Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 6. FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA

6.5 Principales causas en las que interviene la Fiscalía Especial

Sin pretensión de exhaustividad y como mera referencia a algunos de los procedimientos más destacados tramitados en 2019, cabe mencionar los siguientes, que aparecen clasificados en los tres grandes ámbitos de actuación de la Fiscalía.

6.5.1 Relacionadas con la delincuencia económica

– Sumario 3/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5, «Caso Forum Filatélico».

En fecha 21.04.2006 se presentó querella contra los administradores de «Forum Filatélico, S.A.» por delitos de estafa, falseamiento de cuentas anuales, insolvencia punible, administración desleal y blanqueo de capitales, dando lugar a las Diligencias Previas 148/2006. Las diligencias practicadas revelaron la existencia de un negocio de captación de ahorro masivo, llevado a cabo en multitud de locales en numerosas poblaciones españolas, mediante la formalización de unos contratos tipo de inversión en sellos que ofrecían el atractivo de unas rentabilidades superiores a los productos de inversión comercializados por las entidades financieras, basadas en una revalorización de la filatelia. Tales sellos, que debían soportar el importe de la inversión, tenían un valor ínfimo en relación con las cantidades entregadas por los clientes y las rentabilidades satisfechas no se correspondían con la revalorización de la filatelia sino con las aportaciones de nuevos clientes que, en una suerte de negocio piramidal, servían para mantener la actividad a costa de incrementar progresivamente la situación de insolvencia de la compañía que alcanzó al tiempo de la intervención los 2.843 millones de euros (patrimonio neto negativo).

La causa ha requerido una enorme dedicación por parte del Ministerio Fiscal, pues, en definitiva, se trataría, por el número de perjudicados (268.000), de la mayor defraudación de la historia de España.

Tras siete meses de juicio, el procedimiento finalizó mediante sentencia 23/2018, de 13 de julio, por la que fueron condenadas 20 personas, fijándose una responsabilidad civil por importe de 3.707.127.583 €. Las penas máximas fueron para el presidente de Fórum Filatélico –12 años y 4 meses de prisión–, aunque deben también destacarse las condenas impuestas a otros responsables de la entidad, al auditor externo y a otros partícipes en la estafa situados en la red de proveedores. Resulta relevante destacar que la sentencia se encuentra recurrida ante el Tribunal Supremo, habiendo transcurrido todo el año 2019 en este estado, hasta haber sido finalmente confirmada parcialmente por STS n.º 688/2019, de 4 de marzo de 2020, habiendo resultado finalmente condenados 16 acusados.


– Sumario 2/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1, «Caso AFINSA».

La STS 749/2017, de 21 de noviembre estimó parcialmente los recursos de casación planteados por cinco acusados contra la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional núm. 22/2016, de 27 de julio, en la que se condenó por todos los delitos objeto de la acusación formulada a 12 de los 14 acusados, a penas de entre 13 y 2 años y medio de prisión. La Sala Segunda ratifica que todos ellos cometieron los mismos delitos que estableció la Audiencia, pero señala que hubo un concurso ideal entre los delitos de estafa e insolvencia, y un concurso medial entre estos y el delito de falsedad de las cuentas anuales. Esto supone reducir la condena del expresidente de Afinsa, de 12 años y 10 meses a 8 años y 7 meses; y en los otros cuatro casos pasar de 11 años de cárcel a 8 años. Todos ellos deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria en 2.574 millones de euros a los 190.022 inversores.

Durante el año 2019, se encuentran cumpliendo condena nueve personas. La ejecutoria (n.º 100/17) sigue su normal tramitación con las incidencias propias de la complejidad de la causa de la que trae origen, evacuándose continuamente informes por el Ministerio Fiscal.


– Diligencias Previas 241/2006 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Se incoaron como consecuencia de la denuncia presentada por esta Fiscalía Especial el 31.07.2006, dimanante de las Diligencias Informativas 4/2004.

La denuncia tiene por objeto la investigación de unos hechos, indiciariamente constatados en las diligencias tramitadas en Fiscalía, consistentes en la existencia de una trama organizada de sociedades y personas físicas que tiene como finalidad la defraudación a la Hacienda Pública española en el IVA, tanto por omisión del pago, como por la obtención de devoluciones indebidas. Con su actuación la defraudación estimada inicialmente asciende a más de 40 millones de euros en los ejercicios de 2002, 2003 y 2004. Las personas físicas denunciadas son 80 y las sociedades implicadas 74.

Concluida la instrucción del procedimiento se acordó la incoación del procedimiento abreviado en fecha 16.06.2016 contra 51 acusados, tres partícipes lucrativos y como responsable civil subsidiario el BBVA e Iberdrola.

La acusación del Ministerio Fiscal se presentó el 27.01.2017 y el auto de apertura de juicio oral fue dictado el 16 de mayo de 2017 y se elevó para enjuiciamiento ante la Sección 4.ª Sala Penal de la Audiencia Nacional el 07.11.2017, Rollo de Sala 15/17.

Las sesiones del juicio oral se iniciaron el 16 de abril de 2018 continuando durante los meses de junio, julio, septiembre, noviembre y diciembre. La sentencia, de 23 de abril de 2019 fue conforme con las peticiones del Fiscal. Debe hacerse constar que ya en trámite de conclusiones definitivas prestaron su conformidad con el pago de las cuotas defraudadas (años 2002/2003/2004) por 11.000.000 euros la compañía BBVA TRADE, filial del BBVA, quien los consignó en la pieza de responsabilidad civil del Juzgado, y una compañía informática por 1.500.000.

– Diligencias Previas 373/2006 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5, «INFINITY».

Incoadas como consecuencia de un testimonio de las Diligencias Previas 1430/06 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Málaga. Estas Diligencias Previas corresponden a la parte más voluminosa de la instrucción de la llamada «Operación Medina» y el eje de la investigación gira en torno a la defraudación de la sociedad INFINITY SYSTEM SL, como autora de varios delitos de fraude a la Hacienda Pública y falsedades, además de la colaboración como cooperadores necesarios de otras sociedades.

La sentencia condenatoria 13/2018 de fecha 4 de mayo de 2018, (auto de aclaración de 22/5/18) en la que han resultado 44 condenados, se encuentra actualmente en fase de ejecución.

– Diligencias Previas 90/2010, del Juzgado Central de Instrucción n.º 5, «SGAE».

Este procedimiento tiene su origen en las Diligencias de Investigación n.º 4/2009 relativas a las posibles irregularidades que pudieran haberse llevado a cabo en el seno de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) mediante la creación y actuación de un grupo de sociedades que estarían regidas por personas con puestos de responsabilidad en la propia SGAE y cuyas relaciones negociales entre ellas y con la SGAE se cuestionan, atendidos los fines que el ordenamiento prevé para tal sociedad de gestión. Inicialmente denunciadas seis personas físicas y nueve personas jurídicas por hechos que, provisionalmente, pudieran considerarse como delitos continuados de apropiación indebida y estafa, además de, en su caso, administración fraudulenta.

Formadas piezas separadas, actualmente se encuentra en tramitación la denominada «pieza principal» en la que el 20.09.2107 se formuló por el Fiscal escrito de calificación. Se ha dirigido la acusación contra 11 personas por delitos de apropiación indebida con alternativa de administración desleal, ambos continuados; falsedad continuada en documento mercantil y asociación ilícita. El total del perjuicio causado a la SGAE por una estructura creada y consentida durante unos quince años, ascendió a 47.606.746,46 €.

El 27.10.2017 se dictó auto de apertura de juicio oral ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y está pendiente de señalamiento del juicio oral. En esta pieza principal, durante el año 2018, la causa continua pendiente de señalamiento de juicio oral por la Sección 2.ª Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, habiéndose evacuado distintos informes referidos principalmente a medidas cautelares sobre bienes de los acusados. En este periodo la SGAE se ha apartado de su condición de acusación particular, continuando como perjudicada.

La pieza separada «Informe MF 3085» (ARTERIA) tiene por objeto la investigación de la llamada red ARTERIA (a raíz de denuncia del que fue arquitecto de la SGAE durante más de 20 años). Merece destacarse que en esta, tras la solicitud del Ministerio Fiscal y haberse dictado auto de prosecución del procedimiento abreviado el 5 de abril de 2019, finalmente confirmado por la Sala de lo Penal (Sección 3.ª) en noviembre de 2019, se formuló por el Ministerio Fiscal escrito de calificación el 11 de diciembre de 2019, en el cual se solicita para el único acusado la pena de cuatro años de prisión por delito de administración fraudulenta, así como una indemnización cercana a los treinta millones de euros como perjuicio ocasionado a la SGAE como consecuencia de la adquisición por esta entidad de gestión –a través de la «Fundación Autor»– de los teatros Lope de Vega y Coliseum, más algunas otras fincas anejas. El 18 de diciembre de 2019 se dictó auto de apertura de juicio oral ante el Juzgado Central de lo Penal.


– Diligencias Previas 112/2011, del Juzgado Central de Instrucción n.º 5, «NUEVA RUMASA».

La presentación de querella por diversas personas físicas, a la que han seguido otras, por parte una de algunos compradores de pagarés corporativos de distintas empresas de la llamada Nueva Rumasa fue admitida por auto de 03.06.2011, tras informe favorable del Fiscal. Ello ha determinado la remisión de las Diligencias de Investigación 2/2010 incoadas el 09.03.2010 tras la denuncia presentada por la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la AEAT, de conformidad con lo dispuesto en el art. 773.2 LECrim. El procedimiento se sigue por delitos de estafa, alzamiento de bienes, delito contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales.

En fecha 23.02.2017 se formuló el escrito de acusación por el Ministerio Fiscal y en fecha 28.04.2017 se dictó auto de apertura del juicio oral. Al momento de redactar estas líneas, se encuentra pendiente de señalamiento del juicio oral en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Las principales incidencias en este año 2019 han surgido de la concurrencia del procedimiento penal con los numerosos procedimientos concursales en los que se encuentran incursas las sociedades integrantes del denominado Grupo Nueva Rumasa.


– Diligencias Previas 170/2011 del Juzgado Central de Instrucción n.º 3, «Caja de Ahorros del Mediterráneo».

Las Diligencias se incoaron mediante auto de fecha 07.10.2011 en virtud de la denuncia contra la Directora General de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) y otros, por presuntos delitos de estafa, societario y de falsedad documental.

Tras la práctica de las diligencias necesarias en la investigación de los hechos, el 27.04.2015 se dictó auto de procedimiento abreviado y se presentó escrito de acusación el 9.2.2016. El 05.04.2016 se dictó auto de apertura de juicio oral.

Durante los meses de mayo a julio de 2017 se celebró el juicio oral, habiéndose dictado sentencia condenatoria n.º 28/2017, de 17 de octubre, en buena parte coincidente con la acusación del Ministerio Fiscal, que fue confirmada parcialmente por sentencia del Tribunal Supremo dictada el 22 de julio de 2019.

– Pieza separada de Cuotas Participativas y Deuda Subordinada.

En el año 2017, el Ministerio Fiscal solicitó el sobreseimiento provisional y archivo y, si bien se acordó respecto a la emisión de cuotas participativas, no ocurrió lo mismo en relación a la deuda subordinada.

En fecha 25 de enero de 2018 el Ministerio Fiscal presentó, al amparo de lo dispuesto en el art. 783.1 LECrim., escrito de conclusiones provisionales absolutorias al entender que las tres emisiones de participaciones preferentes realizadas por la CAM en los años 2001, 2002 y 2009, así como la de deuda subordinada del año 2004 objeto de investigación en este procedimiento, no eran constitutivas de delito, celebrándose en el mes de julio de 2018 ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el juicio oral en el que, como cuestión previa, se alegó por el Ministerio Fiscal la falta de legitimación de la acusación popular, cuestión que fue estimada por la Sala que, en fecha 12 de julio, dictó auto acordando el sobreseimiento y archivo de este procedimiento.

Esta resolución ha sido recurrida en casación por la acusación popular, encontrándose pendiente de resolverse por el Tribunal Supremo.

– Diligencias Previas 59/2012, del Juzgado Central de Instrucción n.º 4, «BANKIA».

Se inició mediante querella formulada el 11.06.2012 por el partido político Unión, Progreso y Democracia (UPyD) contra las entidades BANKIA y Banco Financiero y de Ahorros (BFA) y sus consejeros, por la presunta comisión de delitos de falsedad de las cuentas anuales, delitos de administración fraudulenta, maquinación para alterar el precio de las cosas y apropiación indebida. Sobre estos hechos, la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada había ordenado en fecha 28.05.2012, la apertura de las Diligencias de Investigación 5/2012, que cesaron tras la referida judicialización.

Procedimiento de extraordinaria amplitud y complejidad, referido al proceso de fusión de las Cajas de Ahorro que dio origen a la constitución de BFA y al deterioro patrimonial de BANKIA S. A., que ha ido creciendo progresivamente en un breve período de tiempo hasta el punto de sugerir la existencia de un fraude contable previo a la ulterior salida a bolsa de BANKIA, hechos circunscritos a un período de tiempo muy concreto: 2010 y 2011.

Respecto al procedimiento principal, dictado auto de procedimiento abreviado el 11.05.2017, se formuló acusación por el Ministerio Fiscal el 12.06.2017, acordándose la apertura del juicio oral el 17.11.2017.

