totalidad la tesis de la Fiscalía, condenó a los acusados por delitos de asociación ilícita, prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos y falsedad a penas de prisión que oscilan entre 3 y 13 años y 3 meses de prisión, así como otras penas de inhabilitación y multa de idéntica gravedad. En fecha 8 de mayo de 2018 el Tribunal Supremo dictó sentencia desestimando íntegramente los recursos de casación interpuestos por los condenados, lo que motivó el ingreso en prisión de todos ellos. Actualmente se siguen ejecutando las penas impuestas que fueron superiores, para alguno de los acusados, a los 13 años de prisión.

Pieza Separada «Informe UDEF-BLA 22.510/13».

Asunto conocido en los medios de comunicación como «Los papeles de Bárcenas», cuya investigación se ha centrado en la irregular financiación del Partido Popular. El juicio oral se celebró desde febrero de 2021 hasta mayo del mismo año, ante la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que dictó sentencia condenatoria, el 28 de octubre de 2021 y que declaró a la sociedad Unifica Servicios Integrales SL y al Partido Popular como responsables civiles subsidiarios.

Pieza Separada «Jerez».

Pieza relativa a determinados contratos administrativos llevados a cabo por una entidad participada por el Ayuntamiento de Jerez para el desarrollo de los servicios de FITUR 2004. Concluida la instrucción de la causa, se presentó calificación por el Ministerio Fiscal el 23 de noviembre de 2015 y por auto de enero de 7 de enero de 2016 se acordó la apertura del juicio oral, que se ha celebrado entre los meses de mayo y septiembre del año 2019, en el que se dictó sentencia parcialmente condenatoria el 20 de noviembre de 2019, a los integrantes del «grupo Correa» y para el resto de funcionarios del Ayuntamiento de Jerez, la absolución por prescripción de los hechos. El Ministerio Fiscal preparó el recurso de casación, actualmente pendiente de resolución.

Pieza Separada «AENA».

En ella se ponen de relieve determinados hechos y datos relacionados con la contratación llevada a cabo por diversas empresas con la entidad pública AENA, y el presunto abono de distintos servicios y gastos de carácter particular a empleados de este organismo público durante los años 2000 a 2002. Concluida la instrucción de la causa se presentó la calificación del Ministerio Fiscal el 28 de diciembre de 2015. Celebradas las sesiones del juicio oral, se dictó sentencia condenatoria por la Sección 2.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el 27 de mayo de 2019, confirmada íntegramente por el Tribunal Supremo en sentencia de 28 de julio de 2021, abriéndose la correspondiente ejecutoria.

Pieza Separada «5-Valencia».

Seguida por diversos delitos de prevaricación, malversación, falsificación y cohecho cometidos con ocasión de la contratación pública con diversas Consellerías y otros órganos de la Generalidad Valenciana no vinculados a la adjudicación de los distintos expedientes de las Ferias Internacionales de Turismo FITUR. Formulada acusación con fecha 5 de septiembre de 2014, con fecha 11 de enero de 2016 se dictó auto de apertura de juicio oral. Elevado a la Sección Segunda de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, se encontraba pendiente de señalamiento de juicio oral.

A instancia del Ministerio Fiscal, se acuerda retrotraer las actuaciones a la fase de instrucción, acordándose por resolución de 12 de julio de 2018, la reapertura de la instrucción de la Pieza n.º 5 de las DP 275/08 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional, conocida como pieza valenciana de contratación, con el fin de investigar la participación que habría tenido el entonces Presidente de la Generalitat Valenciana en dichas adjudicaciones, presentándose el 18 de junio de 2019 escrito de acusación, y pendiente de señalamiento.

Pieza Separada «1-2-6 Valencia» (piezas 1, delito electoral; 2, falsificación en relación con financiación irregular y 6, contra la Hacienda Pública).

Se dictó auto de apertura de juicio oral con fecha 26 de febrero de 2016 y el juicio oral se celebró entre los meses de enero y mayo de 2018 y recayó sentencia condenatoria por delitos electorales, falsedad y contra la Hacienda Pública. La sentencia fue confirmada en vía de apelación en 2019 y se encuentra en trámite de ejecución. Con fecha 12 de julio de 2018, como consecuencia de la prueba practicada en el transcurso de las sesiones de la vista oral, se solicitó la reapertura de la pieza separada n.º 5 de contrataciones de la Administración valenciana (PA 3/16, Sección 2.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ver supra).

Pieza Separada «Valencia-4».

Se sigue por prevaricación y otros posibles delitos en relación con la contratación por parte del ente público radiotelevisión valenciana con diversas empresas a raíz de la celebración del evento del V Encuentro de las Familias, con ocasión de la visita del Papa a Valencia en julio de 2006. Tras la celebración de la vista oral a lo largo de tres meses (que tuvo que suspenderse en marzo debido al confinamiento para ser retomado en mayo) y su finalización a finales de julio 2020, el 25 de noviembre de 2020 se ha dictado sentencia condenatoria por la Sección 2.ª de la Audiencia Nacional para 19 acusados, con una media de 14 años de prisión para los cabecillas de lo que se viene llamando «Grupo Correa». El Ministerio Fiscal ha preparado e interpuesto recurso de casación.

«Pieza Principal», delitos fiscales y blanqueos. Tras dictarse auto de Procedimiento Abreviado el 9 de marzo de 2020, el Ministerio Fiscal recurrió dicho auto en Apelación al haberse acordado el sobreseimiento para diversos partícipes para los que la Fiscalía entendía que existían sobrados indicios de participación. La Sala estimó los recursos en auto de 16 de septiembre de 2020, y el Ministerio Fiscal presentó su escrito de conclusiones provisionales en octubre de 2020. El Juzgado Central de Instrucción n.º 5 dictó auto de Apertura de Juicio Oral el 4 de noviembre de 2020, estando pendiente de señalamiento.

Pieza de «Boadilla del Monte».

Las sesiones del juicio oral empezaron el 13 de noviembre de 2021 prolongándose hasta finales de enero de 2022, ante la Sección Segunda de la Audiencia Nacional ya que se trataba de otra pieza voluminosa con 27 acusados, de los cuales 17 reconocieron los hechos y se llegó a un pacto de conformidad con el Ministerio Fiscal, consiguiendo la íntegra cobertura de la responsabilidad civil.

Pieza «Arganda del Rey».

Está pendiente de señalamiento, con 22 personas físicas acusadas y 11 jurídicas.

Pieza «Orange 5».

Actualmente se encuentra pendiente de señalamiento, una causa en la que consta de 36 personas físicas acusadas y 8 personas jurídicas.

Diligencias Previas 357/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 8 de Madrid (Asunto Navantia).

Con fecha 28 de febrero de 2011, el Ministerio Fiscal formuló denuncia remitiéndola junto con el original de las Diligencias de Investigación n.º 10/2010 tramitadas en esta Fiscalía Especial por delitos de tráfico de influencias, fiscal y continuado de falsedad en documento mercantil.

Como diligencias de instrucción se han remitido Comisiones Rogatorias Internacionales a las autoridades Judiciales de Curaçao y autoridades helvéticas, a fin de recabar documentación, esta última cumplimentada, resultando la documentación interesada necesaria para el esclarecimiento de los delitos de malversación y blanqueo de capitales y otros investigados.

Con fecha 18 de diciembre de 2020, el Ministerio Fiscal emitió informe por el que se interesaba el sobreseimiento provisional, al no existir elementos indiciarios suficientemente sólidos que permitieran mantener una pretensión acusatoria. Ya en 2021 (auto de 12 de enero) se decretó el sobreseimiento provisional y el archivo de las presente actuaciones.

Diligencias Previas 141/2012 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (caso Pujol).

Las referidas Diligencias Previas se incoaron a raíz de la presentación de un oficio de la Comisaría General de Policía Judicial que incorpora declaración efectuada sobre actividades presuntamente ilícitas realizadas por familiares del ex Presidente de la Generalitat de Cataluña, que pudieran ser competencia de la Audiencia Nacional.

