Capítulo I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 5. INSPECCIÓN FISCAL

5.2 Medidas organizativas de servicio interno de la Inspección ante la epidemia de Covid-19

El 13 de marzo de 2020 el Fiscal Jefe Inspector dictó Nota de Servicio sobre la actividad de la Inspección Fiscal durante la pandemia, disponiendo lo siguiente: «Ante la grave situación que para la salud de todos los integrantes del Servicio de Inspección de la Fiscalía General del Estado plantea en los momentos actuales la epidemia de coronavirus Covid-19, resulta necesario adoptar determinadas medidas organizativas respecto del servicio que presta la Inspección, en prevención de su funcionamiento sostenido en tanto sea posible, en coordinación con las otras Unidades de la Fiscalía General del Estado, teniendo presente sus específicas funciones y el apoyo que la Inspección presta a los diversos órganos fiscales del territorio nacional así como a sus integrantes, y en particular a la Fiscal General del Estado.

Sin perjuicio de las variaciones que las circunstancias deparen, que se presume pueden resultar muy cambiantes en fechas próximas, y con la necesaria flexibilidad con que será necesario aplicarlas para su acomodación a la realidad de cada momento, teniendo presente la prioridad de proteger la salud de fiscales y personal colaborador, así como la responsabilidad de asegurar los servicios más imprescindibles se adoptan las siguientes Medidas:

1. Los integrantes de la Inspección Fiscal, tanto fiscales como personal colaborador, reducirán su presencia en las dependencias de la Fiscalía General ocupadas por este Servicio.

a) Siguiendo el criterio de las instrucciones adoptadas por la Fiscal General del Estado por Decreto de 11 de marzo, solo asistirán diariamente a dependencias de la Inspección, el Jefe Inspector o la Teniente Fiscal y dos fiscales de la plantilla. Si fuere preciso el número se reducirá a uno solo.

b) Jefe Inspector y Teniente Fiscal asistirán sustituyéndose entre sí, en función de las circunstancias de cada momento, teniendo presente que el primero se integra en la Comisión de Seguimiento establecida ante la grave situación planteada por la epidemia de coronavirus. En su caso, asistirá a esta reunión la Teniente Fiscal. Entre ambos se mantendrá una fluida comunicación ante los problemas que puedan suscitarse en los días en que estén ausentes. La alternatividad descrita pretende asegurar, en la medida de lo posible, el mantenimiento de un puesto de mando con continuidad para una situación tan adversa como la que parece será necesario afrontar. La cadena de mando seguirá en la Inspección por el orden de antigüedad en la Carrera Fiscal, para el caso de que fuera necesaria la sustitución por razón de salud de los primeros. Si el Jefe Inspector o la Teniente Fiscal, por la razón expuesta no pudieran asistir, les sustituiría el Inspector más antiguo según escalafón.

c) Inspectores Fiscales. Diariamente solo dos de ellos estarán en la Inspección para colaborar en las tareas que desde la misma tengan que realizarse, particularmente atendiendo las llamadas telefónicas o consultas y apoyando al Fiscal Jefe o a la Teniente Fiscal. La rotación será diaria, valorando las circunstancias personales y familiares de cada uno de los Inspectores; el turno se flexibilizará para la fijación de los días en que cada uno asistirá, tratando de evitar que no haya periodo superior a dos días de ausencia o presencia. En todo caso, las reglas del sentido común determinarán la acomodación de las situaciones anteriores, pudiendo reducirse la presencia a una sola persona si la situación lo exigiere. Se buscará siempre posibilitar una respuesta razonable con la presencia imprescindible de un Inspector.

d) Personal colaborador. De manera similar a los Inspectores, se establece un sistema rotatorio reduciendo el personal que asistirá a las dependencias. En consideración a las circunstancias personales y familiares, con la máxima flexibilidad se fijarán los días de asistencia sin perjuicio de las permutas que puedan establecerse

e) Funciones a desarrollar. Fiscales y personal colaborador darán prioridad a la tramitación o traslado de los procedimientos o asuntos que así lo exijan por ser más relevantes o por estar sujetos a un plazo perentorio, en la medida que sea razonablemente posible. Ante las circunstancias sanitarias que determinan la situación que se trata de afrontar con estas medidas, la permanencia en las instalaciones de la Inspección será la más imprescindible para los cometidos a desarrollar ante la tónica general de reducción derivada de la menor intensidad de actividad de los órganos fiscales que originan el trabajo en la Inspección, teniendo en consideración en todo caso la recomendación de acentuar la permanencia en los domicilios como mejor medida para evitar la propagación del virus. Con la flexibilidad que se viene indicando el trabajo a desarrollar para mantener el imprescindible mínimo funcionamiento de la Inspección, se ajustará a las circunstancias de cada momento…».