Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 4. FISCALÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

4.5 La actividad de investigación de la criminalidad organizada y socioeconómica

4.5.1 Datos estadísticos

Falsificación moneda y tarjeta de crédito

Patrimoniales y socioeconómicos

DP

13

4.324

PA

12

S

4

0

Total

21

4.336

Cap02_Graf_Alcance2-24

4.5.2 Fraudes y delitos contra el orden socioeconómico

En el ámbito de la criminalidad socioeconómica, es oportuno reseñar que un porcentaje no desdeñable de estos hechos delictivos, incardinables en el apartado c) del art. 65.1 LOPJ son despachados directamente por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, en tanto que órgano del Ministerio Fiscal legalmente incluido en la estructura del citado tribunal y por lo tanto competente para intervenir en los procesos por delitos definidos como «defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas que tengan grave repercusión para la seguridad del tráfico mercantil, o para la economía nacional, o causen un perjuicio patrimonial a una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia».

Otro porcentaje, el más significativo y quizá más mediático, es despachado por la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, bien por haber intervenido previamente en los mismos en fase de diligencias prejudiciales o de investigación, bien por haberles sido asignados expresamente por la Fiscalía General del Estado conforme dispone el art. 19.4 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Esta posible doble atribución de asuntos económicos a dos fiscalías especiales tiene su cauce de distribución en los mecanismos internos de la Fiscalía; así puede verse en la Instrucción 1/1996, de 15 de enero, sobre competencias y organización de la Fiscalía especial para la represión de los delitos económicos relacionados con la corrupción.

Los procedimientos penales incoados y tramitados por delitos de estafa, apropiación indebida, alzamiento de bienes, contra la propiedad intelectual e industrial, delitos societarios, blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública, y otros de naturaleza económica en cuyo despacho está interviniendo la Fiscalía de la Audiencia Nacional son un total de 4336 DP (se incluye aquí IDental), representando aproximadamente el 83,13 % de las existentes, lo que da una idea exacta de los asuntos que se tramitan en esta Fiscalía.

Para hacerse una idea de su importancia basta con nombrar algunos de esos asuntos económicos: «IDental», «Petromiralles», «Publiolimpia», «Volkswagen», «Fitonovo», «Operación Madeja», entre otros; todos ellos delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, tipos penales que encajan en el concepto «defraudación» del art. 65.1.c) LOPJ. Como ya se adelantó, los tres primeros son de tal complejidad que van a requerir tratamientos individualizados y refuerzos en las vistas orales.

Además de en otros foros especializados, la Fiscalía está presente en las reuniones periódicas de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA).

Asuntos más relevantes en tramitación

P. A. n.º 33/13 Jdo. Central n.º6 (asunto Petromiralles)

Por escrito de fecha 23 de enero de 2019 el Ministerio Fiscal presentó sus conclusiones provisionales contra 26 personas físicas y 13 personas jurídicas.

En la extensa causa se investigó la existencia de delitos contra la Hacienda Pública, en la modalidad de defraudación de IVA en los ejercicios fiscales de 2011 y 2012, (cuantificándose inicialmente un fraude de 147.145.775,74 €,) a través de una organización estructurada para mantener un sistema de continuo fraude, mediante la utilización de sociedades instrumentales y personas interpuestas en el ámbito de la comercialización de hidrocarburos importados a través de lo que se conoce como depósitos fiscales, donde se compra al por mayor la mercancía (gasolina-gasóleo), abonando los impuestos especiales que la gravan, pero no el IVA, al estar exenta dicha compra de su pago, de tal manera que el IVA debe de ser repercutido cuando el mayorista vende el producto a las diferentes gasolineras; entonces se interpone fraudulentamente una sociedad que aparece como vendedora de la gasolina a las estaciones de servicio, la cual, a la hora de presentar las declaraciones de IVA, manifestará haber soportado una gran cantidad de dicho impuesto, resultando una cantidad ínfima a ingresar, dejando de operar de forma inmediata, de tal modo que, como sus administradores son testaferros o personas de escasa solvencia, la AEAT verá frustrada su expectativa de cobro y así los operadores que dominan la sociedad interpuesta y beneficiarios últimos del fraude (en este caso el grupo Petromiralles) pueden ofertar su producto a un precio sensiblemente menor.

