Capítulo III. FISCALES COORDINADORES Y DELEGADOS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 9. PROTECCIÓN Y TUTELA DE LAS VÍCTIMAS...

9. PROTECCIÓN Y TUTELA DE LAS VÍCTIMAS EN EL PROCESO PENAL

Un año más se deja constancia en esta Memoria de la actividad desarrollada en uno de los ámbitos de actuación más sociales del Ministerio Fiscal.

El año pasado ya se destacaba la necesidad de adaptación de la Fiscalía al nuevo marco legal creado con la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del delito, mediante lo que hemos denominado «desmontaje» de nuestras «oficinas», ya que donde éstas existían, se han ido reintegrando a las oficinas de atención a las víctimas dependientes de la administración.

Esta nueva situación ha motivado, como ya se informó a los Fiscales Delegados, la modificación de las reuniones anuales con los mismos. La visión panorámica de las distintas realidades de las Oficinas de Atención a las Víctimas precisa de la celebración de reuniones por Comunidades –o agrupaciones de ellas– en supuestos concretos. Con ello se persigue potenciar las iniciativas de los Fiscales Jefes Provinciales y de los Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, pues a ellos corresponde en gran medida impulsar la efectiva implantación de las oficinas, bien por parte del Ministerio de Justicia, bien por las correspondientes Consejerías en el caso de las Comunidades Autónomas que han asumido las transferencias en materia de Administración de Justicia.

Este nuevo planteamiento pretende aproximar la formación de los profesionales a su realidad concreta, al tiempo que servirá de impulso para el funcionamiento de las Oficinas y, sin duda, constituirá una oportunidad para dar a conocer a los ciudadanos su existencia, ya que este tipo de actividades territoriales tienen una gran repercusión en la sociedad.

Así, en la primera quincena del mes de junio de 2018 se celebraron las primeras jornadas en Granada, bajo este nuevo formato. La Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribió un convenio de colaboración con la Consejería de Justicia e Interior de Andalucía para coordinar la ejecución del Estatuto de la Víctima. Transcurridos varios meses desde su aprobación, las reflexiones sobre su nivel de cumplimiento, dificultades, matizaciones y sugerencias sobre su puesta en práctica servirán, sin duda, para su «exportación», quizá como documento básico a adoptar en otras Comunidades Autónomas.