CAPÍTULO I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 5. INSPECCIÓN FISCAL

5.4 Cuestiones organizativas

La Inspección Fiscal del futuro asienta sus pilares fundamentales sobre el valioso legado que han dejado quienes a lo largo de los años han servido a esta unidad con entrega, responsabilidad y espíritu constructivo.

Así pues, partiendo de una etapa inicial de mantenimiento de los criterios organizativos básicos establecidos por la jefatura anterior, la Inspección debe potenciar la eficiencia de los recursos personales y materiales de que dispone y exigir nuevas herramientas que hagan posible la mejora constante de la calidad del servicio que presta a la sociedad y a la carrera, prestigiando al Ministerio Fiscal a través de las que deben ser sus señas de identidad: el servicio a la ciudadanía, la excelencia profesional y la honestidad intelectual.

A tal fin, en 2021 se han puesto en marcha las siguientes iniciativas:

– Se han intensificado los contactos y ámbitos de colaboración con la Unidad de Apoyo y el Ministerio de Justicia a fin de abordar la definitiva la digitalización de la Inspección Fiscal.

Como punto de partida, resulta inaplazable el desarrollo de una aplicación para la gestión del personal integrante de la carrera fiscal. El Ministerio Público cuenta en la actualidad con una plantilla de 2.553 efectivos. La Inspección únicamente dispone de un programa denominado Fiscales Admin. (de Access 2007), que, por estar obsoleto y descatalogado, no cuenta con actualizaciones ni recursos formativos para sus usuarios, siendo su manejo poco intuitivo e incómodo. Resulta pues imperioso disponer de un recurso digital que integre la vida profesional de todos los/as fiscales y posibilite, a través de criterios de búsqueda sencillos, conocer a tiempo real la situación de la carrera. Datos tan elementales como la fiscalía en la que está destinado un/a fiscal, qué órganos cuentan con plazas vacantes, cuántos y qué fiscales se encuentran en situación de servicios especiales o en excedencia, son conocidos en la actualidad mediante el uso de procedimientos francamente rudimentarios. En un colectivo que no alcanza los tres mil profesionales de carrera, la aspiración de contar con una herramienta de gestión de personal resulta técnicamente modesta y poco costosa.

A finales de 2021 se puso en marcha una iniciativa en colaboración con el Ministerio de Justicia para tratar de dar respuesta a esta necesidad partiendo de la ingente información de que dispone la aplicación Ainoa. La exportación ordenada de una mínima parte de esa información a un recurso que resulte funcional a los efectos señalados está en estudio al tiempo de redactar estas líneas.

Haciendo específica referencia a la labor de control de la Inspección Fiscal, los instrumentos empleados para su ejercicio, son, sin ánimo exhaustivo, los siguientes:

a) Visitas de inspección ordinarias y extraordinarias a las fiscalías.

b) Comunicación permanente, oral o escrita, con las fiscalías y los/as fiscales (art. 160 Reglamento).

c) Intercambio de información con la Secretaría Técnica y la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado, con la Unidad de Atención al Ciudadano del Consejo General del Poder Judicial, el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia.

d) Requerimientos para remisión de informes interesados a las fiscalías sobre distintas materias: retiradas de acusación; presos preventivos con duración superior a tres meses; estado de las diligencias de investigación penales tramitadas por las fiscalías; procedimientos pendientes de despacho en las fiscalías por tiempo que exceda de los tres meses, etc.

e) Requerimientos de informaciones concretas a los/as fiscales y expedientes de seguimiento para controlar situaciones de retraso en el despacho de asuntos.

f) Otras actuaciones: informes periódicos con motivo de la entrada en vigor de nuevas disposiciones legales, apertura de expedientes gubernativos ante quejas carentes de entidad disciplinaria por defectuoso funcionamiento de los órganos fiscales y sus distintos servicios.

g) Estudio de la información que los diversos órganos fiscales remiten a la Inspección Fiscal: actas de juntas de fiscalía, de las visitas de inspección de los fiscales superiores, de las visitas realizadas a centros penitenciarios del territorio, a centros de reforma de menores, centros geriátricos y de la tercera edad, etc.).

