Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 6. FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA

6.4 Actividad de la Fiscalía

6.4.1 La Fiscalía Especial, 25 años después: presente y futuro

Pese a los esfuerzos llevados a cabo a nivel nacional e internacional en las últimas décadas por ofrecer una respuesta eficaz y armónica ante la corrupción, este maligno fenómeno sigue siendo uno de los más graves problemas que afectan a nuestra sociedad actual y que más intensamente inquietan a los españoles. Así lo han venido indicando los barómetros del CIS de los últimos años en los que la preocupación por la corrupción solo era superada por el paro y la crisis económica. Es cierto que, más recientemente, se observa un significativo descenso en esta preocupación. Así, en el último barómetro del CIS correspondiente a 2020, la corrupción solo preocupaba al 3,9 % (decimocuarto problema para los españoles), frente al 20,7 % de diciembre de 2019 (cuarto problema) o el 24,7% del mismo mes de 2018 (segundo problema). No debemos ser demasiado optimistas ante dicho descenso y, mucho menos, relajar la respuesta ante la corrupción, pues la mencionada bajada puede explicarse por el menor número de grandes escándalos de corrupción producidos en los dos últimos años y la creciente preocupación de los ciudadanos por otros problemas no menos inquietantes, señaladamente en los pasados y trágicos meses de este año 2020, la salud y la sanidad en general y las consecuencias económicas derivadas de la epidemia de coronavirus.

Por otra parte, la inquietud ciudadana por la corrupción también se refleja en los correspondientes informes de la Comisión Europea o en los Índices de Percepción de la Corrupción elaborados anualmente por Transparencia Internacional. En cuanto a estos, no hay cambios significativos. España se mantiene en el mismo nivel de 2019 (62/100) pero empeora dos puntos su posición en el ranking mundial (32/180). Recordemos que en 2018 España obtuvo 58/100 puntos y ocupaba el puesto 41.

Por lo demás, las experiencias reales de corrupción muestran datos coherentes con esta sombría percepción ciudadana y son ciertamente alarmantes. No está de más recordar que la dimensión y complejidad de la moderna corrupción, bien distinta y más nociva que la que podríamos denominar tradicional o histórica, ha invadido la actual economía globalizada, limitando su eficacia y competitividad y contaminando el sistema financiero. Representa, asimismo, una rémora para el crecimiento económico, pues la desviación de recursos públicos que podrían destinarse a fines productivos, asistenciales y a reformas estructurales sostenibles socava la eficiencia del gasto público, algo especialmente visible en tiempos de crisis. Al margen de esta ya de por sí inquietante realidad, la preocupación por la corrupción nace de la certeza de que con ella disminuye la confianza de los ciudadanos en unas instituciones que esta delincuencia pervierte poniendo a su servicio.

Como ya decíamos en la memoria de 2017, a este descrédito de las instituciones democráticas puede contribuir una insuficiente respuesta de los órganos judiciales ante la corrupción. Diversas circunstancias concurren para formar la opinión, todavía presente en parte de la sociedad, de que la justicia no trata igual al poderoso. Entre ellas, el retraso en la instrucción de los procedimientos, ligado en buena medida a la difícil tramitación de los llamados macroprocesos en que con frecuencia se convierten las causas de corrupción o la proliferación de los aforamientos y otros privilegios procesales. Pero también contribuyen a este clima de desconfianza en la justicia las absoluciones inesperadas de difícil comprensión pública, las condenas que no llevan aparejadas la recuperación del dinero público, que abonan la consideración de que el delito merece la pena, las prescripciones que conducen al archivo de responsabilidades, el benigno tratamiento penitenciario que a veces se dispensa a este tipo de delincuentes o, ya al margen del ámbito judicial, los indultos en ocasiones concedidos a los condenados por corrupción.

