Capítulo III. FISCALES COORDINADORES Y DELEGADOS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 11. DELITOS ECONÓMICOS

11. DELITOS ECONÓMICOS

11.1 Introducción

No cabe duda de que, hoy como ayer, siguen teniendo vigencia las acertadas palabras de una fiscal provincial cuando reseñaba en la memoria que dirigió en su día al Fiscal General del Estado: «Debe observarse que la burocratización del sistema económico estimula comportamientos delictivos en dos sentidos diferentes: por un lado la falta de regularización de los deberes económicos respecto del Estado (evasión de impuestos, fraudes de subvenciones, infracciones propias de la economía sumergida), y por otro, mediante la sanción de actividades irregulares en aquellos ámbitos de la actividad económica en los que se produce una intervención estatal (corrupción de funcionarios)».

Pues bien, como se ha señalado en otras ocasiones, aquellos incumplimientos, de una parte, y el fenómeno de la corrupción de otra, comportan las infracciones más denostadas en una sociedad torturada entonces por una grave crisis económica, generadora de profundas desigualdades que provocaron además importantes alarmas en el tejido social, en especial en las clases más desfavorecidas.

Si ello ocurría en años anteriores, la realidad del momento en que vivimos ha venido a añadir elementos a la situación individual y global hasta adquirir perfiles difíciles de atisbar hace apenas unas semanas.

En efecto, al momento de redactar estas líneas el país –sería mejor decir el mundo entero– vive una extraordinaria pandemia que no solo ha causado la muerte de muchos de nuestros compatriotas, sino que llena de oscuros nubarrones un futuro que ya se presentaba pleno de dudas y dificultades en el terreno económico.