Las sesiones del juicio oral ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional comenzaron el 26 de noviembre de 2018 y se han extendido hasta el día 2 de octubre de 2019, en sesiones mayoritariamente de mañana y tarde. A la fecha de la redacción de esta Memoria sigue pendiente de dictarse la sentencia por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Respecto de la pieza separada referida a la existencia de unas tarjetas de crédito proporcionadas por los responsables de Caja Madrid y de BANKIA a algunos consejeros y directivos fuera del circuito ordinario de otorgamiento de tarjetas de empresa de la entidad («tarjetas black»), se celebró el juicio ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional entre octubre de 2016 y enero de 2017, recayendo sentencia condenatoria de fecha 23.02.2017 contra 64 usuarios de tales tarjetas, plenamente conforme con la petición del Ministerio Fiscal. Recurrida en casación el 16.03.2017 fue casi íntegramente confirmada por el Tribunal Supremo en sentencia 438/2018 de 3 de octubre. En 2018 se inició la ejecución, parte de los condenados ingresaron en prisión y se despacharon cuestiones diversas relativas a la suspensión de condena, sustitución de penas, liquidaciones de condenas pecuniarias y pago de intereses y entre otras. Durante el 2019 se ha continuado con la ejecución, emitiendo la Fiscalía varios informes sobre progresiones de grado, acceso a la libertad condicional o permisos penitenciarios. El principal condenado en este procedimiento sigue en prisión cumpliendo su condena.

Finalmente, la pieza de participaciones preferentes, iniciada en virtud de querella interpuesta por un partido político contra CAJA MADRID, BANCAJA, alguna de sus filiales y personas físicas responsables de ellas fue admitida a trámite por auto de 10 de junio de 2013. Practicadas las diligencias de instrucción procedentes, finalmente la pieza fue archivada por auto de 17 de mayo de 2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4, que hace suyos los argumentos expuestos por el Ministerio Fiscal en su informe de 14 de mayo de 2018. Recurrido en apelación el archivo por distintas acusaciones particulares y populares, este ha sido confirmado por la Sección 3.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en autos de 15 de octubre de 2018 y 28 de febrero de 2019.

– Diligencias Previas 76/2012 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1, «Banco de Valencia».

Estas diligencias se incoaron con motivo de la denuncia interpuesta por el FROB contra, entre otros, el Consejero Delegado del Banco de Valencia por la posible comisión de diversos delitos societarios.

Por auto de 27.06.2012 se requirió de inhibición al Juzgado de Instrucción 3 de Valencia respecto de las D. P. n.º 773/12 que se siguen por querella presentada por algunos accionistas de la entidad Banco de Valencia contra miembros del Consejo de Administración.

Tras la práctica de las diligencias de instrucción necesarias, el 27 de febrero de 2018 se presentó escrito de calificación por un delito de administración desleal, dictándose auto de procedimiento abreviado (en adelante, PA) el 26-2-18. El Juzgado dictó auto de apertura de juicio oral el 22 de octubre de 2018, pendiente de señalamiento.

De este procedimiento se han desgajado las DP 33/13; 39/13; 45/13 y 46/13. En estas últimas se dictó auto de PA el 19-2-18 y fue presentado escrito de acusación el 23 de febrero de 2018.

– Diligencias Previas 31/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Seguidas por presuntos delitos de falseamiento de cuentas anuales y otra información económica o contable de los arts. 290 y 282 bis CP, estafa de los arts. 248 y 250 CP y utilización de información relevante del art. 285 CP, contra algunos miembros del consejo de administración y otros cargos ejecutivos de la entidad PESCANOVA, S.A..

La instrucción de la causa concluyó el 06.06.2017. El Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación en fecha 23 de abril de 2018 contra 19 personas físicas y 7 personas jurídicas, habiéndose dictado auto de apertura de juicio oral de 11 de junio de 2018. Interesa destacar que el 2 de diciembre de 2019 comenzó el juicio oral, continuando las sesiones del mismo en el momento de redactarse estas líneas.

– Diligencias Previas 63/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5. «HSBC», asunto «FALCIANI».

Procedimiento derivado de las Diligencias Informativas 1/2012 incoadas por delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales consecuencia de la aportación por H. F. de ficheros informáticos conteniendo datos de contribuyentes españoles con depósitos en la entidad bancaria HSBC Private Bank Suisse, S.A., analizados con la finalidad de localizar contribuyentes con obligaciones tributarias incumplidas, cuyos fraudes superasen el dintel de los 120.000 €. Este trabajo dio lugar a la interposición de tres denuncias distintas contra 227 personas físicas, los gestores e intermediarios del HSBC Private Bank Suisse y la propia entidad bancaria helvética por delitos fiscales y blanqueo de capitales, que dieron lugar a las Diligencias Previas 63/13 del Juzgado Central de Instrucción 5, una relativa al territorio foral de Navarra, otra al de Álava/Araba y una tercera respecto del resto de España.

Durante el primer semestre del año 2016 se procedió a la inhibición a los juzgados territoriales correspondientes a sus domicilios fiscales respecto de 57 personas físicas (35 piezas separadas) con cuotas defraudadas superiores a 120.000 €. Actualmente estas piezas han requerido la labor de coordinación con las fiscalías receptoras y diversas cuestiones procesales.

Por otra parte, las actuaciones principales que permanecen en el Juzgado Central n.º 5 han dado lugar a dos nuevas piezas: gestores y entidades; por auto de fecha 22 de junio de 2018 se declaró la complejidad de la primera y respecto de la segunda, más avanzada, por auto de fecha 30 de octubre de 2018, se declaró la complejidad de la causa; ambas se encuentran en fase de instrucción.

– Diligencias Previas 65/2013 del Juzgado Central n.º 1, «Banco de Valencia».

Iniciadas en virtud de querella de una asociación de inversores por falsedad documental y administración desleal en relación con las cuentas de Banco de Valencia del ejercicio 2010 contra los miembros del Consejo de Administración del banco, el auditor y la sociedad auditora. Se incorporan al procedimiento las inspecciones del Banco de España a la entidad desde 2008 hasta la incoación del expediente disciplinario en 2013, el expediente incoado en el ICAC contra la auditora por estos hechos, la investigación abierta en la CNMV como consecuencia de los hechos deducidos por Banco de España a esta institución y parte de las periciales de BANKIA del procedimiento del Juzgado Central 4 que investiga la salida a bolsa de esta entidad. La Unidad de Apoyo de la IGAE adscrita a esta Fiscalía ha emitido diversos informes al respecto.

Durante el año 2017, se recibió declaración a los funcionarios de la IGAE, a todos los Inspectores del Banco de España que intervinieron en la supervisión de Banco de Valencia desde 2008 hasta la intervención de noviembre de 2011 y actuaciones posteriores vinculadas a los expedientes disciplinarios, así como a la mayor parte de los querellados. Durante el año 2018, se recibió declaración al resto de los querellados, así como las declaraciones de los instructores del expediente del ICAC y declaración testifical de cargos directivos del banco de Valencia que asistieron a las reuniones entre los querellados y los responsables del Banco de España o asistieron como técnicos a las reuniones de las Comisiones Ejecutivas de la entidad. Finalmente, se presentó escrito de acusación por un delito continuado de falsedad de cuentas del art. 290.2 CP, frente al ex Consejo de Administración del Banco de Valencia, con lo que se ha dado por concluida la fase de instrucción.

– Diligencias Previas 118/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 3, «Bancaja», «Gran Coral».

Se incoaron por auto de 27.11.13 en virtud de la denuncia de BANKIA contra los administradores de dos entidades bancarias por delitos de administración desleal, apropiación indebida y blanqueo de capitales, tras un informe elaborado por PwC.

Entre 2005 a 2009, Bancaja y su filial Banco de Valencia realizaron, a través su sociedad inmobiliaria Bancaja Habitat y del propio Banco de Valencia una serie de inversiones en el Caribe, concretamente en México. De toda la operativa descrita en el informe de PwC, destacan tres operaciones muy significativas y que implican la comisión de un presunto delito de apropiación indebida.

Además, el informe pericial judicial elaborado por los peritos del Banco de España presentado el 03.07.2017 describe un conjunto de irregularidades que abarcan no solo las tres operaciones mencionadas, sino a toda una mecánica presuntamente delictiva que ha permitido a los hoteleros salir siempre favorecidos en detrimento de los bancos cuya inversión se ha hecho tanto a través de la inversión de la propia Bancaja Habitat, como a través de los préstamos de financiación concedidos al propio grupo Grand Coral. En la pericial se valora el quebranto económico para los bancos por la inversión en Grupo Grand Coral, que alcanzó los 750 millones de €.

En el curso de la instrucción se ha podido determinar igualmente una mecánica de blanqueo de capitales procedente de una parte del dinero obtenido de una de las tres operaciones arriba mencionadas; a tal fin se tramita una pieza separada secreta donde figuran comisiones rogatorias.

Se ha presentado escrito de acusación el 26 de septiembre de 2018 por delito de apropiación indebida y blanqueo de capitales contra cuarenta y ocho acusados. Los hechos vienen referidos a la Operación Grand Coral en la que resultó perjudicada Bancaja y Banco de Valencia, solicitándose una indemnización de 178.283.103 € a favor de las sucesoras de estas entidades bancarias. El auto de apertura de juicio oral se dictó el 8 de noviembre de 2018 y el juicio se encuentra pendiente de celebración.

– Diligencias Previas 2310/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 31 de Madrid.

Tiene su origen en una denuncia formulada por el Ministerio Fiscal, contra el ex presidente de Caja Madrid y BANKIA y su asesor fiscal por delitos contra la Hacienda Pública, alzamiento de bienes, blanqueo de capitales y corrupción privada.

Se han llevado a cabo numerosas declaraciones de investigados y de testigos, encontrándose en fase de investigación por la ONIF y por la UCO. En los años 2015 y 2016 se abrieron 7 piezas separadas habiéndose archivado 2 de ellas, e incoado una nueva el 24.05.2017.

En relación a la pieza relativa a la corrupción en los negocios, por auto de fecha 21 de mayo de 2019, se acordó la apertura de juicio oral.

– Diligencias Previas 31/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6, «VITALDENT».

Procedentes de las Diligencias Previas núm. 606/2015, del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Majadahonda, traen su origen de las Diligencias de Investigación núm. 13/2013 de esta Fiscalía Especial. Por auto de 22.03.2016, el Juzgado Central de Instrucción núm. 6 incoó las Diligencias Previas por delitos de blanqueo de capitales, falsedad, estafa, fraude fiscal y otros en el seno de una organización perfectamente estructurada, lo que determinó la detención de los investigados, entradas y registros y adopción de medidas cautelares personales y reales. Se investiga la trama económica de «Vitaldent», con relación a un posible delito de insolvencia punible y blanqueo de capitales mediante posibles contactos con la «mafia» siciliana.

Se promovió la administración judicial del grupo empresarial «Vitaldent» para, posteriormente, venderlo al fondo de inversión «JB», permitiendo la continuidad del negocio y los puestos de trabajo.

Durante el año 2018 se llevaron a cabo declaraciones en calidad de investigados, y la práctica de diligencias de instrucción, actualmente, se está pendiente de la ejecución de varias comisiones rogatorias y del informe pericial de la Agencia Tributaria.

– Diligencias Previas 1138/2016 del Juzgado de Instrucción n.º 38 de Madrid, «Banco de Madrid S.A.U.».

Se incoaron por auto de 27.06.2016 en virtud de testimonio de particulares de las Diligencias Previas 28/15 del Juzgado Central de Instrucción número 4 para el conocimiento de presuntos delitos de blanqueo de capitales contra Banco Madrid, S.A.U. y miembros del Consejo de Administración del mismo, una vez decretado el sobreseimiento provisional y archivo por el Juzgado Central de Instrucción n.º 4 por el delito de insolvencia punible. A lo largo del 2019 se ha tomado declaración a las personas denunciadas, se han incorporado testimonios de otros procedimientos (sentencias de condena) como delitos antecedentes, y se está a la espera de la conclusión de informes policiales finales.

– Diligencias Previas 30/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2, «IBERDROLA Generación España, S.A.U.».

Las presentes Diligencias Previas tienen su origen en denuncia presentada contra Iberdrola Generación España, S.A.U. por posible delito relativo al mercado y a los consumidores del art. 281 CP.

El 12 de julio de 2019 se acordó por la Fiscalía, con la finalidad de impulsar la tramitación del procedimiento, la práctica de diversas diligencias consistentes en la recopilación de información a través de la Unidad de Policía Judicial adscrita a esta Fiscalía. La documentación se ha incorporado al procedimiento y motivado la petición de nuevas diligencias acordadas por el magistrado instructor.

– Diligencias Previas 42/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4, «Banco Popular Español, S.A.».

Estas Diligencias Previas se incoaron mediante auto de 04.10.2017. Se investiga la ampliación de capital realizada por el Banco Popular Español, S.A. en el ejercicio de 2016 por un importe de 2.505,5 millones de euros. Para captar el capital de los potenciales inversores, el banco proporcionó a éstos, a través de los folletos de inversión, una información de sus estados contables y financieros que no reflejaba la verdadera situación económica de la entidad, de suerte que, de haber reflejado la imagen fiel, no se habría efectuado la inversión en los términos y condiciones que lo fue. Algunas de las diferencias contables de carácter relevante se pusieron de manifiesto meses después cuando se llevaron a cabo por la entidad diversos ajustes contables.

Se investiga también lo que por alguno de los querellantes y denunciantes se considera una campaña de desprestigio del banco a través de la publicación de noticias que contenían datos o informaciones falsas para hacer caer el valor de la cotización de sus acciones y obtener así importantes beneficios.

Los anteriores hechos pudieran ser constitutivos de un delito relativo al mercado y a los consumidores del art. 282 bis CP y de un delito de manipulación del mercado del art. 284 CP.

En el marco del procedimiento se ha pedido a la CNMV la elaboración de un informe sobre la existencia de uso de información relevante para la cotización, a los efectos prevenidos en el art. 285 CP.

Tras haberse presentado un informe pericial, en abril de 2019, elaborado por inspectores del Banco de España, se han realizado las diligencias necesarias para recopilar la documentación e información que se ha considerado conveniente para el esclarecimiento de los hechos, y recibida declaración como investigados a 20 de los miembros del consejo de administración de la entidad bancaria.

