Capítulo VI. PROPUESTAS DE REFORMAS LEGISLATIVAS - 2. DERECHO PENAL SUSTANTIVO

2.5 Reforma del artículo 314 del Código Penal relativo a la discriminación laboral

Este delito está sometido a la concurrencia de tantos requisitos que su aplicación es prácticamente imposible, ya que exige: 1) Un acto de discriminación en el empleo, 2) Concurrencia de uno de los móviles discriminatorios descritos en la ley que, de la misma manera que el art. 22.4 CP, no abarcan todas las formas de discriminación, 3) Una intervención previa de la administración con un requerimiento o sanción administrativa al empleador, 4) Que este último no restablezca las condiciones de igualdad ante la ley tras dicho requerimiento o sanción, 5) Y, finalmente que no repare los daños económicos causados. Sólo cuando se cumplan todos y cada uno de los citados requisitos la conducta es penalmente reprochable. No hay registros de una sola sentencia condenatoria en toda España aplicando dicho precepto, habiéndose convertido en un claro ejemplo de lo que se denomina derecho penal simbólico.

Se hace pues imprescindible una reforma de este artículo que, sin renunciar al principio de intervención mínima del Derecho penal y a la eficacia de la jurisdicción laboral caracterizada por la existencia del principio de inversión de la carga de la prueba, permita su aplicación a los casos más graves de discriminación en el ámbito laboral.