Capítulo III. FISCALES COORDINADORES Y DELEGADOS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 3. MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO

3. MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO

En el momento de elaborar la presente memoria se ha cumplido ya la primera década de existencia de la especialidad de medio ambiente y urbanismo en el organigrama de la Fiscalía General del Estado. En la redacción de esta memoria se siguen las mismas pautas que se han venido siguiendo en las memorias precedentes. El hecho de seguir esa misma metodología permite desarrollar una perspectiva comparativa que nos facilita un seguimiento eficaz del desarrollo de la materia a lo largo de todos estos años.

También, tal como se ha hecho en memorias anteriores, se proporcionan novedades en temas en los que previamente no se había incidido y en los que la especialidad de medio ambiente va abriendo camino en la medida en que la nueva problemática va aflorando o perfilándose.

Se siguen introduciendo, también, propuestas, actividades e iniciativas desarrolladas en la materia, así como otro tipo de reseñas efectuadas por las/los Señoras/es Fiscales Delegados en esta temática. Lo que se persigue con ello es poner de manifiesto los problemas y las soluciones que las/los Sras./es Fiscales van observando, y obteniendo, en el desarrollo de su quehacer profesional y con una visión generalmente muy práctica y fruto de su labor como aplicadores de la normativa.

3.1 La plantilla de la Sección de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado

Tal como se anunciaba en la memoria del año 2016, y después de la incorporación a la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado de dos representantes de la Policía Nacional, se siguió negociando con el Consistorio de Madrid la incorporación de un/a representante de la Policía Municipal, con el objeto de completar la citada Unidad Policial, y cuya presencia permita plantearnos la posible coordinación de los Policías Locales de España en lo que se refiere a temas de medio ambiente y a través del citado representante. En el presente momento esas negociaciones se han llevado a buen puerto y se está a la espera de la incorporación de una representante de la Policía Municipal, que, además de su condición de policía, posee una licenciatura en Ciencias Químicas.

También se incorporó en el año 2015, tal como en su momento se informó, una nueva científica a la Unidad Técnica de la especialidad, así como un becario procedente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CESIC).

3.1.1 Fiscales integrantes de las Secciones Delegadas de Medio Ambiente y Urbanismo en las Fiscalías Españolas

En relación a los Fiscales que se dedican a esta materia, hay que señalar que su número ha ido constantemente en ascenso desde la creación de la especialidad.

En 2016 están adscritos a la especialidad un total de 174 fiscales, de los que 50 son Delegados y 120 especialistas, dentro de esta cifra se recogen 14 Fiscales de Enlace, el Fiscal de Sala y los 3 Fiscales Adscritos al mismo. El número de Fiscales de la especialidad en el año 2015 ascendía a 165.

3.1.2 Novena Reunión de la Red Nacional de Fiscales Especialistas de Medio Ambiente de España

La Novena Reunión de la Red Nacional de Fiscales de Medio Ambiente se celebró en Madrid los días 30 y 31 de enero de 2017. Habida cuenta de que la misma se celebró a principios del año 2017 se adjuntan las conclusiones adoptadas en la misma y en la citada fecha.

3.2 Actividades e iniciativas desarrolladas por la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado

En la presente Memoria, y con el fin de facilitar la labor de valoración evolutiva de las diferentes actividades desarrolladas por la Fiscalía de Sala de Medio Ambiente, tal como se ha indicado con anterioridad, se va a seguir la misma línea fijada en las memorias precedentes. Es decir, se procede a analizar los temas relativos a la colaboración internacional, propuestas normativas, actividades docentes y de formación, tramitación de procedimientos y, finalmente, coordinación en materia de incendios a nivel nacional, con la adopción de diferentes iniciativas a tal efecto.

3.2.1 Relaciones Internacionales de la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado

– EFFACE Reunión de trabajo. Delito Ambiental en la UE (Bruselas, Bélgica).

– Reunión del Consejo Consultivo de Fiscales Europeos (Estrasburgo).

– Twinning con Serbia, (Belgrado, Serbia).

– Conferencia en Roma sobre Derecho Medioambiental (Roma, Italia).

– Conferencia IMPEL Enviromental Compilance, (Utrech, Holanda).

– 4.ª Edición de The ECA OZONE PROTECTION (Turkmenistan).

– Conferencia sobre patrimonio histórico en College of International Studies. Suthwest University, (Chongqing, China).

– Conferencia en el Global Network For Prosecutors Of Environmental Crimes, (Dublín, Irlanda).

– Asistencia al Primer Congreso de Derecho Ambiental, (Montevideo, Uruguay).

3.2.2 Actividades desarrolladas en materia de formación por la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado

– Seminario Anual de Fiscales sobre Medio Ambiente y Urbanismo en el CENEAM de Valsaín (Segovia) los días 16 y 17 de junio, en la que se trataron los siguientes asuntos: Intervención de la Policía Nacional en materia medioambiental, la Paleontología como parte del patrimonio histórico, la problemática de los animales domésticos, la intervención del Ministerio Fiscal en los temas relacionados con ondas electromagnéticas, las partículas procedentes de motores y la contaminación atmosférica, entre otros.

– Participación en diferentes actividades de formación del Centro de Estudios Jurídicos, Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Local y MAGRAMA.

– Conferencia en la Universidad Autónoma de Barcelona sobre la Protección del Medio Ambiente y los malos tratos a animales domésticos.

– Conferencia en el Primer Congreso de Protección Animal organizado por la SECRIM, Villena (Alicante).

– Conferencia sobre la Fiscalía de Medio Ambiente en el XIV Curso Superior de Especialistas en Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil en Valdemoro.