Asimismo, la investigación policial y judicial desarrollada puso de manifiesto el uso de diferentes vías de blanqueo de las cantidades obtenidas con el ilícito actuar antes descrito.

Asunto FITONOVO, Diligencias Previas 74/2015 Jdo. Central n.º 5

El procedimiento se refiere al presunto fraude cometido a través de la sociedad FITONOVO, que conforme al escrito de acusación formulado realizó una actividad planificada dirigida a adjudicarse por medios fraudulentos contratos públicos. Con este propósito, la dirección de FITONOVO SL creó una infraestructura tanto operativa como contable destinada a obtener contratos públicos irregulares, habilitando la estructura comercial de la empresa para conformar una red de contactos con funcionarios corruptos que les facilitaban dicha contratación, y creando una contabilidad paralela que se nutría de facturación falsa para, entre otros fines, financiar el pago de sobornos a funcionarios públicos. Existen 7 piezas en las que se ha formulado escrito de acusación individualizando en cada caso la acusación respecto a la comisión de delitos de cohecho activo y pasivo, prevaricación y tráfico de influencias.

PUBLIOLIMPIA, Diligencias Previas 61/2017 Jdo. Central n.º 6

Se trata de la investigación referente a una estafa piramidal cometida por los responsables de la sociedad PUBLIOLIMPIA referente a la captación de fondos, la mayor parte de las veces a través de préstamos participativos, para la presunta financiación de campañas publicitarias, prometiéndose una elevada remuneración, sin que las campañas publicitarias fueran realizadas por la sociedad antes citada. En un principio se calculó por los Mossos d´Escuadra un fraude que afectaría a 1.251 víctimas en todo el territorio nacional y más de 250 millones de euros, cifrando en 18 el número de entidades y colaboradores que intermediaron en la comisión del fraude. La instrucción se desarrolla para el esclarecimiento de los hechos, debiendo hacerse una especial referencia al papel jugado por las entidades intermediarias.

IDental DP 70/2018, Jdo. Central n.º 5

La causa se inicia por denuncia de 38 perjudicados presentada el 10 de junio 2018 por los delitos de administración fraudulenta, estafa, apropiación indebida, falsedad documental, lesiones y contra la salud pública contra La entidad IDental Asistencia Dental Social, Andalucía Dental Proyectos Odontológicos, S.L.», Dental Global Management, S.L., Weston Hill Capital, Proyecto Odontológico Almería, S.L. y su representante legal, siendo su administrador Dental Global Management, S.L., y a sus administradores y apoderados.

Los denunciantes describen las irregularidades en la aplicación de los tratamientos contratados con las entidades denunciadas y principalmente el incumplimiento sistemático de los plazos y de los propios tratamientos.

El 3 de agosto del 2018 se practican entradas y registros en las 27 sedes de las clínicas del Grupo IDental a fin recuperar y salvaguardar las historias clínicas de los pacientes e intervenir la documentación interesante para la investigación. Además, se practica registro en la sede de la sociedad Weston Hill Capital, S.L.

El 10-10-2018 se procedió a la detención de diez investigados. La actuación judicial estuvo motivada por el riesgo de que Instituts Odontologics Associats, S. L. se declarase en concurso voluntario de acreedores a fin de obligar a la entidad ARES a aceptar una quita del importe del crédito concedido. La declaración de concurso podría haber provocado una situación similar a la sufrida por los pacientes de las clínicas IDental. Posteriormente se acordó la administración judicial de la sociedad, nombrándose administrador a una consultora. En esa misma fecha se practicaron entradas y registros en seis domicilios de los investigados.

En fecha 10-1-2019 se procede a la detención de 14 investigados y se practican cuatro entradas y registros.

