Capítulo III. FISCALES COORDINADORES Y DELEGADOS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 8. CRIMINALIDAD INFORMÁTICA

8.3 Estructura y funcionamiento del área de especialización

La complejidad de los delitos objeto de este área de especialización, que desde un punto de vista técnico jurídico requieren de interpretaciones avanzadas de los preceptos sustantivos y procesales, así como su transversalidad y las evidentes dificultades que conlleva su investigación, hacen que la labor de asesoramiento de los delegados a los restantes Fiscales de las plantillas territoriales sea cada vez más necesaria, o bien que los propios delegados y/o los miembros de las secciones asuman íntegramente, o en buena parte, los asuntos competencia de la especialidad. Por ello el número de Fiscales integrantes de la red ha ido aumentando anualmente, pasando de los 52 iniciales –50 delegados y 2 miembros de la Unidad Central– a los 138 actuales, de los que 134 ejercen su actividad en las secciones territoriales, 1 en la Fiscalía de la Audiencia Nacional y 3 en la Unidad Central. En el ínterin se fueron articulando servicios pluripersonales en los territorios con mayor litigiosidad, con la consiguiente incorporación de nuevos efectivos, hasta que en 2016, tras la publicación de la Instrucción 1/2015 sobre algunas cuestiones en relación con las funciones de los Fiscales de Sala Coordinadores y los Fiscales de Sala Delegados, quedó definitivamente consolidada la estructura de la Red que desde entonces se mantiene con unas dimensiones numéricas estables observándose, no obstante, algún ligero incremento derivado de las necesidades concretas que se van detectando.

A esa razón responde precisamente el nombramiento, en 2018, de un Fiscal en la Fiscalía de la Audiencia Nacional como delegado de la especialidad. Aun cuando esta posibilidad no está prevista expresamente en el Estatuto Orgánico, su designación se estimó pertinente por la Excma. Sra. Fiscal General del Estado en el entendimiento de que, siendo acorde con el espíritu de dicha norma, esta nueva delegación aporta un gran valor a los efectos de mejorar la coordinación interna en la actuación de dicha Fiscalía y esta área de especialización en materias de interés común. Tal es el caso de los delitos de humillación de víctimas o enaltecimiento del terrorismo o de las acciones de captación, adoctrinamiento o financiación del mismo a través de internet, así como de determinadas defraudaciones –que precisamente por cometerse por Internet son susceptibles de encuadrarse en el 65.1 c) LOPJ–, delitos contra la Corona o Altos Organismos de la Nación cometidos a través de esos mismos medios o de pornografía ejecutados, en todo o en parte, fuera del territorio del Estado.

A su vez, y en referencia a la Unidad Central, hemos de reseñar la incorporación, en el mes de noviembre del año memorial, de la Ilma. Sra. doña Patricia Rodríguez Lastras en sustitución de la Ilma. Sra. doña Pilar Rodríguez Fernández que, tras desempeñar en la Unidad una encomiable y fructífera labor, fue designada en el mes de octubre Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Madrid.

Igualmente, en 2018 se produjeron otras modificaciones reseñables en la composición personal de la red, motivadas por razones diversas tales como cambios de destino o redistribución del trabajo en los órganos territoriales. Así ha ocurrido con la sustitución de los delegados provinciales de Zamora, Valladolid, Huesca, Illes Balears, Sevilla, Alicante, Madrid y Murcia. La circunstancia de que la plantilla de este gran equipo de trabajo sea especialmente joven incide, sin duda, en esa movilidad, pero también facilita la incorporación de nuevos miembros que vienen asumiendo con ilusión las tareas que nos corresponden y que, sin duda, aportan nuevas ideas y planteamientos y un impulso renovado en la línea de actuación que nos hemos marcado.

Sin perjuicio de dejar constancia de la efectiva consolidación de la red y de los significativos progresos en el desempeño de nuestra función, a los que hemos hecho referencia en otros apartados de esta Memoria, lamentamos hacer alusión un año más a la asimetría en la estructura, organización y funcionamiento de las secciones especializadas de los órganos provinciales. En muchas Fiscalías los integrantes de los respectivos servicios no se encuentran en condiciones de asumir la intervención en la generalidad de los procedimientos competencia de la especialidad, al igual que son también minoría, aunque su número va en aumento, los delegados provinciales que tienen asignadas funciones de «visado» o de «previsado». Asimismo, el alcance y contenido de las relaciones entre los delegados y los puntos de enlace en las áreas o en las secciones territoriales varía significativamente. Consecuencia de todo ello es la pérdida parcial de información sobre procedimientos incoados, delitos investigados, acusaciones formuladas y, en definitiva, ciertas deficiencias en el control adecuado de los asuntos, que dificultan la posibilidad de garantizar una adecuada supervisión de la actividad por parte de la Unidad Central y, por ende, la deseada uniformidad en los criterios de actuación del área de especialización. Es por ello que diversos delegados están demandando de sus respectivos Fiscales Jefes el reforzamiento de la sección, solución que, en determinados supuestos, sería sumamente deseable para paliar las deficiencias apuntadas.

Toda esta disparidad ha determinado que en las últimas Jornadas de Especialistas se valorara la conveniencia –y así se ha acordado en la primera de sus Conclusiones– de trabajar conjuntamente para articular parámetros de funcionamiento y organización, al menos de carácter básico, susceptibles de ser aplicados en todos los territorios y que puedan ser adoptados como estructura general de organización común en todos los servicios provinciales. Ello sin perjuicio de las peculiaridades derivadas de las características de cada uno de los órganos del Ministerio Fiscal. Así, por ejemplo, consideramos fundamental el establecimiento de mecanismos adecuados para asegurar que los delegados provinciales tengan acceso al menos a la copia de todos los escritos de acusación relativos a la especialidad elaborados en la Fiscalía Provincial y en las de Área, y también de las sentencias judiciales sobre delitos de nuestra competencia.

Con dicha iniciativa, orientada a mejorar nuestra estructura interna, se pretende garantizar la unidad de criterio, especialmente necesaria en una materia tan cambiante como la que es objeto del área de especialización de criminalidad informática, y afrontar de forma adecuada el incremento constante tanto en la cantidad como en la complejidad de los asuntos que, por razón de la materia, estamos asumiendo y de los que hemos dado cuenta en esta Memoria. Dicho incremento es también claramente perceptible en la Unidad Central en la que en 2018 se incoaron 378 expedientes de las diversas categorías –coordinación; supervisión de escritos de acusación, consultas formales o informales sobre cuestiones técnico jurídicas o de seguimiento de procedimientos– frente a los 317 incoados en 2017. De entre ellos, 144 fueron de seguimiento y control de asuntos en los términos previstos en la Instrucción 1/2015 de la FGE, y 11 de coordinación de investigaciones de actividades ilícitas con efectos en distintos lugares de la geografía nacional.