La actividad desarrollada por el Ministerio Fiscal se aglutina en los siguientes ámbitos:
3.1 Dictámenes de competencia
Esta actividad supone el grueso de la que se desarrolla ya que por esta vía el Fiscal puede llegar a intervenir en la totalidad de los procedimientos que se tramitan ante la jurisdicción. Es entre la jurisdicción contenciosa y la social donde más abundantemente se producen los conflictos y donde estos alcanzan mayor complejidad; en no pocas ocasiones el mismo tipo de conflicto jurídico aparece repetido en una pluralidad de procedimientos.
Las novedades derivadas de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, que atribuyó a esta jurisdicción materias que venían siendo competencia del orden contencioso-administrativo, han venido generando conflictos que a buen seguro se irán resolviendo a lo largo del ejercicio 2013 por la sala de Conflictos del Tribunal Supremo.
3.2 Derechos fundamentales
Son estos procedimientos los que con mayor intensidad y especialización legitiman la intervención del Ministerio Fiscal, en este caso plena a lo largo del procedimiento, como se aprecia en el desglose estadístico que se incorpora a continuación.
Los ámbitos en que se han acumulado experiencias con especial interés jurídico son los siguientes:
3.3 Entradas en domicilio
Quienes más cualificadamente hacen uso de esta vía son la Administración Tributaria, la Tesorería de la Seguridad Social, las Corporaciones Locales y las Administraciones autonómicas con competencias en materia de protección de menores.
3.4 Urbanismo
Aun cuando es escaso el ejercicio por el Ministerio Fiscal de la acción para la que está legitimado, tiene especial importancia su intervención en ejecuciones o inejecuciones, ya que tanto la legislación nacional como las autonómicas califican de pública la acción para exigir ante los órganos administrativos y judiciales la observancia de la legislación urbanística.
3.5 Cuestiones prejudiciales comunitarias
Las cuestiones de consumo son extremadamente actuales, así como lo es la creciente implicación del Ministerio Fiscal en la materia. En ese marco, es relevante hacer referencia a cierta intervenciones del Ministerio Fiscal que responden a esa doble perspectiva.
Por un lado, la derivación como cuestión prejudicial de una cuestión litigiosa basada en la exigencia a las compañías de telecomunicaciones de cánones fijados por corporaciones locales sobre la instalación de recursos en propiedades públicas o privadas, lo cual podría estar en contradicción con normativa comunitaria.
Por otro, el planteamiento de cuestión prejudicial para resolver el conflicto entre la legislación nacional, que obligaría a quien presta el servicio aéreo a transportar a viajeros y su equipaje dentro del mismo precio y ciertas actuaciones de compañías transportistas que recargan el precio por la facturación de equipaje, al pretendido amparo de legislación comunitaria.
3.6 Extranjería
El ejercicio de ciertas competencias en esta materia por parte de los Juzgados de guardia en sustitución de los de lo contencioso ha llevado a que estos adopten en ocasiones medidas cautelarísimas de suspensión de la ejecución de la resolución administrativa de retorno o inadmisión en territorio español en condiciones que no siempre aseguran la disponibilidad del sujeto afectado, lo que ha llevado a extremar el cuidado de la Fiscalía para resolver en cada caso valorando las circunstancias peculiares de los sujetos y su entorno.