– Clausura de Jornadas sobre Incendios Forestales en San Sebastián.

– Jornada sobre derecho y protección animal en Palma de Mallorca, organizado por el Colegio de Abogados.

– Jornadas organizadas por el Defensor del Pueblo Vasco en Bilbao para tratar temas medioambientales.

– Jornada sobre protección del Patrimonio Histórico en Teruel.

– Ponencia Universidad de Salamanca sobre Corrupción Urbanística Participación Curso de Verano Fundación Internacional Baltasar Garzón FIGBAR en Torres. Jaén.

– Ponencia sobre Patrimonio Histórico en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en Santander.

– Curso a los TEDAX.

– Curso de Verano Universidad de Cantabria. Responsabilidad Penal en el Ámbito Medioambiental. Suances (Cantabria).

– Jornadas del Defensor del Pueblo Navarro. Pamplona.

– Ponencia en la Diputación de Palencia.

– Conferencia en Santander en las XII Jornadas Nacionales y X Internacionales sobre Naturaleza y Medio Ambiente, organizado por la 13.ª Zona de la Guardia Civil de Cantabria.

– Conferencia en el Curso Básico de Formación de Policía Judicial para Agentes Medioambientales organizado por el IVASPE en Valencia.

– Curso Medioambiental en el CIFSE de la Policía Municipal de Madrid.

– Conferencia en el XIII Curso de Especialización en Subsuelo y protección de la Policía Nacional sobre «La Fiscalía de Medio Ambiente».

– Intervención en el Curso General de Urbanismo organizado por la Revista de Derecho Urbanístico.

– Jornadas sobre derecho animal en Torremolinos organizadas por el Colegio de Abogados de Málaga.

– Ponencia en la Escuela Judicial sobre la instrucción de causas complejas. Barcelona.

– Ponencia en la Universidad de Sevilla sobre Corrupción Urbanística.

3.2.3 Comentarios a propuestas normativas y otros informes

A lo largo del año 2016, la Unidad Especializada de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado no elaboró ningún informe en relación a proyectos legislativos. Sí se elaboraron, sin embargo, distintos informes sobre aspectos funcionales en relación con la especialidad, sobre el lanzamiento de operaciones coordinando a las fuerzas de seguridad o para la intervención o comparecencia del/de la Fiscal General del Estado en el Parlamento.

3.2.4 Tramitación de Procedimientos e Iniciativas Adoptadas por la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado en el Desempeño de su Función

En relación con la tramitación de procedimientos hay que poner de relieve que en el año 2016 se iniciaron un total de 501 asuntos, frente a los 468 procedimientos del año 2015. De la cifra mencionada cabe destacar que 116 asuntos recibieron la forma procesal de Diligencias Informativas, 383 de Expedientes Gubernativos y 2 de Diligencias de Investigación Penal.

3.2.4.1 Expedientes Gubernativos y Diligencias Informativas de Interés y Diligencias de Investigación Penal Tramitados a lo Largo de 2016

En relación a los Expedientes Gubernativos y Diligencias Informativas, se procede con frecuencia a recabar la información inicial necesaria para confirmar que efectivamente las denuncias presentadas en la propia Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado tiene la entidad suficiente para ser tramitadas desde el punto de vista penal, así como a aportar materiales de prueba que luego van a ser de utilidad a las Secciones de Medio Ambiente de las Fiscalías que se encarguen de su gestión directa. Pues bien, en el apartado posterior se incorpora el resumen de algunas de aquellos procedimientos tramitados por la especialidad ambiental de la Fiscalía General, que son las más representativas de entre los tramitados a lo largo del año 2016 y que sirven de botón de muestra de la labor que lleva a cabo la citada Unidad.

3.2.4.1.1 Piezas góticas halladas en Navalagamella (Madrid)

Entre algunas cuestiones relevantes de las que se ha ocupado la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General durante el año 2016, debe mencionarse la recepción por parte del Fiscal de Sala de una comunicación de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid en la que se ponía de manifiesto que en julio de 2014 los agentes forestales habían descubierto un gran número de elementos de cantería finamente labrados que formaban parte de arcos, cornisas, molduras, arquivoltas, celosías, capiteles, basas de columnas, etc., que podrían corresponder a algún edificio gótico «de singular importancia» y que habían sido depositados en una finca de la localidad madrileña de Navalagamella a la que habrían sido trasladados desde otra finca radicada en la localidad segoviana de Ortigosa del Monte. Sin embargo, el edificio del que procedían las piezas indicadas no había podido ser identificado ni por la Comunidad de Madrid ni por la Junta de Castilla y León.

No quedando claro si se podía tratar de una infracción penal o de una infracción simplemente administrativa se ordenó que por la Unidad del SEPRONA Adscrita al Fiscal de Sala se practicasen averiguaciones a fin de intentar determinar el origen de las piezas y la fecha en que se desmontaron de su emplazamiento original, todo ello a fin de analizar la posible relevancia penal de dichos hechos.

Por la Unidad del SEPRONA se presentó informe al respecto del que se desprendía que las gestiones realizadas para averiguar la procedencia de las piezas habían sido infructuosas. En efecto, por la Guardia Civil se confirmó que el traslado de las piezas a la finca de Navalagamella se había producido desde una finca en la provincia de Segovia. Pero del mismo modo se señalaba que se encontraban ya en ese lugar desde los años setenta porque, en principio, se iban a incorporar a una ermita existente en el mismo (utilizada como retiro por miembros de una institución religiosa). Se aportaron fotografías de las piezas en un garaje de una construcción existente en la finca segoviana. Sin embargo, no se pudo aportar dato alguno sobre la procedencia de las piezas, más allá de formular una hipótesis, sobre la base de algunas manifestaciones, según la cual habrían pertenecido a una construcción ubicada en Castilla y León pero sin que existiese ningún otro elemento que la avalase.