Desde el inicio de la investigación se detectó la necesidad de solicitar el auxilio de las autoridades sanitarias para que colaborasen en la administración de las historias clínicas que habían quedado abandonadas tras el cierre de las clínicas. Con la finalidad de agilizar los reconocimientos médicos de los perjudicados y filtrar los casos de mala praxis para su posterior investigación, el juzgado ha procedido a la apertura de piezas denominadas PS por perjudicados o grupos de perjudicados y Piezas PS Víctimas (pieza individual por cada víctima) desde las que se enviarán exhortos con notificaciones en los domicilios de los perjudicados que han presentado denuncias ante órganos policiales, fiscalías y juzgados a fin de que acudan a los odontólogos de los Servicios de Sanidad y les cumplimenten el protocolo de valoración de las lesiones sufridas elaborado con la colaboración de la Clínica forense de la Audiencia Nacional.

Estos informes médicos servirán de filtro para el posterior examen por los médicos forenses del partido judicial del domicilio del lesionado.

El procedimiento, como se ha señalado, supone la apertura de una pieza por cada reclamación colectiva o individual presentada ante un órgano policial, judicial o fiscalía. En segundo lugar, se ha procedido a la apertura de una pieza separada por cada lesionado donde se analizará si las lesiones sufridas presentan indicios de mala praxis.

En la actualidad se está a la espera de la práctica de múltiples diligencias de investigación solicitadas por el fiscal.

4.5.3 Crimen organizado, falsificación de moneda y de tarjetas de crédito

En el ámbito de la criminalidad organizada internacional debemos reconocer que las recientes reformas legales, tanto de la LOPJ al constreñir la competencia de la Audiencia Nacional para los delitos de falsificación de moneda y de tarjetas de crédito a los que se cometen por organizaciones o grupos criminales, como del Código Penal mediante la tipificación de los delitos de organización y grupo criminal, han reconducido el trabajo de este órgano central de la administración de justicia vinculándolo esencialmente con el hecho delictivo organizado y han facilitado la investigación de delitos cuya comisión se gesta en el extranjero pero que producen sus efectos con relevancia penal en España, como es el caso de los relacionados con la trata de seres humanos previsto por el art. 177 bis, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros (favorecimiento de la inmigración clandestina) de los arts. 313 y art. 318 bis, los relativos a la prostitución de los arts. 187 a 189, contra el orden público (organización y grupo criminal) de los arts. 570 bis y 570 ter y de blanqueo de capitales de los arts. 301 y 302 CP.

Dada su importancia y trascendencia en el orden socioeconómico, no solo español si no también comunitario, es necesario hacer una mención especial y pormenorizada a los delitos relativos a la falsificación de moneda y tarjetas de crédito.

A) Detenidos:

El número de personas detenidas por la BIBE en colaboración con diferentes unidades policiales de carácter internacional, nacional y autonómico, durante el pasado año asciende a 75 de los que 42 son de nacionalidad española y 33 extranjeros. Habiéndose producido 57 detenciones en España y 18 fuera de nuestras fronteras.

Nacionalidad:

Cap02_Graf_Alcance2-25

Lugar de detención:

Cap02_Graf_Alcance2-26

Evolución de esta actividad:

Evolución del número de billetes falsos en circulación.

Durante los últimos doce meses se han intervenido unas cantidades bastantes similares de billetes falsos con respecto a los últimos cinco años. Desde el 2014, solo en 2018 se intervinieron menos billetes que en 2019.

Distribución por denominaciones.

En España la falsificación del billete de 50 euros concentró la mayor parte de las falsificaciones detectadas durante 2019, situándose a continuación el de 20 euros y después el de 10 euros. De las restantes denominaciones, las cantidades no fueron significativas en comparación a las anteriores.

Área geográfica de las falsificaciones.

La mayor parte de las falsificaciones detectadas en España se concentraron en siete provincias: Barcelona, Madrid, Sevilla, Málaga, Valencia, Bilbao y Alicante.

Problemática actual de la falsificación en España.

Falsificaciones que tienen su origen en nuestro país.

Las falsificaciones que predominan, con posible origen español, son de poca calidad y de un bajo número de billetes incautados. El método empleado en este tipo de falsificaciones es el de más sencillo manejo, es decir, la cadena gráfica (escáner y ordenador). Las falsificaciones catalogadas como nacionales, son por lo general producidas y distribuidas por personas de nacionalidad española.