– Diligencias Previas 3014/13 del Juzgado de Instrucción n.º 30 de Barcelona.

Incoadas de oficio por Decreto de 26 de junio de 2012. Presentada denuncia por delito de administración desleal contra el Consejo de Administración formado por 54 personas. Tras la práctica de diligencias, –fundamentalmente el requerimiento de numerosa documentación contable al Banco de España al objeto de conocer la real situación económica de la entidad cuando se acordó la elevación de sueldo de los órganos directivos y con antelación a la adquisición del banco por el FROB–, se formuló escrito de acusación. La Sección Octava de la Audiencia de Barcelona dictó el 13 de febrero de 2019 sentencia absolutoria exculpando al expresidente de Catalunya Caixa, al ex director general y a los otros 39 miembros del consejo de administración al considerar que no cometieron un delito de administración desleal ni de apropiación indebida cuando aprobaron un aumento de sueldo para el ex director general y para quien fuera su mano derecha en la entidad, en un contexto en que la entidad tuvo que ser rescatada por el FROB.

– Diligencias Previas 35/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1 «RFEF».

El procedimiento se inició en virtud de denuncia del Fiscal de 06.04.2017 por presuntas irregularidades en actuaciones llevadas a cabo por dirigentes de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que pudieran suponer un grave perjuicio para ella en favor de la empresa Grupo Santa Mónica y posibles vinculaciones entre miembros de las Federaciones Autonómicas de Fútbol y empresas que realizan obras en instalaciones deportivas vinculadas a dichas federaciones, además de otros hechos.

Durante el año 2017 se llevaron a cabo, previa autorización judicial, entradas y registros en domicilios y en las sedes de una serie de sociedades, y la detención de cuatro de los denunciados, quienes fueron puestos a disposición judicial acordándose medidas cautelares.

En el último semestre de 2018 se recibió declaración a distintos investigados y a testigos relacionados con los hechos y se aportaron algunos informes preliminares sobre el resultado de las primeras evidencias analizadas, así como llevado a cabo otros requerimientos a sociedades.

En el año 2019 se han recibido nuevos informes de la unidad policial investigadora sobre el resultado de las evidencias analizadas y relativas a presuntas irregularidades en actuaciones realizadas en el seno de la federación catalana, federación riojana y federación territorial de las Palmas de Gran Canaria de fútbol.

Mediante auto de 3 de julio de 2019, se declaró extinguida la responsabilidad penal y sobreseimiento libre por muerte de dos de los investigados.

– Diligencias Previas 63/2014, del JCI n.º 1, «GOWEX».

Se incoaron en el mes de julio 2014 tras la comparecencia en el Juzgado de Guardia de la Audiencia Nacional del socio fundador y administrador único de la mercantil GOWEX, cuya actividad era la prestación de servicios de soporte de comunicación y de wi-fi en las ciudades. La referida mercantil cotizaba en bolsa en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) en España y también desde el año 2010 en el mercado bursátil ALTERNEXT, homólogo al anterior, pero en Francia. En la citada comparecencia señaló que las cuentas de la citada mercantil desde su salida a bolsa no respondían a la realidad contable de la misma, lo que no impidió la captación de nuevos inversores.

Con fecha 4 de abril de 2019 se formuló escrito de acusación contra personas físicas y jurídicas, entre otros, por los siguientes delitos: un delito continuado de falsedad en documento mercantil cometida por particular (74.1 y 392 en relación con el 390.1. 2.º del CP, en concurso medial –art. 77 CP– con un delito continuado societario de los arts. 74.1 y 290, párrafos primero y segundo del CP). Un delito continuado de fraude de inversores de los arts. 282 bis, párrafos primero y segundo en relación con el art. 74, todos del CP. Un delito continuado de apropiación indebida de los arts. 74.1 y 252 CP, vigentes al tiempo de la comisión de los hechos, en relación con los arts. 249 y 250. 4.º, 5.º y 6.º CP (actualmente art. 253 CP). Un delito de fraude a los presupuestos de la Unión Europea del art. 306 CP, por obtención indebida de subvenciones y dos delitos de uso de información relevante para la cotización del art. 285 CP vigente al tiempo de los hechos.

– Diligencias Previas 56/2017 JCI n.º 4, «URBAS».

Incoadas en virtud de querella por Auto de 26.07.2017, en relación a la ampliación de capital por importe superior a 300.000.000 €, de la sociedad URBAS Grupo Financiero, S.A. suscrito mediante la aportación de múltiples fincas con serios indicios de haber sido fuertemente sobrevalorados.

Durante todo el año se han practicado numerosas diligencias recabando documentos, recibiendo declaraciones a investigados y la práctica de nuevas declaraciones de testigos, tendentes, fundamentalmente, a acreditar la responsabilidad penal de la persona jurídica Grant Thorton.

– Diligencias Previas 101/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 3. (Comisión Rogatoria Internacional de Suiza 7/15) (caso ABENER).

Con fecha de 17-03-2015 tuvo entrada en esta Fiscalía Especial una comisión rogatoria internacional procedente de las autoridades judiciales suizas sobre un posible delito de blanqueo de capitales en el que estaría implicada la sociedad española ABENER ENERGIA, S.A. que obtuvo en el mes de mayo de 2006 un contrato público con el gobierno de Argelia para la construcción de una central híbrida solar-gas en la localidad de Hassi R´Mel (Argelia), firmado en enero de 2007 por importe de 350 millones de USD. Tras la tramitación de las correspondientes diligencias de investigación para investigar un posible delito de corrupción en las transacciones comerciales internacionales y un delito de blanqueo de capitales, el 26 de diciembre de 2017 se formuló querella contra cuatro personas físicas como administradores de ABENER ENERGIA, ciudadanos suizos y argelinos, por delitos de corrupción de funcionarios públicos en las transacciones comerciales internacionales y blanqueo de capitales.

El Juzgado Central de Instrucción n.º 3 admitió a trámite la querella y acordó diligencias de entrada y registro en la sede de ABENER ENERGIA.

En julio de 2018 se recibió declaración judicial como investigados a siete personas residentes en España, encontrándose pendiente la declaración judicial como investigados del ciudadano suizo y de tres ciudadanos argelinos. Continúa la instrucción en 2019.

– Diligencias Previas 40/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4.

Las citadas diligencias se incoan por el Juzgado Central de Instrucción número 4 por auto de 18 de junio de 2018, en virtud de denuncia formulada por el Fiscal en fecha 5 de junio de 2018, derivadas de las diligencias de investigación 17/16 y 18/16 de esta Fiscalía por presuntos delitos de administración desleal. Los hechos investigados se refieren a la realización de diversas operaciones de activo –préstamos y créditos– e inversiones llevadas a cabo por la entidad financiera Bancaja con sociedades del sector de promoción inmobiliaria que le ocasionaron un perjuicio inicialmente evaluado en 318.403.241 euros.

Se han practicado diligencias de instrucción, se ha recibido declaración como investigados a los denunciados y acordado por el instructor la práctica de un informe pericial encomendado a inspectores del Banco de España para el análisis de las operaciones denunciadas.

Por auto de 11 de febrero de 2019 se acumuló a la causa la denuncia de 5 de diciembre de 2018 presentada por esta Fiscalía y dimanante de las diligencias de investigación núm. 15/20.

– Diligencias Previas 42/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4.

Las diligencias se incoaron en virtud de denuncia formulada por el Ministerio Fiscal en fecha 14 de junio de 2018, derivadas de las Diligencias de Investigación 6/17 de esta Fiscalía que tuvieron su origen en informe de inteligencia financiera remitido por el SEPBLAC, por presuntos delitos de blanqueo de capitales y organización criminal,

La judicialización realizada consigue evitar la salida de territorio nacional de una importante suma de millones de euros que constituiría ganancia procedente del delito de blanqueo de capitales cometido en el extranjero. Adicionalmente se han adoptado otras medidas cautelares reales sobre bienes valorados también en un muy alto importe

La causa se mantiene secreta. Tanto por blanqueo como por otros delitos se han originado investigaciones, y existen juicios en marcha en varios continentes, dadas las dimensiones extraordinarias de la actividad delictiva de base, que bien podría superar los cuatro mil millones de dólares.

6.5.2 Relacionadas con la corrupción

– Diligencias Previas 275/2008 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5, (Caso GÜRTELL).

El objeto del procedimiento ha sido la investigación de la actividad de un grupo personal y societario dirigido por F. C. y cuya principal actividad habría sido tanto la de obtener un ilícito beneficio con cargo a fondos públicos mediante la entrega de gratificaciones a funcionarios y autoridades, como ocultar dicho beneficio. Esa actividad se habría extendido durante un largo periodo de tiempo que comprendería, al menos, desde diciembre de 1999 hasta febrero de 2009. Asimismo, en el ámbito espacial, las conductas irregulares en relación con las administraciones públicas se desarrollaron en la Comunidad de Madrid y distintos municipios de esta (Boadilla del Monte, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Arganda del Rey), en la Comunidad Valenciana, Castilla y León y Jerez de la Frontera.

Estos hechos aparecen cometidos por un elevado número de personas (habiéndose investigado a más de 100), a través de una multiplicidad de sociedades tanto españolas como extranjeras (así, solo el entramado personal del principal responsable de la organización estaría conformado por más de 20 entidades con domicilio, entre otros estados, en España, Panamá, St. Christopher & Nevis, Reino Unido, Curaçao y Estados Unidos), en una pluralidad de localidades en relación con numerosos ayuntamientos y entidades públicas.

Ello ha supuesto la incoación, hasta la fecha, de varias piezas separadas:

– Pieza Separada «Época I: 1999-2005».

El 29.07.2014, a petición del Fiscal se dictó auto de formación de la mencionada pieza separada, y el 26.11.2014 el instructor dictó auto de transformación en procedimiento abreviado respecto de los hechos integrados en la Pieza Época I. El Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación en enero de 2015 dictándose auto de apertura de juicio oral el 05.03.2015.

Tras elevarse la causa a la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, las sesiones del juicio oral comenzaron el 04.10.2016, extendiéndose durante 126 sesiones. El juicio quedó visto para sentencia el 17.11.2017. El 17.5.2018 recayó sentencia condenatoria (con auto de aclaración de 12/6/18), contra la que se interpuso recurso de casación por el Ministerio Fiscal (22.11.2018) y por los condenados, pendiente todavía de resolución.

– Pieza Separada «FITUR».

Tramitada ante el TSJ de la Comunidad Valenciana. Se siguió por diversos delitos de prevaricación, falsificación, malversación y cohecho presuntamente cometidos con ocasión de la contratación pública con la Consellería de Turismo de la Generalitat Valenciana y con una agencia pública dependiente de la misma, de distintos expedientes de las ferias Internacionales de turismo de FITUR durante los años 2005 a 2009; la instrucción, concluida desde finales de 2012 y calificada por el Ministerio Fiscal en enero de 2013.

Tras 11 meses de juicio, el 08.02.2017 se dictó sentencia por el TSJ de la Comunidad Valencia que, acogiendo prácticamente en su totalidad la tesis de la Fiscalía, condenó a los acusados por delitos de asociación ilícita, prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos y falsedad a penas de prisión que oscilan entre 3 y 13 años y 3 meses de prisión así como otras penas de inhabilitación y multa de idéntica gravedad, lo que motivó que la Fiscalía pidiera de inmediato comparecencias para modificar la situación de personal de los condenados, habiéndose acordado el 14.02.2017 el ingreso en prisión provisional de tres de los principales condenados.

En fecha 8 de mayo de 2018 el Tribunal Supremo dictó sentencia desestimando íntegramente los recursos de casación interpuestos por los condenados, lo que motivó el ingreso en prisión de todos ellos; actualmente se están ejecutando las penas impuestas que fueron superiores, para alguno de los acusados, a los 13 años de prisión.

– Pieza Separada «Informe UDEF-BLA 22.510/13».

El 23.03.2015 se dictó por el Instructor auto de incoación de procedimiento abreviado contra el que se han formulado diversos recursos por las partes. Con fecha 24.04.2015 se formuló escrito de acusación. El 30.07.2015 se procedió por la Sección 2.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a la formación del Rollo de Sala arriba indicado. Se está a la espera del señalamiento del juicio oral.

Mediante auto de 27.02.2017 se procedió por el Juzgado Central de Instrucción a la reapertura de las diligencias respecto de determinados investigados cuyas actuaciones habían sido objeto de sobreseimiento provisional.

Durante el año 2019, las actuaciones continúan a la espera del señalamiento del juicio oral.

– Pieza Separada «Jerez».

Pieza relativa a determinados contratos administrativos llevados a cabo por una entidad participada por el Ayuntamiento de Jerez para el desarrollo de los servicios de FITUR 2004. Concluida la instrucción de la causa, se presentó calificación por el Ministerio Fiscal el 23.11.2015 y por auto de enero de 07.01.2016 se acordó la apertura del juicio oral, que se ha celebrado entre los meses de mayo y septiembre del año 2019; se dictó sentencia parcialmente condenatoria el 20.11.2019 para algunos de los acusados, absolviendo al resto de funcionarios del Ayuntamiento de Jerez por prescripción. El Fiscal anunció la interposición del correspondiente recurso de casación en escrito de 25.11.2019.

– Pieza Separada «AENA».

En ella se ponen de relieve determinados hechos y datos relacionados con la contratación llevada a cabo por diversas empresas con la entidad pública AENA, y el presunto abono de distintos servicios y gastos de carácter particular a empleados de este organismo público durante los años 2000 a 2002. Concluida la instrucción de la causa, se presentó la calificación del Ministerio Fiscal el 28.12.2015. El auto de apertura de juicio oral fue dictado el 08.01.2016. Por auto de la Sección 2.ª Sala Penal de la Audiencia nacional de 10.10.18 se admiten las pruebas propuestas en el Rollo de Sala 6/16, y se acuerda señalamiento sesiones juicio oral que finaliza con sentencia condenatoria el 27.05.2019.