Del mismo modo, se comprobó que en la finca segoviana desde la que se habían trasladado a Madrid habían permanecido más de 30 años, habiendo fallecido ya las personas que gestionaron el citado traslado, recabando el SEPRONA algunos testimonios, basados en comentarios, que referían que podían pertenecer a una edificación religiosa de la provincia de Salamanca, sin poder aportar más detalle por lo que dicha circunstancia no pudo ser confirmada por la Guardia Civil.

De este modo, no pudiendo ser exigida responsabilidad penal a persona alguna al desconocerse lo ocurrido exactamente y habida cuenta, en cualquier caso, el tiempo transcurrido desde los hechos, que haría que cualquier posible infracción penal cometida en su momento estuviese prescrita, se acordó el archivo, no sin antes confirmar las medidas de protección adoptadas sobre las piezas por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid para evitar su deterioro y posible destrucción.

3.2.4.1.2 Diligencias penales de investigación n.º 1/2016

Las Diligencias Penales de Investigación n.º 1/2016 de la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado se incoaron inicialmente como Expediente Gubernativo n.º 286/2015 con ocasión de recibirse el día 7 de octubre de 2015 en la sede de la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo un escrito, documentación y un pendrive remitidos por un particular, que afirmaba que de esa documentación resultaba la posible comisión de hechos ilícitos con trascendencia medioambiental (doble contabilidad mercurio, existencia de una red piezométrica oculta a la Administración, exposición de los trabajadores a dosis de emisiones de sustancias tóxicas –entre ellas mercurio– superiores a las declaradas, falsificación de analíticas, vertidos superiores a los autorizados, contaminación de aguas y suelos…) en distintos centros que la empresa denunciada –con divisiones en química, plásticos y farmacia– tiene repartidos en distintas localidades del territorio nacional.

Tras llevar a cabo un examen preliminar de la ingente cantidad de documental remitida para determinar si tales hechos pudieran ser constitutivos de infracción penal, y dado que el remitente hacía constar que había enviado copia de su denuncia y documental adjunta al organismo competente de una determinada Comunidad Autónoma y a los nuevos propietarios de uno de los centros productivos, se solicitó información a ambos. Por otra parte, se dio traslado de la documentación y pendrive recibidos a la Unidad Técnica y a la Unidad Adscrita del SEPRONA a fin de que procedieran al estudio y valoración a efectos medioambientales de la información contenida en los mismos.

En enero de 2016 se recibió un escrito sin fecha remitido por correo ordinario al que el remitente, que no se identificaba, acompañaba una tarjeta de memoria que contenía archivos con documentación, por lo que se acordó su unión a las actuaciones y el inmediato traslado de la documentación recibida a la a fin de que incorporaran el contenido de los archivos aportados al estudio y valoración del resto de documental obrante en las actuaciones, interesándose también de la Unidad Técnica y a la Unidad Adscrita del SEPRONA que hiciera gestiones para intentar acreditar la identidad del remitente (gestiones que no dieron resultado positivo).

A la vista de las dimensiones del daño ambiental que podrían haber generado las actividades ilícitas objeto de denuncia, se solicitó de la Fiscal General del Estado que autorizara la incoación de Diligencias de Investigación Penal. En consecuencia, se incoaron las Diligencias de Investigación n.º 1/2016 de la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado en virtud de Decreto del Fiscal de Sala Coordinador de fecha 19 de mayo de 2016, previa autorización mediante Decreto de la Fiscal General del Estado de fecha 18 de mayo de 2016.

La Unidad Adscrita del SEPRONA aportó a las actuaciones un primer Informe en octubre de 2016 en el que –entre otros aspectos– se analizaba parte de la documental aportada a las actuaciones, y se informaba que estaba previsto realizar una toma de muestras de aguas y tierra en las parcelas donde se encuentra ubicada una de las instalaciones de la empresa investigada a fin de poder determinar el grado de contaminación existente, en su caso. Esa recogida de muestras tuvo lugar en el mes de febrero de 2017 con la participación directa de las Unidades Adscritas Técnica y del SEPRONA, encontrándonos en el momento de redactarse esta Memoria a la espera del resultado de las analíticas de las muestras y de la valoración de su trascendencia medioambiental.

3.2.4.1.3 Diligencias penales de investigación n.º 2/2016

Las Diligencias de Investigación n.º 2/2016 de la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado se incoaron inicialmente como Diligencias Informativas n.º 7/2016 con ocasión de recibirse en fecha 21 de enero de 2016 copia –remitida por el Fiscal Delegado de BARCELONA– del escrito presentado por un particular en la Fiscalía Provincial de Barcelona en el que denunciaba hechos relacionados con la denominada tecnología AdBlue que se estarían produciendo en todo el territorio nacional y que pudieran ser constitutivos de infracción penal medioambiental.

El AdBlue es el nombre comercial de un agente químico reductor de los gases de escape contaminantes resultantes de la combustión del gasoil, y su empleo es imprescindible para la aplicación de la reducción catalítica selectiva (Selective Catalytic Reduction en inglés, SCR), pues se trata de un líquido que se almacena en un depósito diferente al del gasoil y se inyecta mediante un pulverizador en los gases contaminantes del motor antes de ser expulsados a la atmósfera, transformándolos en nitrógeno, agua y CO2. Para garantizar que el vehículo dispone de una cantidad suficiente de AdBlue en ese depósito se optó por instalar un sensor que avisa al conductor del nivel y detiene el motor al alcanzar un mínimo.