A la vista del notable intercambio de información de naturaleza diversa que exige el correcto ejercicio de su función, sin duda es de particular trascendencia para la Inspección Fiscal la elección y correcta implantación de herramientas digitales que den respuesta a esas necesidades, labor a la que se quiere dar particular impulso en los próximos años.

Por lo que se refiere a las visitas de inspección, tradicionalmente se han realizado de manera presencial. No obstante, la pandemia por coronavirus ha revelado la necesidad de implantar y fomentar el acceso a las aplicaciones informáticas de registro y tramitación procesal de todas las fiscalías, con independencia de la administración de la que dependan, a fin de evitar la total suspensión de esta modalidad privilegiada de control en situaciones similares, estando en condiciones de atajar con prontitud las disfunciones que pudieran existir en el ejercicio ordinario de la función.

Actualmente el acceso remoto tan solo es posible a la aplicación Fortuny desde el equipo fijo, siendo una necesidad inaplazable que se facilite a la Inspección el acceso a las aplicaciones informáticas implantadas en todas las fiscalías, a fin de poder realizar inspecciones on line tanto con el equipo fijo, como con el portátil. Constan publicados diversos convenios firmados por los gobiernos de las comunidades autónomas con el CGPJ para garantizar el acceso remoto de los Inspectores del Servicio de Inspección del CGPJ a las diferentes aplicaciones de gestión procesal (con la Comunidad Autónoma de Aragón, de 17 de junio de 2020, la de Cantabria, de 3 de noviembre de 2020, Principado de Asturias de 15 de enero de 2021, la de Galicia de 20 de septiembre de 2021 y la de Andalucía en fecha 1 de octubre de 2021,) que bien pudieran servir de pauta a la hora de abordar, de forma necesariamente urgente, la resolución de esta cuestión tan largamente reivindicada por la Inspección Fiscal.

– Se ha instaurado un marco de estrecha colaboración con el Fiscal Jefe de la Sección de lo Contencioso-administrativo, Excmo. Sr. D. Jesús Tirado Estrada, con el fin de intercambiar información y unificar criterios en materias comunes, siempre desde el más estricto respeto a las diferentes atribuciones competenciales de cada órgano.

– Se ha establecido una reunión de trabajo semanal en la Inspección Fiscal en la que participa toda la plantilla y cuya finalidad principal es fomentar el trabajo en equipo y favorecer el protagonismo coral de los profesionales que integran la unidad. Entre otras ventajas, este intercambio semanal posibilita el conocimiento general de los asuntos más relevantes y/o controvertidos y permite planificar el trabajo con la necesaria antelación. Si bien es cierto que el quehacer diario en ocasiones dificulta el mantenimiento de esa periodicidad semanal, es voluntad de todos/as continuar con una práctica que se ha revelado notablemente beneficiosa para la función.

– De acuerdo con los Sres./as Inspectores/as, se han mantenido los bloques de distribución de trabajo en atención a las diferentes áreas territoriales y de especialización ya implantados al inicio del ejercicio, con algunas variaciones mínimas. Debe reseñarse, no obstante, que ello viene avalado por el hecho de que una parte importante de quienes conforman la plantilla en la actualidad se han incorporado a la unidad en el ejercicio de 2021.

– Se ha creado un repositorio ordenado con toda la documentación útil para la Inspección Fiscal, siendo posible su consulta mediante el uso de diferentes voces de búsqueda. Asimismo, se ha iniciado la reorganización de la carpeta digital común de la Inspección Fiscal, a fin de facilitar el conocimiento y uso de su contenido a los Sres./as Inspectores/as y a quienes se incorporan como nuevos integrantes a la plantilla de la Inspección Fiscal.

– Se han redistribuido las tareas entre las funcionarias integrantes de la secretaría y centralizado los mecanismos de entrada, salida y registro de los asuntos.