En este crítico contexto opera la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, cuya andadura comenzó hace veinticinco años con el ánimo de combatir con mayor eficacia la moderna corrupción y la delincuencia económica organizada, una criminalidad diferente de la que podríamos denominar tradicional o histórica que había llevado al Consejo de Europa a recomendar la creación de organismos específicos anticorrupción, capaces de emplear modernas técnicas de investigación y de análisis financiero-criminal para desarmar los complejos montajes jurídico-económicos que respaldan esta delincuencia. Junto a estas razones estructurales también concurrieron en su creación motivos coyunturales pues, indudablemente, con el alumbramiento de la nueva Fiscalía se pretendía sosegar el crispado clima social y político existente en España en 1994, propiciado por los graves casos de corrupción que habían estallado ruidosamente en los medios de comunicación (Casos popularmente conocidos como Roldán, Fondos Reservados del Ministerio del Interior, Banesto, PSV, Filesa, AVE, etc.).

La Fiscalía Anticorrupción, que comenzó siendo una experiencia pionera en Europa, con la integración en ella de Unidades de Apoyo (Agencia Tributaria e Intervención General de la Administración del Estado) y de Unidades Adscritas (Policía Nacional y Guardia Civil), ha sido elogiada por relevantes organismos internacionales implicados en la lucha contra la corrupción (OCDE, GRECO, GAFI) y servido de modelo para otras fiscalías similares nacidas en los países de nuestro entorno, hasta haberse convertido, con el paso del tiempo, en «un referente indispensable en la lucha contra la gran delincuencia económica y relacionada con la corrupción, tanto en el espacio nacional como en el ámbito internacional» (Instrucción 4/2006, de la FGE). También ha ido creciendo en medios, especialmente personales, con un notable incremento de la plantilla, que se ha consolidado en 2020, y la incorporación de una valiosa red de delegados en distintas Fiscalías territoriales.

A lo largo de estos últimos veinticinco años, las condenas recaídas en los casos conocidos como Gescartera, Ballena Blanca, Malaya, Palma Arena, Noos, Las Teresitas, Palau, tarjetas black, Afinsa y Fórum Filatélico o Gürtell, por citar solo algunos concluidos con sentencia firme, además de los antes mencionados y otros muchos que la Fiscalía Anticorrupción inició y en los que asumió un indiscutible protagonismo –consiguiendo recuperar cientos de millones de euros para las arcas públicas– están ya en la historia judicial española y han contribuido, no solo al prestigio de la propia Fiscalía sino también a lo que es más importante: que los ciudadanos perciban que la justicia en su conjunto es capaz de dar una respuesta contundente a la corrupción política y a la más compleja criminalidad económica y que las conductas delictivas asociadas a esta delincuencia no quedan impunes.

El ámbito de actuación de la Fiscalía Anticorrupción se extiende hoy a muy diferentes conductas delictivas que pueden encuadrarse en tres grandes grupos que se encuentran, por lo demás, estrechamente relacionados: la delincuencia económica, la corrupción y la criminalidad organizada. En la Memoria correspondiente a 2017, se repasaban las principales características de cada uno de estas tres categorías criminales, que se mantienen plenamente vigentes pasados estos años.

La delincuencia económica, necesariamente vinculada al crimen organizado, la delincuencia transnacional o el blanqueo de capitales a gran escala continúan estando en el foco de atención de la Fiscalía. El fraude fiscal a gran escala, especialmente el relacionado con el impago del IVA, de gran complejidad, difícil acreditación y extraordinario perjuicio para las arcas públicas (fraude organizado al IVA intracomunitario, en sus modalidades de fraude en la introducción y fraude carrusel) que ha constituido tradicionalmente una de las mayores preocupaciones de la Fiscalía Especial, continúa, algo atenuado, ocupando la atención de la Fiscalía, habiéndose celebrado todavía algún juicio relevante en este año 2020.

Las consecuencias penales de las llamadas crisis bancarias, cuya génesis y trascendencia se apuntaban en la Memoria de 2017, han continuado durante 2020, en que se han celebrado algunos de los últimos juicios pendientes por estas conductas, que requieren un gran esfuerzo para su comprensión y para su posterior encaje penal y formulación de las eventuales acusaciones, no siempre bien entendidas y que, por ende, no han recibido el respaldo de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, como ha sucedido con la sentencia absolutoria finalmente recaída por la salida a bolsa de BANKIA en julio de 2011.