En concreto se denunciaba la aparición en internet de una serie de páginas web que ofrecen en venta un dispositivo electrónico denominado «emulador Adblue» que una vez instalado en el vehículo anula el sensor anteriormente referido, de manera que no se detiene y puede seguir circulando ilimitadamente pese a que el depósito de ese agente químico esté vacío, si bien a costa de emitir gases altamente contaminantes.

En las D. Informativas 7/2016 se acordó remitir al Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa copia de la denuncia que dio lugar al inicio de la investigación a fin de que tuviera constancia de las presuntas manipulaciones que se estarían cometiendo en los vehículos para que desde esa Dirección General de Industria se adoptaran con la mayor urgencia posible las medidas necesarias para que la Inspección Técnica de Vehículos esté en condiciones de detectar, corregir y sancionar las referidas irregularidades dadas sus innegables consecuencias en materia medioambiental. Y en escrito de fecha 17 de mayo de 2016 el Director General de Industria y de la PYME, dando respuesta a lo interesado, puso de manifiesto la dificultad que entraña detectar las prácticas denunciadas en la Inspección Técnica de vehículos (pues bastará que el propietario o conductor del vehículo a inspeccionar desconecte el emulador y añada aditivo AdBlue al depósito correspondiente para que esté en condiciones de superar la inspección) si bien también informó que desde esa Dirección General se dio traslado a la Dirección General de Tráfico «por si fuera posible realizar una campaña de inspecciones de vehículos industriales en carretera para detectar este tipo de dispositivos».

A la vista de las dimensiones del daño ambiental que podrían haber generado las actividades ilícitas objeto de denuncia, en tanto que podría tratarse de una actividad bastante extendida, se solicitó de la Fiscal General del Estado que autorizara la incoación de Diligencias de Investigación Penal. En consecuencia, se incoaron las Diligencias de Investigación n.º 2/2016 de esta Unidad en virtud de Decreto del Fiscal de Sala Coordinador de fecha 2 de noviembre de 2016, previa autorización mediante Decreto de la Fiscal General del Estado de fecha 28 de octubre de 2016

3.2.2.1.4 Investigación sobre el uso del veneno en el campo español

El uso del veneno en el campo español es un tema que en todo momento ha revestido gran interés para la especialidad medioambiental, lo que ha determinado que desde la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado se hayan realizado distintas actuaciones en cuyo marco se ha recabado múltiple información, con el objetivo de poder tener una visión global de esta problemática.

Como consecuencia del ejercicio de la función de coordinación y supervisión que el Fiscal de Sala Coordinador tiene asignada en el artículo 20.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, se ha constatado a través de la recepción de los escritos de acusación de los Delegados Provinciales y del análisis de las sentencias recibidas, las distintas circunstancias que concurren en el uso del veneno, los sectores o actividades en los que más se utiliza, los objetivos que se persiguen con dicha práctica y quiénes son sus beneficiarios principales así como los canales de adquisición, en la medida que algunas de las sustancias utilizadas tienen prohibida su comercialización como fitosanitarios o plaguicidas.

Cuando se habla de cebos envenenados se hace referencia a algún tipo de alimento común o cadáveres de animales, impregnados de una sustancia tóxica, mayoritariamente fitosanitarios. Esta práctica es el método más usado para acabar con determinados depredadores, siendo los sectores de la caza y de la ganadería aquellos en los que mayor repercusión tiene. En la caza el objetivo es dar muerte a carnívoros (como el zorro) que consumen especies cinegéticas, mientras que en el ganadero lo que se pretende es evitar que los depredadores ataquen al ganado, sobre todo en época de paridera, (como los zorros, lobos). También se ve implicado en este uso, aunque en menor medida, el sector agrícola, con el objetivo de proteger los cultivos de los daños ocasionados por un gran número de animales desde aves a jabalíes. En cualquiera de los casos el trasfondo del uso del veneno es evidentemente económico, pretendiendo el actor no ver mermados sus propios recursos patrimoniales por la actuación de esos animales. No obstante, el veneno al ser un método no selectivo, acaba no solo con la fauna a la que iría destinada sino que ve agravada su repercusión para este ecosistema cuando los animales que ingieren las sustancias son ejemplares de especies especialmente protegidas.

Al ser la utilización de veneno una conducta tipificada en el artículo 336 CP donde se prohíbe expresamente su uso no autorizado, se incoó el Expediente Gubernativo 52/16 con el objetivo de conocer la situación administrativa de la materia. El punto de partida fue el que esta práctica anteriormente expuesta se produce en todo el territorio español y si bien existen particularidades en las diferentes Comunidades Autónomas siendo la incidencia de esta problemática desigual, lo que sí es coincidente es su tratamiento desde la perspectiva administrativa, en la medida que en todas las normas autonómicas se prohíbe este uso del veneno con carácter general, cuando no esté expresamente autorizado por el órgano competente para ello.

La mayoría de las Comunidades Autónomas dispone de un Protocolo de actuación y/o de Estrategia en la lucha contra esta lacra, que tienen como referente «la Estrategia Nacional contra el uso ilegal de cebos envenenados en el medio natural» de 4 de enero de 2011.

