5.1 Actividad procesal de la Fiscalía
5.1.1 Datos estadísticos de los procesos seguidos en la Audiencia Nacional durante el año 2011 por delitos de tráfico de drogas y blanqueo de capitales procedente de dicha ilícita actividad
Los procedimientos incoados por los Juzgados Centrales de Instrucción en la Audiencia Nacional por tráfico de drogas se recogen en el siguiente cuadro estadístico:
Juzgados Centrales de Instrucción
AÑO 2012 |
D. PREV. |
P. ABREV. |
S.º ORD |
D. INDET. |
TOTAL |
Jdo. n.º 1 |
24 |
1 |
5 |
0 |
30 |
Jdo. n.º 2 |
17 |
0 |
3 |
0 |
20 |
Jdo. n.º 3 |
16 |
0 |
1 |
0 |
17 |
Jdo. n.º 4 |
12 |
0 |
1 |
0 |
13 |
Jdo. n.º 5 |
13 |
4 |
2 |
0 |
19 |
Jdo. n.º 6 |
19 |
1 |
10 |
0 |
30 |
TOTALES |
101 |
6 |
22 |
0 |
129 |
Este cuadro sigue evidenciando una progresiva disminución de procedimientos incoados –circunscritos los datos a las diligencias previas, que son las auténticas incoaciones– por los Juzgados Centrales de Instrucción, que pasaron de 237 en 2005 a 239 en 2006, 212 en 2007, 199 en 2008, 155 en 2009, 121 en 2010, 113 en 2011 y 101 en 2012. Se han incoado este año 12 procesos por tráfico de drogas menos que el año anterior, lo que supone una disminución del 9,73 por 100, y del 57,38 por 100 si atendemos a los incoados en 2005.
Procedimientos incoados por blanqueo de capitales
Jdo. Central n.º 1 |
2 |
Jdo. Central n.º 2 |
0 |
Jdo. Central n.º 3 |
1 |
Jdo. Central n.º 4 |
0 |
Jdo. Central n.º 5 |
1 |
Jdo. Central n.º 6 |
1 |
TOTAL |
5 |
También se mantiene una tendencia a la disminución de procesos por blanqueo de capitales en los Juzgados Centrales, ya que en el año 2006 ascendieron a 16, en 2007 a 11, en 2008 a ocho, en 2009 a nueve, en 2010 a ocho procedimientos y en 2,12 a cinco. Ello supone una reducción del 37,5 por 100 respecto de 2011 y del 68,75 respecto de años 2006.
Las diferencias entre el número de procesos incoados por tráfico de drogas y los seguidos por blanqueo de capitales se explica en parte porque la competencia de la Audiencia Nacional para conocer de los delitos de blanqueo no se establece en la LOPJ de forma expresa, de modo que sólo se acepta en los casos en que existe una clara conexión con un delito de tráfico de drogas competencia de la Audiencia Nacional.
5.1.2 Procedimientos en los que se ha dictado sentencia por los órganos enjuiciadores de la Audiencia Nacional
Sentencias
Dictadas por la Audiencia Nacional |
57 |
|
– Dictadas en Sumario |
37 |
|
– Dictadas en Procedimiento Abreviado |
20 |
|
Dictadas por el Juzgado de lo Penal |
0 |
|
TOTAL |
57 |
Sentencias por secciones
Sección 1.ª |
20 |
Sección 2.ª |
18 |
Sección 3.ª |
10 |
Sección 4.ª |
9 |
Acusados
Españoles |
207 |
Extranjeros |
184 |
TOTAL |
391 |
Condenados
Españoles |
156 |
Extranjeros |
149 |
TOTAL |
305 |
Absueltos
Españoles |
50 |
Extranjeros |
36 |
TOTAL |
86 |
Durante el pasado año, los órganos judiciales de la Audiencia Nacional, han pronunciado en procedimientos penales competencia de esta Fiscalía un total de 57 sentencias, frente a 45 en 2011, 78 en 2010, 69 en 2009, 61 en 2008 y 63 en 2007, supone un aumento respecto a 2011 del 26,66 por 100, aunque sigue siendo inferior que en periodos anteriores. Todas ellas han sido dictadas por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y como consecuencia de la última reforma de Código Penal ninguna por el Juzgado de lo Penal.