– Pieza Separada «Boadilla».

Tras la transformación a procedimiento abreviado, fue calificada el 07.06.2016. El 29.06.2016 se dictó auto de apertura de juicio oral. Se encuentra actualmente pendiente de señalamiento del juicio oral, situación en la que se mantiene durante el año 2018.

– Pieza separada «Cantón».

Aún en fase de instrucción. Se acordó formar pieza separada por auto 25.05.2016, a instancias del Ministerio Fiscal, referida a un delito de blanqueo continuado; en el año 2017 continúa en fase de instrucción pendiente de la remisión de varias comisiones rogatorias y posterior informe policial. Durante el año 2018 se ha decretado la complejidad de la causa.

– Pieza Separada «5-Valencia».

Seguida por diversos delitos de prevaricación, malversación, falsificación y cohecho cometidos con ocasión de la contratación pública con diversas consellerías y otros órganos de la Generalitat Valenciana, no vinculados a la adjudicación de los distintos expedientes de las ferias internacionales de turismo FITUR. Formulada acusación con fecha 05.09.2014, el 11.01.2016 se dictó auto de apertura de juicio oral. Elevado a la Sección Segunda de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, se encontraba pendiente de señalamiento de juicio oral. A instancia del Ministerio Fiscal se acuerda retrotraer las actuaciones a la fase de instrucción. Por resolución de 12 de julio de 2018, se acuerda la reapertura de la instrucción de la Pieza n.º 5 de las DP 275/08 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional, conocida como pieza valenciana de contratación, con el fin de investigar la participación que habría tenido el entonces Presidente de la Generalitat Valenciana en dichas adjudicaciones, presentándose el 18 de junio de 2019 escrito de acusación.

– Pieza Separada «1-2-6 Valencia» (piezas 1, delito electoral; 2, falsificación en relación con financiación irregular y 6, contra la Hacienda Pública).

Se dictó auto de apertura de juicio oral con fecha 26.02.2016 y el juicio oral se celebró entre los meses de enero y mayo de 2018. Recayó sentencia condenatoria por delitos electorales, falsedad y contra la Hacienda Pública. La sentencia fue confirmada en vía de apelación en 2019 y se encuentra en trámite de ejecución.

Con fecha 12-7-18, como consecuencia de la prueba practicada en el transcurso de las sesiones de la vista oral, se solicitó la reapertura de la pieza separada n.º 5 de contrataciones de la administración valenciana (PA 3/16, Sección 2.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ver supra).

– Pieza Separada «Valencia-4».

Se sigue por prevaricación y otros posibles delitos en relación con la contratación por parte del ente público radiotelevisión valenciana con diversas empresas a raíz de la celebración del evento del V Encuentro de las Familias, con ocasión de la visita del Papa a Valencia en julio de 2006. El auto de P. A. se dictó el 21.04.2016 y la acusación del Fiscal fue presentada el 11.05.2016. Las sesiones del juicio oral estaban señaladas para marzo del 2020.

– Diligencias Previas 357/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 8 de Madrid (Asunto «NAVANTIA»).

Con fecha 28 de febrero de 2011, el Ministerio Fiscal formuló denuncia remitiéndola junto con el original de las Diligencias de Investigación n.º 10/2010 tramitadas en esta Fiscalía Especial, por delitos de tráfico de influencias, fiscal y continuado de falsedad en documento mercantil.

Como diligencias de instrucción se han remitido comisiones rogatorias internacionales a las autoridades judiciales de Curaçao y autoridades helvéticas, a fin de recabar documentación, esta última cumplimentada, resultando la documentación interesada necesaria para el esclarecimiento de los delitos de malversación y blanqueo de capitales y otros investigados.

A pesar del tiempo transcurrido desde la incoación de estas diligencias, esta causa está aún pendiente de la recepción de la documentación interesada a las autoridades de las Islas Antillas y las suizas, habiéndose librado la última comisión rogatoria por autos de 1 de agosto de 2018, y posteriormente ampliado el 8 de octubre de 2018, reiterando su cumplimiento en marzo de 2019, por resultar la documentación interesada necesaria para el esclarecimiento de los delitos de malversación y blanqueo de capitales y otros investigados.

– Diligencias Previas 141/2012 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Las referidas Diligencias Previas se han incoado a raíz de la presentación de un oficio de la Comisaría General de Policía Judicial que incorpora declaración sobre actividades presuntamente ilícitas realizadas por familiares de quien fuera presidente de la Generalitat de Cataluña, que pudieran ser competencia de la Audiencia Nacional.

Los presuntos delitos investigados son cohecho, tráfico de influencias, delitos contra la Hacienda Pública, falsificación de documentos y blanqueo de capitales en el extranjero.

Los investigados fueron inicialmente los citados, así como las mercantiles de las que eran titulares y administradores solidarios y/o apoderados. Posteriormente se han ampliado los investigados a otros administradores de las empresas pagadoras en calidad de servicios por no aportar elementos documentales que justificasen tales servicios por los que habrían pagado importantes cantidades a los inicialmente denunciados. Asimismo, del resultado de las diligencias de instrucción practicadas derivó la imputación de otras personas, el propio ex presidente de la Generalitat de Cataluña y algunos de sus familiares directos.

Se ha comprobado que durante la investigación se ha sustraído capital y patrimonio a la acción de la justicia aprovechándose de la internacionalización de los sistemas financieros y de la dificultad de localizar y rastrear activos. Todo ello ha sido corroborado por las diferentes comisiones rogatorias que se han realizado (Andorra Alemania, EEUU, Francia, México, Malta, Panamá, Liechtenstein, Reino Unido, Suiza y Uruguay).

La instrucción ha evidenciado que las principales empresas pagadoras han sido adjudicatarias de obras y servicios para las administraciones públicas y entre ellas las del ámbito territorial de Cataluña.

La causa se estructura en una pieza principal y en las piezas separadas de ISOLUX; de comisiones rogatorias (a Alemania, EEUU, Francia, México, Malta, Panamá, Liechtenstein, Reino Unido, Suiza y Uruguay, algunas de las cuales han sido ampliadas y están pendientes de ser cumplimentadas); la pieza procedente de las Diligencias Previas 3163/2014 del Juzgado de Instrucción núm. 31 de Barcelona, iniciadas tras la confesión del ex presidente de la Generalitat en los medios de comunicación respecto de su fortuna en Andorra y, finalmente, la pieza separada de CAT HELICOPTERS SL

Continua la instrucción iniciada, estando pendientes la práctica y cumplimiento de diversas diligencias y, comisiones rogatorias.

– Diligencias Previas 112/2013 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de El Vendrell, Tarragona («Caso 3 %»).

En virtud de una denuncia presentada por una concejal del Ayuntamiento de Torredembarra (Tarragona) acompañando a una serie de documentación y tras el análisis documental efectuado por el Área de Delincuencia Económica de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de Tarragona, se obtuvieron indicios de la comisión de los ilícitos penales respecto de resoluciones administrativas de carácter presuntamente arbitrario que afectarían de forma sistemática a los procesos de contratación pública, así como de posibles pagos de dádivas al Alcalde de Torredembarrra por parte de contratistas de obras públicas.

Concretamente se detectó la existencia de lo que parecen ser contrataciones privadas entre empresas vinculadas al alcalde de la localidad de Torredembarra (2008) y sociedades vinculadas directa o indirectamente a la mercantil TEYCO SL, contratista de las obras del parking Filadors.

A estas diligencias se acumularon las Diligencias Previas 1283/2013.

La investigación desarrollada apunta a la posible existencia de un entramado en el Ayuntamiento de Torredembarra donde pudieran participar posibles concejales de partidos políticos, así como mandos de la policía local, funcionarios y personas que por sus cualidades técnicas se encuentran en estrecha conexión con aquellos para conseguir adjudicaciones, licencias, y demás documentos a cambio de dinero.

Dada su extraordinaria complejidad se interesó y así se acordó con fecha 29.10.2014 la formación de 9 piezas separadas, algunas de las cuales, con fecha 20.12.2016 fueron transformadas decidiéndose su continuación como diligencias previas, como se indica a continuación. Por lo que se refiere a la pieza principal, por auto de 12.09.2017 se acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Durante el año 2019 ha continuado la instrucción de las piezas separadas incoadas, así como de los procedimientos de diligencias previas en que se convirtieron algunas de ellas.

– Pieza 1.ª «Arrendamiento dos locales». Presentado escrito de acusación del Ministerio Fiscal el 12.02.2016, se dictó en 2017 auto apertura juicio oral, celebrándose en enero del 2020, pendiente de sentencia en el momento de redactar estas líneas.

– Pieza 2.ª «Oposiciones». Con fecha 26.04.2016 se dictó auto de procedimiento abreviado. Con fecha 11.05.2017 se presentó escrito de acusación por el Ministerio Fiscal. Se celebrará el juicio oral en abril de 2020.

– Pieza 3.ª «Teyco». En noviembre de 2016 se presentó informe por la Fiscalía solicitando exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en relación a aforado. La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña devolvió la exposición razonada inadmitiendo la apertura de procedimiento. Con fecha 20.12.2016 se acordó incoar respecto de esta pieza 3.ª, Diligencias Previas n.º 655/16. Esta pieza fue objeto de inhibición y se encuentra ahora en el Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (DP. 14/2018, ver infra).

– Pieza 4.ª «Promo sport a Esport y otros –Chiringuitos Playa–». El auto de procedimiento abreviado se dictó el 31.05.2016 y el escrito acusación del fiscal el 27.09.2016. Abierto el juicio oral el 28.09.2016, está pendiente la celebración del juicio.

– Pieza 5.ª «Recogida de basuras», formada el 12.06.2015. Con fecha 20.12.2016 se acordó incoar respecto de esta pieza 5.ª, Diligencias Previas 656/16, que ha sido ya cerrada y trasladada a Fiscalía para formulación de acusación.

– Pieza 6.ª «Mercantil Efial». Por auto de 17.03.2016, que se formó con testimonio e informe de la policía de las Diligencias Previas 150/16 del mismo Juzgado. Con fecha 20.12.2016 se acordó incoar respecto de esta pieza 6.ª, Diligencias Previas 657/16, que se encuentran en fase de instrucción.

– Pieza 7.ª «Contrato de agua», formada por auto de 11.06.2016. Con fecha 21.06.2016 se desglosó de las citadas diligencias informe AEAT relativo a cuotas de IRPF de los ejercicios 2010 a 2013 y se incoaron Diligencias Previas 302/16 del mismo Juzgado, continuando la instrucción de la pieza principal. Con fecha 20.12.2016 se acordó incoar respecto de esta pieza 7.ª, Diligencias Previas 658/16 en fase de instrucción, a las que con fecha 14.11.2017 se han acumulado las 316/17 del mismo Juzgado, continuando en fase de instrucción.

– Pieza 8.ª «Teatro Auditorio», incoada el 28.01.2016, que asimismo se encuentra en fase de instrucción. Con fecha 20.12.2016 se acordó incoar respecto de esta pieza 6.ª las Diligencias Previas 659/16. En dicho procedimiento con fecha 24.5.18 se ha dictado auto de procedimiento ante el Tribunal del Jurado, dictándose auto de continuación por delito de cohecho con fecha 8 de octubre de 2018. Las conclusiones provisionales tienen fecha de 22-4-2018, habiéndose dictado sentencia condenatoria de conformidad el 3-3-2010.

– Pieza 9.ª «Alquileres de locales», incoada el 29.01.2016, en fase de instrucción. Con fecha 20.12.2016 se acordó incoar respecto de esta pieza 6.ª, Diligencias Previas 660/16, asimismo en fase de instrucción.

– Diligencias Previas 85/2014 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6. (Operación PÚNICA).

Durante el año 2019 ha continuado la instrucción de esta macro causa. El 1 de agosto de 2019 la Fiscalía presentó un escrito –que fue estimado por el Juzgado con el dictado del correspondiente auto–, por el que se solicitaba la reorganización de las piezas de la causa con la formación de las siguientes piezas, de las que realizaba un amplio resumen de los hechos que se investigan en cada pieza y de las personas investigadas:

– Pieza 1, revelación de secretos. Concluida por sentencia condenatoria firme (STS 138/2019, de 13-3).

– Pieza 2, hechos concernientes a las fraudulentas adjudicaciones a las mercantiles vinculadas a dos investigados, en León (escrito de acusación de 14-3-2018).

– Pieza 3, hechos concernientes a las fraudulentas adjudicaciones a las mercantiles vinculadas a dos investigados, en Murcia (recurrido el auto de PA de 15-4-2019).

– Pieza 4, hechos concernientes al urbanismo de Valdemoro y blanqueo de capitales.

– Pieza 5, hechos referentes a la contratación menor local en Valdemoro, Torrejón de Velasco y Serranillos del Valle.

– Pieza 6, hechos relativos a la contratación de COFELY.

– Pieza 7, hechos relativos a la contratación de WAITER MUSIC

– Pieza 8, hechos relativos a la etapa de FG en la Comunidad de Madrid.

– Pieza 9, hechos concernientes a la financiación ilícita del PP de la Comunidad de Madrid.

– Pieza 10, hechos concernientes a las fraudulentas adjudicaciones a las mercantiles vinculadas a dos investigados, en Denia, Valencia, Madrid, Majadahonda, Valdemoro, Comunidad de Madrid y terceros países.

– Pieza 11, hechos relativos a la contratación de ALFEDEL.

– Diligencias Previas n.º 24/2015 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (ACUAMED).

