Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 1. FISCALÍA DEL TRIBUNAL SUPREMO

1.1 Sección de lo Civil

1.1.1 Actividad de la Sección de lo Civil de la Fiscalía del Tribunal Supremo

Informa el Fiscal de Sala de la Sección de lo Civil que durante el año 2013 la Sala Primera del Tribunal Supremo terminó de señalar todos los recursos pendientes de los años 2011 y anteriores, y se inició el señalamiento de los recursos del año 2012.

La Fiscalía del Tribunal Supremo despacha en la denominada competencia funcional, todos los recursos de casación de los que conoce el Tribunal Supremo, informando si es competente para conocer del recurso de casación y, en su caso, del extraordinario por infracción procesal.

En cuanto al fondo, este órgano del Ministerio Fiscal informa en todos los recursos en que es parte, bien impugnando los mismos o adhiriéndose a ellos o a alguno de sus motivos, pero también informa en otros recursos en que no es parte, así en el planteamiento de cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en las cuestiones de inconstitucionalidad, y en incidentes que se plantean en procesos en que la Sala Primera quiere saber la posición del Fiscal.

Una gran parte de los recursos en los que informa el Fiscal se refieren a cuestiones relativas a la vulneración del derecho al honor, la intimidad o la propia imagen, materia en la que existe gran litigiosidad y que si bien muchos son originados por la llamada prensa del corazón, otros tienen connotaciones de confrontaciones sociales, políticas o sindicales y de la más variada naturaleza.

La doctrina jurisprudencial sigue evolucionando en esta materia y es digno de mención el recurso de casación n.º 747/2006 interpuesto por una empresa de televisión, por haber sido condenada por traer a un programa una persona con discapacidad, vulnerando su honor e intimidad, el Tribunal Supremo casó la sentencia y dio la razón a la entidad televisiva que venía condenada, y el Ministerio Fiscal interpuso un incidente de nulidad por vulneración de derechos fundamentales, que fue resuelto por la Sala Primera en Pleno –con un voto particular– en sentido contrario al Fiscal, y posteriormente con esos antecedentes la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional interpuso recurso de amparo que al final ha sido fallado por la Sentencia del Tribunal Constitucional en el Recurso de Amparo 1110/11 dando la razón al Ministerio Fiscal, en sentencia de fecha 16 de diciembre de 2013.

Las materias en que el Fiscal dictamina en Derecho de Familia, son muy numerosas, así en procesos de divorcio, nulidad, modificación de medidas, y en todos los procesos en los que va dictaminando se va produciendo por la sociedad y por la Sala Primera una evolución constante y progresiva.

Así hace dos años era excepcional otorgar la custodia compartida, pero actualmente en el año 2013, esa empieza a ser la tónica general del Tribunal Supremo y de la Fiscalía de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, lo que ha originado que se hayan producido las sentencias de la Sala Primera sobre custodia compartida, de las que es un ejemplo la sentencia n.º 758/2013, de fecha 25 de noviembre de 2013, recurso n.º 2637/2012.

Otro de los problemas recurrentes es la atribución del uso de la vivienda familiar que según el Código Civil corresponde a los hijos menores y a quien tenga su custodia, aunque a instancias del Fiscal dicha Sala Primera ha equiparado los hijos menores a los hijos mayores discapacitados, así sentencia n.º 325/2013, de fecha 30 de mayo de 2012, recurso n.º 1132/2011.

La pensión compensatoria también es una fuente de problemas, que resuelve la Sala Primera y los dictámenes del Fiscal atendiendo a los parámetros del artículo 97 del Código Civil.

Cada vez entran más procesos de revisión de sentencias firmes de los artículos 509 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000. Los litigantes quieren agotar todos los recursos ordinarios y extraordinarios, y por supuesto este proceso especial de revisión de sentencias firmes lo quieren convertir en una nueva instancia, lo que no es su fin, ya que es un remedio extraordinario que permite combatir las sentencias firmes.

También se están interponiendo muchos procesos de error judicial, que como hemos dicho en el proceso de revisión de sentencias firmes, las partes quieren convertir este proceso autónomo en última instancia.

Igual que en los procesos de revisión el Fiscal dictamina en la fase de admisión de la demanda y luego en el fondo.

