Instrucción n.º 6/2001

Instrucciones

DOCUMENTO ANALIZADO

Instrucción 6/2001, de 21 de diciembre, sobre Ficheros automatizados de Datos Personales Gestionados por el Ministerio Fiscal.

NORMAS INTERPRETADAS POR EL DOCUMENTO

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. En particular, art. 11.2.d) y artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y del Procedimiento Administrativo Común

MODIFICACIONES LEGISLATIVAS POSTERIORES QUE LE AFECTAN

 

AFECTADO POR  LA JURISPRUDENCIA SENTADA POR EL TRIBUNAL SUPREMO EN LAS SIGUIENTES SENTENCIAS

 

AFECTADO POR LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN LAS SIGUIENTES SENTENCIAS

 

AFECTADO POR  LAS SIGUIENTES CIRCULARES, CONSULTAS E INSTRUCCIONES

 

EXPLICACIÓN DE LA AFECTACIÓN

Señala la Instrucción que “la relación de ficheros de datos personales contenida en el Anexo II de la presente Instrucción establece aquellos de los que servirán los correspondientes órganos y Fiscalías que constituyen el Ministerio Fiscal para el cumplimiento de sus funciones. Dichos ficheros adoptarán la estructura y medidas de seguridad declarados en esta Instrucción, en la medida en que se ejecuten los planes de informatización del Ministerio Fiscal por las Administraciones competentes para la dotación de medios materiales de la Administración de Justicia, en su respectivo ámbito territorial. Y ello con cumplimiento, en todo caso, de los lazos y condiciones previstos por la legislación de protección de datos de carácter personal.”

No hay una modificación posterior que afecte a la Instrucción, ahora bien las novedades que se han producido en los ficheros de la Fiscalía hace que sea necesario actualizar la relación de ficheros afectados.

FICHA ELABORADA POR: Inspección Fiscal

TEXTO DE LA INSTRUCCIÓN ANALIZADA

Instrucción 6/2001, de 21 de diciembre, sobre Ficheros automatizados de Datos Personales Gestionados por el Ministerio Fiscal.

El Ministerio Fiscal ha de hacer uso, en el ejercicio de sus funciones como promotor de la legalidad, los derechos fundamentales y el interés público tutelado por la Ley, de información personal gestionada mediante sistemas de tratamiento automatizado de datos. Una Administración de Justicia moderna que no contara con dichas herramientas y recursos estaría abocada a la incapacidad para lograr sus fines.

Los datos personales gestionados por el Ministerio Fiscal tienen su origen en los expedientes judiciales de los que conoce por razón de su legitimación procesal, así como en las comunicaciones y remisiones de antecedentes a él realizadas por las Administraciones Públicas o los propios particulares, que ven en la institución el adecuado receptor de sus denuncias. Igualmente, el Ministerio Fiscal cuenta con mecanismos legales de acceso a información personal consagrados al más alto nivel normativo. Concretamente, el art. 11.2.d) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal le convierte en sujeto cesionario de información personal de cualquier naturaleza por razón de las competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye, que le exigen el acceso a cuantos antecedentes sean precisos para la defensa de los derechos de los ciudadanos y del interés social.

La ausencia de una normativa propia que regule el empleo de las tecnologías de la información en el ámbito de actuaciones del Ministerio Fiscal, obligan a acudir a la legislación informacional de primer nivel para hallar el estatuto regulador del empleo de la información personal en el ejercicio de las competencias de la Fiscalía. Serán, por tanto, la legislación de protección de datos personales, manifestada por la Ley Orgánica antes citada y sus normas de desarrollo, así como el art. 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y del Procedimiento Administrativo Común las que ofrezcan apoyo normativo al mantenimiento de ficheros de datos personales y al ejercicio frente a los mismos de los derechos de acceso, rectificación y cancelación por los interesados.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, determina en su art. 20 que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

La relación de ficheros de datos personales contenida en el anexo II de la presente Instrucción establece aquéllos de los que servirán los correspondientes órganos y Fiscalías que constituyen el Ministerio Fiscal para el cumplimiento de sus funciones. Dichos ficheros adoptarán la estructura y medidas de seguridad declarados en esta Instrucción, en la medida en que se ejecuten los planes de informatización del Ministerio Fiscal por las Administraciones competentes para la dotación de medios materiales de la Administración de Justicia, en su respectivo ámbito territorial. Y ello con cumplimiento, en todo caso, de los plazos y condiciones previstos por la legislación de protección de datos de carácter personal.