Se investigan supuestas irregularidades en los procesos de adjudicación, liquidación y ejecución de diversas obras públicas gestionadas por la sociedad estatal ACUAMED S.A. tras la querella del Ministerio Fiscal a la finalización de las Diligencias de Investigación n.º 34/2014, por presuntos delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, fraude a la administración pública y falsedad documental.

En el año 2019 el fiscal ha emitido más de 90 informes, en su mayoría relativos a diligencias de investigación a practicar. En este periodo la actividad procesal se ha visto impulsada por la recepción de nuevos informes globales emitidos por la unidad policial investigadora, relativos al análisis de las evidencias halladas con ocasión de las entradas y registros, documentación recabada a lo largo de la instrucción.

Dada la complejidad del procedimiento, sigue siendo constante el flujo de documentación a recabar para su análisis, y se ha desplegado en este periodo, una nueva fase de declaraciones de investigados y testigos.

– Diligencias Previas n.º 3309/2013 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Zaragoza.

Se investiga una trama de corrupción en el seno de una empresa pública denominada «PLAZA, S.A.», que desarrolló a partir del año 2002 una importante actividad urbanística en la provincia de Zaragoza. La denuncia fue interpuesta por el director gerente de la entidad pública «Plaza, S.A.», en la que ponía de manifiesto una serie de comportamientos que podrían ser constitutivos de presuntos delitos de cohecho, falsedad y malversación de caudales públicos en la gestión de la mencionada entidad en la urbanización, venta y explotación de una importante zona de expansión industrial en la localidad de Zaragoza.

En el mes de julio se procedió a la presentación de una denuncia y a la detención del director gerente de la mencionada entidad pública, así como de diferentes responsables de la ejecución de obras a cargo de la misma. Se realización entradas y registros en Zaragoza y Salou y se practicaron las correspondientes declaraciones de imputados y testigos. En fecha 29 de octubre de 2015 se dictó el auto de procedimiento abreviado y el 12 de enero de 2016 se presentó el escrito de acusación. El juicio oral se celebró ante la Audiencia Provincial de Zaragoza entre los meses de octubre de 2018 y marzo de 2019, habiéndose dictado sentencia condenatoria, con fecha 6 de mayo de 2019, para 15 acusados, –13 sociedades–; se absolvió a otros 3 de ellos. Se encuentra en trámite de ejecución de la sentencia, habiendo entrado en prisión dos acusados.

– Diligencias Previas 1007/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 9 de Murcia contra responsable infraestructuras Levante (ADIF).

Este procedimiento se inició por denuncia del Ministerio Fiscal, derivada de las Diligencias de Investigación n.º 17/2014, por presuntos delitos de malversación, contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, falsedad documental e insolvencias punibles, cometidos con ocasión de la construcción de la línea de tren de Alta Velocidad de Levante, iniciado a partir de la denuncia presentada por la AEAT en relación con ciertas contingencias fiscales de un entramado de empresas creadas ad hoc, sin actividad conocida y emisoras de facturas falsas. Las investigaciones se centran en el desvío de fondos procedentes del presupuesto de ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias), a resultas de la ejecución de las obras de reposición de infraestructuras hidráulicas de la línea de Alta Velocidad (tramos Crevillente-San Isidro-Orihuela-Colada de la Buena Vida-Murcia).

En fecha 22.05.19 se presentan conclusiones provisionales contra 40 acusados por delitos de prevaricación, fraude en concurso medial con malversación de caudales públicos, contra la Hacienda Pública, falsedad en documento mercantil y blanqueo de capitales, solicitándose la apertura de juicio oral respecto de otras 40 personas (físicas y jurídicas), en su condición de responsables civiles subsidiarias y partícipes a título lucrativo.

El perjuicio causado a ADIF asciende al menos, a la cantidad de 24.964.016,07 euros y el causado a la Hacienda Pública, al menos a la cantidad de 2.115.535,25 euros.

– Diligencias Previas n.º 91/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6. Querella del Ministerio Fiscal (caso «LEZO»).

Las presentes Diligencias tienen su origen en la querella de la Fiscalía Anticorrupción de 13.07.2016, derivada de las Diligencias de Investigación 32/2015. El Juzgado Central de Instrucción n° 6 incoó las Diligencias Previas n° 91/2016. Se investiga el desvío de dinero público propiciado por el abuso de las funciones públicas de los que aparecen como investigados, entre ellos quien fuera presidente de la Comunidad de Madrid, y la adjudicación de contratos indiciariamente amañados a cambio de comisiones.

Los hechos investigados serían constitutivos de delitos de malversación, prevaricación, organización criminal, cohecho, fraude fiscal o fraude contra la administración. También se investiga la comisión de un delito de blanqueo de capitales, por la creación por la organización de un entramado de sociedades, dirigido a velar el destino y verdadero destinatario del capital malversado.

En estas diligencias –divididas en 6 piezas–, se han presentado dos escritos de acusación durante el año 2019 y se ha incoado una nueva pieza.

En la pieza principal y n.º 1 (adquisición de la sociedad colombiana INASSA y de la sociedad brasileña EMISSAO por Canal de Isabel II) el 26 de junio de 2019, se presentó escrito de acusación contra 22 personas físicas por la comisión de un delito de malversación de caudales públicos agravado, pidiendo penas que oscilan entre los 6 y 7 años de prisión.

En cuanto a la pieza n.º 1 EMISSAO, se presentó el escrito de acusación en diciembre de 2019 contra 7 personas físicas por delitos de fraude a la administración pública y malversación de caudales públicos, pidiendo penas que oscilan entre 2 y 8 años de prisión.

Las otras cuatro piezas vienen referidas a las posibles irregularidades cometidas en la adjudicación de la construcción de las instalaciones del campo de golf del Canal (pieza n.º 2), la existencia de posibles irregularidades en la adjudicación del contrato para la construcción y posterior concesión de la línea de ferrocarril entre Móstoles y Navalcarnero (pieza n.º 3) y a los posibles blanqueos de capitales cometidos por algunos de los investigados (pieza n.º 5). La inicial pieza n.º 4 en la que se investigaba la financiación de los gastos de la campaña electoral de un partido político en la Comunidad de Madrid del año 2011, se remitió para su investigación a las DP núm. 85/2014 (caso Púnica) por auto de 2 de enero de 2018.

En el año 2018, se procedió a tomar declaración judicial a más 100 personas en calidad de investigados y testigos y a cursar aproximadamente 30 comisiones rogatorias con sus correspondientes ampliaciones. Asimismo, durante este año se realizaron por la Fiscalía y el Instructor viajes a Colombia, Panamá y República Dominicana con la finalidad de recabar prueba documental y tomar declaración a distintos testigos.

Como consecuencia del análisis de la documentación incautada en las diligencias practicadas, durante el año 2019, se incoó la Pieza n.º 8, en la que se investigan posibles pagos realizados por una empresa constructora española para la consecución de obras públicas en todo el territorio nacional y la Pieza n.º 9, para investigar los posibles pagos realizados en año 2013, a quien ocupó el cargo de Embajador de España en Haití –y/o personas vinculadas al mismo–, con la finalidad de obtener adjudicaciones públicas en Haití.

– Diligencias Previas 2/2019 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1.

En enero de 2019 el Ministerio Fiscal presentó querella por la presunta comisión de delitos de blanqueo de capitales, corrupción en el ámbito de las transacciones comerciales internacionales, falsedad documental y contra la Hacienda Pública contra 8 personas físicas y 9 personas jurídicas. Esta querella conllevó la práctica de 6 entradas y registros.

– Diligencias Previas 81/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2.

Procedentes de las Diligencias de Investigación 7/15 en las que se comprobó la existencia de contratos que permitían deducir la comisión de uno o varios delitos de soborno de agentes internacionales o de corrupción internacional y blanqueo de capitales. El 19.09.2017 se presentó querella quedando pendiente de la toma de declaración judicial a los investigados. Continua en la fase de instrucción, habiéndose llevado a cabo declaraciones de investigados en abril y mayo de 2018, julio de 2018 mediante videoconferencia. Con fecha 16 de marzo de 2018 por el Juzgado Central de Instrucción 2 fue declarada la complejidad de la instrucción.

Se ha pedido la tramitación de una comisión rogatoria a Andorra, Mónaco y Suiza para la comprobación de varias transferencias internacionales.

– Diligencias Previas 658/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Valladolid (Parques eólicos).

La causa fue incoada por querella de 19.04.2017 y ampliada el 06.06.2017 por hechos que presentan indicios de posibles delitos de prevaricación, blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública y cohecho en la concesión de autorizaciones administrativas para la instalación de parques de energía eólica en la Comunidad de Castilla y León. La causa fue declarada compleja desde el auto inicial de incoación y prorrogado el plazo de instrucción.

En noviembre de 2018 se solicitó el libramiento de una Orden Europea de Investigación a Polonia, recibiéndose parte de la información requerida, se ha dado traslado de la documentación a la Unidad de Apoyo de la AEAT para su valoración.

– Diligencias Previas 651/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Oviedo (Fondos mineros).

Dimanan de las DI n.º 18/13 abiertas por el afloramiento de dinero de procedencia presuntamente ilícita por parte de quien fuera secretario general de la organización sindical SOMA-FITAG-UGT y miembro de la Ejecutiva Regional de la Federación Socialista Asturiana y otros.

En las diligencias se investiga el desvío de fondos públicos obtenidos por el Montepío de la Minería Asturiana, a través de una subvención, para la construcción de la Residencia de Mayores «La Minería», en Felechosa. Dicha subvención fue concedida al Montepío a cargo de los denominados «Fondos Mineros» por el Instituto de Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de Comarcas Mineras, dependiente del Ministerio de Industria.

El presidente del Montepío y gestor de los fondos públicos concedidos, de acuerdo con el constructor y arquitecto del Complejo de la Minería habría detraído, a través de certificaciones falsas y facturación de cobertura emitida por los proveedores de la obra, importantes cantidades de dinero destinadas a dicha construcción.

Durante el año 2018 se realizaron diversas diligencias en sede judicial, como las declaraciones de testigos e investigados y una pericial de valoración de la obra subvencionada por los fondos mineros.

El 11 de diciembre de 2019, el Ministerio Fiscal interesó que el juzgado apreciara su falta de competencia objetiva y elevara Exposición Razonada a la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, para la instrucción, y en su caso enjuiciamiento, de todos los actos administrativos que fueron aprobados por el alcalde y los concejales del Excmo. Ayuntamiento de Aller entre los años 2008 y 2013, tendentes a que el Montepío de la Minería Asturiana construyera en Felechosa la residencia subvencionada con los Fondos Mineros, y que serían constitutivos, sin perjuicio de ulterior calificación, de los delitos de prevaricación administrativa, prevaricación urbanística, y/o tráfico de influencias. De tales delitos aparecerían como responsables personas aforadas ante el TSJ de Asturias.

– DP n.º 12/2016 del JCI n.º 5 dimanante de las DI n.º 37/15 (caso Scardovi).

Las Diligencias de Investigación n.º 37/15 fueron incoadas el 10.12.2015 para investigar los hechos relatados en la denuncia formulada contra un diputado del Congreso, el entonces embajador del Reino de España en la India y varias personas más, por un posible delito de corrupción en transacciones comerciales internacionales del art. 445 CP (redacción LO 5/2010, de 22 de junio). La denuncia presentada venía acompañada de documental que ponía de manifiesto que los denunciados habrían cobrado comisiones de distintas empresas por mediar en la celebración de contratos de obra pública en Argelia y distintos países.

Tras la práctica de las oportunas diligencias el día 11.01.2016 se formuló querella por delitos de corrupción en los negocios, blanqueo de capitales y organización y grupo criminal que fue admitida contra ocho personas físicas, la mercantil SCADOVI SL y cinco más y se acordaron las diligencias de entrada y registro interesadas por esta Fiscalía Especial.

Se investigan dos contratos de obra pública celebrados por las empresas Internacional De Desarrollo Energético, S.A. y ELECNOR, S.A. en Argelia, en relación con el contrato para la instalación de una estación desaladora en Souk-Tleta por importe de 250.000.000 € y el contrato del tranvía de Ouargla por importe de 230.000.000 €, y la previsión es que la investigación se amplíe a más empresas españolas y más países.

A instancia de la Fiscalía se han cursado comisiones rogatorias a Argelia, Emiratos Árabes Unidos, Holanda, Suiza y Reino Unido, que se encuentran pendientes de tramitación.

En el ámbito de la instrucción de este procedimiento y como consecuencia de la documentación hallada en las diligencias de entrada y registro, el Juzgado Central de Instrucción, a solicitud de esta Fiscalía Especial, se acordó por auto de fecha 06.10.2016 la formación de la pieza separada FERTIBERIA que se encuentra pendiente de distintas comisiones rogatorias internacionales a Reino Unido.

– DP 96/2017 del JCI n.º 6 (Comisarios CNP - Operación TÁNDEM).

Por Decreto de 27 de abril se incoaron las Diligencias de Investigación 8/2017 dimanantes de un escrito-denuncia anónimo con documentación adjunta, dando cuenta de presuntos delitos de cohecho, blanqueo de capitales y delito cometido en transacciones comerciales internacionales por parte de dos comisarios del CNP, uno de ellos en activo, y otro jubilado.

Desde su inicio, se ha acordado la práctica de diversas diligencias con el fin de concretar los hechos denunciados, encontrándose datos objetivos que los confirmarían, así como los vínculos con empresarios españoles que actuarían como intermediarios de presuntas dádivas a los denunciados, procedentes de empresarios ecuatoguineanos.

Con su judicialización se acordó la práctica de detenciones y registros. A fecha de 31 de diciembre de 2019 se han formado un total de 23 piezas separadas que a fecha de 10 de enero de 2020 llegaban a las actuales 25, conforme a lo previsto en el art. 762.6 LECrim. Únicamente, las Piezas Separadas n.º 11 y n.º 19 fueron formadas y sobreseídas provisionalmente durante el año 2019.