Por lo que se refiere a la criminalidad organizada, continúa siendo uno de los principales retos a los que se enfrenta el Ministerio Fiscal y, sin duda, uno de los focos de mayor atención de la Fiscalía Especial. Como en 2019, también este año se han presentado importantes acusaciones contra complejas organizaciones criminales del Este de Europa, al tiempo que se han iniciado otras investigaciones actualmente en curso.

Dejando de lado el estéril debate de si existe hoy más o menos corrupción que en décadas pasadas y sin caer en una siempre perniciosa autocomplacencia, es indudable que la Fiscalía Anticorrupción ha cumplido con creces los objetivos que animaron su creación hace ya veinticinco años. En el horizonte aguarda una tarea mayúscula, con la asunción de la nueva responsabilidad investigadora que al Fiscal le atribuye el Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal, ante la que la Fiscalía Especial se encuentra particularmente preparada tras años de llevar a buen término complejas investigaciones penales. Este apasionante reto exigirá, no obstante, al margen de un cierto cambio de mentalidad y el refuerzo de la independencia del Ministerio Fiscal, en lo tocante específicamente a la Fiscalía Anticorrupción, la plena implementación de las tecnologías en los procesos de trabajo, el incremento de los medios personales y materiales, la mejora y ampliación de los mecanismos de cooperación institucional e internacional, la determinación del marco de relaciones con la nueva Fiscalía Europea y, finalmente, la instauración de una adecuada política de comunicación. El objetivo último no cambia: afrontar con la máxima eficacia, celeridad y transparencia y, por supuesto, con todo rigor jurídico, los procedimientos penales, para transmitir a la sociedad española que el Ministerio Fiscal no tolera espacio alguno de impunidad, y con ello contribuir a regenerar una confianza en las instituciones democráticas y en quienes las sirven que buena parte de los ciudadanos españoles parece haber perdido.

6.4.2 La Fiscalía Especial y la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19

Como se ha dicho, la actividad de la Fiscalía Anticorrupción, como la del resto de fiscalías, órganos judiciales y, en general, la práctica totalidad de los organismos e instituciones de este país, se ha visto extraordinariamente condicionada por la crisis sanitaria derivada de la pandemia ocasionada por el Covid-19 y las consiguientes medidas adoptadas por el Gobierno de España. Con esa finalidad, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo declaró «el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, con la adopción de medidas urgentes». En las disposiciones adicionales segunda y tercera estableció la suspensión de los términos y plazos procesales y administrativos. Este Real Decreto fue prorrogado en seis sucesivos Reales Decretos, desde el RD 476/2020, de 27 de marzo hasta el RD 555/2020, de 5 de junio, extendiéndose el estado de alarma hasta el 21 de junio de 2020. Finalmente, el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 hasta el día 9 de noviembre.

La gestión de la crisis por esta Jefatura, en el ámbito de actuación que le fue conferido por las disposiciones generales dictadas y por los sucesivos decretos de la Fiscal General del Estado, tuvo como máxima prioridad procurar que el trabajo de la Fiscalía se desempeñara en las mejores condiciones de seguridad, que minimizaran cualquier brote de coronavirus en una sede en la que habitualmente trabajan en torno a cien personas. Por eso, el propio día 10 de marzo de 2020, aun antes de que fuera dictado el Decreto de la FGE de esa misma fecha, desde la Jefatura se instó a todos los fiscales, miembros de las Unidades de Apoyo y adscritas y funcionarios en general para que todos quienes pudieran hacerlo y no tuvieran la necesidad de acudir a la sede de la Fiscalía, continuaran su actividad desde casa, con preferencia para quienes tuvieran menores de 14 años o personas mayores dependientes a su cargo. En adelante, la Jefatura impartió las siguientes instrucciones:

Miércoles, 11 de marzo de 2020. Adopción de primeras medidas en la Nota de Jefatura por la que, conforme al Decreto de la FGE de 10 de marzo de 2020, se autoriza provisionalmente a todos aquellos funcionarios/as con hijos/as menores de 14 años y mayores dependientes a su cargo a permanecer en su domicilio y ausentarse de su puesto de trabajo durante dos semanas, en prevención de la epidemia del COVID-19, sin perjuicio de las decisiones que adopte la autoridad competente en coordinación con esta Fiscalía.