Afectando la presente Instrucción no sólo al régimen interno del Ministerio Fiscal, sino al ejercicio del derecho a la protección de datos personales, tal y como es establecido por el art. 8 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, 18.4 de la Constitución Española y por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se estima conveniente acordar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» a fin de hacer pública la relación de ficheros automatizados de datos personales gestionados por el Ministerio Fiscal, en el ejercicio de las funciones a él conferidas por el art. 124 de la Constitución Española y los arts. 3 y 5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

ANEXO I.   FICHEROS DE DATOS PERSONALES MANTENIDOS POR LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO, LAS FISCALÍAS TERRITORIALES Y ESPECIALES

a) Materia Penal

FICHERO

FINALIDAD Y USOS PREVISTOS

PERSONAS DE LAS QUE SE OBTENDRÁN DATOS

PROCEDIMIENTO DE RECOGIDA DE LOS DATOS

ESTRUCTURA BÁSICA DEL FICHERO Y TIPOS DE DATOS

CESIONES Y TRANSFEREN-

CIAS

RESPONSABLE DEL FICHERO

SERVICIOS ANTE LO QUE SE EJERCERÁN LOS DERECHOS

NIVEL DE SEGURIDAD

Asuntos penales

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a procedimientos penales tramitados ante los órganos judiciales y las Fiscalías

Implicados en procedimientos judiciales, ya sea como parte (denunciante o querellante, denunciado o querellado, perjudicado, responsable civil); como testigo o perito; o como profesional encargado de la defensa y representación de alguna de ellas

Documentos, escritos y resoluciones obrantes en los procedimientos incoados por las Fiscalías o los órganos judiciales, así como los suministrados a través de los medios de iniciación del proceso o de comunicación procesal admitidos por la legislación vigente o recabados por el Ministerio Fiscal para su incorporación a las actuaciones judiciales

* Datos necesarios de acuerdo con la legislación procesal para la identificación de las partes y sus representantes procesales y legales.

* Datos necesarios de acuerdo con la legislación procesal para la identificación de los procedimientos.

* Datos relativos a la tramitación de las actuaciones (fechas de emisión de resoluciones y dictámenes; sentido de los mismos).

* Tipificación penal del hecho cometido, fecha y circunstancias de comisión.

* Datos relativos a las medidas cautelares adoptadas.

* Datos relativos a la imputación (penas, circunstancias previstas en la legislación penal con incidencia sobre las penas). Incluyen datos relativos a la nacionalidad, sexo, antecedentes penales y enfermedades o alteraciones psíquicas con trascendencia penal.

* Datos relativos a las penas impuestas y a su ejecución.

* Datos relativos a las responsabilidades pecuniarias establecidas en la sentencia y a su ejecución

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el Anexo II

ALTO

Menores (Reforma)

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a los procedimientos incoados por la comisión de hechos susceptibles de ser tipificados como delito o falta por el Código Penal o la Legislación Penal Especial, cometidos por menores de 21 años

* Menores de edad sometidos a la LO 5/2000, de 12 de enero, por existir indicios de haber cometido hechos de los descritos en el apartado anterior.

* Progenitores de los menores de edad.

* Intervinientes como denunciantes, perjudicados, responsables civiles, testigos, peritos.

* Entidades públicas de protección y reforma.

* Profesionales que actúen en representación de las partes y perjudicados

Los descritos en el fichero anterior

La descrita en el fichero anterior

* Las previstas en la LO 5/2000, de 12 de enero.