5.1.3 Otros actos procesales
Asistencias de los Fiscales a Vistas de Apelación |
108 |
Comparecencias del artículo 505 LECrim |
405 |
Calificaciones |
38 |
Recursos de casación preparados por el Fiscal |
1 |
Destaca el notable aumento de asistencias a vista de apelación (108, frente a 73 de 2011, pero muy inferior a las 213 del año 2010), la pequeña reducción de las comparecencias del artículo 505 LECrim (405 frente a las 432 del año anterior), y una disminución en las calificaciones (38, frente a 39 en 2011 y 54 en 2010), lo que es consecuencia de dos factores: la puesta al día de procesos y la reducción de los de nueva incoación.
5.1.4 Vigilancia penitenciaria
ASUNTO |
AÑO 2010 |
AÑO 2011 |
%+2010/2011 |
Competencia |
1 |
0 |
–100 |
Clasificación |
269 |
443 |
65 |
Peticiones y quejas |
249 |
273 |
10 |
Permisos de salida positivos y negativos |
1.881 |
1.862 |
–1 |
Indulto |
0 |
0 |
0 |
Intervención comunicaciones |
11 |
17 |
55 |
Redenciones ordinarias y extraordinarias |
39 |
26 |
–33 |
Reformas y apelaciones en general |
861 |
838 |
–3 |
Libertad condicional |
392 |
282 |
–28 |
Sanciones |
62 |
78 |
26 |
Refundición de condena |
110 |
78 |
–29 |
Otros |
0 |
0 |
0 |
TOTAL |
3.875 |
3.897 |
1 |
Cabe observar un aumento de los recursos en materia de clasificación –que han pasado de 269 a 443, con un incremento del 65 por 100–, reducción de los expedientes de libertad condicional –que han bajado de 392 a 282, lo que supone una reducción del 28 por 100–, así como de las redenciones ordinarias y extraordinarias, que siguen bajando al disminuir drásticamente los penados por el Código de 1973, y, finalmente, las refundiciones de condena.
El resto de los dictámenes en materia de vigilancia penitenciaria se mantienen prácticamente estables. Las reducciones observadas responden esencialmente a que estos incidentes se resolvieron a lo largo del año 2011, como consecuencia de la entrada en vigor de la reforma del Código Penal de 2010, que obligó a revisar numerosas condenas, y, especialmente, a fijar un límite máximo de cumplimiento, que no rebasara los veinte años de prisión.
5.2 Actividad de investigación preprocesal de la Fiscalía
5.2.1 Diligencias de investigación
Incoadas |
14 |
Judicializadas |
2 |
Remitidas a otras Fiscalías |
3 |
Archivadas |
6 |
En trámite |
3 |
El número de diligencias de investigación se mantiene similar a años anteriores, pero, a diferencia de aquéllos, que se centraban fundamentalmente en blanqueo de capitales, ha aumentado el número de las que tienen por objeto tráfico de drogas, así como las incoadas por informaciones o peticiones de denuncia de otros países. Su número ha sido de 14 frente a 18 del 2011, 12 en el año 2010, cuatro en 2009, 28 en 2008, 30 en 2007, 19 en el 2006 y 29 en 2005; parte de la reducción responde al incremento de diligencias informativas, que se han utilizado para una serie de actuaciones que no permiten acudir directamente a las diligencias de investigación.
Desglosando el número de diligencias de investigación, podemos establecer los siguientes objetos:
– 9 han sido incoadas por tráfico de drogas.
– 5, por blanqueo.
– 2 se han incoado por petición de cooperación internacional (uno de Italia y uno de Francia).