Jueves, 12 de marzo de 2020. Primer contacto estrecho con un infectado de coronavirus (esposo de una funcionaria). Se ordena a todos los funcionarios que comparten despacho con ella que permanezcan en casa. En cuanto al personal diagnosticado por Covid-19 se detecta a funcionarias (3), Fiscales (3), personal laboral de Fiscalía (2) y Unidades Adscritas (2).

Viernes, 13 de marzo de 2020. Nota de Jefatura: suspensión de todos los viajes fuera de la sede de la Fiscalía, atendiendo al Decreto de la Fiscal General de Estado, de 10 de marzo de 2020).

Lunes, 16 de marzo de 2020. Decreto del Fiscal Jefe: conforme al Decreto de la Fiscal General del Estado, de 13 de marzo de 2020 y la Nota Interna que lo desarrolla, de 15 de marzo de 2020, se imparten instrucciones que tienen por objeto garantizar el funcionamiento de la Fiscalía y la prestación efectiva de las funciones que tiene encomendadas, proteger la salud de los Fiscales y funcionarios de plantilla y dar cumplimiento a las recomendaciones de las autoridades sanitarias. Se establecen turnos de un funcionario por Secretaría del 17 de marzo hasta el 3 de abril, otro funcionario en la Secretaría Fiscal Jefe y un Fiscal. Durante la semana del 16 al 20 de marzo el Fiscal Jefe asume el primer turno, asistido de la Secretaria de Jefatura, Dña. Nieves Rico Raposo. La siguiente semana, acude a Fiscalía en cumplimiento del citado turno, la Teniente Fiscal.

Lunes, 23 de marzo de 2020. Decreto del Fiscal Jefe remitido a los fiscales conforme al cual se establece un turno de permanencia de los fiscales en la sede de la Fiscalía, similar al ya adoptado para los funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial, y al que opera en las otras Fiscalías Especiales y en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, de modo que un fiscal de la plantilla, por turno rotatorio diario de mayor a menor antigüedad en la Carrera Fiscal, acuda cada mañana a la sede de la Fiscalía para atender el despacho de aquellos asuntos de especial urgencia, entendiendo por tales los mencionados en el apartado 1 del Decreto de 16 de marzo de 2020 de esta Jefatura, a saber: actuaciones en causas con presos o detenidos, medidas cautelares urgentes o cualquier otra también urgente en materia de vigilancia penitenciaria y, en general, aquellas que de no llevarse a cabo pudieran causar perjuicios irreparables o impedir o hacer muy gravosa la obtención de la tutela judicial solicitada. En cuanto al trabajo a realizar, de acuerdo con la Presidencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, se establece que los/las magistrados/as remitirán al correo electrónico del fiscal de permanencia en cada Fiscalía los escritos y las peticiones de informe que deban ser despachados. A tal efecto, el fiscal de permanencia que reciba en su correo el escrito correspondiente debe despacharlo él mismo o remitirlo por la misma vía al fiscal a cargo del asunto para su despacho, de modo que, una vez realizado el oportuno informe, se remite al correo electrónico de la autoridad judicial requirente, sin necesidad de acudir a firmar documento alguno a la sede de la Fiscalía. Para el cumplimiento de este sistema de trabajo, se acuerda comunicar a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el turno establecido junto con los correos electrónicos del Fiscal que se halla de permanencia.