El método de distribución más común es el del «goteo», que consiste en introducir la moneda falsa en el circuito financiero en pequeñas cantidades, mediante la compra de mercancías en establecimientos comerciales. La moneda falsa es adquirida a los intermediarios por parte de grupos inconexos que desarrollan su actividad en distintos lugares del territorio nacional, sin vínculos, por lo general, con el centro de producción.

Falsificaciones que tienen su origen fuera de España.

Las falsificaciones que tiene como origen Italia (Grupo Nápoles), son las que tienen una mayor incidencia en España y en el resto de países de la UE. Las organizaciones delictivas que producen estas falsificaciones vienen empleando para su introducción y distribución en los diferentes países de la UE a personas originarias de países del este de Europa, subsaharianos y del norte de África.

Respecto de las falsificaciones con origen en países europeos del este, han bajado en cuanto a número de billetes incautados, fundamentalmente los de origen búlgaro. La introducción de estas falsificaciones se lleva a cabo mediante el transporte de la moneda falsa por personas de esa nacionalidad, utilizando las líneas clandestinas de autobuses que efectúan el recorrido desde ese país hasta el nuestro, donde es recibida por miembros de la organización para posteriormente ser distribuida valiéndose de sus actividades en el campo de la delincuencia relacionada con la prostitución, tráfico de estupefacientes y robo de vehículos de gran cilindrada.

En los últimos tiempos, se viene observando un aumento de la distribución de moneda falsa a través de la llamada «Dark net» o red profunda, dificultando a los investigadores la identificación de los vendedores y compradores de moneda falsa.

Falsificación de la moneda metálica euro.

En cuanto a la falsificación de moneda metálica, España es uno de los países europeos en donde se detectan más monedas metálicas falsas, fundamentalmente de dos euros y un euro cuyo presunto origen sería China.

Divisa extranjera.

Las divisas extranjeras falsas que más se han detectado a lo largo de 2019 han sido el dólar americano y la libra esterlina, si bien en cantidades muy bajas en comparación al euro y similares a las que se detectaron en 2018.

Falsificación de tarjetas de crédito.

La falsificación de tarjetas en nuestro país consiste principalmente en las siguientes actividades:

1. Copiar o clonar físicamente la tarjeta de entidades bancarias españolas, mediante la manipulación de cajeros automáticos, para posteriormente utilizarla en países donde no está implantada la tecnología chip.

2. Uso fraudulento de tarjetas bancarias extranjeras en España para realizar compras en comercios conniventes. Es común que las tarjetas extranjeras tengan procedencia asiática (principalmente China), americana (EE. UU, Rep. Dominicana, Colombia, Venezuela) y europea.

Debido al carácter transnacional de estos delitos, el fin pretendido de los autores es doble: por un lado, retrasar la reacción del perjudicado y de la entidad bancaria emisora y por otro entorpecer la acción policial, dificultando ser detectados, identificados y perseguidos.

Los grupos criminales especializados en estos ilícitos suelen ser grupos con diferentes niveles de estructura y reparto de tareas muy específicas.

En relación a los delitos de falsificación, distribución y tenencia de moneda falsa y de tarjetas de crédito, se ha detectado un aumento de la comercialización de las mismas en Internet, especialmente en la Darknet, así como su empleo para adquisición de útiles y elementos necesarios para llevar a cabo la posterior falsificación. Son grupos criminales que destacan por su alta especialización y sofisticación. La distribución y penetración de la moneda falsa en España se realiza mediante los diferentes pasadores y a través de empresas de paquetería.

Asuntos más relevantes en tramitación

D. P. 92/2017 JCI n.º 5

Organización criminal dedicada a la comisión de numerosos delitos de estafa a través del hackeo de cuentas de correo y bancarias logrando trasferencias fraudulentas de diversos organismos públicos y particulares a través de falseamiento de anuncios en las páginas de conocidas empresas de servicios, etc. Por el momento han prestado declaraciones como investigadas 44 personas. El fraude asciende a varios millones euros. Se han identificado 706 víctimas particulares y 74 organismos públicos. Se ha celebrado el Juicio Oral estando pendiente de sentencia.