Al ser necesaria la actualización de dicha Estrategia y tras haber trasladado nuestro interés en este tema al Jefe de Servicio de Vida Silvestre de la Subdirección General del Medio Natural, por el mismo se convocó el Grupo de Trabajo de Ecotoxicología el día 15 de noviembre de 2016 con dos objetivos principales: conocer la situación actual del veneno en España, tras el importante esfuerzo realizado en el marco de la Estrategia por Comunidades Autónomas y ONGs asociadas en el Programa Antídoto e iniciar la actualización de la misma, pasados más de 6 años de su vigencia, mediante el análisis del nuevo documento presentado por la Subdirección General del Medio Natural (MAGRAMA). A dicha reunión fueron convocados por el Jefe de Servicio de Vida Silvestre los representantes de todas las Comunidades Autónomas, así como el Fiscal de Sala Coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo, asistiendo al Grupo de Trabajo el Jefe de la Unidad Técnica adscrita al Fiscal de Sala y uno de los Fiscales Adscritos a aquel, lo que permitió conocer de forma directa la situación concreta de esta práctica en la fecha actual y su evolución.

Entre los distintos aspectos tratados se puso de manifiesto la desconexión existente entre la vía administrativa y la vía penal en el tratamiento de esta materia, evidenciándose también la necesidad de mayor coordinación de los distintos cuerpos policiales que investigan este uso. Ambos extremos se van a convertir en objetivos a solventar desde la función de supervisión y coordinación de esta Unidad, para evitar la existencia de espacios de impunidad en tan perturbadora problemática.

Se quiere crear un cauce de comunicación directo entre las distintas Administraciones autonómicas y la Fiscalía por el que se conozcan los casos concretos que se deriven desde la vía administrativa a la vía judicial y su comunicación a los Fiscales Delegados Provinciales, con el objetivo de unificar el tratamiento de la materia desde la perspectiva del Ministerio Público. Igualmente se intentará acercar a las distintas Fuerzas Policiales la necesidad de involucrar a la figura del Fiscal Provincial en la lucha contra esta práctica, lo que todavía no es la manera habitual de actuar en algunas zonas de España.

3.2.4.2 Otras formas de coordinación

Al margen de la tramitación de las Diligencias de Investigación PenaI y de los Expedientes Gubernativos, a los que se ha hecho referencia, y abiertos a tenor de lo establecido en la Instrucción 4/2007, que rige el funcionamiento de la especialidad desde la Fiscalía General del Estado, se viene realizando también, desde la misma, diferentes labores de coordinación de las Secciones de Medio Ambiente de la Fiscalías de España. Ese tipo de coordinación se lleva a cabo con la recepción, y correspondiente análisis en la Fiscalía General del Estado, de los escritos de acusación que se van elaborando en la especialidad. Lo cual se ha empezado a llevar a la práctica siguiendo lo indicado en el oficio del Excmo. Sr. Fiscal General del Estado de fecha 9 de junio de 2011, en relación con las actuaciones que se desarrollen en materia de medio ambiente y urbanismo y en colaboración con … quienes llevan a cabo el visado de las actuaciones que se produzcan… en esta materia. A tal efecto el propio Fiscal General del Estado, planteó en su oficio la necesidad de que se remitieran a la Fiscalía Coordinadora no sólo las sentencias, sino también los escritos de acusación, con la periodicidad que fije la propia Fiscalía … aunque por razones de utilidad, en atención a lo expuesto, no debería excederse en ningún caso de un ritmo semestral.

Pues bien, el citado sistema ha permitido que las pequeñas anomalías o ausencias que ocasionalmente se han venido observando en los escritos de acusación de las distintas Secciones de Medio Ambiente de las Fiscalías se hayan podido corregir.

Todo ello sin olvidar las consultas que puntualmente y, en ocasiones, de una manera telefónica o por simple Email se vienen planteando y a las que también de manera puntual se les da respuesta por parte de esta Fiscalía, así como la petición de jurisprudencia, doctrina e informes sobre asuntos concretos.

Se adjunta una referencia de las consultas realizadas, y que, por su mayor relevancia, se han plasmado por escrito:

– Consultas realizadas por la Ilma. Fiscal Delegada de Medio Ambiente de Ciudad Real en relación a los daños causados en los yacimientos denominados Cerro de la Fuente del Arca y Vereda de los Serranos y sobre diversos aspectos en relación a los delitos contra el patrimonio histórico.

– Consultas realizadas por la Ilma. Fiscal Delegada de Medio Ambiente de Soria en relación con las diligencias a practicar en un atestado instruido por una cacería de furtivos en Azcamellas y sobre la aplicación del artículo 336 del Código Penal a la captura de aves con trampa (método no selectivo).

3.2.4.3 Tests cuestionarios psicotécnicos en materia de incendios y elaboración del perfil psicosocial del incendiario forestal. Campaña de Prevención de Incendios Forestales correspondiente al año 2016

3.2.4.3.1 Tests cuestionarios psicotécnicos en materia de incendios y elaboración del perfil psicosocial del incendiario forestal

Respecto a la investigación científica sobre el perfil psicosocial del incendiario forestal, durante el año 2016 se llevó a cabo la novena campaña anual de recopilación de datos. Este proyecto, iniciado por mandato de la Fiscalía en el año 2007, y liderado por un equipo científico compuesto por miembros de la Sección de Análisis del Comportamiento Delictivo (SACD) de la Unidad Técnica de Policía Judicial de la Guardia Civil y de la Universidad Autónoma de Madrid, pretende encontrar relaciones predictivas entre tipos de incendio forestal y características de las personas que los perpetran, a fin de ayudar a los Agentes de la Autoridad con responsabilidades en la investigación policial de estos siniestros a identificar a sus autores, incrementando la tasa de esclarecimiento.