6 de mayo de 2020. Decreto del Fiscal Jefe: en relación con el Decreto de 30 de abril de 2020 de la FGE tras la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, se imparten instrucciones de general cumplimiento. Atendiendo al referido Decreto se modifica el régimen de asistencia de fiscales y funcionarios, y se establece un turno diario de cuatro fiscales y cuatro funcionarios de plantilla. Desde Gerencia Territorial de Órganos Centrales se facilita la distribución de mascarillas, guantes y gel hidroalcohólico entre quienes acuden a trabajar.

Semanas del 11 al 22 de mayo de 2020. Tras la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19, se mantiene el sistema de turnos presenciales de cuatro funcionarios y cuatro fiscales.

– Semanas del 25 mayo a 5 de junio. Se incrementan los turnos a seis funcionarios y seis fiscales, que posteriormente se elevan a ocho.

– Tras la Orden JUS/504/2020, de 5 de junio, por la que se activa la Fase 3 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19 y el Decreto de la FGE, de 3 de junio, se ordena la incorporación de la totalidad de la plantilla de funcionarios y se mantienen las medidas de teletrabajo para los y las fiscales. Por parte de la Gerencia Territorial de Órganos Centrales, se procede a dotar de mamparas a los despachos y a suministrar mascarillas, guantes y geles, imponiendo el uso obligatorio de la mascarilla. Esta situación se mantiene en la actualidad en la que se ha adoptado un sistema optativo de turnos de mañana y tarde en las secretarías de tramitación.

El 23 de julio, una vez superado el confinamiento, la Fiscalía tuvo el honor de recibir la visita de la Excma. Sra. Dña. Dolores Delgado García, Fiscal General del Estado, quien tuvo asimismo la oportunidad de conocer con detalle la sede de la Fiscalía y dialogar con los integrantes de la misma.

No se puede concluir este apartado sin referirme al especial dolor causado por la epidemia al Fiscal de esta Fiscalía José Miguel Alonso, cuya esposa, la también Fiscal de la Fiscalía Antidroga y muy querida compañera, Cristina Toro Ariza, falleció en los primeros días del confinamiento. Asimismo, al de los fiscales Ignacio Stampa y José Grinda, quienes perdieron a su padre y madre, respectivamente y a la tramitadora, Sra. Dolores Zapata, cuyo padre también falleció, todos ellos víctimas del coronavirus en unas circunstancias de aislamiento que hicieron especialmente dolorosas estas pérdidas.

6.4.3 Escritos y denuncias

El análisis comparativo de los escritos y denuncias presentados en la Fiscalía respecto del año 2020, arroja los siguientes datos:

a. Registros de entrada: 2.346 frente a 2.828 del año 2019.

b. Registros de salida: 5.042 en comparación a 7.323 del año 2019.

De estos escritos registrados en la Fiscalía, 1.069 correspondieron a denuncias, frente a las 809 del año 2019. Es de resaltar que la mayoría ponían en conocimiento del fiscal hechos que, bien no constituían delito o no se sustentaban en mínimos indicios de actividad criminal, bien estaban referidos a eventuales infracciones penales ajenas a la competencia de esta Fiscalía Especial. Tales circunstancias originaron el archivo de la denuncia o su remisión a la Fiscalía competente para su conocimiento.

En todo caso, las cifras expuestas evidencian un descenso del número de escritos que tuvieron entrada en la Fiscalía Especial durante el año 2020, tal y como se refleja en el siguiente gráfico:

Gráfico

6.4.4 Diligencias de investigación

Reguladas en el art. 5 EOMF (Ley 50/1981) y en el art. 773.2 LECrim, las Diligencias de Investigación cobran una especial importancia en el caso de la Fiscalía Anticorrupción, toda vez que gran parte de los procedimientos judiciales en los que interviene, tienen su origen en investigaciones propias, al socaire del apoyo que le prestan sus trascendentales Unidades de Apoyo y Unidades adscritas.

Pues bien, analizando numéricamente la actividad en este ámbito, resulta que durante el año 2020 se incoaron 19 diligencias de investigación. A tal cifra hay que añadir las 40 que se encontraban en trámite a 31 de diciembre de 2019, lo que implica que durante el 2020 se estuvieron tramitando un total de 59 diligencias de investigación.