* Las previstas en el art 11.2 de la LO 15/1999, de 13 de diciembre.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el Anexo II

ALTO

Violencia doméstica

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a procedimientos penales incoados por delitos o faltas cometidos en el ámbito familiar, por personas en quienes concurran las circunstancias de parentesco o relación establecidas en el art. 153 del Código Penal

Implicados en los procedimientos anteriormente descritos como denunciantes o denunciados, así como otros miembros de la unidad familiar perjudicados por los hechos

Los descritos en el fichero anterior

La descrita en el fichero anterior

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el Anexo II

ALTO

Extranjería

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a las actuaciones administrativas y judiciales derivadas de la aplicación de la legislación de extranjería, así como a los posibles ilícitos penales cometidos por extranjeros en España

Ciudadanos extranjeros sometidos a expedientes regulados por la legislación de extranjería que requieran la intervención judicial, o a procedimientos penales por la comisión en España de ilícitos de tal naturaleza

Documentos, escritos y resoluciones obrantes en actuaciones administrativas, judiciales o fiscales, así como por los suministrados por las Administraciones competentes y los interesados en el procedimiento administrativo o judicial

* Datos precisos, según la legislación procesal, para la identificación de los implicados y sus representantes procesales.

* Datos precisos para la identificación de las actuaciones administrativas de origen.

* Datos necesarios de acuerdo con la legislación procesal, para la identificación de los procedimientos.

* Datos relativos a la tramitación ante los órgano administrativos, judiciales y fiscales de los expedientes de extranjería; a los procedimientos judiciales; a las resoluciones adoptadas y a su ejecución

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el Anexo II

ALTO

Siniestrali-dad laboral

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a la comisión susceptibles de ser tipificados como delitos o faltas contra los derechos de los trabajadores de acuerdo con el Código Penal y la Legislación Penal Especial

Personas físicas o jurídicas implicadas en los hechos descritos, ya sea como parte (denunciante, denunciada, perjudicado, responsable civil); como testigo o perito; o como profesional encargado de la defensa Y representación de alguna de ellas

Documentos, escritos y resoluciones obrantes en los procedimientos incoados por las Fiscalías o los órganos judiciales, así como los suministrados a través de los medios de iniciación del proceso o de comunicación procesal admitidos por la legislación vigente, o directamente por los propios interesados

* Datos precisos, según la legislación procesal, para la identificación de los implicados.

* Datos precisos para la identificación de las actuaciones administrativas de origen.

* Datos necesarios de acuerdo con la legislación procesal, para la identificación de los procedimientos.

* Datos relativos a la tramitación ante los órgano administrativos, judiciales y fiscales de los expedientes administrativos y de los procedimientos judiciales, a las resoluciones adoptadas y a su ejecución

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el 11 Anexo

ALTO

Vigilancia penitencia-ria

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos al cumplimiento de penas privativas de libertad impuestas por sentencias penales firmes, a cumplir en centros penitenciarios

Condenados por sentencia penal firme a penas privativas de libertad internos en centros penitenciarios

* Documentos, escritos y resoluciones obrantes en los procedimientos incoados por las Fiscalías o los órganos judiciales, admitidos por la legislación procesal vigente.

* Datos y documentos comunicados por la Administración penitenciaria o por el propio interesado en relación con las sentencias penales firmes de cuya ejecución se trate

* Datos necesarios de acuerdo con la legislación procesal y penitenciaria para la identificación de los condenados internos en centros penitenciarios, y de sus representantes procesales.

* Datos necesarios de acuerdo con la legislación procesal y penitenciaria para la identificación de los procedimientos judiciales y penitenciarios.

* Datos relativos a la ejecución de las penas impuestas a los condenados.

* Datos relativos a la tramitación de los expedientes penitenciarios derivados de la ejecutoria penal. Incluye datos relativos a enfermedades, comportamiento, nivel socioeconómico, cultural y social con incidencia en la ejecución de las penas impuestas

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el Anexo II

ALTO

b) Materia Civil

FICHERO

FINALIDAD Y USOS PREVISTOS

PERSONAS DE LAS QUE SE OBTENDRÁN DATOS

PROCEDIMIENTO DE RECOGIDA DE LOS DATOS

ESTRUCTURA BÁSICA DEL FICHERO Y TIPOS DE DATOS

CESIONES Y TRANSFEREN-

CIAS

RESPONSABLE DEL FICHERO

SERVICIOS ANTE LO QUE SE EJERCERÁN LOS DERECHOS

NIVEL DE SEGURIDAD

Asuntos civiles

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a los procedimientos civiles en que ha de intervenir el Ministerio Fiscal

* Demandantes, demandados y promotores de los procesos civiles en los que ha de intervenir el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad, de los derechos fundamentales y del interés público tutelado por la ley.