Uno de los investigados se encuentra en prisión provisional prorrogada por Auto de fecha 25 de octubre de 2019, confirmado en trámite de recurso de apelación por auto de la Sección 3.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de fecha 13 de diciembre de 2019.

– Diligencias Previas 174/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 6 de Sevilla («Asunto de los ERE´S»).

Estas Diligencias Previas se incoaron el 23.01.2011 por testimonio de las Diligencias Previas n.º 6143/09 por delito societario de Mercasevilla en los años 2003 y 2007, fraude derivado de la introducción entre los beneficiarios de las ayudas públicas dadas por la Junta de Andalucía a los trabajadores de Mercasevilla, de personas ajenas a la empresa, los llamados «intrusos», que igualmente fueron detectados en ERE´s de otras empresas andaluzas que habrían recibido ayudas públicas de la Junta.

La línea de investigación abierta no se refiere solo a la detección de intrusos sino también el propio mecanismo de otorgamiento de las ayudas desde la Dirección General de Empleo, al hacerse con total omisión de los trámites administrativos propios de las subvenciones, impidiendo cualquier tipo de control, seguimiento, justificación de la ayuda y fiscalización del gasto.

Hay más de 350 personas imputadas, entre ellas aparte de los intrusos detectados en diferentes empresas, dos ex presidentes del gobierno andaluz, tres ex consejeros de Empleo y Hacienda, tres exconsejeros de Economía y Hacienda, dos ex viceconsejeros de empleo y de Hacienda, tres viceconsejeros de Economía y Hacienda, varios directores generales y secretarios generales de las consejerías de Empleo y de Hacienda y de la consejería de Economía y Hacienda, tres ex directores generales de Empleo y un ex delegado provincial de Empleo de Sevilla, varios empresarios, directivos de mediadoras de seguros, así como diversos intermediarios entre estos y las compañías de seguros, un antiguo sindicalista y sus testaferros y letrados de despachos de abogados.

La causa especial n.º 6/2015 en su día incoada respecto de 4 parlamentarios andaluces se recibió del TSJ de Andalucía al haber todos perdido el fuero tras la nueva composición del Parlamento andaluz.

En el mes de noviembre de 2015, el Tribunal Supremo envió también a este juzgado su Causa Especial n.º 3/14, al haber pedido el fuero ante el Alto Tribunal todas las personas contra las que se dirigía el procedimiento.

En la causa principal, por parte de esta Fiscalía Especial se ha impulsado la incoación de diferentes piezas separadas para la investigación de ayudas concretas. Con fecha 24 de octubre de 2018 se dictó auto por el que se acordaba el sobreseimiento provisional de aquellos investigados que ya lo fueran en piezas concretas incoadas y que no tuvieran otra participación en los hechos investigados.

Por auto de 12 de diciembre de 2018 se ha acordado el archivo definitivo de la causa porque la magistrada considera que no hay ninguna ayuda que fuera investigada en esta causa y de la que no se haya incoado la correspondiente pieza. Se ha interesado aclaración del auto, que hasta la fecha no se ha producido. La Fiscalía interesó el 21 de noviembre una segunda prórroga de la complejidad ya acordada, a los efectos de lo dispuesto en el art. 324 LECrim, sobre la que no se ha resuelto al haberse decretado el archivo de las actuaciones.

El auto de 30.07.2015, aclarado por auto de 9 de noviembre de 2015, acogiendo la petición formulada por el Ministerio Fiscal, acordó la división de la causa en tres bloques de piezas separadas:

1. Un primer grupo de hechos relacionados con la puesta en marcha y mantenimiento del denominado «Procedimiento específico». Este grupo de hechos se investigó en una sola pieza, que se materializó con la incoación de las Diligencias Previas 6645/2015, posteriormente transformadas en el procedimiento abreviado 133/2006. El 17.11.2015 se dictó auto delimitando los hechos que se investigan y enumerando una lista de investigados en esta pieza, que incluye entre otros a todos los antiguos aforados tanto en el Tribunal Supremo como ante el TSJ de Andalucía. El 30.05.2016 se dictó auto de incoación de procedimiento abreviado, ordenando seguir la causa contra 26 altos cargos de la Junta por delito de prevaricación continuado, y también por delito continuado de malversación contra 18 de estos últimos. Se acordó el sobreseimiento contra otros 24 ex altos cargos de la junta y/o miembros del consejo rector de la agencia IDEA. El 15.09.2016 se presentó por la Fiscalía escrito de calificación provisional, dictándose el auto de apertura de juicio oral el 03.11.2016. Las sesiones del juicio oral comenzaron ante la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla el día 13 de diciembre de 2017, continuando a lo largo del año 2018, concretamente hasta diciembre de 2018.

Con fecha 21 de diciembre de 2018 las actuaciones quedan vistas para sentencia, que fue dictada el 18 de noviembre de 2019, sentencia parcialmente condenatoria, susceptible de ser recurrida en casación. A petición de la Fiscalía se celebró vista para decidir sobre la situación personal de cuatro de los condenados, al amparo de lo establecido en el art. 505.2 LECrim, desestimando la Sala la petición de ingreso en prisión provisional y acordó como nuevas cautelas para estos cuatro condenados, su comparecencia apud acta y retirada de pasaporte.

2. Un segundo grupo de hechos relativos a las cantidades percibidas por las entidades mediadoras en el caso de las pólizas de prejubilación financiadas por la Junta de Andalucía: Es la pieza denominada de «Sobrecomisiones». (Diligencias Previas 1421/2016), cuya instrucción continúa a día de hoy.

La Fiscalía Especial el 26 de noviembre de 2018 ha interesado la práctica de la declaración de tres investigados pendientes que habían sido ya acordadas y que no se habían practicado, a fin de concluir la instrucción.

El 19 de diciembre se interesó aclaración de auto de 12 de diciembre, así como la práctica de diligencias antes de lo señalado para evitar dilaciones innecesarias e indebidas.

Finalizada la práctica de diligencias en diciembre de 2019, desde el mes de septiembre y, dada la magnitud y complejidad de esta pieza se está trabajando en la elaboración de informe interesando la transformación a procedimiento abreviado y posterior calificación.

3. Un tercer grupo de hechos, constitutivos cada uno de ellos de una pieza distinta, relativos a las diferentes resoluciones de concesión de ayudas socio laborales y subvenciones a empresas. Esta previsión se viene materializando con la incoación de sucesivas diligencias previas en las que se investigan los hechos relativos a cada acto de concesión y las circunstancias relativas a dicho acto: autoría, beneficiario, legalidad del procedimiento de concesión, motivos de la concesión, existencia (en las ayudas sociolaborales) de los denominados «intrusos», autoría de la inclusión de «intrusos» en las ayudas sociolaborales, etc. A fecha diciembre de 2019 se han incoado más de cien diligencias previas.

En la causa matriz, las Diligencias Previas 174/11, se presentaron numerosos atestados elaborados por las distintas comandancias provinciales de la Guardia Civil en Andalucía. Durante todo el año 2019 han continuado practicándose diligencias de instrucción en todas las piezas, recogiéndose a continuación algunas llevadas a cabo en las siguientes:

– Diligencias Previas 5461/2015 –pieza denominada SURCOLOR–, con auto de apertura de juicio oral de 16.11.2016, pendiente de señalamiento el comienzo del juicio oral. El 13 de abril de 2018 la Fiscalía presentó escrito ante la Sala interesando la inclusión como encausado de persona que resultó excluida del procedimiento específico.

– Diligencias Previas 5744/2015 –pieza denominada ACYCO–, con auto de apertura de juicio oral de 16.11.2016, pendiente de señalamiento el comienzo del juicio oral. En fecha 13 de abril de 2018 se solicitó la inclusión de nuevos encausados, que han resultado excluidos del procedimiento «especifico».

En diciembre de 2019, la Sala ha dictado auto de admisión de pruebas, y el inicio de las sesiones de juicio oral para el próximo mes de septiembre de 2020, con una duración aproximada de 6 meses.

– Diligencias Previas 2448/2016 –pieza denominada J.T.B–, con auto de apertura de juicio oral de fecha 19.04.2017. Recibida la causa para enjuiciamiento del Juzgado de Instrucción según diligencia de ordenación de fecha 1 de diciembre de 2017, la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial dictó auto el 13 de septiembre de 2018 por el que se acordó fijar fecha para el inicio de las sesiones del juicio oral. Una vez finalizado el juicio específico, de la rama denominada política del caso ERE (Rollo 1965/2017), en mayo de 2019 se interesó por la Fiscalía que, concluido el juicio se procediera a señalar el inicio de las sesiones del juicio oral para esta causa, así como lo procedente sobre la admisión de prueba, petición reiterada en septiembre de 2019.

– Diligencias Previas 520/2016 –pieza denominada CENFORPRE–, con auto de apertura de juicio oral de 18.09.2017. Elevado a Sala para enjuiciamiento. Diligencia de ordenación de la Sala de fecha 14 de febrero de 2018 acusando recibo de las actuaciones, designación de ponente y devolución por estimación parcial de recurso de apelación interpuesto contra el auto de procedimiento abreviado. El 26 de marzo de 2018 esta Fiscalía presentó escrito ante el Juzgado interesando la inclusión como encausado de la persona que resultó excluida del procedimiento especifico. En septiembre de 2019, ratificando el escrito de acusación de junio de 2017, se eleva la causa por el Juzgado de Instrucción a la Sala para enjuiciamiento.

– Diligencias Previas 2690/2010 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Alicante (Plan General de Ordenación Urbana de Alicante).

Los hechos investigados se refieren a las irregularidades detectadas en las principales actuaciones urbanísticas llevadas a cabo en la ciudad de Alicante, incluidas la mayor parte de ellas en el Plan General de Ordenación, especialmente a través de las zonas protegidas de la ciudad y su posterior repercusión en zonas urbanizables.

Recibida declaración a los imputados y aportados a las actuaciones diversos informes patrimoniales y de auditoría, la instrucción del procedimiento concluyó en 2016, habiéndose dictado auto de fecha 09.01.2017 acordando la incoación de procedimiento abreviado contra dos ex alcaldes de Alicante y otros empresarios y responsables municipales por delitos de cohecho, prevaricación, tráfico de influencias y revelación de secretos, entre otros. Mediante escrito de fecha 15.02.2018 el Ministerio Fiscal ha formalizado su escrito de conclusiones provisionales.

El Tribunal competente para conocer del juicio oral es la Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Alicante. Las sesiones del juicio oral comenzarán el día 30 de junio de 2020, extendiéndose hasta el día 12.11.2020.

– Diligencias Previas 961/2016 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Badajoz («CREEX y otros»).

Incoadas por posibles delitos de fraude de subvenciones frente a los beneficiarios de las ayudas públicas objeto de controversia, tienen su origen en las Diligencias de Investigación 14/15 de la Fiscalía Especial que fueron judicializadas el 09.05.2016.

Las entidades beneficiarias objeto de investigación han sido la Confederación Regional Empresarial Extremeña –CREEX– y sus asociados COEBA, FEC y FEP.

Las actuaciones sufrieron un gran retraso, habiéndose tratado por la Fiscalía de impulsar el procedimiento. A finales de 2016 se presentó el atestado interesándose seguidamente la práctica de diligencias de instrucción y adopción de medidas cautelares reales. En 2017 continuó la instrucción de las diligencias.

Asimismo, son objeto de investigación otras entidades, como la Unión General de Trabajadores de Extremadura y Comisiones Obreras de Extremadura, así como fundaciones y entidades vinculadas a estas últimas (IFES Extremadura y FOREM Extremadura). Turnados a reparto los hechos denunciados respecto a UGT los mismos correspondieron, nuevamente, al Juzgado de Instrucción n.º 1 de Badajoz con el número Diligencias Previas 1131/2016 siendo incoadas el 07.09.2016.

En lo relativo a la instrucción de las conductas imputables a CCOO y FOREM correspondieron por reparto al Juzgado número 1 quien incoó las Diligencias Previas 1651/2016, confirmando dicha atribución de competencia la Audiencia Provincial.

En la actualidad se ha tomado declaración a los principales implicados, encontrándose pendientes de recibir declaración a múltiples testigos que se desprenden de los informes de UCO y de la Intervención General de la Junta de Extremadura, encargados por Fiscalía y acompañados a la denuncia. De las testificales se han practicado varias decenas a lo largo de septiembre a noviembre, restando aún un número de testigos importante por declarar.

Entre las diligencias que destacan en el 2019, son la declaración de investigados y testigos. El hecho relevante más sustancial es el informe de cuantificación final de la cantidad objeto de desvío por los investigados, que está siendo realizada por la Intervención General de la Junta de Extremadura, pendiente de su conclusión.

– Diligencias Previas 881/2015, del Juzgado de Instrucción n.º 18 de Valencia.

La causa se dirige contra el ex presidente de la Diputación de Valencia, el gerente de la empresa pública de IMELSA, así como contra varios funcionarios de dicha empresa pública y cargos directivos de la Diputación. Se dirige también contra funcionarios del Ayuntamiento de Valencia y responsables de empresas adjudicatarias por presuntos delitos de malversación de caudales, prevaricación, fraude en la contratación y blanqueo de capitales.

El volumen de la investigación y la diversidad de hechos e investigados determinó la formación de piezas separadas. Concretamente se han formado las siguientes:

La Pieza A por blanqueo de capitales, de la que derivaron dos exposiciones razonadas en relación a aforados, competencia una de ellas de la Sala 2.ª del TS, posteriormente archivadas, y del TSJ de la Comunidad Valenciana la otra. Esta última daría lugar a la incoación por dicho Tribunal de las Diligencias Previas 27/16, continuadas por los trámites del procedimiento abreviado, y que posteriormente fueron archivadas en virtud de auto de sobreseimiento provisional dictado en relación al aforado.

