Capítulo IV. ÓRGANOS TERRITORIALES DEL MINISTERIO FISCAL - 2. ÁREA CIVIL

2.5 Protección y defensa de los derechos de las personas mayores

El proceso de envejecimiento, a lo largo del siglo xx y se prevé que hasta el segundo tercio del siglo xxi, será un fenómeno generalizado y creciente. Nos encaminamos hacia una estructura demográfica cada vez más envejecida.

Esta variación en la cúspide de la pirámide poblacional, determinará de forma clara la demanda de servicios para la dependencia que, en consecuencia, habrá que desarrollar para hacerle frente.

Los derechos de los Mayores no se hallan en forma alguna concretados y, la habitual o frecuente presencia de enfermedades neurodegenerativas, abre un gran abanico de problemas de toda índole de difícil solución.

La presencia del Ministerio Fiscal ante este colectivo es fundamental por el grado de desamparo en el que el mismo se puede encontrar y el Fiscal ha de velar por el respeto máximo de sus derechos fundamentales con todas las garantías de la ley.

Como resumen de la labor de protección de la Fiscalía en esta materia, cabe destacar las visitas a residencias de ancianos, comprobando que su situación personal sea correcta, y regulando su internamiento, vigilando el espinoso tema de la sujeciones, tanto mecánicas, como farmacológicas.

Durante el año 2016 se han abierto un total de veinticuatro Decretos, habiéndose resuelto trece durante el ejercicio; el resto, once en total, están en situación de que la Fiscalía correspondiente informe. Quedaban pendientes dieciséis de años anteriores (1 de 2012, 6 de 2014 y 9 de 2015), de los cuales ocho se han archivado a lo largo de este año 2016.

Las comunicaciones que, por su temática, no han dado lugar a la apertura de un Decreto, se han recibido por carta y vía correo electrónico y, con respecto a 2015, han incrementado su número. Cabe destacar en este apartado que algunas de las mismas, a requerimiento de esta Fiscalía Delegada de ampliación de datos, no han sido contestadas por los remitentes, cosa que resulta paradójica.

En cambio, el acceso del ciudadano por vía telefónica se mantiene.

Año 2016

Decretos

24

Comunicaciones

21

Llamadas telefónicas

9

Como resumen de la actividad de la Fiscalía Delegada para la Protección y Defensa de los Derechos de las Personas Mayores, hay que volver a insistir en la implicación, colaboración y respuesta inmediata de las Fiscalías Provinciales y organismos a los que se dirige para recabar información o ejecución de acciones, dado que el ámbito en el que se desarrolla la actividad está limitado por la edad de las personas a las que se dedica su labor.

Esta estadística está elaborada con Decretos incoados directamente por el Fiscal de Sala; pero la labor de protección de las personas mayores es realizada por todos los Fiscales, visitando las residencias de ancianos, comprobando que su situación personal sea la correcta, y regulando su internamiento, vigilando el espinoso tema de las sujeciones, tanto mecánicas como farmacológicas.

Y también este año para solucionar el problema de los internamientos en residencias de ancianos, se ha elaborado en la Sección de lo Civil del Tribunal Supremo, de manera transitoria, el Dictamen 1/2016, mientras se elabora una Circular sobre la misma materia. El mismo, se remitió a todos los Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas, Fiscales Jefes de las Fiscalías Provinciales y Fiscales Jefes de las Fiscalías de Área.