Capítulo I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 7. SECRETARÍA TÉCNICA

7. SECRETARÍA TÉCNICA

El art. 13.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (en adelante, EOMF) establece que la Secretaría Técnica forma parte de la Fiscalía General del Estado que dirige el/la Fiscal General del Estado, junto con la Inspección Fiscal, la Unidad de Apoyo y los Fiscales de Sala que se determinen en plantilla.

El mismo precepto se refiere en su apartado tercero a su composición, indicando que será dirigida por un Fiscal Jefe y estará integrada por un Teniente Fiscal y los fiscales que se determinen en plantilla, y a sus funciones, atribuyéndole la realización de los «trabajos preparatorios que se les encomienden en aquellas materias en las que corresponda a la Junta de Fiscales de Sala asistir al Fiscal General del Estado, así como cuantos otros estudios, investigaciones e informes estime este procedente», la colaboración en la «planificación de la formación de los miembros de la carrera fiscal cuya competencia corresponde al Centro de Estudios Jurídicos» y «las funciones que las Leyes atribuyan al Ministerio Fiscal en materia de cooperación judicial internacional, en el marco de las directrices de política exterior emanadas del Gobierno».

A lo largo del año 2019, la Secretaría Técnica ha desplegado un amplio apoyo a la labor institucional de la Fiscal General del Estado y de asesoramiento técnico-jurídico en las más diversas materias.

Así, se han contabilizado un total de 597 expedientes, que incluyen la revisión de 261 solicitudes de prórroga de diligencias de investigación y el estudio de 78 daciones de cuenta de asuntos de especial importancia o transcendencia.

Por su especial entidad, resulta de interés sintetizar las siguientes acciones desarrolladas: