Capítulo III. FISCALES COORDINADORES Y DELEGADOS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 9. PROTECCIÓN Y TUTELA DE LAS VÍCTIMAS...

9. PROTECCIÓN Y TUTELA DE LAS VÍCTIMAS EN EL PROCESO PENAL

La protección a víctimas sigue siendo objeto de atención especial por parte del Ministerio Fiscal en el ejercicio anual de 2019. En el momento de redactar estas líneas, las tristes noticias consecuencia de la situación de emergencia sanitaria en la que nos encontramos, dan especial relevancia a esa función tuitiva del Ministerio Fiscal.

En la anterior memoria se daba cuenta de la sustitución de las reuniones anuales o bianuales de delegados, por reuniones por comunidades autónomas. Solo se han realizado dos, Andalucía y Castilla y León. Con seguridad se podrán reanudar algún día.

Andalucía, como es sabido, tiene transferidas las competencias. La reunión al igual que luego en Castilla y León se realizó con la Fiscal del Tribunal Superior. A ella asistieron todos los Fiscales Jefes Provinciales, los/las delegados/as de víctimas y como representante de la Administración, el Director General de Justicia en la Junta. El SAVA funciona más que razonablemente en Andalucía. La predisposición del representante de la Junta hace albergar confianza en una mejora de sus servicios respecto de la protección de las víctimas.

Consecuencia de esta reunión se establecieron una serie de conclusiones que más adelante se refieren.

En la misma línea de actuación se celebró en enero pasado otra reunión de las mismas características en la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León. Como quiera que esta Comunidad no tiene transferidas las competencias de Justicia, asisten a la misma dos representantes del Ministerio de Justicia y también un representante de la Comunidad Autónoma. Se trataba con ello de obtener información de la comunidad sobre posibles medios de colaboración en materia de protección de las víctimas, así como establecer un puente entre el Ministerio y la propia comunidad a fin de desarrollar posibles acuerdos de colaboración. Al igual que sucedió en Andalucía, la experiencia ha sido positiva y parece oportuno seguir trabajando en esta línea cuando las circunstancias lo permitan.

Son sin duda muchos los problemas existentes que se constatan de la lectura de las memorias de las diferentes fiscalías territoriales. Pero en este momento se han de señalar dos cuestiones generales que se pretendían abordar y que han quedado en suspenso por la situación de pandemia. Se trata de definir o redefinir las funciones de los psicólogos que prestan sus servicios en las oficinas de atención a las víctimas, en los denominados «territorios Ministerio», a fin de dar mejor cumplimiento a la protección a las víctimas. Y, en segundo lugar, reconsiderar la confección de notas recordatorio a los letrados de la administración de justicia sobre sus funciones conforme al contenido del Estatuto de las Víctimas.