Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 4. FISCALÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

4.12 Coordinación para la protección y tutela de las víctimas de delitos de terrorismo

Pese a que, durante muchos años, diversas organizaciones terroristas, y fundamentalmente ETA, atentaron contra la paz social y el orden público en nuestro país y perpetraron más de 800 asesinatos, no existió hasta el año 2011 una Ley y posterior Reglamento en 2013, que reconociese y protegiese a las víctimas del terrorismo. (Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo y Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 29/2011).

Finalmente, en el año 2015, se aprobó la Ley 5/2015 de 27 de abril del Estatuto de la Víctima, no referida específicamente a las del terrorismo, sino a las de cualquiera de los delitos regulados en el Código Penal.

En relación con las víctimas de delitos en general, el Ministerio Público tiene encomendada de forma específica su protección, tanto en el artículo 3.10 del EOMF, en el artículo 24, 1.a de la Ley 4/2015 de 27 de abril sobre el Estatuto de la Víctima del delito (LEVD) y del artículo 773 de la LECrim y en la Instrucción de la FGE n.º 8/2005 de 26 de julio sobre el deber de información en la tutela y protección de las víctimas en el proceso penal.

El artículo 5 de la LEVD y con mayor detalle el artículo 27 del Real Decreto 1109/2015 de 11 de diciembre (REV), recogen la función tuitiva del Ministerio Fiscal y en relación con las víctimas del terrorismo, es la Oficinas de Asistencia a las Víctimas de la Audiencia Nacional (OAVD), sita en Madrid, la encargada de facilitarles a aquellas información diversa, como datos sobre el procedimiento y la situación procesal en la que se encuentra, autoridad Fiscal o Judicial encargada de la tramitación del procedimiento y cauces para comunicarse con ella, siendo en la mayor parte de las ocasiones dicha oficina la que contacta a tal fin con la Fiscalía.

Por ese motivo, con frecuencia las víctimas del terrorismo, a través de la OAVD o de las diversas asociaciones (AVT, COVITE, DIGNIDAD y JUSTICIA, ACAVITE, etc.) solicitan acudir a la Fiscalía para plantear distintas cuestiones, tanto referidas a la situación procesal del procedimiento o a las resoluciones dictadas, como a asuntos administrativos relacionados con competencias correspondientes al Ministerio del Interior y en concreto a la Dirección General de Víctimas del Terrorismo, organismo al que posteriormente se traslada la cuestión, planteando otras veces problemas que no guardan relación con los anteriores, pero que deben ser atendidos, no solo por la función tuitiva del Ministerio Público, sino por razones humanitarias.

Se han mantenido en la sede de la Audiencia Nacional diversas reuniones con las funcionarias de la Oficina de Víctimas, con representantes de diversas Asociaciones de Víctimas, con miembros del Parlamento Europeo y con la Directora General para la Protección de Víctimas del Ministerio del Interior, con el fin de coordinar el trabajo conjunto o intentar dar solución a los problemas que van surgiendo.

Se ha recibido en la sede de la Fiscalía la visita de 19 víctimas de atentados. Las cuestiones que se han planteado, tanto en la visitas como en los informes, son de diversa índole: la mayoría solicitaron información sobre la situación en la que se encuentran los procedimientos que están sobreseídos provisionalmente o ya archivados y el motivo de dicha resolución, demandando conocer las actuaciones practicadas en aquellos sumarios relativos a atentados cometidos por miembros de la organización terrorista ETA, en los que no se ha podido juzgar a los presuntos autores bien por desconocerse su identidad, bien por falta de indicios suficientes o por ignorarse su paradero.

A lo largo del año 2018 se han emitido 15 informes a petición de la Dirección General de Protección de Víctimas del Ministerio del Interior; 7 informes a solicitud de la Oficina de Victimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional, y otros 6 respondiendo a solicitudes formuladas por las propias víctimas, directas o indirectas.

Los informes solicitados por la Dirección General de Protección de Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior están relacionados con las solicitudes formuladas por ciudadanos que se consideran víctimas del terrorismo, para que se les reconozca tal condición o acreditar que existe un procedimiento en el que la ostentan, a fin de recibir por parte de la Administración Pública la indemnización que les pudiera corresponder o completar la ya recibida de acuerdo con la previsión legal. En los casos de que se haya dictado sentencia condenatoria solicitan que se les conceda la indemnización fijada en sentencia, por los daños corporales y psíquicos sufridos a consecuencia de los atentados, si la cuantía es superior a la establecida por ley.

Por otro lado, la Fiscalía ha contactado telefónicamente con los familiares de ciudadanos españoles víctimas de atentados terroristas ocurridos en los países europeos, con el fin de poner en su conocimiento las funciones encomendadas a la Coordinación para la protección y tutela de las víctimas y ofrecerles información o cualquier ayuda que precisen, dentro de las funciones que corresponden a la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

En el mes de octubre de 2018 se llevó a cabo una reunión en la sede de la Audiencia Nacional, a la que fueron convocadas las asociaciones de víctimas de toda España, con el fin de darles cuenta de todos los procedimientos pendientes cuya reapertura se pretendía intentar, aunque solo fuese a fin de conocer la verdad sobre algunos atentados que se encontraban archivados por desconocerse a los autores de los mismos y que se encontraban prescritos o próximos a prescribir.

Por último, en el mes de noviembre de 2018, se recibió en esta Fiscalía la visita de una delegación francesa, formada por miembros de la Comisión de Asuntos Políticos y Democracia de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa a los que, través de diversas reuniones con la Fiscalía, el Ministerio del Interior, la OAVD y la AVT, se les proporcionó una visión general del tratamiento que en España se proporciona a las víctimas del terrorismo, así como la normativa vigente y su aplicación práctica.

Pese a no guardar relación alguna con delitos de terrorismos, desde la Coordinación de Victimas también se ha atendido a aquellas personas que son sujetos pasivos de delitos cometidos fuera del territorio nacional, cuya competencia para instrucción y enjuiciamiento corresponde a la Audiencia Nacional a tenor de lo previsto en los articulo 65 y 23 de la LOPJ.