Los presuntos delitos investigados son cohecho, tráfico de influencias, delitos contra la Hacienda Pública, falsificación de documentos y blanqueo de capitales en el extranjero.

Los investigados fueron inicialmente los citados, así como las mercantiles de las que eran titulares y administradores solidarios y/o apoderados. Posteriormente se han ampliado los investigados a otros administradores de las empresas pagadoras en calidad de servicios por no aportar elementos documentales que justificasen aquellos por los que habrían pagado importantes cantidades a los inicialmente denunciados. Asimismo, del resultado de las diligencias de instrucción practicadas derivó la imputación de otras personas, el propio exPresidente de la Generalitat de Cataluña y algunos de sus familiares directos.

Se ha comprobado que durante la investigación se ha sustraído capital y patrimonio a la acción de la justicia aprovechándose de la internacionalización de los sistemas financieros y de la dificultad de localizar y rastrear activos. Todo ello ha sido corroborado por las diferentes comisiones rogatorias que se han realizado (Andorra, Alemania, EEUU, Francia, México, Malta, Panamá, Liechtenstein, Reino Unido, Suiza y Uruguay).

La instrucción ha evidenciado que las principales empresas pagadoras han sido adjudicatarias de obras y servicios para las administraciones públicas y entre ellas las del ámbito territorial de Cataluña.

A pesar de estar pendiente varias diligencias y el cumplimiento de diversas comisiones rogatorias internacionales se dictó en fecha 16 de julio de 2020 auto de transformación de Procedimiento Abreviado.

Tras la presentación del escrito de acusación en mayo de 2021, las actuaciones están pendientes de ser elevadas a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para su enjuiciamiento.

Diligencias Previas 112/2013 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de El Vendrell, Tarragona («Caso 3%»).

La investigación se refiere a la posible existencia de un entramado en el Ayuntamiento de Torredembarra donde habrían podido participar posibles concejales de partidos políticos, así como mandos de la policía local, funcionarios y personas que por sus cualidades técnicas se encuentran en estrecha conexión con aquellos para conseguir adjudicaciones, licencias, y demás documentos a cambio de dinero.

Dada su gran complejidad se interesó, y así se acordó con fecha 29 de octubre de 2014 la formación de nueve piezas separadas, algunas de las cuales, con fecha 20 de diciembre de 2016, fueron transformadas decidiéndose su continuación como Diligencias Previas, como se indica a continuación. Por lo que se refiere a la pieza principal, por auto de 12 de septiembre de 2017, se acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Las piezas n.º 1, 2 y 4 continuaron como piezas n.º 1, 2 y 4, abriéndose las DP n.º 655/2016 (pieza n.º 3), las 656/2016 (pieza n.º 5), las 657/2016 (pieza n.º 6), las 658/2016 (pieza n.º 7) y las 659/2016 (pieza n.º 8). Las DP n.º 655/2016 fueron objeto de inhibición a la Audiencia Nacional, dando lugar a las DP n.º 14/218 (a las que luego nos referimos) y las n.º 48/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Las DP n.º 658/2016, 660/2016 y 302/2016 referidas a delitos contra la Hacienda Pública de quien fuera alcalde de Torredembarra, se acumularon por auto de 24 de agosto de 2018 a las DP n.º 656/2016.

Las DP n.º 657/2016, fueron objeto de inhibición a la Audiencia Nacional, tramitándose por el Juzgado Central de Instrucción n.º 4 (DP n.º 37/2019, mencionadas más adelante).

Las DP n.º 659/2016 fueron convertidas al Procedimiento de Tribunal de Jurado n.º 1/2018, cuyo juicio se celebró el 3 de marzo de 2020, habiendo sido dictada sentencia condenatoria ese mismo día, tras la conformidad de los acusados, sus defensas, la acusación particular (Ayuntamiento de Torredembarra) y la Fiscalía.

La pieza n.º 1 está pendiente de celebración de juicio oral ante la Sección 4.ª de la Audiencia Provincial de Tarragona.

La pieza n.º 2 está pendiente de celebración de juicio oral ante la Sección 4.ª, de la Audiencia Provincial de Tarragona. El escrito de acusación se presentó el 9 de febrero de 2016.

La pieza n.º 4 fue objeto de juicio oral en enero 2020, dictándose sentencia condenatoria, de 9 de abril de 2020, por el Juzgado de lo Penal n.º 2, de Tarragona.

En las DP n.º 656/2016 ha recaído auto de 30 de marzo de 2021, de la Sección 2.ª, de la Audiencia Provincial de Tarragona, por el que se resuelven los recursos de apelación interpuestos contra el auto de imputación judicial (desestimándolos en la práctica totalidad), por lo que queda pendiente el traslado a la Fiscalía para formular el correspondiente escrito de acusación.

En las DP n.º 48/2018 se dictó auto de incoación de procedimiento abreviado, de 30 de julio de 2020, que ha sido objeto de numerosos recursos de apelación, pendientes de resolver.

Diligencias Previas 85/2014 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6. (Operación Púnica).

Durante el año 2021 ha continuado la instrucción de esta macrocausa, una vez reordenada en distintas piezas separadas en virtud del escrito de la Fiscalía de 1 de agosto de 2019, destacamos:

– Pieza 1, revelación de secretos. Concluida por sentencia condenatoria firme (STS 138/2019, de 13 de marzo). Se encuentra en trámite de ejecutoria.

– Pieza 2, hechos concernientes a las fraudulentas adjudicaciones a las mercantiles vinculadas a dos investigados, en León. Presentado el escrito de acusación, en junio de 2021 se ha dictado auto de apertura de juicio oral, señalando las sesiones del juicio oral para noviembre de 2022.

– Pieza 3, hechos concernientes a las fraudulentas adjudicaciones a las mercantiles vinculadas a dos investigados, en Murcia. Se ha presentado escrito de acusación a la espera de la apertura del juicio oral.

– Pieza 4, hechos concernientes al urbanismo de Valdemoro y blanqueo de capitales.

– Pieza 5, hechos referentes a la contratación menor local en Valdemoro, Torrejón de Velasco y Serranillos del Valle.

– Pieza 6, hechos relativos a la contratación de Cofely. En el año 2022, se ha presentado el escrito de acusación.

– Pieza 7, hechos relativos a la contratación de Waiter Music.

– Pieza 8, hechos relativos a la etapa de FG en la Comunidad de Madrid.

– Pieza 9, hechos concernientes a la financiación ilícita del PP de la Comunidad de Madrid, actualmente se encuentra cerrada la instrucción.

– Pieza 10, hechos concernientes a las fraudulentas adjudicaciones a las mercantiles vinculadas a dos investigados, en Denia, Valencia, Madrid, Majadahonda, Valdemoro, Comunidad de Madrid y terceros países.

– Pieza 11, hechos relativos a la contratación de Alfedel.

– Pieza 12, blanqueo y recuperación de activos, se mantuvieron contactos con las autoridades de países como Suiza, Irlanda y Francia en aras de conseguir una cooperación para la recuperación de activos.

Diligencias Previas 24/2015 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (Acuamed).

Se investigan supuestas irregularidades en los procesos de adjudicación, liquidación y ejecución de diversas obras públicas gestionadas por la sociedad estatal Acuamed S. A. tras la querella del Ministerio Fiscal a la finalización de las Diligencias de Investigación n.º 34/2014, por presuntos delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, fraude a la administración pública y falsedad documental. El número de personas físicas investigadas en el momento actual es de 62.

A lo largo del año 2021 han sido oídos en declaración investigados y nuevos testigos y el Ministerio Fiscal ha emitido más de 60 informes, mayoritariamente relativos a la práctica de nuevas diligencias de investigación. Dada la complejidad del procedimiento, sigue siendo constante el flujo de documentación complementaria a recabar para su análisis.

Diligencias Previas 2539/16, Juzgado de Instrucción 36 de Madrid.