A lo largo de 2020 se concluyeron 32 diligencias de investigación, 3 correspondientes a 2017, 14 correspondientes a 2018, 8 correspondientes a 2019 y 7 de las incoadas en 2020. Por consiguiente, el 31 de diciembre de 2020 quedaban pendientes de tramitación 26 diligencias de investigación.

Es de resaltar que, de las 32 diligencias de investigación concluidas, en 13 ocasiones el Fiscal formuló la correspondiente querella o denuncia, que dio lugar a los correspondientes procedimientos judiciales en los que esta Fiscalía Especial ha mantenido su competencia. Y en 2 ocasiones se incorporaron a causas judiciales ya incoadas y también competencia de esta Fiscalía.

Los datos expuestos tienen su reflejo en los siguientes cuadros:

Diligencias de investigación

Diligencias anteriores al 31-12-19

Diligencias durante el 2020

Total

En trámite durante 2020

40

19

59

Concluidas

25

7

32

Pendientes al 31-12-2020

24

12

26

Gráfico

6.4.5 Procedimientos penales

En cuanto a la concreta actividad de la Fiscalía Especial en el ámbito de los procesos judiciales, es de resaltar que durante el año 2020 esta Fiscalía intervino en 761 procedimientos judiciales frente a los 746 del año 2019 o los 678 del año 2018. Durante el año 2020 se incoaron 15 procedimientos penales nuevos.

El siguiente gráfico refleja lo así expuesto:

Gráfico

6.4.5.1 Escritos de Acusación

Durante el año 2020, la Fiscalía Especial formuló 47 escritos de acusación, esto es, 7 más que los presentados en el año 2019.

Es de resaltar que los tipos penales por los que se formuló más frecuentemente una acusación fueron los delitos contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social y contrabando (11), los de malversación de caudales públicos (20), los de prevaricación administrativa (24), los de blanqueo de capitales (10), cohecho (23) y societarios (13), entre otros.

A ellos hay que añadir una serie de delitos conexos con los que el art. 19.4 EOMF atribuye a esta Fiscalía y que resultan también de su competencia, por lo que fueron igualmente objeto de acusación. Se trata de delitos de falsedad documental (los más numerosos), coacciones, amenazas, robo con fuerza, o contra la salud pública.

Todo lo cual tiene su reflejo en el siguiente cuadro, que recoge los delitos por los que se acusa en los escritos de calificación del Fiscal:

Calificaciones

Contra la Hacienda

Prevaricación

Abuso o uso indebido información privilegiada

Malversaciones caudales públicos

Fraudes y exacciones ilegales

Tráfico de influencias

Cohecho

Negociación prohibida a funcionarios

Defraudaciones

Insolvencias punibles

Societarios

Blanqueo de capitales

Corrupción en transacciones comerciales internacionales

Corrupción en el sector privado

Conexos con los anteriores

Crimen organizado

47

11

24

0

20

1

6

23

0

0

0

13

10

1

1

59

4

La evolución anual de los escritos de acusación se expone en el siguiente gráfico:

Gráfico

6.4.5.2 Sentencias

Durante el año 2020, se han dictado 16 sentencias, en primera instancia, en causas judiciales en las que ha intervenido esta Fiscalía Especial. De ellas 10 han sido condenatorias y 6 fueron absolutorias. Recordemos que en 2019 se dictaron 39 sentencias y 28 en 2017.

6.4.6 Cooperación judicial internacional

Entre las funciones del Ministerio Fiscal se encuentra la de «Promover o, en su caso, prestar el auxilio judicial internacional previsto en las leyes, tratados y convenios internacionales» (art. 3.15 EOMF).

Tal función resulta de una notable importancia en el ámbito de delitos que son competencia de esta Fiscalía (artículo 19.4 EOMF), dado el marco de delincuencia económica transnacional que nos ocupa, por cuanto una gran parte de las ilícitas prácticas que se investigan tienen conexión, directa o indirecta, con territorios fuera de nuestras fronteras. Precisamente ese marco internacional es buscado, de propósito, por los delincuentes económicos para hacer impune su comportamiento.