D. P. n.º 100/2016 del Jdo. Central n.º 4

Seguidas por presuntos delitos de falsificación de tarjetas bancarias, falsificación de documentos, blanqueo de capitales y delito de estafa de elevada cuantía, cometidos por organización criminal. Se inició por el Juzgado de Instrucción n.º 1 de San Fernando, Cádiz, Diligencias Previas n.º 1095/15, cuya inhibición se aceptó.

El Juzgado Central de Instrucción n.º 4 dictó auto de apertura del juicio oral contra veinte acusados el 18 de febrero de 2019.

D. P. n.º 58/17 del Jdo. Central n.º 1

Estas diligencias previas se incoaron mediante auto de 27/06/17. A partir de la comunicación de las autoridades belgas a la Brigada Central de Seguridad Informática de Cuerpo Nacional de Policía se tiene conocimiento de la existencia de una organización dedicada a la extracción fraudulenta de dinero en entidades bancarias en distintos países. Los responsables entran en el sistema informático de los bancos, controlando cuentas bancarias y los cajeros automáticos de forma remota. Posteriormente, coordinados, extraen dinero en estos cajeros, utilizando a personas provistas de tarjetas (las denominadas «mulas»). Está acreditada la extracción de importantes sumas en entidades de Kazajstán, Rusia, Azerbaiyán, Taiwán, Tailandia, Bielorrusia, Rumanía, Kirguistán. El responsable de la parte técnica de la organización residía en España. Se han enviado comisiones rogatorias a Estados Unidos, Taiwán, Finlandia, Reino Unido y Alemania. Se autorizó la intervención de comunicaciones telefónicas y se solicitaron datos al Fichero de Titularidades Financieras, TGSS, AET y entidades bancarias.

Con fecha 6 de marzo de 2018 se procedió a la detención de los investigados. Fue autorizada la entrada y registro de su domicilio y la intervención y el acceso a los dispositivos electrónicos que poseían.

A través de la delegación de España en Eurojust se pusieron los hechos en conocimiento de las autoridades de los países en los que se habían producido ataques informáticos, con la finalidad de examinar el estado de las comisiones rogatorias enviadas, determinar la existencia de procedimientos sobre los mismos hechos y personas en estos países y ofrecer colaboración. Se celebró reunión de coordinación el 11 de junio de 2018.

Se encuentra pendiente de recibir comisiones rogatorias enviadas y de informes periciales sobre dispositivos intervenidos.

D. P. n.º 18/18 del Jdo. Central n.º 6

El 18/09/15 la representante legal de los Servicios Financieros de una distribuidora de alimentos presentó denuncia ante Guardia Civil, UCO, Grupo de Delitos Telemáticos, alegando que mediante el uso fraudulento de tarjetas de esa entidad se habían realizado cargos por un importe de 10.448'13 €. El método utilizado sería la obtención del uso de credenciales de tarjetas mediante el envío de correos electrónicos a sus clientes, método denominado «phising». El atestado elaborado motivó la incoación de las Diligencias Previas n.º 413/16 en el Juzgado de Instrucción n.º 2 de Castellón de la Plana. El Juzgado acordó la inhibición en favor de los Juzgados Centrales. Se acordó la intervención de las comunicaciones que los investigados realizasen a través de sus terminales.

Analizando la documentación aportada por la denunciante se determina que en las operaciones se han utilizado tarjetas de trece países, Suecia, Suiza, Corea, Alemania, Noruega, Emiratos Árabes, Austria, Reino Unido, Francia, Colombia, Japón, Luxemburgo y Estados Unidos. El dinero obtenido ha sido transferido a veinticuatro cuentas corrientes de varios titulares. Mediante cooperación policial se han comunicado los fraudes enumerados en el párrafo anterior, habiéndose contestado por algunos la necesidad de comisión rogatoria para proporcionar los datos. Las empresas titulares de los terminales de venta no desarrollaban ninguna actividad, habiéndose constituido con la única finalidad de obtener el uso de la terminal.

El grupo actuaba de forma coordinada, era dirigido por dos personas que distribuían el trabajo que hacían los restantes miembros del grupo. Aquellos residían en Rumanía y se desplazaban periódicamente a España para realizar las operaciones fraudulentas y recoger las ganancias obtenidas.