Tienen por objeto la investigación de la supuesta utilización de fondos federativos para gastos de carácter particular del presidente de la Federación Española de Baloncesto (en adelante FEB) y otros miembros de dicha federación en el periodo comprendido entre 2008 y 2012, efectuándose asimismo pagos hasta 2015, así como posibles modificaciones contractuales en los contratos celebrados con determinados proveedores perjudicando a la FEB, en concreto con la Agencia de Comunicación «Carat» y patrocinio de eventos con cargo a la federación a cambio de comisiones de directivo de la federación, hechos que pudieran ser constitutivos de los delitos de apropiación indebida y administración desleal, con importante perjuicio económico para la FEB.

El Ministerio Público presentó el 22 de junio de 2020 escrito de acusación por delito continuado de apropiación indebida contra dos de los investigados. Tras meses de conversaciones la Fiscalía ha alcanzado un acuerdo de conformidad con los dos acusados con penas inferiores a dos años, tras haber satisfecho las responsabilidades civiles.

Diligencias Previas 1007/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 9 de Murcia contra responsable infraestructuras Levante (ADIF).

Este Procedimiento se inició por denuncia del Ministerio Fiscal, derivada de las Diligencias de Investigación n.º 17/2014, por delitos de malversación, contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, falsedad documental e insolvencias punibles, cometidos con ocasión de la construcción de la Línea de Tren de Alta Velocidad de Levante, iniciado a partir de la denuncia presentada por la AEAT en relación con presuntas contingencias fiscales de un entramado de empresas creadas ad hoc, sin actividad conocida y emisoras de facturas falsas. Las investigaciones se centran en el desvío de fondos procedentes del presupuesto de ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias), entre los ejercicios 2011 a 2014, a resultas la ejecución de las obras de reposición de infraestructuras hidráulicas de la línea de Alta Velocidad (tramos Crevillente-San Isidro-Orihuela-Colada de la Buena Vida-Murcia).

En fecha 16 de febrero de 2021 se presentaron conclusiones provisionales contra 39 acusados por delitos de prevaricación, fraude en concurso medial con malversación de caudales públicos, contra la Hacienda Pública, falsedad en documento mercantil y blanqueo de capitales. Se solicitó igualmente la apertura de juicio oral respecto de otras 40 personas (físicas y jurídicas), en su condición de responsables civiles subsidiarias y partícipes a título lucrativo. En junio de 2021, se acordó la apertura del juicio oral.

El perjuicio causado a ADIF asciende, al menos, a la cantidad de 24.964.016,07 euros y el causado a la Hacienda Pública, al menos, a la cantidad de 2.115.535,25 euros.

Diligencias Previas 1253/2020, del Juzgado de Instrucción n.º 39 de Madrid (AECID).

Mediante escrito de 14 de julio de 2020 se formuló querella contra 15 investigados y 7 personas jurídicas, en concepto de responsables civiles subsidiarias, por delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude en la contratación, en relación con los procesos de contratación de los servicios informáticos de gestión de la AECID basados en la herramienta SAP. El entramado de actuaciones, desarrollado para favorecer la contratación de determinados operadores, se orquestó bajo el mandato de los entonces máximos responsables de AECID, ICEX y TRAGSA.

Diligencias Previas 91/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 Querella del Ministerio Fiscal (caso Lezo).

Las presentes Diligencias tienen su origen en la querella de la Fiscalía Anticorrupción de 13 de julio de 2016, derivada de las Diligencias de Investigación 32/2015. El Juzgado Central de Instrucción n ° 6 incoó las Diligencias Previas n ° 91/2016. Se investiga el desvío de dinero público propiciado por el abuso de las funciones públicas de los que aparecen como investigados, entre ellos quien fuera Presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, y la adjudicación de contratos indiciariamente amañados a cambio de comisiones.

Los hechos investigados serían constitutivos de delitos de malversación, prevaricación, organización criminal, cohecho, fraude fiscal o fraude contra la Administración. También se investiga la comisión de un delito de blanqueo de capitales, por la creación por la organización de un entramado de sociedades, dirigido a velar el destino y verdadero destinatario del capital malversado.

Actualmente se encuentra dividida en varias piezas, destacamos:

La pieza principal y n.º 1 (adquisición de la sociedad colombiana Inassa y de la sociedad brasileña Emissao por Canal de Isabel II). En ambas piezas se dictó auto de apertura de juicio oral, en marzo de 2020, actualmente se encuentra pendiente de señalamiento para su enjuiciamiento ante la Sección Segunda de la Audiencia Nacional. Otras cuatro piezas vienen referidas a las posibles irregularidades cometidas en la adjudicación de la construcción de las instalaciones del llamado campo de golf del Canal (pieza n.º 2); en relación con la pieza n.º 2 en junio de 2021 se presentó escrito de acusación contra 5 personas físicas por la comisión de delitos de cohecho; la existencia de posibles irregularidades en la adjudicación del contrato para la construcción y posterior concesión de la línea de ferrocarril entre Móstoles y Navalcarnero (pieza n.º 3), en relación con esta pieza se presentó en diciembre de 2020 escrito de acusación contra 6 personas físicas por la comisión de delitos de tráfico de influencias, cohecho y falsedad en documento mercantil y se encuentra pendiente de señalamiento para su enjuiciamiento ante la Sección Segunda de la Audiencia Nacional; posible blanqueo de capitales cometidos por algunos de los investigados (pieza n.º 5). Respecto a la inicial pieza n.º 4 en la que se investigaba la financiación de los gastos de la campaña electoral de un partido político de Madrid, se remitió para su investigación a las DP 85/2014 (caso Púnica) en enero de 2018.

Como consecuencia del análisis de la documentación incautada en las diligencias practicadas, se incoaron la Pieza n.º 8, en la que se investigan posibles pagos realizados por una empresa constructora española para la consecución de obras públicas en todo el territorio nacional, y en el año 2021 se acordó la prórroga del plazo de instrucción, prorrogado de nuevo en el año 2022 y la Pieza n.º9, para investigar los posibles pagos realizados en año 2013, a quien ocupó el cargo de Embajador de España en Haití –y/o personas vinculadas al mismo–, con la finalidad de obtener adjudicaciones públicas en Haití. En lo relativo a esta pieza, tras tomar declaración a los investigados y testigos y examinar la documentación relacionada con los hechos, no se hallaron indicios suficientes para afirmar la posible existencia de dichos pagos. Por ello, en fecha 15 de abril de 2021 el Ministerio Fiscal presentó escrito solicitando el sobreseimiento provisional y archivo de esta pieza, que se acordó por auto de 27 de abril de 2021.

Por auto de 23 de junio de 2020 se acordó incoar la pieza n.º 13 (Autrán) para investigar el posible delito de blanqueo de capitales cometido por el investigado. Lo que motivó su incoación fue la información espontánea recibida por las autoridades de Mónaco sobre ganancias hasta la fecha no justificadas obtenidas en épocas coincidentes con distintos cargos públicos que ocupó en el Ayuntamiento de Madrid y otras empresas públicas. Tras analizar la documentación remitida por distintos países a los que se cursaron comisiones rogatorias, no quedó acreditado el origen ilícito de las ganancias injustificadas del investigado que regularizó con anterioridad al inicio de la investigación. Conforme a la petición del Ministerio Fiscal, por auto de 28 de octubre de 2021 se acordó el archivo provisional de esta pieza.

Diligencias Previas 372/2009 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (caso Pretoria).

El procedimiento abreviado n.º 1/2016 se siguió ante la Sección 2.ª de la Sala de lo Penal de Audiencia Nacional. El 3 de diciembre de 2020 el Tribunal Supremo dictó sentencia confirmando casi en su integridad –redujo la pena impuesta a alguno de los condenados– la sentencia n.º 31/2018, de 29 de junio, por delitos de tráfico de influencias, cohecho y blanqueo de capitales. En julio de 2021 se incoó la ejecutoria en relación con los cuatro penados que no mostraron su conformidad en juicio.

Diligencias Previas 2/2019 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1.

