Capítulo I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 5. INSPECCIÓN FISCAL

5.3 Actividad inspectora

Procede recordar que la actividad inspectora persigue esencialmente mejorar el servicio que las Fiscalías han de prestar a los ciudadanos en el ámbito de la Justicia, rectificando prácticas inadecuadas o posibles disfunciones. La actividad inspectora permite detectar el posible inadecuado funcionamiento de los servicios a través de las visitas presenciales o de las comunicaciones periódicas escritas, tanto relativas a materias generales como a aspectos concretos de la actuación que desempeñan los Fiscales. El proceder de este tipo de intervenciones queda registrado en la Inspección Fiscal a través de expedientes gubernativos, pudiendo concluir con la sugerencia de cambios en las prácticas de las Fiscalías. A través de los expedientes gubernativos se constata igualmente cualquier actuación de la Inspección Fiscal que exija pronunciamiento, contestación, suministro de información o notificación sustantiva, amplitud incrementada por incluir también las decisiones sobre las diversas situaciones administrativas de los Fiscales.

5.3.1 Actividad inspectora realizada por la Inspección Fiscal el año 2016

El Fiscal Jefe Inspector presentó al Consejo Fiscal el Plan de actuación con las visitas de inspección previstas para el año 2016, siguiendo la línea establecida en los últimos años: además de efectuar visita a los órganos fiscales que llevaban más tiempo sin ser inspeccionados, y de las visitas extraordinarias que considerase pertinentes el Fiscal General del Estado o el Consejo Fiscal, se visitarían también las Fiscalías en que el mandato de Jefatura quedaba agotado durante el mencionado año 2016, facilitando de esta manera al Consejo Fiscal elementos de valor para proponer la renovación o confirmación de los nombramientos a cargos de Jefatura a efectuar.

De esta manera en 2016 se efectuaron visitas de inspección ordinaria por la Inspección Fiscal a las Fiscalías Provinciales de Cádiz, Almería, Tarragona, Salamanca, Zamora, Zaragoza, Alava y Lleida; a las Fiscalías de las Comunidades Autónomas de La Rioja, Andalucía, Castilla-La Mancha, País Vasco, y Región de Murcia (visita de carácter extraordinaria), y a la Fiscalía de Área de Móstoles en Madrid. También a la Fiscalía de Área de Cartagena en visita extraordinaria. En los primeros meses de 2016, y ante los problemas que estaba generando el sistema de implementación de LexNet en todas las Fiscalías de territorios autonómicos con competencias no transferidas, se cursó visita –conjuntamente con Fiscales de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado, incluso de la Secretaría Técnica– a las Fiscalías de Valladolid, Albacete y Ciudad Real para comprobar y contrastar exclusivamente la bondad de la aplicación informática, conociendo de primera mano los importantes problemas de muy diverso orden que el sistema planteaba y la dificultad que suponía para poder desarrollar con la eficacia requerida la misión que tiene encomendada el Ministerio Fiscal. Consta en el acta levantada a estas últimas la gravedad de la situación generada por el conjunto –entonces innecesariamente complejo– de aplicaciones informáticas que se había procurado al Ministerio Público, carentes de interoperabilidad y absolutamente inadecuadas para la más correcta, segura y ágil tramitación electrónica de los procedimientos. También se ha realizado alguna visita de inspección conjunta con el equipo de inspectores del Consejo General del Poder Judicial en materia de incapacidades, como la que tuvo lugar a la Fiscalía de Navarra.

5.3.2 Actividad inspectora en 2016 de Fiscalías de Comunidades Autónomas

Las Fiscalías de Comunidades Autónomas, mediante la intervención del Fiscal Superior, han desarrollado las pertinentes visitas de inspección a las Fiscalías de su respectivo territorio, complementando de esta manera las llevadas a cabo por la Inspección Fiscal, importante tarea de control en la que es objetivo esencial que no se superpongan ambas actividades, aunque resulta evidente el distinto tamaño y número de las Fiscalías Territoriales que resultan acogidas a la labor inspectora de las respectivas Fiscalías de Comunidades Autónomas. Las Fiscalías visitadas por los Fiscales Superiores en 2016 fueron:

-Andalucía: Jaén, Córdoba, Motril (Sección territorial de Granada), Huercal-Overa (Sección territorial de Almería), y Baza-Guadix (Sección territorial de Granada). Málaga, Lora del Río (Sección territorial de Sevilla), Sevilla, Linares (Sección territorial de Jaén) y Fuengirola (Sección territorial de Málaga).

– Cataluña: Lérida, Olot (Sección territorial de Gerona), Barcelona y Sabadell.

– Aragón: las tres Fiscalías Provinciales de la Comunidad.

– Asturias: todos los órganos fiscales del territorio.

– Canarias: Lanzarote, Sección territorial de Fuerteventura y de San Bartolomé de Tirajana.

– Extremadura: Mérida, y las Secciones territoriales de Villanueva de la Serena, Plasencia y Zafra.

– Castilla-La Mancha: Albacete, Toledo, Sección territorial de Talavera de la Reina, y Ocaña.

– Valencia: Valencia, Alzira, Sección territorial de Vinaroz.

– Galicia: Vigo, Santiago y Orense.

– Madrid: Sección de Menores de Madrid, Sección de Civil y Discapacidad, de lo Social, Contencioso-Administrativo, Ejecución Penal y Vigilancia Penitenciaria.

– Castilla-León: Segovia, León, Ponferrada, Avila, y Valladolid.

– Baleares: Ibiza, y las Secciones territoriales de Mahón y Manacor.

– País Vasco: Álava y Guipúzcoa.