Capítulo IV. ÓRGANOS TERRITORIALES DEL MINISTERIO FISCAL - 2. ÁREA CIVIL

2.6 Protección y defensa de las personas mayores

La aplicación de la Circular 2/2017, de 6 de julio, sobre el ingreso no voluntario urgente por razón de trastorno psíquico en centros residenciales para personas mayores ha sido uno de los principales retos de las secciones de protección de personas con discapacidad.

La generalización en los centros residenciales de la solicitud de autorización judicial respecto de personas internadas que no puedan decidir por sí mismas, acudiendo al procedimiento de urgencia del art. 763 LEC es ya una realidad en muchas provincias (Secciones de Cáceres y Pontevedra).

En su Memoria, la Fiscalía de Sevilla hace una extensa exposición de las vicisitudes que ha conllevado defender esta doctrina, habiendo llegado a interponer más de doscientos recursos. Se ha indicado a la Delegación Provincial competente para que requieran a los centros residenciales en orden a no admitir a personas con trastorno psíquico sin autorización judicial previa, salvo supuestos que se señalen como de urgencia por el médico. Considera urgente un abordaje legislativo de esta materia en la que se distingan los ingresos psiquiátricos de los ingresos socio-sanitarios o asistenciales.

Se plantean, además, nuevos desafíos. En este sentido expone la Sección Civil de la Fiscalía Provincial de Zaragoza que un auténtico problema social se plantea en relación a los mayores que viven solos. Los datos del INE son demoledores. Es preciso mejorar notablemente la asistencia social de todas las personas discapacitadas que viven en soledad. Por ello, quizás habría que cambiar y corregir parcialmente el foco de atención de los ingresos en centros residenciales al problema de la vida en soledad de mayores y discapaces.

En este sentido, la Sección Civil de la Fiscalía Provincial de Teruel expone cómo el Instituto de Medicina Legal ha manifestado una clara preocupación por el incremento de hallazgo de personas que vivían solas y que han fallecido en su domicilio sin que nadie se enterara. Concretamente en Teruel han fallecido trece. Los recursos sociales deben de estar atentos con estas personas y solicitar su internamiento o incapacidad cuando estimen que es lo mejor para proteger a estas personas de una probable muerte.

La Sección Civil de la Fiscalía Provincial de Zamora detecta el incremento de situaciones en las que se encuentran las personas de edad muy avanzada, que no sufriendo una enfermedad que implique la intervención para modificar parcial o totalmente su capacidad, si se hallan en situación de riesgo por la soledad y desamparo en el que se encuentran, al carecer de familiares directos o personas de confianza que velen por ellos y sus intereses, lamentando no contar con un sistema legal de apoyos, fuera de las figuras previstas en el Código Civil.