En enero de 2019 el Ministerio Fiscal presentó querella por la presunta comisión de delitos de blanqueo de capitales, corrupción en el ámbito de las transacciones comerciales internacionales, falsedad documental y contra la Hacienda Pública. Durante este año 2021 se ha continuado la investigación de esta causa y, además de examinar numerosa documentación recibida de diversas comisiones rogatorias así como OEI, se ha tomado declaración judicial a 7 investigados y a más de 30 testigos. En este momento la instrucción está muy avanzada y, en cuanto se incorporen la totalidad de los informes periciales que se están confeccionando, así como se reciba la contestación de las comisiones rogatorias pendientes, se podrá cerrar la instrucción y solicitar el dictado de alguna de las resoluciones previstas en el art. 779 de la LECrim.

Diligencias Previas 81/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2 (Duro Felguera).

Procedentes de las Diligencias de Investigación 7/15 en las que se comprobó la existencia de contratos que permitían deducir la comisión de uno o varios delitos de soborno de agentes internacionales o de corrupción internacional y blanqueo de capitales. El 19 de septiembre de 2017 se presentó querella y el 16 de marzo de 2018 por el Juzgado Central de Instrucción n.º 2 fue declarada la complejidad de la instrucción.

Continúa en la fase de instrucción, habiéndose llevado a cabo declaraciones de investigados y se ha solicitado la tramitación de comisiones rogatorias a varios países para la comprobación de varias transferencias internacionales.

Diligencias Previas 658/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Valladolid (Parques eólicos).

La causa fue incoada por querella de 19 de abril de 2017 y ampliada el 6 de junio del mismo año por hechos que presentan indicios de posibles delitos de prevaricación, blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública y cohecho en la concesión de autorizaciones administrativas para la instalación de parques de energía eólica en la Comunidad de Castilla y León. La causa fue declarada compleja desde el auto inicial de incoación y prorrogado el plazo de instrucción.

En septiembre de 2021 se presentó escrito de calificación contra 16 acusados y la Junta de Castilla y León e Iberdrola Renovables de Castilla y León como responsables civiles subsidiarios.

Diligencias Previas 12/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (Caso Scardovi).

Las Diligencias de Investigación n.º 37/15 fueron incoadas el 10 de diciembre de 2015 para investigar los hechos relatados en la denuncia formulada contra un Diputado del Congreso, el entonces embajador del Reino de España en la India y varias personas más, por un posible delito de corrupción en transacciones comerciales internacionales del art. 445 del Código Penal (redacción LO 5/2010, de 22 de junio). La denuncia presentada venía acompañada de documental que ponía de manifiesto que los denunciados habrían cobrado comisiones de distintas empresas por mediar en la celebración de contratos de obra pública en Argelia y distintos países.

Se investigan dos contratos de obra pública celebrados por las empresas Internacional de Desarrollo Energético SA y Elecnor SA en Argelia, en relación con el contrato para la instalación de una estación desaladora en Souk-Tleta por importe de 250.000.000 € y el contrato del Tranvía de Ouargla por importe de 230.000.000 €, y la previsión es que la investigación se amplíe a más empresas españolas y más países.

En enero de 2016 se formuló querella criminal contra ocho personas físicas y mercantiles, los hechos denunciados fueron calificados provisionalmente como un delito de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, actualmente delito de corrupción en los negocios, delito de blanqueo de capitales y delito de organización y grupo criminal.

En el ámbito de la instrucción de este procedimiento, y como consecuencia de la documentación encontrada, a instancia de la Fiscalía, el Juzgado Central de Instrucción, acordó la formación de varias piezas, entre ellas, la Pieza Separada Fertiberia que se encuentra pendiente de distintas comisiones rogatorias internacionales y Pieza Nova Internacional, consecuencia de la documentación aportada por la AEAT.

Diligencias Previas 96/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (operación Tándem).

Por Decreto de 27 de abril se incoaron las Diligencias de Investigación 8/2017 dimanantes de un escrito-denuncia anónimo con documentación adjunta, dando cuenta de presuntos delitos de cohecho, blanqueo de capitales y delito cometido en transacciones comerciales internacionales por parte de dos comisarios del CNP, uno de ellos en activo, y otro jubilado.

Desde su inicio, se ha acordado la práctica de diversas diligencias con el fin de corroborar y concretar los hechos denunciados, encontrándose datos objetivos que confirmarían los hechos denunciados, así como los vínculos con empresarios españoles que actuarían como intermediarios de presuntas dádivas a los denunciados, procedentes de empresarios ecuatoguineanos.

Con su judicialización se acordó la práctica de detenciones y registros. A fecha de 31 de diciembre de 2021 se habían formado un total de 30 piezas separadas, conforme a lo previsto en el art. 762.6 de la LECrim. De las que siete se encuentran archivadas, cuatro calificadas, cinco con auto de transformación del procedimiento y catorce en trámite. De las cuatro piezas calificadas, tres están siendo enjuiciadas desde el mes de octubre de 2021, estando prevista la finalización del juicio oral para el mes de junio de 2022.

En las piezas separadas n.º 1,2,3 y 6, se formuló escrito de acusación por delito de cohecho activo, delito de cohecho pasivo, delito de descubrimiento y revelación de secretos, delito de tráfico de influencias, delito de falsedad documental, delito continuado de prevaricación administrativa, entre otros.

Diligencias Previas 174/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 6 de Sevilla (ERE’s).

Estas Diligencias Previas se incoaron el 23 de enero de 2011 por testimonio de las Diligencias Previas n.º 6143/09 por delito societario de Mercasevilla en los años 2003 y 2007, fraude derivado de la introducción entre los beneficiarios de las ayudas públicas dadas por la Junta de Andalucía a los trabajadores de Mercasevilla, de personas ajenas a la empresa, los llamados «intrusos», intrusos que igualmente fueron detectados en ERE´s de otras empresas andaluzas que habrían recibido ayudas públicas de la Junta.

La línea de investigación abierta no se refiere solo a la detección de intrusos sino también el propio mecanismo de otorgamiento de las ayudas desde la Dirección General de Empleo, al hacerse con total omisión de los trámites administrativos propios de las subvenciones, impidiendo cualquier tipo de control, seguimiento, justificación de la ayuda y fiscalización del gasto.

Hay más de 350 personas imputadas, entre ellas aparte de los intrusos detectados en diferentes empresas, dos expresidentes del Gobierno andaluz, tres exconsejeros de Empleo y Hacienda, tres exconsejeros de Economía y Hacienda, dos exviceconsejeros de Empleo y de Hacienda, tres viceconsejeros de economía y hacienda, varios directores generales y secretarios generales de las consejerías de empleo y de hacienda y de la consejería de economía y hacienda, tres ex directores generales de empleo y un ex delegado provincial de empleo de Sevilla, varios empresarios, directivos de mediadoras de seguros así como diversos intermediarios entre estos y las compañías de seguros, un antiguo sindicalista y sus testaferros y letrados de Despachos de abogados.

La causa especial n.º 6/2015 en su día incoada respecto de 4 parlamentarios andaluces, se recibió del TSJ de Andalucía al haber todos perdido el fuero tras la nueva composición del Parlamento andaluz. En el mes de noviembre de 2015, el Tribunal Supremo envió también a este juzgado su Causa Especial n.º 3/14, al haber pedido el fuero ante el Alto Tribunal todas las personas contra las que se dirigía el procedimiento.

En la causa principal, por parte de esta Fiscalía Especial se ha impulsado la incoación de diferentes piezas separadas para la investigación de ayudas concretas. Con fecha 24 de octubre de 2018 se dictó auto por el que se acordaba el sobreseimiento provisional de aquellos investigados que ya lo fueran en piezas concretas incoadas y que no tuvieran otra participación en los hechos investigados. Habiéndose advertido diversos errores, se interesó aclaración del auto, que hasta la fecha no se ha producido.

A petición del Ministerio Fiscal, se acordó la división de la causa en tres bloques de piezas separadas:

1. Un primer grupo de hechos relacionados con la puesta en marcha y mantenimiento del denominado «Procedimiento específico». Este grupo de hechos se investigó en una sola pieza, El 30 de mayo de 2016 se dictó auto de incoación de procedimiento abreviado, ordenando seguir la causa contra 26 altos cargos de la Junta por delito de prevaricación continuado, y también por delito continuado de malversación contra 18 de estos últimos. El 15 de septiembre de 2016 se presentó por la Fiscalía escrito de calificación provisional, dictándose el auto de apertura de juicio oral el 3 de noviembre de 2016. Las sesiones del juicio oral comenzaron ante la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla el día 13 de diciembre de 2017, continuando a lo largo del año 2018, concretamente hasta diciembre de 2018. Con fecha 21 de diciembre de 2018 las actuaciones quedan vistas para sentencia, que fue dictada el 18 de noviembre de 2019, sentencia parcialmente condenatoria, para 19 de los 21 acusados. Cumplidos los trámites, después de anunciarse, se presentaron 19 recursos de casación interpuestos por todas las defensas que resultaron condenadas que a día de hoy están pendientes de ser resueltos por el Tribunal Supremo.

2. Un segundo grupo de hechos relativos a las cantidades percibidas por las entidades mediadoras en el caso de las pólizas de prejubilación financiadas por la Junta de Andalucía: Es la pieza denominada de «Sobrecomisiones». (Diligencias Previas 1421/2016).

Finalizada la práctica de diligencias, se ha presentado escrito el 12 de mayo de 2020 donde se exponen los hechos y la participación de cada investigado en ellos interesando el dictado del auto de procedimiento abreviado. Escrito que ha dado lugar a alegaciones y proposición de diligencias por las otras partes, que se han practicado, así como una ampliación de hechos y de responsables efectuado por la Fiscalía mediante escrito de octubre de 2020. En diciembre de 2021, se ha dictado auto de procedimiento abreviado.

3. Un tercer grupo de hechos, constitutivos cada uno de ellos de una pieza distinta, relativos a las diferentes resoluciones de concesión de ayudas sociolaborales y subvenciones a empresas. Esta previsión se viene materializando con la incoación de sucesivas diligencias previas en las que se investigan los hechos relativos a cada acto de concesión y las circunstancias relativas a dicho acto: autoría, beneficiario, legalidad del procedimiento de concesión, motivos de la concesión, existencia (en las ayudas sociolaborales) de los denominados «intrusos», autoría de la inclusión de «intrusos» en las ayudas sociolaborales, etc. Se han incoado más de cien Diligencias Previas.

Durante el año 2021 se han continuado practicando diligencias de instrucción en algunas de las piezas y en otras, se han presentado numerosos escritos de calificación, pendientes de señalamiento para su enjuiciamiento.

Diligencias Previas 1773/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Cádiz, (Bahía Competitiva).

En octubre de 2020, se incoa Procedimiento Abreviado, dirigiéndose la imputación contra 29 investigados entre empresarios, políticos y funcionarios. En el mismo se describe un fraude de subvenciones entre los años 2009 y 2010 de 15 millones de euros procedentes del Ministerio de Industria en el denominado plan Reindus, en grado de consumación, junto a un ánimo de defraudar cerca de otros 200 millones de euros, en el año 2011 procedentes de Reindus y de la Agencia Idea de la Junta de Andalucía.

Estamos ante ayudas públicas del Ministerio de Industria y de la Agencia Idea de la Junta de Andalucía para multitud de proyectos en la Bahía de Cádiz que resultaron infructuosos, habiéndose apropiado los solicitantes de dichas cantidades mencionadas de unos quince millones de euros y habiendo intentado obtener la cantidad de otros 200 millones de euros con la intención de desviarlos a través de una complicada estructura societaria con multitud de personas físicas y jurídicas interpuestas a paraísos fiscales como Samoa, Islas Vírgenes, Panamá, Madeira, Seychelles, Luxemburgo, Islas Nieu… si bien no se logró a consumar estas últimas ayudas del año 2011.

Diligencias Previas 2690/2010 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Alicante (PGOU de Alicante).

Los hechos investigados se refieren a las irregularidades detectadas en las principales actuaciones urbanísticas llevadas a cabo en la ciudad de Alicante, incluidas la mayor parte de ellas en el Plan General de Ordenación, especialmente a través de las Zonas Protegidas de la ciudad y su posterior repercusión en zonas urbanizables.

Mediante escrito de fecha 15 de febrero de 2018 el Ministerio Fiscal formalizó su escrito de conclusiones provisionales contra dos ex alcaldes de Alicante y otros empresarios y responsables municipales por delitos de cohecho, prevaricación, tráfico de influencias y revelación de secretos, entre otros.

Las sesiones del juicio oral comenzaron ante la Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Alicante el día 30 de junio de 2020, extendiéndose hasta el día 12 de noviembre de 2020. Al comienzo de las sesiones del juicio oral, fue consignada la suma de 1.339.249,20 euros, en concepto de responsabilidad civil por los gastos efectuados por el Ayuntamiento de Alicante para la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante.

En julio de 2021 fue dictada sentencia, recurrida en casación.

Diligencias Previas 961/2016 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Badajoz (Creex y otros»).

Incoadas por posibles delitos de fraude de subvenciones frente a los beneficiarios de las ayudas públicas objeto de controversia, tienen su origen en las Diligencias de Investigación 14/15, de esta Fiscalía Especial que fueron judicializadas el 9 de mayo de 2016.

Las entidades beneficiarias objeto de investigación han sido la Confederación Regional Empresarial Extremeña –CREEX– que se organiza en tres piezas separadas referidas a la Confederación de Organizaciones Empresariales de Badajoz, a la Federación Empresaria Cacereña y a la Federación Empresarial Placentina con un quantum de 3.137.491 €.

Las actuaciones sufrieron un gran retraso, habiéndose tratado por la Fiscalía de impulsar el procedimiento.

El hecho relevante más sustancial es el informe de cuantificación final de la cantidad objeto de desvío por los investigados, elaborado por la Intervención General de la Junta de Extremadura.

Diligencias Previas 881/2015, del Juzgado de Instrucción n.º 18 de Valencia.

La causa se dirige contra el exPresidente de la Diputación de Valencia, el gerente de la empresa pública de IMELSA, así como contra varios funcionarios de dicha empresa pública y cargos directivos de la Diputación. Se dirige también contra funcionarios del Ayuntamiento de Valencia y responsables de empresas adjudicatarias, por delitos de malversación de caudales, prevaricación, fraude en la contratación y blanqueo de capitales.

El volumen de la investigación y la diversidad de hechos investigados determinó la formación de piezas separadas. Concretamente se han formado 11 piezas, habiendo instado durante el año 2021 peticiones de diligencias en la pieza principal del procedimiento. De las piezas incoados destacamos:

La pieza B y F se ocupan de la presunta contratación con fondos públicos por parte de la empresa IMELSA, sociedad pública 100% dependiente de la Diputación Provincial de Valencia y CIEGSA, dependiente de la Generalitat Valenciana. Presentado escrito de acusación, se ha señalado el juicio oral para los meses de enero y febrero de 2023.

Las piezas D y E, son las relativas a contrataciones, y adjudicaciones de un contrato público de gestión de llamadas, «call center» y contrataciones en el Ayuntamiento de Valencia. La pieza D tiene señalada fecha para la celebración del juicio oral en los meses de mayo y junio de 2023.

La pieza J, analiza contrataciones predeterminadas tanto en el Ayuntamiento de Valencia, como en la empresa pública IMELSA (actual DIVALTERRA). Se ha presentado el escrito de acusación por el Ministerio Fiscal, y están señaladas las sesiones del juicio oral para mayo y hasta el mes de junio de 2022.

Diligencias Previas 1914/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Valencia («G. P. Fórmula 1»).

