Capítulo I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 6. UNIDAD DE APOYO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

6. UNIDAD DE APOYO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

6.1 Fiscalías y aplicaciones de gestión procesal en 2016

6.1.1 Un año intenso en avances tecnológicos

En el territorio gestionado por el Ministerio de Justicia la tarea de la Fiscalía de había vuelto dificultosa en extremo, dada la complejidad del «mapa tecnológico» y las dificultades que entraña la diversidad de aplicaciones no comunicadas entre sí y la falta de alineamiento entre aplicaciones judiciales y fiscales y sus propias dinámicas.

A finales de 2015 se consensuó con el Ministerio de Justicia una progresiva incorporación de las Fiscalías a las comunicaciones electrónicas, limitándose en principio la recepción de notificaciones de los órganos judiciales a los órdenes civil, contencioso administrativo y social. De esa manera, el uso de Lexnet como herramienta de comunicación con los Juzgados se probaría en las materias que tienen menos impacto en nuestras oficinas, evitando los riesgos inherentes al inicio simultáneo en tales órganos y los de orden penal, que suponen el volumen más importante del trabajo diario de las Fiscalías.

Una gestión poco adecuada y equívoca sobre las funciones que se desempeñan en las Fiscalías, hizo que se llegara a una solución de emergencia que llevó a utilizar hasta seis aplicaciones para el trabajo diario en los mencionados órdenes, siendo un sistema ineficaz e inseguro en su inicial configuración. Ante el impulso de la FGE, se iniciaron los trabajos para integrar Lexnet en Fortuny, minimizando la gestión de las notificaciones. Los contactos desarrollados a lo largo del año han ido dirigidos a racionalizar el número, complejidad y uso de las herramientas informáticas puestas a disposición de las Fiscalías para llevar a cabo su trabajo.

El plan dirigido a la eliminación de la gestión en papel y a la disponibilidad del expediente electrónico se ha diseñado bajo el nombre «Fiscalía Digital». Ello traerá consigo reformas de gran calado en la organización y desarrollo del trabajo, además de una mayor complejidad de la gestión en las oficinas de las Fiscalías.

La evolución se ha centrado en un piloto que desde noviembre de 2016 se desarrolla en la Fiscalía de Valladolid. Trae consigo grandes mejoras como la descarga automática de las notificaciones en Fortuny o funcionalidades que permiten controlar tanto los documentos elaborados durante la tramitación de los procedimientos (resoluciones y dictámenes) como los que se quiera anexar desde el propio PC. Una herramienta «Carpetilla» permite seleccionar documentos y conformar la carpetilla digital siguiendo el modelo convencional en papel. Se consolida la posibilidad de llevar a cabo electrónicamente el proceso de «Visado», respondiendo a exigencias de la Inspección Fiscal, cuando se generalice su uso. Cuando se desarrolle la siguiente fase se implementará de manera progresiva un portafirmas comunicado directamente con Fortuny, para que el Fiscal pueda gestionar en una única ocasión la firma de todo lo pendiente. También se incluye el acceso al Visor Horus de Minerva, que permita a las Fiscalías acceder al Expediente Judicial Electrónico, con algunas mejoras específicamente desarrolladas para facilitar el trabajo del Fiscal, permitiendo elaborar carpetillas seleccionando de forma simple aquellos documentos que se escojan, así como subrayar y añadir comentarios que sólo sean visibles para la Fiscalía.

La integración en Fortuny de las comunicaciones con órganos judiciales evita el uso de hasta seis aplicaciones distintas (Fortuny, LexNet, i-cloud, portal de firmas, visor Horus y la aplicación E-Fidelius, para el visionado de los vídeos de vistas y declaraciones). Esto se logrará mediante la integración entre Minerva y Fortuny a través de LexNet y la ampliación de las itineraciones automáticas a todos los órdenes jurisdiccionales. También se integra el gestor documental y de almacenamiento Alfresco (del que se dispone en Fortuny), para evitar tener que acudir a otros espacios de almacenamiento documental.

La necesaria conexión con los servicios de LexNet y del visor de expedientes judiciales Horus se irá produciendo progresivamente a medida que se avance en el proyecto «Fiscalía Digital».

El sistema de información y control del Ministerio Fiscal se nutre de la información que suministran distintas aplicaciones de gestión procesal gestionadas por trece administraciones diferentes (el Ministerio de Justicia –Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Illes Balears y Murcia– y las doce Comunidades Autónomas con competencias transferidas). Fortuny también se encuentra implantado en algunas Comunidades Autónomas con competencias transferidas: Aragón, Asturias, Galicia, Madrid, La Rioja y Valencia. En Cataluña el sistema de gestión para el Ministerio Fiscal es el GIF. Canarias, Cantabria, Navarra y País Vasco tienen diferentes sistemas integrados con los órganos judiciales: son respectivamente Atlante (Canarias); Vereda(Cantabria); Avantius (Navarra) y Justizia.bat (País Vasco).

A esta diversidad se suma el que las aplicaciones judiciales son diferentes de las de las Fiscalías en aquellos territorios sin aplicación única, por lo que el traslado de información requiere una actuación que debe minimizarse; por contra, en los territorios con aplicación única hay una cierta dependencia que en ocasiones no cubre plenamente las necesidades de la Fiscalía, cuya información es claramente tributaria. Esta fragmentación tecnológica tiene su representación gráfica en el siguiente mapa:

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El sistema de comunicaciones electrónicas ofrece una implantación desigual y no exenta de complicaciones que afectan al trabajo diario y al desempeño de las funciones del Ministerio Fiscal.

6.1.2 Plan de actuación ante las necesidades planteadas por el artículo 324 LECrim

Una de las reformas de mayor impacto en las Fiscalías fue la del art. 324 de la LECrim, que introdujo un sistema de plazos en la instrucción que afectaba tanto a los nuevos procedimientos penales que se incoaran tras su entrada en vigor como a todas las diligencias previas y sumarios que se estuvieran tramitando en todos los Juzgados de Instrucción. Esta reforma se realizó sin disponer de información fiable sobre cuántos procedimientos de esta clase se encontraban en tramitación. Publicada la Ley, la Fiscalía General del Estado recabó de todas las Fiscalías información sobre procedimientos penales pendientes de esta clase, determinándose una cifra de 600.000 procedimientos susceptibles de revisión para determinar su complejidad y los plazos para su instrucción. Este trabajo ingente se añadía a la actividad diaria de los Fiscales y por ello la Fiscalía General trasladó al Ministerio de Justicia la necesidad de reforzar los medios personales y materiales de las Fiscalías para abordar la revisión en plazo de este volumen de asuntos. La Unidad de Apoyo formuló al Ministerio de Justicia una propuesta de autorización de un plan de actuación que fue finalmente aprobado en enero de 2016, autorizándose el nombramiento de 80 abogados fiscales sustitutos por tres meses prorrogables por dos más en función de las causas revisadas. Este plan conllevaba la obligación de comunicar mensualmente el número total de causas revisadas en aquellas Fiscalías que contaran con la designación de un abogado fiscal sustituto dentro del plan. La medida se completó con un programa por objetivos en relación a los funcionarios de la Administración de Justicia destinados en las Fiscalías; fue solicitado por la Unidad de Apoyo tanto al Ministerio de Justicia como a las Comunidades Autónomas con competencias transferidas y se aplicó a un funcionario por cada Fiscalía