Durante el año 2016 se consolidaron los avances conseguidos en años anteriores, consistentes en una buena recopilación de cuestionarios gracias a la facilidad de su cumplimentación on-line a través de la página web https://ig-neo.icfs.es, la implicación de los enlaces provinciales y a la labor de coordinación de la monitora de campo (a cargo de una Ingeniera de Montes en virtud de una beca concedida por la Fundación Guardia Civil), que desde la sede de la Fiscalía de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo, se ha puesto en contacto con los investigadores cada vez que se producía una detención o imputación por incendio forestal, solicitando la grabación del cuestionario.

Los análisis estadísticos realizados en este año mantienen la propuesta de 5 perfiles principales de incendio forestal de carácter «operativo», encontrados en años anteriores (beneficio, venganza, sin sentido, imprudente grave e imprudente leve), que llevan aparejados cada uno su propio perfil de autor. Durante el año 2016 se pudieron recopilar 346 cuestionarios on-line sobre incendios esclarecidos y teniendo en cuenta que se han identificado a 449 posibles autores (51 detenidos y 398 investigados), esa cifra supone el 77 % de los posibles. La Comunidad Autónoma que más cuestionarios ha aportado ha sido Andalucía (27 %), seguida de Galicia (23 %). Por provincias (ver Gráfico 1), destacan Granada (39 incendios con autor), Orense (38), Asturias (36) y Pontevedra (27).

De este modo, la base de datos ha crecido hasta los 2595 incendios forestales y aunque no todos los casos serían válidos para realizar los análisis, se dispondría ya de una muestra suficiente para realizar predicciones en casos sin esclarecer, verdadero objetivo del estudio. El único perfil con número de casos todavía pequeño sería el correspondiente a los incendios cometidos por venganza.

En relación con las predicciones de casos sin esclarecer, durante el año 2016 se utilizó el cuestionario predictivo en 21 ocasiones (99 veces desde su implementación). El investigador cumplimenta un sencillo formulario con los datos del incendio que está investigando y el sistema le informa inmediatamente del tipo de hecho al que más se le parece, y lo que es más importante, de las características principales del tipo de persona que lo suele cometer, lo que podría suponer una pista a utilizar durante las pesquisas.

En próximas campañas se tiene previsto perfeccionar este sistema experto empleando un procedimiento de inteligencia artificial denominado redes bayesianas. Ya se dispone de un prototipo (https://xtibau.shinyapps.io/App0/) y este sistema tiene capacidad de auto-aprendizaje, con lo que el algoritmo iría perfeccionando sus predicciones de manera autónoma según se fuesen incluyendo nuevos casos esclarecidos. También habría que implementar alguna medida para conocer la utilidad que el perfil ha tenido para el esclarecimiento de nuevos casos, y si las predicciones han sido adecuadas.

3.2.4.3.2 Campaña de Prevención de Incendios Forestales correspondiente al año 2016

El factor principal que determina la crudeza de las campañas anuales de incendios forestales lo constituye la meteorología. En ese sentido, según la información aportada por la Agencia Estatal de Meteorología, el año 2016 fue muy cálido, con una temperatura media de 15,8 ºC, valor que supera en 0,7 ºC al normal. El verano (entendiendo como tal el trimestre junio-julio-agosto) tuvo también un carácter muy cálido, siendo el tercero más caluroso desde 1965, con una temperatura media que fue de 1,2 ºC por encima de la media de esta estación. El mes de junio tuvo carácter cálido, con una anomalía media de temperatura de 0,7 ºC, mientras que julio y agoto tuvieron ambos carácter muy cálido, con temperaturas medias que superaron en 1,5 ºC y 1,3 ºC los valores normales, respectivamente. Durante 2016 destacó un episodio de temperaturas anormalmente elevadas a comienzos del mes de septiembre, que afectó principalmente al área peninsular y a Baleares, y que tuvo su máximo de intensidad entre los días 3 y 7 de dicho mes, registrándose en numerosos lugares durante este episodio la temperatura más alta de todo el verano astronómico, superándose temperaturas de 40 ºC en numerosas zonas de la mitad sur peninsular y del interior de Galicia.

En cuanto a las precipitaciones, el trimestre de verano junio-agosto de 2016 fue en su conjunto muy seco, con una precipitación media sobre España próxima a la mitad del valor normal, siendo el mes de agosto el más seco. Las precipitaciones fueron inferiores a los valores normales en la mayor parte del territorio, quedando tan solo con valores superiores a los normales algunas áreas de Extremadura, interior de la provincia de Valencia e islas de Fuerteventura y Lanzarote, así como puntualmente el noroeste de la provincia de Castellón, nordeste de Asturias y nordeste de la provincia de Ciudad Real.

No obstante lo anterior, tal y como se indica en las estadísticas del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, tanto los siniestros forestales (conatos e incendios) como las superficies afectadas para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016 se situaron por debajo de la media del decenio 2006-2015, siendo el número de siniestros ocurridos en 2016 el más bajo del decenio con 8.817 frente a los 13.126 de media y los 9.806 del año 2014 que había sido el año de menor siniestralidad hasta el momento. Respecto a la superficie afectada los valores se encuentran igualmente por debajo de la media del decenio con un importante descenso tanto en la superficie arbolada como en la forestal total, ascendiendo a 23.168,87 y 65.246,29 ha respectivamente, lo que ha supuesto una disminución de un 27,8 % en superficie arbolada y de un 34,8 % en superficie forestal con respecto a la media del decenio que fue de 32.102,06 y 100.957,54 ha.