Proceden de las Diligencias Previas n.º 1/2015 de la Sala Civil y Penal del TSJ de Valencia, por pérdida de aforamiento del expresidente de la Comunidad de Valencia. El procedimiento tiene su origen en la querella interpuesta por el Ministerio Fiscal procedente de las Diligencias de Investigación n.º 26/14 de esta Fiscalía Especial, por presuntos delitos de prevaricación administrativa, delito societario y malversación. Se encuentra dividido en 3 piezas separadas. La pieza 1 tiene por objeto de investigación las irregularidades relacionadas con la adjudicación a Valmor Sports S. L. de la celebración de la Fórmula 1 en Valencia. Finalizada la instrucción se dictó auto de sobreseimiento provisional en fecha 26 de diciembre de 2018, revocado por la Audiencia Provincial de Valencia por auto de 14 de octubre de 2019, que ordenó agotar la investigación para esclarecer las circunstancias de la concesión del aval otorgado por la GVA a Valmor. En julio de 2020 se interesó por la Fiscalía el archivo provisional del procedimiento, confirmado en diciembre de 2021. La pieza 2 comprende aquellos contratos celebrados por la empresa pública encargada de la organización del Gran Premio de Fórmula 1 y determinados proveedores adjudicatarios por orden de Valmor Sports S. L., en octubre de 2020 se acordó el archivo de la causa. Por último, la designada como número 3, que tiene por objeto el proceso de absorción de la mercantil Valmor Sports S. L. por parte de la empresa pública Circuit del Motor S. L Tras solicitar en julio de 2021 el sobreseimiento provisional, se confirmó por auto de 13 de octubre de 2021.

Diligencias Previas 1105/2018 del Juzgado de Instrucción n.º 21 de Valencia.

En el mes de octubre de 2019 se presentó escrito de conclusiones provisionales por un delito continuado de malversación y otro de prevaricación. Resulta relevante la mención de este procedimiento porque es el primero en el que se investiga la compra de arte por un Museo Público, el Instituto Valenciano de Arte Moderno, que adquiere reproducciones póstumas fundidas por su heredero como si fueran esculturas originales de artista Gerardo Rueda. Se deberá dilucidar la existencia de un sobreprecio en la adquisición, con perjuicio de más de 3 millones de euros para el patrimonio público. Celebrado el juicio oral ante la Sección 5.ª de la Audiencia Provincial de Valencia, se dictó sentencia absolutoria de 16 de diciembre de 2021.

Diligencias Previas 3568/15 del Juzgado de instrucción n.º 8 de Valencia (caso Erial).

Se investigan el posible cobro de 10,5 millones en comisiones derivadas de las concesiones de ITV y del plan eólico en la Comunidad Valenciana. Sobre EZ, principal investigado y otros pesan las imputaciones de cohecho, blanqueo de capitales, malversación y prevaricación. En el curso de este año y tras el análisis de la documentación incautada se han ampliado los investigados en este procedimiento, habiendo practicado diferentes entradas y registros para completar la instrucción. En 2020 cabe destacar que, tras el fallecimiento de uno de los investigados, J. C., que se encontraba también acusado en una de las piezas de Gürtel, se han instado las diligencias oportunas para asegurar el decomiso del investigado a los efectos procedimiento señalado en el art. 127 ter CP, lo que ha sido acordado por la Instructora. Por la actuación directa del gestor de los bienes de uno de los investigados se ha conseguido transferir a España, a la cuenta del Juzgado el total de dinero que mantenía oculto en Suiza, totalizando 6.734.026,40 euros debido al acuerdo que se suscribió en Montevideo por parte de la Fiscalía para obtener la recuperación monetaria. Igualmente se ha conseguido recuperar el dinero que otro investigado había reintegrado voluntariamente desde las cuentas que tenía en el extranjero acogiéndose a la amnistía fiscal, concretamente el dinero tras pagar el tipo señalado por Hacienda lo había ingresado en dos fondos de inversión en la entidad Caixabank, uno de ellos por importe de 1.348.679,88 euros y otro por importe de 321.195,08 euros. Dichos fondos se intervienen con fecha 22 de mayo de 2018. Ambas cantidades se transfieren a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos por el juzgado a petición de la Fiscalía para su gestión. En este procedimiento también se han intervenido inmuebles, terrenos y otros bienes muebles a efectos de su posterior decomiso.

Diligencias Previas 935/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Castellón.

La causa procede de las Diligencias de Investigación Penal n.º 30/2016 de la Fiscalía Especial, finalizadas por denuncia y origen de las Diligencias Previas 935/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Castellón.

Desde su incoación hasta septiembre de 2020 la investigación fue encomendada a la Brigada de Blanqueo de Capitales de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal, practicándose diversas diligencias.

Por auto de 21 de abril de 2021 se acordó la transformación de las Diligencias Previas en Procedimiento Abreviado y el 5 de mayo de 2021 se presentó escrito de acusación por el Ministerio Fiscal, acordándose la apertura de juicio oral el 4 de junio del mismo año ante la Audiencia Provincial.

Cabe mencionar, que en relación con este procedimiento son siete las personas jurídicas acusadas.

Diligencias Previas 2677/2008 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Palma de Mallorca (Palma-Arena/ Operación Espada).

Se persiguen delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, cohecho, falsedad documental y negociaciones prohibidas a funcionarios.

Esta causa se encuentra dividida en 28 piezas. De ellas, 10 ya habían sido juzgadas y dictadas sentencias condenatorias (piezas 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 25 y 26); en 11 piezas, las designadas como números 1, 5, 15, 18 a 24 y 28 se ha acordado el sobreseimiento provisional. Restan en tramitación 7 piezas separadas que se encuentran en distintas fases.

En la pieza 3, «Calatrava», se dictó sentencia parcialmente condenatoria el 25 de octubre de 2017, habiéndose interpuesto recurso de casación por el Ministerio Fiscal, en fecha 31 de enero de 2018, la STS 311/2019, de 14 de junio, estima el recurso y condena por un delito de tráfico de influencias, con la atenuante de dilaciones indebidas, manteniendo el resto de pronunciamientos de la sentencia de instancia.

En la pieza 8, «Consorcio Velódromo», 9, «Contratación GR1 SL», 10, 11, «Maqueta GR1 SL», 13 y 14 «Patrocinio Camp. Ciclismo», se han dictado las correspondientes sentencias condenatorias. En las piezas 16 y 17, abiertas en relación con el fraccionamiento irregular de contratos públicos y comisiones de una empresa de publicidad se celebró el juicio el 15 de noviembre de 2019, con sentencia condenatoria de conformidad para los acusados por delitos de prevaricación y cohecho.

En la pieza 25, «caso NOOS», tras la celebración del juicio oral fue dictada sentencia condenatoria por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en fecha 17 de febrero de 2017, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, resuelto por sentencia del Tribunal Supremo de 8 de junio de 2018, confirmando parcialmente la sentencia de instancia. Se incoó en junio de 2018 ejecutoria 48/18 por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. Se continúa con la ejecución.

La pieza 27, «OVER», se encuentra a su vez subdividida en 3 subpiezas de adjudicaciones fraudulentas de contratos públicos. Tras la formalización de la acusación, y elevadas a la Audiencia Provincial para enjuiciamiento, se ha procedido a la celebración de juicio oral, que concluyó en marzo de 2019 con sentencia condenatoria, que no es firme al haber sido recurrida en casación.

Finalmente, la pieza principal, como consecuencia de la fragmentación en piezas, ha quedado sin objeto y en enero de 2020 se dictó auto de sobreseimiento provisional. Ya no queda ninguna pieza abierta.

Diligencias Previas 2579/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Palma de Mallorca (Son Espases).

Este procedimiento se inició en virtud de querella interpuesta por el Ministerio Fiscal ante los Juzgados de Instrucción de Palma de Mallorca, concluyendo las Diligencias de Investigación 31/2014.

La querella se interpuso por presuntos delitos de falsedad documental por funcionario público, un delito continuado de prevaricación y un delito de fraude a la Administración Pública. Los hechos se refieren a la perversión de los procedimientos administrativos de contratación pública que alcanzó su máximo exponente en el concurso para la construcción de explotación y mantenimiento del Hospital Son Espases.

