Capítulo I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 6. UNIDAD DE APOYO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

6.2 Referencia a otras aplicaciones

6.2.1 Gestión de sustituciones

La gestión de sustituciones en la Carrera Fiscal implica la tramitación de solicitudes, su examen por la Inspección y la Unidad de Apoyo, la autorización o denegación, y, finalmente, el control del gasto de las causas que las motivan. Por ello la Unidad de Apoyo trabajó con la Subdirección de Nuevas Tecnologías del Ministerio de Justicia para definir una aplicación que respondiera a estas necesidades. Se implantó en la Fiscalía de Madrid como experiencia piloto en octubre de 2016. El resultado ha sido totalmente satisfactorio teniendo en cuenta que Madrid genera con Barcelona prácticamente un tercio del volumen de gasto anual. Toda la tramitación se realiza desde la citada aplicación, acortando los tiempos para los abonos de los devengos correspondientes. En la actualidad está pendiente de su implantación en el resto de las Fiscalías.

6.2.2 Portal de transparencia

La Fiscalía General del Estado no aparece recogida expresamente en la Ley de Transparencia como un sujeto obligado. No obstante la propia Fiscalía y el Consejo Fiscal consideraron que la Institución estaba obligada por la Ley, hasta el punto de haber firmado un convenio marco de colaboración con la organización «Transparencia Internacional» para desarrollar una verdadera política de transparencia en su funcionamiento que constituya un eje fundamental de su actividad. La Institución ha sido sometida al escrutinio del Consejo Nacional de Trasparencia.

La Fiscalía General del Estado es tributaria del soporte del Ministerio de Justicia para el desarrollo y mantenimiento de su portal, donde se encuadra el de trasparencia. La obsolescencia del portal y la todavía mejorable falta de implicación efectiva de toda la estructura de la Fiscalía en la alimentación y mantenimiento del portal son los aspectos débiles para el cumplimiento de los altos estándares que se desean y a los que se está obligado. La identificación de tales extremos supone la definición de los aspectos a mejorar.

El informe del Consejo Nacional de Transparencia califica como «intensa y productiva» la colaboración de la Fiscalía, hace hincapié en el problema que supone la falta de disponibilidad de una plataforma de comunicación avanzada, califica un mejor estado de cumplimiento en la información voluntaria que en la obligatoria y aporta observaciones extremadamente útiles sobre los aspectos en que debe mejorarse y cómo debe hacerse. El informe está íntegramente recogido en la página del Consejo.

6.2.3 Gestión de las denominadas comisiones de servicio «internas»

El 4 de diciembre de 2015 la Fiscalía General del Estado dictó la Instrucción 3/2015 sobre comisiones de servicio en la carrera fiscal para la cobertura de plazas no ocupadas por ausencia de su titular o vacante. Esta Instrucción tiene por objeto las comisiones de servicio «internas» como mecanismo alternativo de cobertura de aquellas plazas que, por distintos motivos no se encuentran ocupadas, favoreciendo con ello la movilidad de los Fiscales y mejorando la prestación del servicio en las Fiscalías. Para ejecutar el procedimiento de comunicación, solicitud y otorgamiento definido en la referida Instrucción se desarrolló e implementó una aplicación que permite su gestión interna y tramitación, siendo la intranet del Ministerio fiscal la herramienta a través de la cual se ofertan las plazas, se presentan las solicitudes, se resuelve la convocatoria y se da publicidad a su resolución.

6.2.4 Acceso a bases de datos: información tributaria de la AEAT y Fichero de Titularidades Financieras

Desde el 2 de marzo de 2016 el Ministerio fiscal puede acceder a la información tributaria objeto de cesión por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, consecuencia de la firma de la Adenda al Convenio de Colaboración de 7 de septiembre de 2010 entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y la Agencia.

Con este Convenio se amplían los servicios del Punto Neutro Judicial a los que el Ministerio Fiscal puede acceder desde la intranet del Ministerio Fiscal.Su consulta se puede realizar exclusivamente para los fines que establecen los apartados a) y f) del artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, es decir, en la investigación o persecución de delitos que no sean perseguibles únicamente a instancia de persona agraviada o para la protección de los derechos e intereses de los menores e incapacitados por los órganos jurisdiccionales o el Ministerio Fiscal y, en nuestro caso, previa resolución dictada por el órgano correspondiente.

Por otra parte, a fin de dar cumplimiento a ciertos contenidos de la Ley 10/2010, de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, se toma en consideración la obligación que un grupo de sujetos dedicados en su mayor parte a la intermediación financiera tiene de suministrar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias determinada información de carácter económico relativa a sus clientes.

La comunicación de información dio lugar a la creación del Fichero de Titularidades Financieras como un instrumento de titularidad pública y bajo la responsabilidad de la Secretaría de Estado de Economía, siendo encargado de su tratamiento el Servicio Ejecutivo de la Comisión. Fue objeto de desarrollo a través del Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril.

Este fichero contiene los datos relativos a la apertura o cancelación de cuentas corrientes, cuentas de ahorro cuentas de valores y depósitos a plazo, identificando los titulares, titulares reales en su caso, representantes autorizados, así como cualquier otra persona con poderes de disposición, además de la fecha de apertura o cancelación y el tipo de cuenta o depósito, quedando excluidos las cuentas corrientes y depósitos que se hallan en filiales de las entidades financieras ubicadas en el extranjero.

La entrada en funcionamiento de este Fichero tuvo lugar el pasado 6 de mayo de 2016 fecha a partir de la cual se encuentra disponible para todas las Fiscalías a través de la intranet del Ministerio Fiscal. El acceso a la información se realiza mediante certificado digital y previa alta llevada a cabo desde la Unidad de Apoyo. Desde su puesta en funcionamiento y durante el año 2016 se han producido 70 consultas por parte de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.