Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 5. FISCALÍA ESPECIAL ANTIDROGA

5.2 La actividad de la Fiscalía

5.2.1 Cambios de personal

En el año 2018, se han producido los siguientes cambios en el órgano central:

Por lo que se refiere a los Fiscales, la Ilma. Sra. Dña. Ana Mejía Gómez cesó el 1 de agosto por jubilación voluntaria; su plaza la ocupó en propiedad, tras el pertinente concurso, el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Moltó Delgado –que llevaba en comisión de servicios desde el 3 de mayo de 2017 en la vacante producida por la comisión de servicios del Ilmo. Sr. D. Ángel Bodoque Agredano en el Ministerio de Justicia–, quien tomó posesión el 1 de noviembre.

El 24 de octubre de 2018 tomó posesión el Ilmo. Sr. D. Luis Ibáñez Cuesta, tras no haber sido renovado como Fiscal Jefe de Toledo, ya que optó por quedar adscrito a esta Fiscalía. Finalmente, la Ilma. Sra. D.ª M.ª Jesús Armesto Rodríguez tomó posesión, en comisión de servicios el 23 de noviembre de 2018, cesando el pasado 30 de enero al reintegrarse el Sr. Bodoque.

Por lo que se refiere a los Fiscales Delegados, como consecuencia del traslado del Sr. Moltó a esta Fiscalía, se sacó a concurso la plaza de Fiscal Delegado en Alicante y, tras los pertinentes trámites, se designó al Ilmo. Sr. D. Guillermo Balbín Álvarez por Decreto de 26 de noviembre de 2018, publicado en el BOE del 17 de diciembre de 2018.

En estos momentos está en trámite la petición del Fiscal Provincial de Granada para la creación de una plaza de Delegado de esta Fiscalía Especial.

5.2.2 Juntas Generales de la Fiscalía Especial

Sólo pudo celebrarse una primera Junta General en Madrid, los días 9 y 10 de julio, en la que se trataron los siguientes temas:

1.º Nuevos problemas del decomiso sin sentencia.

2.º Informe sobre la Interceptación de telecomunicaciones con sistema Blackberry y periciales forenses con esos dispositivos.

3.º Métodos de blanqueo de capitales a través de criptomonedas y problemas para las entregas vigiladas de las mismas.

4.º Los Fiscales Delegados suscitaron, asimismo, una serie de cuestiones relacionadas con tres tipos de sustancias: la catinona (Khat), la Ayahuasca y el importante incremento de THC que se detecta en las plantaciones de cannabis (Barcelona) y los clubes cannábicos.

La segunda Junta fue suspendida por razones de agenda, gestión y presupuestarias.

5.2.3 Juntas del Órgano Central

El 18 de septiembre de 2018 se celebró una Junta extraordinaria para realizar una distribución provisional del papel correspondiente a una Fiscal que se encontraba de baja por enfermedad.

En todo caso, son constantes las reuniones, bien de todos los Fiscales, bien de alguno de ellos con el Fiscal Jefe, para tratar de cuestiones muy diversas, tanto de investigaciones, celebraciones de juicios y organización de la Fiscalía.

5.2.4 Propuestas de «lege ferenda»

Primera: debería redefinirse la competencia de la Audiencia Nacional en la instrucción y enjuiciamiento de los delitos de tráfico de drogas, porque la regulación vigente, circunscrita al «tráfico de drogas o estupefacientes […], siempre que sean cometidos por bandas o grupos organizados y produzcan efectos en lugares pertenecientes a distintas Audiencias», ha quedado realmente obsoleta.

La nueva regulación debería incluir al menos las investigaciones sobre grupos u organizaciones trasnacionales que sean objeto de investigación por otros países, facilitando así la centralización en la Audiencia Nacional de la cooperación judicial internacional.

Segunda: La instalación de dispositivos de escucha «ambiental» debería ser objeto de una reforma que, al igual que en otros países de nuestro entorno, no se circunscriba a los encuentros concretos que tengan los investigados, sino que se aproxime a la regulación de las intervenciones telefónicas, con un proceso de depuración de las grabaciones obtenidas.

Tercera: Aunque la instalación de dispositivos de geolocalización vía GPS ha sido clarificada por la jurisprudencia y la Circular de la Fiscalía General del Estado, sería conveniente la reforma del artículo para que excluya expresamente de la decisión judicial los casos en que no esté en juego el derecho a la intimidad de los investigados, como sucede con los contenedores de mercancías.