La investigación está finalizada, estando a la espera que se dicte el auto de procedimiento abreviado por el juez instructor.

La Pieza B se ocupa de la presunta contratación con fondos públicos por parte de la empresa IMELSA, sociedad pública 100 % dependiente de la Diputación Provincial de Valencia. Dicha pieza se encuentra terminada, falta tan sólo que se dicte el auto de procedimiento abreviado.

La Pieza C atañe a una operativa de blanqueo de capitales a través de compraventas simuladas de acciones por distintas sociedades. Está pendiente de varias diligencias y de una comisión rogatoria de Brasil no cumplimentada aún por dichas autoridades.

Las Piezas D, E, F, G y H son las relativas a contrataciones, significando dos periodos investigados cronológicamente de 2005 a 2007 y de 2007 a 2014, todas ellas en fase de instrucción, practicándose durante este último año diversas diligencias de investigación, y otras pendientes de práctica instadas por el Ministerio Fiscal.

– Diligencias Previas 1914/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Valencia («G. P. Fórmula 1»).

Proceden de las Diligencias Previas n.º 1/2015 de la Sala Civil y Penal del TSJ de Valencia, por pérdida de aforamiento del expresidente de la Comunidad de Valencia. El procedimiento tiene su origen en la querella interpuesta por el Ministerio Fiscal procedente de las Diligencias de Investigación n.º 26/14 de esta Fiscalía Especial por presuntos delitos de prevaricación administrativa, delito societario y malversación. Se encuentra dividido en 3 piezas separadas. La pieza 1 tiene por objeto de investigación las irregularidades relacionadas con la adjudicación a Valmor Sports S. L. de la celebración de la Fórmula 1 en Valencia. Finalizada la instrucción se dictó auto de sobreseimiento provisional en fecha 26 de diciembre de 2018, revocado por la Audiencia Provincial de Valencia por Auto de 14 de octubre de 2019, que ordenó agotar la investigación para esclarecer las circunstancias de la concesión del aval otorgado por la GVA a Valmor. La pieza 2 comprende aquellos contratos celebrados por la empresa pública encargada de la organización del Gran Premio de Fórmula 1 y determinados proveedores adjudicatarios por orden de Valmor Sports S. L. Por último, la designada como número 3, que tiene por objeto el proceso de absorción de la mercantil Valmor Sports S. L. por parte de la empresa pública Circuit del Motor S. L. Tras la práctica de varias diligencias, en diciembre de 2019 se finalizó el plazo de instrucción.

– Diligencias Previas 1743/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 21 de Valencia.

Estas Diligencias Previas fueron asumidas por esta Fiscalía Especial por Decreto del FGE de 29.02.2012. Por auto de 05.09.2012, la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Valencia aceptó la competencia por la implicación de un aforado, registrándose las D. P. 3/2012.

Las Diligencias 3/2012 se dividieron en tres piezas instrumentales. Una ya ha sido juzgada con sentencia firme por el Tribunal Supremo (STS 3-6-2015) y la 2 y 3, unificadas, han sido devueltas al Juzgado de Instrucción n.º 21 por perdida de aforamiento de los imputados y se encuentran en fase de instrucción. En la pieza 2 se investiga la malversación de caudales públicos en ayudas al tercer mundo en los años 2009, 2010 y 2011 de la Consellería de Solidaridad.

La pieza 3 comprende la adjudicación irregular de una subvención de la Consellería de Solidaridad de 4 millones de euros concedida para la construcción de un Hospital en Haití. Unificadas ambas piezas se dictó auto de procedimiento abreviado el 23.06.2017 y se formuló escrito de acusación el 10.07.2017. Mediante informe del Ministerio Fiscal de 25 de julio de 2018 se ha modificado el escrito de acusación adecuando las penas.

Existe una pieza 4 por manipulación de dispositivos informáticos en centro penitenciario en la que se acordó el sobreseimiento provisional por auto de 24.10.2017 y una pieza 5, ante la posible existencia de un delito de malversación de caudales públicos, pendiente de informe pericial de la IGAE y de la toma de declaraciones testificales que comenzaron el 24.11.2017 continuando durante el año 2018. El 27 de marzo de 2019 se presentó el correspondiente escrito de acusación del Ministerio Fiscal por delitos de tráfico de influencias, prevaricación y fraude.

– Diligencias Previas 4139/2014 del Juzgado de Instrucción n.º 8 de Valencia.

Con origen en una querella interpuesta por el Ministerio Fiscal en diciembre de 2014 tras la tramitación de las oportunas Diligencias de Investigación, se trata del primer procedimiento por el posible amaño de un encuentro deportivo en España, en concreto el celebrado el 21.05.2011 en el estadio de fútbol Ciudad de Valencia entre el Levante UD y el Real Zaragoza.

Tras la instrucción, la juez acordó el sobreseimiento provisional por auto de 31.07.2017. Presentado por el fiscal el oportuno recurso de apelación contra el auto, la Audiencia de Valencia lo estimó el 25.01.2018 ordenando la continuación por los trámites del procedimiento abreviado. La acusación, por un delito de corrupción deportiva del art. 286 bis.4 CP, se presentó el 9 de febrero de 2018, habiéndose acordado por el Juzgado Penal 7 de Valencia las sesiones de juicio oral, que se iniciaron el 3 de septiembre de 2019.

Se ha dictado sentencia condenatoria para dos directivos del Real Zaragoza por un delito de falsedad documental y absolutoria para los jugadores y el club como persona jurídica acusada por corrupción deportiva. Esta sentencia, está recurrida en apelación por el fiscal, la acusación popular y la acusación particular del Deportivo de La Coruña que se han adherido al recurso de la Fiscalía y han recurrido en apelación los dos condenados. Admitido el recurso, en la actualidad está pendiente de resolución.

– Diligencias Previas 1105/2018 del Juzgado de Instrucción n.º 21 de Valencia.

En el mes de octubre de 2019 se presentó escrito de conclusiones provisionales por un delito continuado de malversación y otro de prevaricación. Es este el primer procedimiento en el que se investiga la compra de arte por un museo público, el Instituto Valenciano de Arte Moderno, que adquiere reproducciones póstumas fundidas por su heredero como si fueran esculturas originales de artista Gerardo Rueda. Se deberá dilucidar la existencia de un sobreprecio en la adquisición, con perjuicio de más de 3 millones de euros para el patrimonio público.

– Diligencias Previas 2677/2008 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Palma de Mallorca («Palma-Arena» / «Operación Espada»).

Se persiguen delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, cohecho, falsedad documental y negociaciones prohibidas a funcionarios.

Esta causa se encuentra dividida en 28 piezas. De ellas, 10 ya habían sido juzgadas y dictadas sentencias condenatorias (piezas 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 25 y 26); en 11 piezas, las designadas como números 1, 5, 15, 18 a 24 y 28, se ha acordado el sobreseimiento provisional. Restan en tramitación 7 piezas separadas que se encuentran en distintas fases.

En la pieza 3, se dictó sentencia parcialmente condenatoria el 25.10.2017, habiéndose interpuesto recurso de casación por el Ministerio Fiscal, en fecha 31 de enero de 2018. La STS 311/2019, de 14 de junio, estima el recurso y condena por un delito de tráfico de influencias, con la atenuante de dilaciones indebidas, manteniendo el resto de pronunciamientos de la sentencia de instancia.

En las piezas 8, «Consorcio Velódromo», 9, «Contratación GR1 SL», 10, 11, «Maqueta GR1 SL», 13 y 14 «Patrocinio Camp. Ciclismo», se han dictado las correspondientes sentencias condenatorias. En las piezas 16 y 17, abiertas en relación con el fraccionamiento irregular de contratos públicos y comisiones de una empresa de publicidad, se celebró el juicio el 15 de noviembre de 2019, con sentencia condenatoria de conformidad para los acusados por delitos de prevaricación y cohecho.

En la pieza 25, «caso NOOS», tras la celebración del juicio oral, fue dictada sentencia condenatoria por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en fecha 17.02.2017 contra la que se interpuso recurso de casación resuelto por sentencia del Tribunal Supremo de 8 de junio de 2018, confirmando parcialmente la sentencia de instancia. Se incoó en junio de 2018 ejecutoria 48/18 por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. Durante 2019 continúa la ejecución.

La pieza 27, «OVER», se encuentra a su vez subdividida en 3 subpiezas de adjudicaciones fraudulentas de contratos públicos. Tras la formalización de la acusación, y elevadas a la Audiencia Provincial para enjuiciamiento, se ha procedido a la celebración de juicio oral, que concluyó en marzo de 2019 con sentencia condenatoria, que ha sido recurrida en casación.

Finalmente, la pieza principal, como consecuencia de la fragmentación en piezas, ha quedado sin objeto y ya en enero de 2020 se dictó auto de sobreseimiento provisional. Ya no queda ninguna pieza abierta.

– Diligencias Previas 2579/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Palma de Mallorca («Son Espases»).

Este procedimiento se inició en virtud de querella interpuesta por el Ministerio Fiscal ante los Juzgados de Instrucción de Palma de Mallorca, concluyendo las Diligencias de Investigación 31/2014.

La querella se interpuso por presuntos delitos de falsedad documental por funcionario público, un delito continuado de prevaricación y un delito de fraude a la administración pública. Los hechos se refieren a la perversión de los procedimientos administrativos de contratación pública que alcanzó su máximo exponente en el concurso para la construcción de explotación y mantenimiento del Hospital Son Espases.

Durante el año 2017 se acordó la continuación de las diligencias previas por los trámites del procedimiento abreviado, procediéndose por el juzgado a la apertura del juicio oral y habiendo formulado el Ministerio Fiscal escrito de acusación en febrero de 2018. Se celebró el juicio oral en junio del 2019 y se dictó sentencia condenatoria, pendiente de casación ante el Tribunal Supremo.

– Diligencias Previas 2028/2011 (pieza separada n.º 6) del Juzgado de Instrucción n.º 9 de Barcelona (ITV's Cataluña).

Se investigan posibles delitos de malversación y prevaricación, cometidos por el anterior Coordinador General de la Diputación de Barcelona y por el Secretario General del Departament de Justicia de la Generalitat.

Los hechos versan sobre adjudicaciones irregulares de contratos de asesoría externa, que no se correspondían con necesidades reales de dicho departamento. Formulado escrito de acusación con fecha 25 de agosto de 2017, las actuaciones fueron elevadas a la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona, habiéndose celebrado el juicio los días 25 a 28 de febrero de 2018. Se dictó sentencia absolutoria al entender, en esencia, que la división de contratos para evitar la tramitación del procedimiento negociado y así facilitar la adjudicación de contratos menores era una simple infracción administrativa. Por la Fiscalía se anunció el correspondiente recurso de casación por infracción de Ley, que ha sido interpuesto por la Fiscalía del Tribunal Supremo.

– Diligencias Previas 3360/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 30 de Barcelona (caso «Palau de la Música Catalana»).

El procedimiento se refiere a dos grupos de conductas principales:

– El expolio patrimonial de las entidades articuladas en torno al Palau de la Música Catalana, que son el ente público Consorci del Palau de la Musica, y los entes privados Fundació Orfeó Català y Associació Orfeó Català, por parte de los máximos responsables ejecutivos de las mismas y en beneficio particular de estos últimos y acaso también de terceros hasta el momento desconocidos.

– La financiación ilícita de un partido político, acreditada la vinculación de importantes cantidades satisfechas aparentemente como aportación al Palau por la contratista Ferrovial, con porcentajes de comisión en la adjudicación de obras públicas significativas (construcción de la Ciudad de la Justicia, línea 9 del metro de Barcelona, y algunas adjudicaciones de menor entidad).

Abierto el juicio oral con fecha de 24.07.2015 y repartido el procedimiento a la Sección 10.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, tras la celebración de la vista oral, iniciada el día 01.03.2017, recayó sentencia condenatoria de 29.12.2017.

Se interpuesto recurso de casación por el Ministerio Fiscal con fecha 10 de mayo de 2018, por infracción de Ley e infracción de precepto constitucional, pendiente de resolución durante 2019.

– Diligencias Previas 4693/2012 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Málaga.

Se investigan irregularidades detectadas en diversas obras del puerto de Málaga entre los años 2000 y 2009 financiadas básicamente con fondos procedentes de la Unión Europea.

Con fecha 20.07.2016 el Ministerio Fiscal presentó el escrito de acusación correspondiente a una de las piezas en que se ha dividido la causa, registrada como Procedimiento Abreviado 41/16 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Málaga, acusando por delitos de falsedad, malversación y fraude, en relación a obras de dragado de la dársena y construcción de nuevos atraques para cruceros en el puerto de Málaga.

Fue turnado para enjuiciamiento a la Sección 3.ª de la Audiencia de Málaga, señalando el juicio para los meses de octubre de 2019 y enero de 2020; al momento de redactar estas líneas, se han celebrado doce sesiones.

En otra pieza separada del procedimiento se ha formulado acusación el 27.07.2016 por un delito continuado de falsedad en documento oficial de los arts. 390.4 y 74.1, en concurso medial con otro de malversación del art. 432.2; un delito de fraude del art. 436 y un delito continuado de falsedad en documento oficial de los arts. 390.4 y 74.1 CP relacionados con la obra conocida como «Nueva Solución Sur, Obras de Abrigo y 1.ª Fase del Muelle 9 en el Puerto de Málaga», consistente en la construcción de dos grandes diques y el muelle, con un presupuesto de casi 30.000.000 €.

Se solicitó igualmente la transformación a procedimiento abreviado por delito de malversación en cuantía superior a 4.000.000 € en concurso medial con falsedad en documento público –manipulación en proyectos modificado y de liquidación de las mediaciones de dragados y vertido de material– y así lo ha decretado el juzgado en auto de 16 de noviembre de 2019.