6.4.6.1 Asistencia Judicial Pasiva

A) Comisiones Rogatorias.

Durante el año 2020, continuando con la tendencia del año anterior, la mayor parte de la asistencia judicial prestada ha sido en el ámbito europeo por lo que las comisiones rogatorias –pasivas y activas–han disminuido considerablemente. En concreto, se han tramitado 8 comisiones rogatorias pasivas procedentes de Perú, Brasil, Colombia, Panamá, Andorra y Armenia. De estas comisiones, 2 se han recibido a través de la autoridad central y el resto por comunicación directa, habiéndose cumplimentado 5 de ellas durante el mismo 2020.

La mayor parte de esta asistencia se refiere a investigaciones sobre delitos de blanqueo de capitales (6), si bien también se ha solicitado para investigaciones relativas a delitos de estafa (1), fraude por autoridad o funcionario (1) tráfico de influencias (1), fraude fiscal (1) y malversación de caudales públicos (1).

B) Órdenes Europeas de Investigación (OEI).

Durante el año 2020 se han recibido 25 OEI, 21 por comunicación directa y 4 a través de Eurojust, procedentes de Alemania, Chipre, Eslovenia, Estonia, Italia, Letonia, Lituania, Polonia, Azores, Portugal, Rumanía y Suecia. Dicha asistencia se ha solicitado en el curso de investigaciones relacionadas con delitos de blanqueo de capitales (9), cohecho (2), corrupción en negocios (2), delito contable (1), delitos fiscales (3), falsedad en documento público (1), fraude de subvenciones (1), fraudes comunitarios (2), malversación de caudales públicos (1) y tráfico de influencias (1). Las diligencias interesadas principalmente han sido declaraciones testificales y de investigados –bien presenciales bien a través de videoconferencia o sistemas similares–, así como obtención de información bancaria y financiera.

De todas ellas, 14 se cumplimentaron en el mismo 2020, en 7 se acordó su inhibición a otras Fiscalías y 4 estaban en trámite al terminar el año.

Entre las OEI recibidas destaca, por ser la primera ocasión en que se solicitaba en esta Fiscalía este tipo de diligencia, la procedente de las autoridades de Letonia interesando, en el curso de una investigación relacionada con delitos de organización criminal y blanqueo de capitales, la autorización de un agente encubierto en España. Tras valorar su procedencia y utilidad, fue autorizada por esta Jefatura, coordinándose desde esta Fiscalía con la Unidad Especializada en Agentes Encubiertos de la Policía Nacional todos los detalles de su ejecución. Y, si bien inicialmente se autorizó por un periodo de un mes, previa solicitud motivada de las autoridades letonas y seguimiento y control desde esta Fiscalía del resultado que iba arrojando la actuación del agente encubierto, se prorrogó en cuatro ocasiones más hasta que, después de seis meses, se acordó su cese al culminar con éxito el cometido de la actuación en España del referido agente encubierto.

6.4.6.2 Asistencia Judicial Activa

En lo que respecta a las comisiones rogatorias emitidas por esta Fiscalía consta la remitida a las autoridades de Irlanda solicitando, en el curso de unas diligencias de investigación incoadas por la posible comisión de un delito de blanqueo de capitales, diversa información bancaria. La misma se envió a través de la autoridad central y está pendiente de cumplimiento.

Y, en lo atinente a las OEI Activas, se han emitido dos dirigidas a las autoridades de Luxemburgo y Reino Unido solicitando, también dentro de investigaciones incoadas en Fiscalía por delitos de blanqueo de capitales y fiscales, la práctica de medidas consistentes en declaraciones e información bancaria y financiera.

Por último, destacar que en los procesos judiciales despachados por la Fiscalía se han emitido numerosas comisiones rogatorias y OEI con intervención del Ministerio Fiscal.

6.4.6.3 Otras actividades de colaboración con otros países e instituciones

Si bien la situación provocada como consecuencia del Covid–19 alteró sustancialmente la forma de trabajo de esta Fiscalía, uno de los ámbitos que más se vio afectado fue el de las actividades de colaboración con otros países e instituciones, pues inicialmente conllevó una paralización de todas ellas, salvo en casos urgentes, que paulatinamente se reanudaron gracias al uso de la tecnología, lo que permitió practicarlas de manera virtual.

Por ello, salvo las Jornadas de Cooperación Internacional organizadas anualmente por la Fiscalía General del Estado, que pudieron celebrarse presencialmente a principios del mes de marzo en Oviedo, el resto de actividades se realizaron de manera virtual. Entre estas destacan:

– Reunión de coordinación de nivel 2 celebrada el 17 de julio de 2020 entre las autoridades de la Fiscalía de Malta y la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada convocada por Eurojust (La Haya, Países Bajos).

– Participación como Punto de Contacto Nacional Anticorrupción de la Unión Europea en la actividad del Servicio Nacional de Coordinación de Eurojust.

– Participación en reunión de coordinación con Eurojust celebrada el 18 de septiembre de 2020 con Alemania, Chequia, Eslovaquia y Lituania.

6.4.6.4 Conferencias y ponencias de miembros de esta Fiscalía relacionadas con la actividad internacional

– Intervención en el curso de la Academy of European Law titulado «Conducting investigations into Tax Fraud and Tax Evasion in the EU», con una ponencia titulada «Investigating and prosecuting fraudulent tax offences» (ERA, octubre 2020).

– Elaboración para el programa el PACTO de un documento estratégico sobre la creación y funcionamiento de Equipos Conjuntos de Investigación en el ámbito latinoamericano.

– Participación en diversas actividades sobre la Fiscalía Europea previas a su puesta en funcionamiento inicialmente prevista para el 20-11-2020: dirección de la Revista monográfica del Ministerio Fiscal n.º 9 sobre «Fiscalía Europea y proceso penal español» (FGE, junio 2020); asistencia al «Seminario sobre la protección de los intereses financieros de la Unión Europea y la Fiscalía Europea» (Red Europea de Formación Judicial. Letonia, junio 2020).

– Clase sobre la cooperación jurídica internacional en el Curso de Especialización en Policía Judicial para integrantes de la Guardia Civil, celebrada en mayo de 2020.

– Ponencia sobre «Cómo investigar de modo efectivo los delitos fiscales transfronterizos: presentación de un caso que sería de la Fiscalía Europea» en el Curso sobre delito fiscal vs defraudación fiscal organizada por la Academia Europea de Derecho (ERA) en Trier, Alemania, octubre 2020.

Por último, cabe resaltar el nombramiento en el mes de noviembre de un integrante de esta Fiscalía como Punto de Contacto Judicial Focal del Proyecto I-CAN de INTERPOL.

6.4.6.5 Visita de personalidades y delegaciones extranjeras a la Fiscalía Especial

Las visitas a la Fiscalía Especial de personalidades y delegaciones extranjeras, compuestas por autoridades judiciales y fiscales, son muy frecuentes, dado el interés que fuera de nuestro país despierta el modelo de la Fiscalía Anticorrupción, elogiado por relevantes organismos internacionales implicados en la lucha contra la corrupción (OCDE, GRECO, GAFI, Transparencia Internacional, etc.) sirviendo de modelo para otras Fiscalías Anticorrupción algunas nacidas al socaire de distintos proyectos de hermanamiento con otros países (twinning projects) financiados por la Comisión Europea. Por ello la Fiscalía contra Corrupción y la Criminalidad Organizada participa –en ocasiones las lidera– en visitas internacionales que recibe la Fiscalía española.

Sin embargo, a lo largo del año 2020, han sido restringidas las visitas debido a la evolución de la pandemia Covid-19:

– El 9 de julio, visita de la Magistrada de Enlace de Francia en España.

– El 28 de septiembre, del Jefe de la Unidad Inteligencia Financiera de México y la Consejera Electoral del Instituto Nacional Electoral.