El 2016 fue un año con un importante número de grandes incendios forestales (GIF) (>500 ha), ascendiendo a 22, igualando prácticamente la media del decenio que fue de 23 y superando considerablemente (en un 46,6 %) a los GIF ocurridos en 2015, año en el que se produjeron 15. A pesar de ello, la superficie afectada por los GIF en 2016, que alcanzó las 32.533,99 ha., fue un 17,6 % inferior a la de 2015 en el que resultaron afectadas 39.474,91 ha. Como se puede apreciar en la tabla que se reproduce a continuación, incluida en el avance de incendios 2016, la región geográfica «Comunidades Interiores» fue la más castigada por los GIF al ser escenario del 45 % de ellos y del 44 % de la superficie incendiada por los mismos.

Los GIF se repartieron durante la campaña de verano (junio-septiembre) salvo uno que se produjo fuera de este periodo. En total los GIF registrados supusieron un 49,43 % de la superficie total afectada y un 0,24 % del total de siniestros ocurridos.

La estadística de incendios elaborada por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente es necesario ponerla en relación con el número de actuaciones policiales realizadas puesto que, del total de incendios, prácticamente las 2/3 partes fueron conatos de pequeña entidad y otros carecieron de interés policial (no presentaron carácter de delito, no tuvieron incidencia sobre la seguridad ciudadana, no existieron terceras personas afectadas, etc.), de tal forma que por parte de Guarida Civil, cuerpo policial con mayor responsabilidad a nivel nacional en la investigación de incendios forestales, durante el año 2016 se investigaron 2.135 incendios, con el resultado en cuanto a personas detenidas e investigadas que se desarrolla más adelante.

Como ha ocurrido en campañas anteriores se puede observar, en la media de los últimos 5 años, que más de la mitad de los incendios en los que se intervino policialmente fueron pequeños conatos, fruto en su mayoría, como más adelante se verá, de negligencias en operaciones de trabajo y prácticas tradicionales inadecuadas con el uso del fuego, causas igualmente aplicables a los incendios superiores a 1 ha de extensión.

Como resultado de la intervención policial en los incendios ocurridos durante 2016 resultaron implicadas un total de 449 personas (51 detenidos y 398 investigados) según los datos aportados por los distintos cuerpos policiales al Fiscal de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo, lo que ha supuesto un sensible incremento (un 4,66 %) con respecto a las del balance anterior en el que se contabilizaron 429 personas (40 detenidos y 389 imputados). Hay que señalar que al menos 16 personas fueron detenidas/investigadas durante 2016 como presuntas responsables de incendios ocurridos durante la ola de incendios acaecida en la Cornisa Cantábrica durante la segunda quincena de diciembre de 2015.

La base de datos de detenidos/investigados en incendios forestales ha mostrado, desde su creación en 2007, una tendencia regular al alza, salvo los años 2010 y 2011, tendencia que se mantuvo hasta la campaña de 2014 en la que se alcanzó el número más alto de detenidos/imputados de toda la serie histórica alcanzándose los 565. Esta tendencia se vio interrumpida en la campaña de 2015 en la que se produjo un importante descenso en el número de personas implicadas, si bien este descenso se ha frenado en la campaña de 2016 con un leve incremento aunque se han mantenido valores muy próximos a los de 2015.

En cuando a la causalidad de los incendios forestales, cabe destacar que comparando los datos correspondientes al año 2016 con los de ejercicios anteriores se aprecia que durante esta campaña ha vuelto a incrementarse el porcentaje de los incendios forestales Intencionados con respecto a las anteriores, siendo la de 2016 la campaña con el porcentaje más alto de los últimos 6 años.

La causa más frecuente de incendios forestales en España continúa siendo las quemas, tanto de residuos y restos forestales o agrícolas como regeneraciones de pasto, si bien en 2016, con un 54,88 %, fue inferior a ejercicios anteriores, siendo la campaña con menor porcentaje en este tipo de causas de los últimos 5 años. La segunda causa en 2016 volvió a ser, como en años anteriores a 2015, el apartado otras con un 22,22 %. Es de destacar que durante esta campaña se han vuelto a incrementar los incendios originados por causas eléctricas, principalmente como consecuencia del inadecuado mantenimiento de líneas eléctricas, ascendiendo al 6,40 %, superando el porcentaje del año 2015 que había sido el más alto de los últimos años. Un dato reseñable que se puede observar en la campaña de 2016 es la reaparición, aunque en un escaso porcentaje del 0,34 %, de los incendios causados por ferrocarriles, causa que había desaparecido en las campañas de años anteriores.

En cuanto a los siniestros de origen intencionado, se observa que en 2016 descendieron notablemente los incendios provocados por «perturbados /pirómanos», pasándose del 50,82 % en 2015 al 37,08 % en 2016. Por el contrario se aprecia un importante incremento con respecto al ejercicio anterior en los incendios causados por «prácticas tradicionales inadecuadas» (quemas de vegetación para pastos, etc.) así como en los incendios relacionados con la «caza», pasándose en el primer caso del 18,03 % en 2015 al 29,21 % en 2016 y en el segundo del 0 % al 2,25 %. Con respecto a los incendios causados para «producir daños a terceros» (venganzas, actos vandálicos, etc.) y los producidos por «otras causas», en 2016 se han mantenido en valores muy similares a los de la campaña del año 2015.

En base a la información obtenida del SEPRONA de la GUARDIA CIVIL y de los informes de incidencias sobre incendios forestales de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, el año 2016 se cierra con un balance de 1 persona fallecida, perteneciente a Equipos de Extinción, y 35 heridas como consecuencia de los incendios forestales habidos durante el año. Señalar que en el contexto de los incendios forestales hubo dos personas fallecidas más que no se incluyen en esta estadística puesto que su fallecimiento no se produjo como consecuencia de un incendio, sino que el acto que originó la defunción fue el que provocó el incendio.

