CAPÍTULO I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 2. ACTIVIDAD DEL CONSEJO FISCAL EN 2021

2. ACTIVIDAD DEL CONSEJO FISCAL EN 2021

2.1 Introducción

Como órgano colegiado del Ministerio Fiscal, el Consejo Fiscal está constituido, bajo la Presidencia del/la Fiscal General del Estado, por el/la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo y el/la Fiscal Jefe/a Inspector/a como Vocales natos/as, así como por nueve fiscales más como Vocales electos, pertenecientes a cualquiera de las tres categorías de la carrera fiscal y elegidos cada cuatro años por sufragio de todos los miembros en servicio activo de la carrera (arts. 12.b y 14.1 EOMF).

La actual composición del Consejo Fiscal se constituyó en 2018, ejercicio en el que fueron elegidos los nueve Vocales electos cuyo mandato terminará en abril de 2022. La regulación del órgano está contenida en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, esencialmente en su artículo 14, aun cuando son numerosas las referencias al Consejo Fiscal en otros preceptos del texto estatutario, desarrollándose su normativa en el Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre Constitución y Funcionamiento del Consejo Fiscal que ha sido objeto de diversas modificaciones, siendo la última de ellas por Real Decreto 1009/2017, de 1 de diciembre. Además, el Consejo dispone de un Reglamento de Régimen Interior aprobado en sesión del Pleno celebrado el día 20 de septiembre de 1983, texto que a su vez ha sido parcialmente modificado en diversas ocasiones por acuerdo de sus integrantes y ante la necesidad de adaptar el órgano a la modernización de la vida estatutaria mediante la utilización de los recursos y medios tecnológicos disponibles. Asimismo, por Decreto de 21 de junio de 2019 se aprobaron los «Criterios de ejercicio de la competencia del Consejo Fiscal para informar los proyectos de ley o normas reglamentarias que afecten a la estructura, organización y funciones del Ministerio Fiscal».