La Sala Primera está exigiendo en sentencias del 2014 y 2013 que antes de presentarlos se plantee el incidente de nulidad de actuaciones, y últimamente está inadmitiendo varios procesos por esta causa.

La Sección de lo Civil de la Fiscalía del Tribunal Supremo despacha un número muy elevado de cuestiones de competencia territorial entre los Juzgados ya que los Juzgados de Primera Instancia tienden con mucha facilidad a declararse incompetentes.

Es un tema que plantea numerosos problemas jurídicos, y aunque en los Juzgados de Primera Instancia han dictaminado los Fiscales adscritos a los mismos, se nota una tendencia en general en los Fiscales de Instancia, a informar en el sentido que quiere el Juzgado, y a veces con dictámenes muy sucintos, no siendo conscientes los Fiscales que los Juzgados no se van a poner de acuerdo y que si su superior común es el Tribunal Supremo, se van a elevar los mismos a la Sala Primera del Tribunal Supremo, donde se observa a primera vista lo acertado o no de sus dictámenes.

La Sala Primera del Tribunal Supremo en un porcentaje muy alto da la razón a los dictámenes de la Sección Civil de la Fiscalía del Tribunal Supremo.

1.1.2 Protección de los derechos de las personas mayores

El desarrollo de la actividad realizada por el Ministerio Fiscal en este ámbito se encuentra coordinado desde la Fiscalía de Sala de lo Civil del Tribunal Supremo. Durante el año 2013 se han abierto un total de doce Decretos, con resolución de ocho durante este ejercicio y tres más en los dos primeros meses de 2014. También hay que sumar tres Decretos de 2012, cerrados en los tres primeros meses de 2013. Con respecto al acceso del ciudadano por vía telefónica hay que manifestar que se ha producido una reducción en el número de llamadas.

AÑO 2013

DECRETOS

12

COMUNICACIONES

34

LLAMADAS TELEFÓNICAS

9

En el ámbito de las relaciones con órganos institucionales, públicos y privados, relacionados con la protección de los derechos de las Personas mayores, debemos destacar que la Fiscalía está en contacto con la mayoría de las instituciones que se mueven en este campo:

– El IMSERSO, entidad con la que colaboramos con ponencias y estudios.

– La CEAFA (Confederación Española de Asociaciones de Familiares de Personas con Alzheimer y otras Demencias).

– La Sociedad Española de Geriatría y Gerontología (participando en el programa sobre «Las sujeciones a debate»).

– La Dirección General de la Policía, para tratar y analizar los datos sobre criminalidad y protocolos a seguir dentro del campo de las personas mayores y con discapacidad y tutelas.

– Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

1.1.3 Actividad de la Sala Primera del Tribunal Supremo

Durante el año 2013 se mantuvo la adecuación de la capacidad resolutiva de la Sala a la entrada de asuntos. La Sala siguió plenamente normalizada en cuanto a la fase de admisión y continuó aproximándose a la puesta al día definitiva en cuanto a la fase de decisión.

En fase de decisión, se terminaron de señalar todos los recursos pendientes de los años 2011 y anteriores y se inició el señalamiento de los recursos del año 2012. También se señaló la mayor parte de los recursos de tramitación preferente correspondientes al año 2012.

En fase de admisión, se resolvieron todos los recursos incoados en el año 2012 que estaban pendientes y se inició en el segundo semestre la resolución del trámite de admisión de los recursos del año 2013. La consecuencia es que en el año 2013 se han resuelto recursos interpuestos en ese mismo año, lo que supone que el tiempo medio de respuesta de dichos recursos ha sido de seis meses.

Como en años anteriores, la Sala se mantuvo completamente al día durante el año 2013 en la tramitación de otros asuntos de su competencia, especialmente en los recursos de queja, cuya resolución se siguió efectuando de manera inmediata tras su registro y reparto.

Los datos de este último año de la Sala Primera del Tribunal Supremo son los siguientes:

– Número de asuntos pendientes al final del año 2012: 3.984.

– Número de asuntos registrados en el año 2013: 3.579.

– Número de asuntos resueltos por sentencia: 821.

– Número de asuntos resueltos por auto: 2.874.

– Número de asuntos resueltos por decreto: 258.

– Número de asuntos pendientes al final del año 2013: 3.628