– 5, por denuncias de autoridades de otros países (tres de Argentina, uno de Marruecos, uno de Bélgica).
El contenido de las diligencias de investigación incoadas fue del siguiente tenor:
– 1/2012.–Tráfico de drogas en cooperación con las autoridades italianas, archivadas tras ser judicializadas en Palma de Mallorca.
– 2/2012.–Denuncia de las autoridades de Marruecos por tráfico de drogas cometido en España, archivadas por prescripción.
– 3/2012.–Tráfico de drogas, denuncia de las autoridades argentinas, archivadas por falta de indicios.
– 4/2012.–Blanqueo de capitales, archivadas.
– 5/2012.–Entrega vigilada de hachís, en colaboración con Francia, archivadas.
– 6/2012.–Tráfico de drogas, por un paquete intervenido en el aeropuerto de Lieja con destino a España, diligencias remitidas a Tarragona.
– 7/2012.–Tráfico de drogas, judicializadas.
– 8/2012.–Blanqueo de capitales, en trámite, prorrogadas.
– 9/2012.–Aparente blanqueo, estafa (cartas nigerianas), en trámite.
– 10/2012.–Tráfico de drogas, denuncia autoridades argentinas, remitidas a Valencia.
– 11/2012.–Blanqueo, en trámite.
– 12/2012.–Blanqueo, archivadas.
– 13/2012.–Tráfico de drogas, judicializadas.
– 14/2012.–Tráfico de drogas, denuncia autoridades argentinas, remitidas a Barcelona.
5.2.2 Diligencias informativas
Incoadas |
16 |
Judicializadas |
1 |
Remitidas otras Fiscalías |
3 |
Archivadas |
10 |
En tramitación |
2 |
Se ha optado por incoar diligencias informativas para cubrir diferentes supuestos, esencialmente cuando los datos iniciales no permiten apreciar un delito o la competencia de las autoridades españolas, y, en algún caso, por ser evidente la competencia de otra Fiscalía.
El contenido de las diligencias de investigación fue el siguiente:
– 1/2012.–Informe solicitado por las autoridades portuguesas, vía Eurojust, sobre la sentencia recaída en la Audiencia Nacional contra un ciudadano español. Cumplimentada y archivada.
– 2/2012.–Petición de colaboración de la Fiscalía de Múnich (República Federal de Alemania). Cumplimentada y archivada.
– 3/2012.–Venta de drogas por Internet; convertidas en diligencias de investigación 8/2013.
– 4/2012.–Sobre queja de un condenado. Archivadas
– 5/2012.–Denuncia de un condenado. Remitidas a la Fiscalía de Huelva.
– 6/2012.–Petición de una asociación de conservación genética, para el cultivo de cannabis; se le informa de la normativa vigente y se archivan.
– 7/2012.–Sobre contenido de una agenda intervenida a un interno. Archivadas.
– 8/2012.–Sobre petición de información de la Fiscalía contra la corrupción y la criminalidad organizada. Cumplimentadas y archivadas.
– 9/2012.–Sobre una denuncia contra un funcionario del Cuerpo Nacional de Policía. Archivadas.
– 10/2012.–Por posible blanqueo de capitales, en trámite.
– 11/2012.–Sobre denuncias entre particulares, remitidas a la Fiscalía de Burgos.
– 12/2012.–Por posible blanqueo, remitidas al Delegado en Pontevedra.
– 13/2012.–Cesión espontánea de información para denuncia por hechos cometidos en España, por parte del Tribunal de La Rochelle (Francia), remitidas a la Fiscalía de Barcelona.
– 14/2012.–Denuncia de un particular, archivadas.
– 15/2012.–Solicitud intervenciones telefónicas, remitidas al Juzgado Central de Instrucción Decano.
– 16/2012.–Denuncia por tráfico de drogas: archivadas, y deducido testimonio por acusación y denuncia falsas, remitidas a Zaragoza.