* Profesionales a los que se encomiende la representación procesal de las partes

Documentos, escritos y resoluciones obrantes en los procedimientos administrativos, judiciales y fiscales, suministrados mediante los medios de incoación de los procedimientos judiciales o de comunicación procesal admitidos por la legislación vigente, o por los representantes legales o procesales de los interesados

* Datos de identificación de los demandantes y demandados (nombre, apellidos, DNI, domicilio, parentesco entre ambos).

* Datos precisos para la identificación del expediente.

* Datos relativos a la tramitación judicial y fiscal de las actuaciones.

* Datos relativos a las resoluciones judiciales recaídas y a su ejecución

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el Anexo II

MEDIO

Protección de menores

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a procedimientos civiles en que haya de adoptarse las medidas de protección de los menores de edad previstos en el Código Civil, en la LO 1/1996, de protección jurídica del menor y convenios internacionales aplicables ratificados por España

* Menores objeto de medidas de protección previstas en el Código Civil y en la LO 1/1996, de protección jurídica del menor y convenios internacionales aplicables.

* Progenitores de los menores sometidos a las medidas judiciales.

* Profesionales a los que se encomiende la representación procesal de las partes.

* Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, a las que se encomienda la protección del menor

Los descritos en el fichero anterior

* Datos precisos de acuerdo con la legislación procesal para la identificación de las partes y demás intervinientes (nombre y apellidos, DNI, domicilio).

* Datos de identificación del procedimiento judicial y del medio procesal de iniciación del proceso.

* Datos relativos a la tramitación de las actuaciones judiciales.

* Datos relativos a las resoluciones judiciales recaídas y a su ejecución

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal.

* Organismos públicos de protección de menores

MINISTERIO FISCAL a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el Anexo II

MEDIO

Incapaces Internamientos y tutelas

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a los procedimientos de incapacidad civil, esterilización de incapaces con graves deficiencias psíquicas, a las tutelas establecidas para su protección y a los interna-mientos psiquiátricos decretados judicialmente

* Personas declaradas incapaces por sentencia o cuya incapacidad o esterilización sea reclamada judicialmente.

* Personas sometidas a medida de internamiento psiquiátrico de acuerdo con la legislación civil.

* Familiares y tutores de los incapaces.

* Promotores de los expedientes de incapacidad.

* Entidades públicas de protección de los incapaces

Documentos, escritos y resoluciones obrantes en los procedimientos administrativos, judiciales y fiscales, suministrados mediante los medios de incoación de los procedimientos judiciales o de comunicación procesal admitidos por la legislación vigente, o por los representantes legales o procesales de los interesados

* Datos de identificación de los sometidos a procedimientos judiciales de incapacidad (nombre y apellidos, DNI, edad, sexo, domicilio). Incluye la enfermedad o alteración psíquica que motiva la demanda, así como los referentes a las esterilizaciones de incapaces con graves deficiencias psíquicas.

* Datos de identificación del promotor del expediente, familiares y tutores del presunto incapaz (nombre y apellidos, domicilio, relación con el incapaz).

* Datos de identificación del procedimiento judicial y del medio procesal de iniciación del proceso.

* Datos relativos a la tramitación de las actuaciones judiciales y fiscales.

* Datos relativos a las resoluciones judiciales y administrativas recaídas, así como a su ejecución; a las incidencias de los internamientos y tutelas; y a las modificaciones de capacidad de los afectados y de las tutelas

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal.