Durante el año 2017 se acordó la continuación de las Diligencias Previas por los trámites del Procedimiento Abreviado, procediéndose por el Juzgado a la apertura del juicio oral y habiendo formulado el Ministerio Fiscal escrito de acusación en febrero de 2018. Se celebró el juicio oral en junio del 2019 y se dictó sentencia condenatoria, que ha sido confirmada tras la interposición del recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Actualmente, se tramita la ejecutoria.

Diligencias Previas 1/2020 del Tribunal Superior de Justicia de Baleares dimanantes de las DP 1002/18 del Juzgado de Instrucción n.º 12 Palma de Mallorca.

Los hechos objeto de estas diligencias versan, sobre delitos de revelación de secretos, prevaricación y detención ilegal supuestamente cometidos por el Juez y el Fiscal que tenían asignadas las DP 1176/14 en el Juzgado n.º 12 de Palma de Mallorca, así como por los miembros del grupo de blanqueo del CNP que auxiliaban en la investigación.

La causa, además de la peculiaridad derivada de que los investigados tienen la condición de juez, fiscal y policías, resulta compleja al examinarse hechos acaecidos durante varios años en múltiples acciones que afectan a un elevado número de personas perjudicadas por ellos, lo que ha motivado la existencia de 40 personaciones como acusación particular y una acusación popular; siendo 9 las personas hasta este momento investigadas. La unidad de policía nacional ha presentado 8 informes de análisis minuciosos sobre los hechos investigados, cada uno de ellos de gran extensión.

Diligencias Previas 584/2020 por el Juzgado de Instrucción n.º 3 de Palma.

Tienen su origen en la interposición de una querella del Ministerio Fiscal tras el archivo de las DI 61/2018 de esta Fiscalía Especial. El procedimiento judicial tiene por objeto la investigación de varios delitos contra la administración pública en el seno de varios procedimientos de contratación y/o adjudicación dentro del organismo público Autoridad Portuaria de Baleares a favor de determinados licitadores, previo concierto de los principales investigados con dichos licitadores y/o adjudicatarios y apartándose los investigados (cada uno dentro de sus funciones públicas asumidas dentro del organismo público) de las obligaciones inherentes a su cargo para conseguir dicha finalidad predeterminada, dando lugar a resoluciones injustas a sabiendas y a fraude a la administración, en ocasiones con prebendas, favores o dádivas vinculados a dicha actuación o en atención al cargo o función pública desempeñada. Las diligencias previas fueron declaradas secretas.

Se trata de una investigación compleja que ha dado lugar a la formación, por el momento, de 8 piezas separadas. Continúan practicándose diversas diligencias de instrucción, de manera coordinada con el titular del órgano judicial, el Ministerio Fiscal y la Guardia Civil.

Diligencias Previas 3360/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 30 de Barcelona (caso Palau de la Música Catalana).

El procedimiento se refiere a dos grupos de conductas principales:

– El expolio patrimonial de las entidades articuladas en torno al Palau de la Música Catalana, que son el ente público Consorci del Palau de la Música, y los entes privados Fundació Orfeó Català y Associació Orfeó Català, por parte de los máximos responsables ejecutivos de las mismas y en beneficio particular de estos últimos y acaso también de terceros hasta el momento desconocidos.

– La financiación ilícita de un partido político, acreditada la vinculación de importantes cantidades satisfechas aparentemente como aportación al Palau por la contratista Ferrovial con porcentajes de comisión en la adjudicación de obras públicas significativas (construcción de la Ciudad de la Justicia, línea 9 del metro de Barcelona, y algunas adjudicaciones de menor entidad).

La Sección 10.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, tras la celebración de la vista oral, iniciada el día 1 de marzo de 2017, dictó sentencia condenatoria de 29 de diciembre de 2017. Se interpuso recurso de casación por el Ministerio Fiscal con fecha 10 de mayo de 2018, por infracción de Ley e infracción de precepto constitucional, confirmando la sentencia por el Tribunal Supremo en abril de 2020.

El Tribunal de Cuentas, por sentencia n.º 8/2020 de fecha 21 de diciembre, condena al Sr. Millet Tusell y al Sr. Montull, como responsable contables directos solidarios, a pagar el importe en que se cifra el alcance causado en los fondos públicos del Consorcio del Palau de la Música Catalana de 3.537.290,70 euros, incrementado con los intereses legalmente establecidos y las costas procesales.

Diligencias Previas 111/2016 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Barcelona.

El origen de estas diligencias está en la inhibición del Juzgado de Instrucción n.º 1 de El Vendrell, a favor de los Juzgados de Barcelona ante determinada información anónima relativa a posibles subvenciones fraudulentas realizadas por la Diputación Provincial de Barcelona, en favor de asociaciones vinculadas con el proceso separatista de Cataluña.

Tanto en la pieza principal como en las piezas separadas se investigan hechos diversos, tanto la financiación, posiblemente irregular, por parte de la Diputación Provincial de Barcelona, Consejo Catalán del Deporte y otras empresas públicas a entidades vinculadas con el soberanismo catalán, como la utilización de criptomoneda por el círculo próximo al fugado expresidente de la Generalitat para ocultar dinero público, así como recalificaciones urbanísticas, la organización del denominado movimiento Tsunami Democratic, protagonista de graves alteraciones de orden público en Cataluña, etc.

Esta causa ha llegado a tener 27 Piezas Separadas, si bien han sido archivadas de forma firme 21 de ellas. Las piezas archivadas se referían a las posibles subvenciones ilegales otorgadas por la Diputación Provincial de Barcelona para proyectos de desarrollo exterior. Bien a instancia de la Fiscalía bien a instancia de la acusación particular –la propia Diputación Provincial– la Juez de Instrucción ha acordado el archivo al entender que no había cometido ningún hecho delictivo.

Diligencias Previas 3651/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Almería (Operación PONIENTE).

Tienen su origen en la denuncia presentada por el Ministerio Fiscal, dimanante de las Diligencias de Investigación n.º 110/2007 de la Fiscalía Provincial de Almería, en relación con diferentes conductas vinculadas a la empresa mixta de servicios municipales de la S. A. Elsur que habrían ocasionado un importante perjuicio, valorado en más de 24 millones de euros, al Ayuntamiento de El Ejido por sobrefacturación, y de decenas de millones euros a la Hacienda Pública.

En noviembre de 2017 el Ministerio Fiscal presentó el escrito de acusación por delitos de malversación, cohecho, tráfico de influencias, contra la Hacienda Pública, falsedad en documento mercantil, prevaricación, negociaciones prohibidas a los funcionarios y blanqueo de capitales. Se trata de una causa de especial complejidad dirigiéndose el procedimiento contra 45 acusados a los que se le imputan 362 delitos.

La Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Almería señaló para el inicio de las 56 sesiones del Juicio Oral del PA 3/2019, desde enero hasta el 1 de junio de 2021, si bien a causa del COVID-19 se suspendió hasta el 16 de febrero de 2021, siendo la última sesión de fecha 13 de julio de 2021, con un total de 49 sesiones. A fecha de hoy, el procedimiento se encuentra en espera de sentencia.

Diligencias Previas 90/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Incoadas en fecha 3 de agosto de 2018 por el Juzgado Central de Instrucción número 5 en virtud de denuncia formulada por el Ministerio Fiscal, por presuntos delitos de malversación, prevaricación, tráfico influencias y otros, derivada de las Diligencias de Investigación 17/18 de esta Fiscalía, relacionadas con el proyecto de Campus de la Justicia en Madrid.

Los hechos que constituyen el objeto de las DP son diversas irregularidades en la contratación y pagos que llevó a cabo la sociedad Campus de la Justicia de Madrid, de capital íntegramente público.

Los principales responsables de la sociedad se encuentran investigados y el principal de las diligencias previas se encuentra en trámite, pendiente de diversas medidas de investigación.