5.2.3 Entregas vigiladas
Entregas vigiladas autorizadas |
15 |
El objeto de las entregas vigiladas autorizadas fue el siguiente:
– 1/2012.–En tránsito, paquete postal entre Costa Rica y Portugal.
– 2/2012.–Entrega controlada de un contenedor, archivadas por haberse incoado diligencias previas n.º 383/201 del Juzgado de Instrucción n.º 49 de Madrid.
– 3/2012.–Archivadas por incoación diligencias previas 55/2012, del Juzgado Central de Instrucción n.º 3.
– 4/2012.–Paquete postal, de Costa Rica a Gran Bretaña.
– 5/2012.–Vehículo destinado a Francia.
– 6/2012.–Paquete postal de Costa Rica a Italia.
– 7/2012.–Paquete postal de Costa Rica a Irlanda.
– 8/2012.–Paquete postal de Costa Rica a Israel.
– 9/2012.–De Chile a España, judicializadas: diligencias previas 5063/2012, Juzgado de Instrucción n.º 4 de Madrid.
– 10/2012.–Solicitud de la Fiscalía de Viena, denegada por falta de datos suficientes.
– 11/2012.–A solicitud de las autoridades de Perú, entrega controlada de un contenedor con muebles, judicializadas, diligencias previas n.º 1677/2012 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Catarroja.
– 12/2012.–Paquete postal de Costa Rica a Italia.
– 13/2012.–Contenedor procedente de República Dominicana al puerto de Algeciras, archivadas por judicialización (diligencias previas del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Algeciras).
– 14/2012.–Vehículo destinado a Francia.
– 15/2012.–Paquete postal de Bolivia a Suiza.
5.2.4 Informaciones procedentes del SEPBLAC
En el año 2012 se recibieron dos informes del Servicio Ejecutivo (SEPBLAC), que dieron lugar a sendas diligencias informativas, una de ellas remitida a otra Fiscalía, y la otra se ha remitido a la Unidad Adscrita de Policía Judicial.
5.3 Actividad extraprocesal de la Fiscalía
5.3.1 En el ámbito nacional
La Fiscalía Especial Antidroga interviene habitualmente en reuniones con diversos organismos nacionales. Durante el presente años hay que destacar que el Fiscal General del Estado delegó en el Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga la asistencia a las reuniones de la Comisión de seguimiento del Acuerdo Marco de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el Ministerio del Interior, y la Agencia Estatal de Medicamentos y Productos Sanitarios, por el que se establece el protocolo a seguir en la aprehensión, análisis, custodia y destrucción de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, firmado el 3 de octubre de 2012.
Dicha comisión se ha reunido una vez al mes, tratando diversos temas, como la elaboración de un guía práctica sobre todo el proceso, desde la incautación de las drogas hasta la destrucción de las mismas, el seguimiento de las decisiones tomadas en las distintas provincias y otros problemas que han ido surgiendo.
En relación con la intervención del Ministerio Fiscal en el proceso de destrucción de drogas la Fiscalía General del Estado dictó la Instrucción 5/2012. En cumplimiento de lo previsto este documento, desde la Fiscalía Especial Antidroga se recabó de los Fiscales Jefes y Delegados de esta Fiscalía Especial, un primer informe sobre el estado de la situación en las distintas provincias, cuyo resultado es el que siguiente se expone.
En cuanto a la constitución de las correspondientes Comisiones Provincial de Policía Judicial, contestaron negativamente 3 Fiscalías (Almería, Ávila y Lugo), otras 2 (Burgos y Ourense) hicieron constar que el Fiscal las había solicitado, otras que se convocarían próximamente (Córdoba, Madrid, Navarra). Madrid y Las Palmas informaron que estaba pendiente de confirmar los datos de alijos que remitió el CGPJ.
