Capítulo I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 2. CONSEJO FISCAL

2. CONSEJO FISCAL

El Consejo Fiscal, órgano colegiado del Ministerio Fiscal al que el Estatuto Orgánico incluye entre los órganos del Ministerio Fiscal (art. 12.b), se encuentra constituido –bajo la Presidencia del Fiscal General del Estado– por el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo y el Fiscal Jefe Inspector como Vocales natos, y además por nueve Fiscales pertenecientes a cualquiera de las categorías que son elegidos cada cuatro años (art. 14.1). En 2018 se renovaron los nueve Vocales electos –a través del correspondiente proceso electoral– al concluir el período de mandato que a tal efecto establece el texto estatutario, al haber sido designados los sustituidos en febrero de 2014. Precisamente con la finalidad de mejorar la normativa reguladora del proceso electoral se habían modificado por Real Decreto 1009/2017, de 1 de diciembre, determinados aspectos del Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre Constitución y Funcionamiento del Consejo Fiscal (arts. 15 p.º 1.º y 16 p.º 1.º), que desarrolla la regulación del Consejo a que se refiere esencialmente el artículo 14 EOMF, aunque otros diversos preceptos del texto estatutario contemplan también su intervención en cuestiones de muy diverso alcance.

Pero la modificación se produjo también en la Presidencia del Consejo Fiscal al cesar como Fiscal General del Estado el Excmo. Sr. don Julián Sánchez Melgar como consecuencia del cese del Gobierno que le había propuesto (art. 31.1.e EOMF), siendo nombrada nueva Fiscal General del Estado la Excma. Sra. doña María José Segarra Crespo, que además de ser Fiscal Jefe Provincial de Sevilla había sido designada Vocal electa del nuevo Consejo. La nueva Fiscal General prometió el cargo de Presidenta del Consejo Fiscal y tomó posesión del mismo el día 12 de julio de 2018, en acto previo a la celebración de Pleno de este órgano colegiado.