* Entidades públicas encargadas de la tutela de los incapaces, de acuerdo con los términos de las sentencia que la declaran

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el Anexo II

ALTO

c) Materia social, contencioso-administrativo y constitucional

_FICHERO

FINALIDAD Y USOS PREVISTOS

PERSONAS DE LAS QUE SE OBTENDRÁN DATOS

PROCEDIMIENTO DE RECOGIDA DE LOS DATOS

ESTRUCTURA BÁSICA DEL FICHERO Y TIPOS DE DATOS

CESIONES Y TRANSFEREN-

CIAS

RESPONSABLE DEL FICHERO

SERVICIOS ANTE LO QUE SE EJERCERÁN LOS DERECHOS

NIVEL DE SEGURIDAD

Asuntos contencioso-administrativos

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a los procedimientos de tal naturaleza en los que ha de intervenir el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad, los derechos fundamentales y el interés público tutelado por la ley

* Personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que actúen como parte en el procedimiento judicial.

* Profesionales a los que se encomiende la representación procesal de los particulares que intervengan en el procedimiento judicial

Documentos, escritos y resoluciones obrantes en los procedimientos administrativos, judiciales y fiscales, suministrados mediante los medios de incoación de los procedimientos judiciales admitidos por la legislación procesal

* Datos precisos de acuerdo con la legislación procesal para la identificación de las partes y demás intervinientes (nombre y apellidos, DNI, domicilio)

* Datos de identificación del procedimiento judicial y del medio procesal de iniciación del proceso.

* Datos relativos a la tramitación de las actuaciones judiciales.

* Datos relativos a las resoluciones judiciales recaídas y a su ejecución

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal.

* Administraciones Públicas implicadas como parte en el procedimiento judicial

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Fiscalías relacionadas en el Anexo II

BÁSICO

Asuntos jurisdicción labora

Recursos de amparo

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional

Recurrentes en amparo

* Órganos de la Fiscalía General del Estado competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal

d) Materia gubernativa

FICHERO

FINALIDAD Y USOS PREVISTOS

PERSONAS DE LAS QUE SE OBTENDRÁN DATOS

PROCEDIMIENTO DE RECOGIDA DE LOS DATOS

ESTRUCTURA BÁSICA DEL FICHERO Y TIPOS DE DATOS

CESIONES Y TRANSFEREN-

CIAS

RESPONSABLE DEL FICHERO

SERVICIOS ANTE LO QUE SE EJERCERÁN LOS DERECHOS

NIVEL DE SEGURIDAD

Diligencias Informativas

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a los procedimientos de investigación, incoados de oficio por el Ministerio Fiscal. o en virtud de actuaciones administrativas, actuaciones policiales, denuncias de particulares

Personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, denunciantes y denunciadas ante la Fiscalía que tramita el procedimiento

* Los proporcionados por las partes intervinientes en las diligencias.

* Los suministrados al Ministerio Fiscal a través de los mecanismos previstos en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en la legislación procesal, y en la legislación de protección de datos personales

* Datos precisos de acuerdo con la legislación procesal y del Ministerio Fiscal para la identificación de las partes y demás intervinientes (nombre y apellidos, DNI, domicilio). Incluye datos relativos a posibles enfermedades o alteraciones psíquicas que puedan motivar la actuación judicial o administrativa de protección; a peticiones de esterilización de incapaces con grave deficiencias psíquicas; o a la posible comisión de hechos ilícitos penales.

* Datos relativos a la comisión de los hechos susceptibles de investigación. Incluye datos relativos a la relación existente entre denunciante y denunciado.

* Datos de identificación de las diligencias informativas y del medio procesal de iniciación de las mismas.

* Datos relativos a la tramitación de las actuaciones fiscales derivadas de los hechos objeto de investigación

* Órganos judiciales.

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Las previstas en el art. 11.2 de la LO 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

* Las derivadas de Convenios internacionales ratificados por España, así como de normas comunitarias de cooperación judicial y fiscal.