– Diligencias Previas 3164/2008 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Vélez-Málaga.

La causa versa sobre tramas de corrupción urbanística desarrolladas entre los años 1999 y 2008 en la comarca malagueña de La Axarquía investigadas por la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil. La instrucción ha durado cinco años con numerosas imputaciones y más de 50.000 folios de actuaciones. Se formuló acusación contra 49 personas, a los que se atribuyeron numerosos delitos de falsedad en documentos públicos y privados, prevaricación, cohecho, fraude, malversación, estafa, blanqueo, tráfico de influencias, uso de información privilegiada y actividades prohibidas.

El juicio oral, largo y complejo, con numerosas pruebas periciales comenzó el 07.11.2016 y se desarrolló en 72 sesiones hasta el 20.10.2017, formulándose conclusiones definitivas respecto a treinta y tres acusados.

Dictada sentencia 130/2018, de 5 de abril, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga. Contra la misma el fiscal preparó recurso de casación en fecha 17 de octubre de 2018, recientemente interpuesto por la Fiscalía del Tribunal Supremo.

– Diligencias Previas 3651/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Almería (Operación PONIENTE).

Tienen su origen en la denuncia presentada por el Ministerio Fiscal, dimanante de las Diligencias de Investigación n.º 110/2007 de la Fiscalía Provincial de Almería en relación con diferentes conductas vinculadas a la empresa mixta de servicios municipales de la sociedad anónima Elsur, que habrían ocasionado un importante perjuicio, valorado en más de 24 millones de euros, al Ayuntamiento de El Ejido por sobrefacturación y de decenas de millones euros a la Hacienda Pública.

La muy compleja investigación en la que se han presentado extensos informes periciales por los inspectores de la Agencia Tributaria ha concluido finalmente en 2017 con la presentación en noviembre del escrito de acusación del fiscal contra cincuenta personas, por delitos de delitos de malversación, cohecho, tráfico de influencias, contra la Hacienda Pública, falsedad en documento mercantil, prevaricación, negociaciones prohibidas a los funcionarios y blanqueo de capitales.

En el momento de redactar estas líneas, se ha suspendido el juicio oral, que dio comiendo en enero de 2020, como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria.

– Diligencias Previas 1739/2013 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife (asunto «Las Teresitas»).

Proceden de las Diligencias Previas 17/2006 de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias por delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

Durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y hasta el día 13 de diciembre de 2016 y en sesiones de mañana y tarde ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial se procedió a la celebración del juicio oral, dictándose sentencia condenatoria el 27 de abril del 2017.

Contra la sentencia dictada se interpuso recurso de casación por los condenados, desestimado por la Sala Segunda del Alto Tribunal en sentencia 163/2019, de 26 de marzo. La sentencia se encuentra en fase de ejecución.

– Diligencias Previas n.º 90/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Incoadas en fecha 3 de agosto de 2018 por el Juzgado Central de Instrucción número 5 en virtud de denuncia formulada por el fiscal por presuntos delitos de malversación, prevaricación, tráfico influencias y otros, derivada de las diligencias de Investigación 17/18 de esta Fiscalía, relacionadas con el proyecto de Campus de la Justicia en Madrid.

Los hechos que constituyen el objeto de las diligencias previas son diversas irregularidades en la contratación y pagos que llevó a cabo la sociedad Campus de la Justicia de Madrid, de capital íntegramente público. Durante todo el año 2019 se practicaron múltiples diligencias de instrucción y se alzó el secreto parcial de las actuaciones a iniciativa de la Fiscalía.

Los principales responsables de la sociedad se encuentran investigados y las diligencias previas se encuentran en trámite, pendientes de diversas diligencias.

– Diligencias Previas n.º 14/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Las Diligencias Previas 14/18 se incoaron en fecha 5 de marzo de 2018 por el Juzgado Central de Instrucción número 5, en virtud de auto de inhibición de 8 de febrero de 2018, del Juzgado de Instrucción n.º 1 de El Vendrell, dictada en sus Diligencias Previas n.º 655/16, por presuntos delitos de malversación y fraude contra la administración pública, habiéndose dictado con fecha 18 de abril de 2018 auto por el Juzgado Central de Instrucción n.º 5, aceptando la competencia para conocer de las actuaciones. A lo largo de los años 2018 y 2019 se ha sucedido la práctica de diligencias de instrucción y la apertura de nuevas líneas de investigación.

– Diligencias Previas n.º 48/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Las Diligencias Previas 48/18 se incoación en virtud de auto de inhibición del Juzgado de Instrucción n.º 1 de El Vendrell, dictada en sus Diligencias Previas 105/17 por delitos de cohecho, malversación, prevaricación, blanqueo y fraude contra las administraciones públicas, inhibición aceptada por el Juzgado en auto de 4 de junio de 2018.

La investigación tiene su origen en la presunta comisión de ilícitos contra la administración pública en conexión con delitos de blanqueo de capitales cometidos por autoridades y personas físicas y jurídicas vinculas con el Ayuntamiento de Torredembarra, en la que se pone de relieve que altos cargos de partidos políticos en relación con otros cargos públicos y funcionarios de distintas administraciones e instituciones públicas de Cataluña, pusieron en marcha una estructura para financiar ilegalmente el partido político mediante «donaciones» a fundaciones como contraprestación por la adjudicación de obra pública, en el caso de las diligencias de referencia, en infraestructuras. A lo largo del año 2019 se ha sucedido la práctica de diligencias de instrucción.

6.5.3 Relacionadas con la criminalidad organizada

– Diligencias Previas 24/2012, del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (Operación Casablanca).

Se trata de una investigación sobre crimen organizado con origen en los Juzgados de Palma de Mallorca, con relación a la organización criminal Hell's Angels.

Del contenido de las diligencias se desprende la existencia de un grupo de personas (de nacionalidad turca y alemana, en su mayoría), asentados en la isla de Mallorca y que integran una asociación criminal de carácter internacional (el «HAMC Nomads de Turquía») que operaría en principio en España, Turquía, Suiza, Alemania y, posiblemente, también Bulgaria. Dicho grupo se dedica a diferentes actividades criminales, tales como la extorsión, las amenazas, la prostitución, etc., destacando, entre ellas, la introducción en territorio nacional de los flujos económicos obtenidos en tales actividades criminales, invirtiendo ese capital en la adquisición de bienes de diferente naturaleza.

Los autos de continuación del procedimiento como abreviado se dictaron en fechas 15.09.2015, confirmado el 09.05.2016 y de fecha 21.06.2015. El 28 de diciembre de 2019, se ha presentado el escrito de acusación, pendiente de señalamiento de juicio oral.

– Diligencias Previas 89/2012, del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (asunto Polverino).

En fecha de 14.11.2012 se presentó denuncia ante el Juzgado Central n.º 6 y se incoaron las Diligencias Previas 89/12, sobre la base de la comisión rogatoria n.º 8/10 cuyo objeto era la localización y detención del líder y demás componentes de una organización de la camorra napolitana radicada en España, donde se habrían establecido en territorio español un grupo de personas encargadas de la planificación de los transportes de droga desde España a Italia, así como el blanqueo de los recursos económicos conseguidos por dicho tráfico ilícito mediante inversiones de los mismos en el sector inmobiliario español.

En fecha de 29.12.2015 se dictó el correspondiente auto de procedimiento abreviado. Presentado escrito de acusación el 14.11.2016, contra 30 personas, las actuaciones se elevaron a la Sección 3.ª Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que, recibidas el 5 de octubre de 2017, acuerda la formación de Rollo de Sala 89/12. Las actuaciones se encuentran todavía pendientes del señalamiento de juicio oral.

– Diligencias Previas 32/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 3.

Este procedimiento por organización criminal, blanqueo de capitales y otros procede de las D P 6113/14 del Juzgado de Instrucción n.º 43 de Madrid, que se inhibió al Juzgado Decano de los Centrales de Instrucción, habiendo correspondido al Juzgado Central de Instrucción n.º 3 que aceptó la competencia por auto de 22.04.2016.

Se ha formulado acusación por el Ministerio Fiscal mediante escrito de 21.04.2017 y escrito ampliatorio de 05.06.2017. Formadas piezas separadas por resolución de 10.06.2016, se acuerda en las mismas la apertura de juicio oral en la pieza 1, con fecha 13 de julio de 2018 y en la pieza 2, el 11 de julio de 2018.

En la pieza de «Aikon I» se celebró el juicio oral durante 2019, que recayó sentencia condenatoria en diciembre de 2019.

En la pieza de «Aikon II» se presentó el escrito de acusación el 8 de enero de 2018 y se celebró el juicio oral durante el 2019, dictando sentencia condenatoria el 11 de junio de 2019.

– Diligencias Previas 40/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2 (ICBC).

Este procedimiento se incoó por auto de 25.04.2016, procedente de inhibición de las Diligencias Previas 104/2016 del Juzgado de Instrucción n.º 7 de Parla, por blanqueo de capitales, organización criminal y otros. El 18.05.20016 el Juzgado Central de Instrucción n.º 2 aceptó la competencia. Durante el año 2017 se presentaron los informes periciales de la ONIF y del Banco de España, concretado de forma indiciaria las responsabilidades de los directivos del banco chino ICBC y de la persona jurídica de su matriz ICBC Luxemburgo, que fue convocada como investigada en la causa.

El circuito de blanqueo y los actos de favorecimiento, auxilio y ocultación de las ganancias ilícitas de los grupos criminales CHEQIA Y SNEAKE a través principalmente de la entidad ICBC, continúa siendo objeto de investigación en el Juzgado Central n.º 2.

Se ha presentado, el 20.3.2018, el escrito denuncia contra los directores de 10 sucursales de la entidad CAIXA, situadas Madrid, que tuvieron como clientes a las sociedades y personas físicas de SNEAKE y CHEQIA.

Durante el año 2019, se ha solicitado la incoación de procedimiento abreviado, con la próxima presentación de escrito de acusación de conformidad.

– Diligencias Previas 1178/2016 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Marbella (Operación Aguas).

Procedente de las Diligencias de Investigación 23/2014 relativas a la organización criminal de origen ruso «Solntsevo», relacionada con las operaciones «Troika» y «Majestic».

El 26.09.2017 se produjeron varias detenciones y entradas y registros, quedando cuatro detenidos en situación de prisión provisional sin fianza. Estas organizaciones están interrelacionadas y, con dinero procedente de sus actividades delictivas, han realizado fuertes inversiones en la provincia de Málaga. Han orientado sus actividades principalmente hacia los sectores de la vivienda, el ocio, el turismo y los servicios y deportes mediante la constitución de entramados empresariales de apariencia legal, lo que les permite realizar fuertes inversiones, fundamentalmente de carácter inmobiliario, con fondos de dudosa procedencia y en consecuencia blanquear el dinero procedente del crimen organizado.

En octubre de 2017 se procedió a la detención y a la práctica de entradas y registros en los domicilios de los investigados, así como al análisis de la documentación intervenida y a recibir declaración a nuevos investigados.

Se han venido practicando declaraciones a diversos testigos, interesándose por el fiscal la práctica de diversas diligencias de instrucción.

– Diligencias Previas 737/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Las Palmas de Gran Canaria.

Se dirige contra varios miembros de una familia de origen ruso cuya última residencia fue Panamá, vinculados al gobierno de Guinea Ecuatorial, seguidas por delito de blanqueo de capitales. En fecha 23.06.2016 se acordó ampliar la imputación contra los investigados por delitos contra la Hacienda Pública de los ejercicios 2010 a 2012 y blanqueo de capitales procedentes de la corrupción, malversación, cohecho, tráfico de armas, tráfico de drogas y delito fiscal.

Durante el año 2017 se practicaron diligencias de instrucción, levantándose el secreto de las actuaciones el 23.02.2017 y la declaración de instrucción compleja con fecha 11.05.2017.

La actividad procesal del Ministerio Fiscal ha consistido, durante el 2019, en impulsar la tramitación de estas diligencias previas, así como la depuración del material probatorio. En concreto, se ha instado que por la instructora se acuerde la práctica de diligencias de investigación consistentes en la expedición de dos comisiones rogatorias (Dinamarca y Ucrania), un informe policial que detalle determinados aspectos sobre la cuantía de los contratos de compraventa de armamento militar. En fecha de 11 de diciembre de 2019 tuvo lugar una reunión en Eurojust con el miembro nacional de España y con las representaciones de Lituania, Suiza, Dinamarca, Hungría y EEUU para el impulso y ejecución de las OEI y CRI pendientes de cumplimiento y la reactivación del embargo de determinados bienes inmobiliarios que los investigados adquirieron en los EEUU.

– Diligencias Previas 6697/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arona (Tenerife)

Las Diligencias Previas n.º 6697/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arona (Tenerife) se incoaron en el mes de diciembre de 2015 como consecuencia de una solicitud de investigación patrimonial deducida por la Unidad Central Especial n.º 3 de la Jefatura de Información de la Guardia Civil, sobre un entramado societario constituido en el Sur de Tenerife por un súbdito ruso y sus familiares próximos. El entramado societario creado con un carácter meramente instrumental aparecía como receptor de flujos de capital sin aparente justificación, procedentes de paraísos fiscales como Panamá y las Islas Vírgenes Británicas, detectándose que con aquellas titularidades se habían adquirido activos inmobiliarios y bienes muebles de lujo como yates y vehículos de alta gama.

En fecha 21 de octubre de 2017 se procedió a la detención de varios de los investigados, practicados registros, bloqueos de cuentas y depósitos bancarios. Durante el año 2018, por auto de 13 de junio, se alzó totalmente el secreto del procedimiento y se realizó el análisis policial de la documentación intervenida en los domiciliarios y de oficinas practicados. Actualmente, continúa la fase de instrucción.