Atrás El CGPJ considera por mayoría que Dolores Delgado reúne los requisitos legales para ser nombrada Fiscal General del Estado

17 de enero de 2020

El CGPJ considera por mayoría que Dolores Delgado reúne los requisitos legales para ser nombrada Fiscal General del Estado

El Pleno del órgano de gobierno de los jueces ha cumplido así el trámite previsto en el artículo 124.4 de la Constitución

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha considerado por 12 votos a 7 que la fiscal de la Audiencia Nacional y ex ministra de Justicia Dolores Delgado García reúne los requisitos legales exigidos para ser nombrada Fiscal General del Estado, cargo para el que fue propuesta el pasado martes por el Consejo de Ministros.

El órgano de gobierno de los jueces ha cumplido así el trámite de audiencia establecido en los artículos 124.4 de la Constitución Española y 560.4 y 599.1.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El artículo 29.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) establece que el fiscal general del Estado será nombrado por el rey, a propuesta del Gobierno, oído previamente el Consejo General del Poder Judicial, eligiéndolo entre juristas de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio efectivo de su profesión.

Dolores Delgado se licenció en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid y tiene acreditados más de 28 años de servicios prestados en la Carrera Fiscal, desde su ingreso en febrero de 1990 hasta su nombramiento como ministra de Justicia en julio de 2018.

Su primer destino fue la Fiscalía de la Audiencia Territorial de Barcelona, donde permaneció hasta 1993, fecha en la que fue destinada a la Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas.

Entre abril de 2004 y septiembre de 2005 estuvo destacada temporalmente en la Fiscalía de la Audiencia Nacional y de junio a diciembre de 2006 en la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado. En enero de 2007 pasó a ocupar plaza en la Fiscalía de la Audiencia Nacional, donde ejerció sus funciones hasta que fue nombrada ministra.

Cumplido este trámite, y siguiendo lo previsto por el art. 29.1 del EOMF, “el Gobierno comunicará su propuesta al Congreso de los Diputados, a fin de que pueda disponer la comparecencia de la persona elegida ante la Comisión correspondiente de la Cámara, en los términos que prevea su reglamento a los efectos de que se puedan valorar los méritos e idoneidad del candidato propuesto”.

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