Capítulo I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 7. SECRETARÍA TÉCNICA

7.1 Circulares, Consultas e Instrucciones

Una de las funciones que estatutariamente tiene atribuidas la Secretaría Técnica se refiere al estudio de las cuestiones de índole sustantiva y/o procesal que se plantean en el trabajo diario. Esta actividad constituye la base sobre la que se construye la doctrina de la Fiscalía General a través de las Instrucciones, Circulares y Consultas. Durante el tiempo de confinamiento se han elaborado numerosos informes cuya publicación se consideró útil para el trabajo diario de los fiscales en las diferentes áreas de intervención.

1. Informe sobre la situación generada en las entregas de las OEDE´s con motivo de la crisis y las medidas adoptadas por los países de la UE como consecuencia de la pandemia de la Covid-19 dirigida a los fiscales jefes de las fiscalías Antidroga, de la Audiencia Nacional y la Fiscal de Sala de Cooperación Internacional. El informe dio respuesta a diversas consultas cursadas por las autoridades de varios Estados miembros que se encuentran en fase de ejecución de OEDE´s emitidas por autoridades judiciales españolas en relación con la procedencia de la materialización de las entregas en los casos en los que la misma se ha acordado por la autoridad de ejecución de otro Estado miembro. Idéntica cuestión se planteó en los casos en los que España es Estado de ejecución.

2. Informe sobre fake news. Desde el inicio de la pandemia se produjo una eclosión de información cuyo contenido podía no ajustarse a la realidad. Las fake news o noticias falsas inundaron las páginas de Internet y las redes sociales, pudiendo llegar a generar confusión e incluso alterar la percepción de la realidad de los ciudadanos. Ante la solicitud de información de compañeros, compañeras y medios de comunicación, se elaboró un informe que fue remitido a todas las fiscalías y facilitado a los medios en relación con los diversos tipos penales que estos hechos pueden llegar a integrar (delitos de odio; descubrimiento y revelación de secretos; delitos contra la integridad moral; desórdenes públicos; injurias y calumnias; delitos contra la salud pública, estafas, intrusismo y delitos contra el mercado y los consumidores).

3. Autorizaciones de actos multitudinarios y manifestaciones celebrados los días previos a la declaración del estado de alarma.

4. Propuestas de mejora y modernización de la Administración de justicia surgidas a raíz de las necesidades puestas de manifiesto como consecuencia de la crisis sanitaria.

5. Medidas de choque en el ámbito de la Justicia penal tras la pandemia por el coronavirus, a fin de colaborar con el CGPJ en la tarea de reconstrucción del estado de cosas posterior a la situación actual.

6. Pautas de actuación, delimitación de la documentación a remitir, periodicidad en la remisión, modos de canalizar la información respecto de las fiscalías territoriales, ofreciendo ayuda y colaboración a las mismas, estableciendo vías de comunicación constantes y centrando la actuación del Ministerio Fiscal no solo en el ámbito penal, sino fundamentalmente en el tuitivo.

7. Estudio sobre las medidas de confinamiento impuestas como consecuencia de la enfermedad Covid-19 desde la perspectiva administrativa y de los derechos fundamentales.

8. Estudio sobre la repercusión penal de determinadas acciones individuales durante el estado de alarma.

9. Propuesta de 60 medidas para el plan de desescalada en la administración de justicia tras la pandemia de coronavirus Covid-19, de fecha 24 de abril de 2020

10. Análisis de impacto del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la administración de justicia.

11. Nota informativa de 30 de abril de 2020 sobre conversión en formato online de las actividades presenciales programadas en el 2020 por el Centro de Estudios jurídicos.

12. Informe de 29 de abril, sobre plazos y términos procesales, artículo 324 LECrim y notificaciones telemáticas al Ministerio Fiscal.

13. Informe de 3 de junio de 2020 sobre plazos de instrucción en el estado de alarma.

14. Informe de 3 de junio de 2020 sobre plazos de prescripción en el estado de alarma.

15. Informe de 3 de junio de 2020 sobre plazos de prisión provisional y estado de alarma.

Durante el ejercicio correspondiente al año 2020 se han elaborado los borradores de una Circular y una Instrucción, que fueron aprobados y finalmente publicados como tales Circulares e Instrucciones, tras el informe favorable de la Junta de Fiscales de Sala.

Resulta importante exponer de manera sucinta la problemática que vienen a solventar los textos aprobados a lo largo del año 2020 y la orientación en ellos seguida, sin perjuicio de que su texto completo forma parte del Anexo que aparece al final de esta obra.

Circular 1/2020, sobre los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal en el orden jurisdiccional civil.

El objetivo de la presente Circular es facilitar la labor de las/los Sras./es. Fiscales, dándoles pautas orientativas para valorar la procedencia y viabilidad de la interposición y, en su caso, a la hora de redactar el escrito del recurso de casación, de infracción procesal y de queja, con la finalidad de promover la utilización de estas vías procesales imprescindibles para generar criterios jurisprudenciales sólidos en el ámbito de intervención del Ministerio Público.

La necesidad de pautas para la correcta comprensión del recurso de casación civil no solo puede predicarse de los Fiscales adscritos a las Secciones Civiles (vid. Instrucción 4/2009, de 29 de diciembre, sobre la organización de las secciones de lo civil y del régimen especializado en materia de protección de personas con discapacidad y tutelas), sino también, atendiendo a los cometidos asignados a los de las secciones de menores (Instrucción 1/2009, de 27 de marzo, sobre la organización de los servicios de protección de las Secciones de Menores, en relación con los procesos de protección de menores y de derechos fundamentales de menores), a los de Violencia de Género (Instrucción 7/2005, de 23 de junio, sobre el Fiscal contra la Violencia sobre la Mujer y las Secciones contra la Violencia sobre la Mujer de las Fiscalías, en relación con los procesos civiles relacionados con violencia de género) y a los de Extranjería (Instrucción 5/2007, de 18 de julio, sobre los fiscales de sala coordinadores de siniestralidad laboral, seguridad vial y extranjería y sobre las respectivas secciones de las fiscalías territoriales, en relación con la determinación de edad de los menores extranjeros no acompañados).

–Instrucción 1/2020, de 15 de septiembre, sobre criterios de actuación para la solicitud de medidas cautelares en los delitos de allanamiento de morada.

La realidad social evidencia que la ocupación de bienes inmuebles constituye un fenómeno que, desde su misma aparición, ha generado y genera preocupación social y una innegable sensación de inseguridad en la ciudadanía. A los perjuicios que estas acciones ocasionan a los titulares de los inmuebles ocupados, se unen los problemas de convivencia a que pueden dar lugar en el entorno social en que las mismas se producen.

La instrucción pretende ofrecer a las/los Sras./Sres. Fiscales la recopilación y el análisis sistematizado de las herramientas legales que expresamente prevé la legislación penal vigente, facilitando el ejercicio de nuestra función en defensa de la legalidad y los derechos y legítimos intereses de las víctimas y los/las perjudicados/as por estas infracciones con arreglo a criterios uniformes.

Ambos textos constan al final de la presente obra, en el epígrafe «Anexo».