En 2020 se incoó la primera pieza separada, correspondiente a la primera etapa cronológica de la sociedad (CJM Fase 1), por la Fiscalía el 29 de diciembre de 2020 se presentó el escrito de acusación y en 2021 se dictó auto de apertura de juicio oral, pendiente de señalamiento.

Diligencias Previas 37/2019 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4 de los de la Audiencia Nacional, respecto a los delitos de cohecho, malversación de caudales públicos, prevaricación y blanqueo de capitales. (Caso 3 %).

El presente procedimiento versa fundamentalmente en eludir los controles legales en la adjudicación de concursos y contratos públicos que, tras las diligencias de investigación practicadas, se ha extendido a numerosos Ayuntamientos y varias Comunidades Autónomas de toda España.

Actualmente se ha impulsado el procedimiento, interesando una serie de diligencias, así como la ampliación de los informes remitidos por la Intervención General del Estado, y ha dado lugar a que se tomara declaración como investigados a varios Alcaldes y Concejales de diversos Ayuntamientos.

Diligencias Previas 14/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Las Diligencias Previas 14/18 se incoaron en fecha 5 de marzo de 2018 por el Juzgado Central de Instrucción n.º 5, en virtud de auto de inhibición de 8 de febrero de 2018, del Juzgado de Instrucción n.º 1 de El Vendrell, dictada en sus Diligencias Previas 655/16, por delitos de malversación y fraude contra la Administración Pública. El 30 de julio de 2020 se dictó auto de incoación de procedimiento abreviado, que fue objeto de numerosos recursos de apelación, por las defensas. En la actualidad, la Sección 4.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha resuelto (desestimándolos) la práctica totalidad de los mismos.

6.5.3 Relacionadas con la criminalidad organizada

Diligencias Previas 24/2012, del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (Operación Casablanca).

Se trata de una investigación sobre crimen organizado, con origen en los Juzgados de Palma de Mallorca, con relación a la organización criminal Hell’s Angels.

Del contenido de las diligencias, se desprende la existencia de un grupo de personas (de nacionalidad turca y alemana en su mayoría), asentados en la isla de Mallorca y que integran una asociación criminal de carácter internacional (el «HAMC Nomads de Turquía») que operaría en principio en España, Turquía, Suiza, Alemania y, posiblemente, también en Bulgaria. Dicho grupo se dedica a diferentes actividades criminales, tales como la extorsión, las amenazas, la prostitución, etc., destacando, entre ellas, la introducción en territorio nacional de los flujos económicos obtenidos en tales actividades criminales, invirtiendo ese capital en la adquisición de bienes de diferente naturaleza.

Los autos de continuación del Procedimiento como Abreviado se dictaron en fechas 15 de septiembre de 2015, confirmado el 9 de mayo de 2016.

El 28 de diciembre de 2019, se presentó el escrito de acusación, se detuvo a investigados que estaban en busca y captura, ampliándose el escrito de acusación. Se encuentra actualmente, pendiente de señalamiento de juicio oral.

Diligencias Previas 89/2012, del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (asunto Polverino).

En fecha de 14 de noviembre de 2012 se presentó denuncia ante el Juzgado Central n.º 6 y se incoaron las Diligencias Previas 89/12, sobre la base de la comisión rogatoria n.º 8/10 cuyo objeto era la localización y detención del líder y demás componentes de una organización de la camorra napolitana radicada en España. Se investigó el establecimiento en territorio español de un grupo de personas encargadas de la planificación de los transportes de droga desde España a Italia, así como el blanqueo de los recursos económicos conseguidos por dicho tráfico ilícito mediante inversiones de los mismos en el sector inmobiliario español.

En fecha de 29 de diciembre de 2015 se dictó el correspondiente auto de Procedimiento Abreviado. Presentado escrito de acusación el 14 de noviembre de 2016, contra 30 personas, las actuaciones se elevaron a la Sección 3.ª Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que, recibidas el 5 de octubre de 2017, acuerda la formación de Rollo de Sala 89/12. Las actuaciones se encuentran todavía pendientes del señalamiento de juicio oral.

Diligencias Previas 40/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2 (ICBC).

Este procedimiento se incoó por auto de 25 de abril de 2016, procedente de inhibición de las Diligencias Previas 104/2016, del Juzgado de Instrucción n.º 7 de Parla, por blanqueo de capitales, organización criminal y otros. El 18 de mayo de 2016 el Juzgado Central de Instrucción n.º 2 acepta la competencia. Durante el año 2017 se presentaron los informes periciales de la ONIF y del Banco de España, concretado de forma indiciaria las responsabilidades de los directivos del banco chino ICBC y de la persona jurídica de su matriz ICBC Luxemburgo que fue llamada como investigada en la causa.

El circuito de blanqueo y los actos de favorecimiento, auxilio y ocultación de las ganancias ilícitas de los grupos criminales Cheqia y Sneake a través principalmente de la entidad ICBC continúa siendo objeto de investigación en el Juzgado Central n.º 2.

El 20 de marzo 2018, se presentó el escrito denuncia contra los directores de 10 sucursales de la entidad La Caixa, situadas Madrid, que tuvieron como clientes a las sociedades y personas físicas de Sneake y Chekia.

En junio de 2020, se celebró el juicio oral dictándose sentencia de conformidad con la acusación de la Fiscalía por la Sala Penal de la Audiencia Nacional. Se declaró la condena por blanqueo de capitales contra varios directivos del banco chino ICBC-Industrial and Comercial Bank of China Europe SA, SE. Las multas ingresadas ya en instrucción ascendieron a 21 millones de euros aproximadamente. Actualmente se tramita la ejecutoria.

Diligencias Previas 737/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Las Palmas de Gran Canaria.

Se dirige contra varios miembros de una familia de origen ruso, cuya última residencia fue Panamá, vinculados al gobierno de Guinea Ecuatorial, seguidas por delito de blanqueo de capitales. En fecha 23 de junio de 2016 se acordó ampliar la imputación contra los investigados por delitos contra la Hacienda Pública de los ejercicios 2010 a 2012 y blanqueo de capitales procedentes de la corrupción, malversación, cohecho, tráfico de armas, tráfico de drogas y delito fiscal.

En fecha 28 de mayo de 2021, se presentó por el Ministerio Fiscal el escrito de acusación de esa macro causa (más de 200 tomos y un Terabyte de archivos informáticos incautados) por delito de blanqueo de capitales agravado por organización criminal contra seis acusados. Se interesa el decomiso de más de 48 inmuebles situados en varias ciudades del territorio nacional e internacional y del dinero bloqueado.

Diligencias Previas 6697/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arona (Tenerife).

Las Diligencias Previas n.º 6697/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arona (Tenerife) se incoaron en el mes de diciembre de 2015 como consecuencia de una solicitud de investigación patrimonial deducida por la Unidad Central Especial n.º 3 de la Jefatura de Información de la Guardia Civil, sobre un entramado societario constituido en el Sur de Tenerife por un súbdito ruso y sus familiares próximos. El entramado societario creado con un carácter meramente instrumental aparecía como receptor de flujos de capital sin aparente justificación procedentes de paraísos fiscales como Panamá y las Islas Vírgenes Británicas, detectándose que con aquellas titularidades se habían adquirido activos inmobiliarios y bienes muebles de lujo como yates y vehículos de alta gama.

El 9 de septiembre de 2020 se presentó escrito de acusación conjunto con la defensa del principal investigado por nueve delitos contra la Hacienda Pública y un delito de Blanqueo de Capitales. El 14 de octubre de 2021, se celebró juicio de conformidad ante la Sección 5.ª de la Audiencia Provincial, por la que se condenaba al principal acusado como autor de ocho delitos contra la Hacienda Pública y un delito de Blanqueo de Capitales por las cuotas defraudadas en los anteriores delitos. Al ser de conformidad la sentencia, el mismo día se dictó auto de firmeza de la misma, habiéndose transferido la cantidad de 7.015.648,69 euros del penado a la cuenta de la Hacienda Pública española (AEAT).