* Organismos públicos encargados de la tutela de los incapaces, de acuerdo con los términos de las sentencia que la declaran

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

órganos de la Fiscalía General del Estado y Fiscalías relacionadas en el Anexo II

ALTO

Expedientes gubernativos

Gestión, consulta de información y emisión de documentos procesales relativos a expedientes gubernativos incoados por los órganos de gobierno del Poder Judicial, en los que haya de intervenir el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad, de los derechos de los implicados y del interés público tutelado por la ley

* Interesados e implicados en los procedimientos incoados por los órganos de gobierno del Poder Judicial de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

* En particular, personal al servicio de la Administración de Justicia sometidos a expediente disciplinario ante órganos de gobierno judiciales

Documentos, escritos y resoluciones obrantes en los expedientes gubernativos judiciales

* Datos de identificación de los interesados e implicados (Nombre y apellidos, DNI, n° de registro personal, categoría y destino del funcionario, en su caso).

* Datos de identificación del expediente gubernativo, en sede judicial y fiscal.

* Datos relativos a la autoridad instructora.

* Datos relativos a la tramitación de las actuaciones, resoluciones recaídas, sanciones impuestas, y ejecución de aquellos y éstas

* Órganos de gobierno del Poder Judicial que conozcan de los expedientes.

* Administraciones Públicas de las que dependan los funcionarios sancionados

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Órganos de la Fiscalía General del Estado y Fiscalías relacionadas en el Anexo II

MEDIO

Gestión de personal

Gestión, consulta y emisión de documentos procesales relativos a las plantillas de fiscales y personal de la Administración de Justicia destinados en las Fiscalías y Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto

* Fiscales

* Personal de la Administración de Justicia destinado en las Fiscalías y Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Funcionarios colaborador de la Administración de Justicia, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, destinado en las Fiscalías y Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto

* Los que consten en las disposiciones de nombramiento publicados en el Boletín Oficial del Estado y Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas.

* Los comunicados por las Administraciones de las que dependan los funcionarios mediante los medios admitidos en la legislación de procedimiento administrativo.

* Los comunicados por los propios interesados

* Datos de identificación: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, sexo, documento de identidad, número de registro personal y de afiliación a Seguridad Social o Mutualidad, dirección postal y electrónica, y teléfono.

* Datos académicos: título académico, cursos de formación, publicaciones realizadas, otros méritos profesionales.

* Datos relativos a la carrera administrativa: fecha de incorporación a la Carrera Fiscal o al Cuerpo de pertenencia, situación administrativa.

* Datos relativos a destinos en Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto: fechas de toma de posesión y bajas en los sucesivos destinos en Fiscalías y Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Datos relativos a menciones honoríficas y recompensas, así como a sanciones impuestas de acuerdo con la regulación disciplinaria de la Función Pública y del Ministerio Fiscal

* Órganos del Ministerio Fiscal y Fiscalías territoriales o especiales competentes para conocer del asunto.

* Administraciones públicas territoriales con competencia en materia de personal al servicio de la Administración de Justicia

MINISTERIO FISCAL, a través de las Fiscalías relacionadas en el Anexo II

Órganos de la Fiscalía General del Estado y Fiscalías relacionadas en el Anexo II

MEDIO

ANEXO II.   FICHEROS AUTOMATIZADOS DE DATOS PERSONALES GESTIONADOS POR LOS

·

Fiscalía General del Estado (incluye F. T. Supremo)

Fiscalía Trib. Constitucional

Fiscalía Anticorrupción

Fiscalía antidroga

Fiscalía Audiencia Nacional

Fiscalías Territoriales

Asuntos penales

X

·

X

X

X

X

Menores Reforma

·

·

·

·

X

X

Violencia doméstica

X

·

·

·

·

X

Extranjería

X

·

X

X

X

X

Siniestralidad Laboral

X

·

·

·

X

X

Vigilancia penitenciaria

X

·

X

X

X

X

Asuntos civiles

X

·

·

·

·

X

Internamientos, incapaces y tutelas

·

·

·

·

·

X

Menores Protección

·

·

·

·

·

X

Asuntos Social

X

·

·

·

X

X

Asuntos Contencioso-Administrativo

X

·

·

·

X

X

Recursos de Amparo

·

X

·

·

·

·

Diligencias Informativas

X

X

X

X

X

X

Expedientes gubernativos

X

X

X

X

X

X

Gestión de personal

X

X

X

X

X

X

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