En el resto de provincias (40) se han constituido las Comisiones Provinciales de Policía Judicial para tratar el tema, y en la mayoría se han adoptado ya medidas destinadas a la destrucción mediante expediente gubernativo de los alijos y muestras muy antiguos, así como los de difícil identificación. Varias Fiscalías informaron, asimismo, que algunas de estas medidas se habían adoptado con anterioridad tanto en el ámbito interno de la Fiscalía (Córdoba, 2007) como en otros ámbitos, Sala de Gobierno (Galicia) o Juntas de Jueces (Barcelona y Sevilla).
Respecto de la adopción de medidas para el cumplimiento de la Instrucción 5/2012, en cuanto implica no sólo un dictamen de destrucción de drogas, sino un seguimiento de las decisiones judiciales, todas las Fiscalías que han informado, salvo Ávila, Cuenca, Lugo, Madrid y Ourense declararon haberlas adoptado; varias de ellas incluso antes de dicha Instrucción, como Córdoba (desde 2007), Cádiz, 2010, Valladolid, desde 2010, con un Fiscal encargado del seguimiento, o Vizcaya, desde la primavera de 2012.
En general, se han creado o reforzado mecanismos de relación fluida con los laboratorios, tanto de Sanidad como del Instituto Nacional de Toxicología, y en varias provincias se ha instaurado un programa de destrucción progresivo y sistemático, tanto de alijos como de muestras (Granada, Málaga, Baleares, etc.).
Como observaciones a este primer informe semestral se puede destacar:
Primera: Quejas de falta de colaboración o contestación de los Juzgados (Almería y Cádiz).
Segunda: Problemas con los aparatos de laboratorios, que generan retrasos en los análisis (Murcia).
Tercera: No consta que el Fiscal Jefe de Madrid haya adoptado medidas para el cumplimiento de la Instrucción 5/2012.
Cuarta: Propuestas de que en los procesos por tráfico de drogas se formen piezas separadas de intervención, análisis y destrucción de las sustancias intervenidas, lo que facilitará el control (Lleida), y de creación de una base de datos para poder hacer un seguimiento (Guipúzcoa). En relación con la primera, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga ha a la Comisión de seguimiento que, desde el Ministerio de Justicia, se dé instrucciones a los Secretarios Judiciales para la tramitación de estas piezas separadas para la gestión de otros bienes intervenidos.
Quinta: Cantidades pendientes de destruir en determinadas provincias, aunque la mayoría informaron de que el problema está bajo control.
Sexta: El problema de la destrucción de las plantas y plantaciones de cannabis sativa.
5.3.2 En el ámbito internacional
La Fiscalía Especial Antidroga ha tenido una amplia actuación en el ámbito internacional con asistencia a numerosas reuniones que se detallan en el apartado de la Fiscal de Sala Coordinadora de Cooperación Penal Internacional.
5.4 Estadística nacional: procedimientos judiciales incoados por tráfico de drogas
PROCEDIMIENTOS TOTALES POR TRÁFICO DE DROGAS |
||||||
AÑO 2008 |
AÑO 2009 |
AÑO 2010 |
AÑO 2011 |
AÑO 2012 |
DIF 2012-2011 |
|
TOTALES |
22.070 |
22.689 |
26.392 |
23.163 |
21.977 |
–5,12% |
PROCEDIMIENTOS TOTALES POR BLANQUEO CAPITALES |
||||||
TOTALES |
107 |
121 |
105 |
–13,22% |
El anterior cuadro general evidencia una clara disminución de procesos respecto de los años 2008 a 2011, tanto en tráfico de drogas como en blanqueo de capitales, y cifras similares a las del año 2007 en tráfico de drogas. Se trata, en todo caso, de cifras globales, que no discriminan entre los delitos cometidos por organizaciones o grupos criminales, medianos distribuidores y el llamado «menudeo». Por otra parte, cabe resaltar la escasa proporción entre blanqueo –del que no se distinguen los posibles delitos antecedentes– y tráfico de drogas, de modo los procesos por blanqueo suponen un 0,47 por 100 de los incoados por tráfico de drogas