3.3 Datos estadísticos sobre intervenciones en Medio Ambiente

3.3.1 Diligencias de investigación

En el año 2016 se han incoado un total de 2.499 diligencias de investigación, de las que 479 corresponden a delitos contra el medio ambiente, 893 contra la ordenación del territorio y urbanismo, 83 por patrimonio histórico, 439 por delitos contra la flora y la fauna, 486 por incendios forestales y 119 por malos tratos a animales domésticos. Del total de diligencias incoadas 982 dieron lugar a la presentación de denuncia o querella y 1.213 fueron archivadas, encontrándose las restantes en tramitación.

Por su parte en el año 2015 se incoaron un total de 2.232 Diligencias de Investigación, de las que 397 correspondieron a delitos contra el medio ambiente, 1.089 contra la ordenación del territorio y urbanismo, 52 por patrimonio histórico, 289 por delitos contra la flora y la fauna, 242 por incendios forestales y 163 por malos tratos a animales domésticos. Del total de diligencias incoadas 817 dieron lugar a la presentación de denuncia o querella y 1.025 fueron archivadas.

3.3.2 Delitos en procedimientos judiciales incoados

En el año 2016 se reportan 4.016 procedimientos judiciales de los que 528 se incoaron por delitos contra el medio ambiente, 922 por ordenación del territorio, 220 por delitos contra el patrimonio histórico, 707 por delitos contra la flora y fauna, 865 por incendios forestales y 774 por malos tratos a animales domésticos.

Durante el año 2015 las estadísticas provinciales refirieron un total de 5.332 Procedimientos Judiciales, de los que 534 lo fueron por delitos contra el medio ambiente, 853 por ordenación del territorio y urbanismo, 527 por patrimonio histórico, 777 referidos flora y fauna, 1.729 a incendios forestales y 912 lo fueron por maltrato de animales domésticos.

3.3.3 Procedimientos incoados

En cuanto a los procedimientos judiciales se han registrado en 2016 un total de 5.214, desglosados como sigue: 125 fueron tramitados como diligencias urgentes, 4 juicios rápidos, 3.989 diligencias previas ante juzgado de instrucción, 251 por delitos leves, 831 corresponden a procedimiento abreviado ante el juzgado de lo penal, 6 sumarios, 3 procedimiento ordinario, 1 jurado ante juzgado y 4 jurado ante Audiencia Provincial.

La estadística del año 2015 reflejó 5.863 procedimientos judiciales de los que 74 fueron tramitadas como diligencias urgentes, 9 juicios rápidos, 4.855 diligencias previas ante juzgado de instrucción, 110 por delitos leves, 770 corresponden a procedimiento abreviado ante el juzgado de lo penal, 3 sumarios, 1 procedimiento ordinario, 41 procedimientos ante el tribunal del jurado.

3.3.4 Escritos de acusación

En 2016 se presentaron 1.472 escritos de acusación que desglosados por tipo penal, 102 lo son por delitos contra el medio ambiente, 552 por urbanismo y ordenación del territorio, 30 se refieren a patrimonio histórico, 350 a flora y fauna, 233 a incendios forestales y 205 a malos tratos a animales domésticos.

Asimismo en 2015 se presentaron 1.125 escritos de acusación que desglosados por tipo penal, 82 lo fueron por delitos contra el medio ambiente, 436 por urbanismo y ordenación del territorio, 31 se refirieron a patrimonio histórico, 210 a flora y fauna, 180 a incendios forestales y 186 a malos tratos a animales domésticos.

3.3.5 Sentencias condenatorias

En 2016 se dictaron un total de 975 sentencias condenatorias de las que 54 lo son por delitos contra el medioambiente, 394 corresponden a urbanismo y ordenación del territorio, 21 sobre patrimonio histórico, 263 por delitos contra la flora y fauna, 140 por incendios forestales y 103 por malos tratos a animales domésticos.

A esas cifras hay que añadir 10 sentencias condenatorias del Tribunal Supremo en 2016, de las que 6 lo son en medio ambiente, 3 en urbanismo y ordenación del territorio y 1 por incendio forestal

Por su parte en el año 2015 recayeron 927 sentencias condenatorias de las que 37 lo son por delitos contra el medioambiente, 455 corresponden a urbanismo y ordenación del territorio, 16 sobre patrimonio histórico, 220 por delitos contra la flora y fauna, 131 por incendios forestales y 68 por malos tratos a animales domésticos.

3.3.6 Sentencias absolutorias

En 2016 se dictaron 251 sentencias condenatorias de las que 21 lo son por delitos contra el medioambiente, 141 corresponden a urbanismo y ordenación del territorio, 4 sobre patrimonio histórico, 28 por delitos contra la flora y fauna, 29 por incendios forestales y 28 por malos tratos a animales domésticos.

El Tribunal Supremo por su parte dictó en 2016 una única sentencia absolutoria por un delito contra la Ordenación del Territorio.

En 2015 se dictaron un total de 258 sentencias absolutorias, de las que 23 lo son por delitos contra el medioambiente, 137 corresponden a urbanismo y ordenación del territorio, 11 sobre patrimonio histórico, 44 por delitos contra la flora y fauna, 27 por incendios forestales y 16 por malos tratos a animales domésticos.

3.3.7 Demoliciones

En cuanto al restablecimiento de la legalidad urbanística mediante la demolición de lo ilegalmente construido, se refieren en 2016 un total de 117 demoliciones efectivamente llevadas a cabo, de las que 78 son forzosas y 39 voluntarias, frente a las 119 del año 2015. Hay que destacar las dificultades existentes para llevar un control riguroso de las ejecutorias practicadas para la restitución de la legalidad urbanística.