CAPÍTULO V. ALGUNAS CUESTIONES DE INTERÉS CON TRATAMIENTO ESPECÍFICO - 6. CRIMINALIDAD...

6. CRIMINALIDAD INFORMÁTICA

Al abordar esta materia se hace necesario mencionar que en cierta medida todas las personas estamos en situación de vulnerabilidad ante las actividades delictivas que se planifican y desarrollan en el ciberespacio. Las tecnologías poco a poco han ido capilarizando todo el entramado de relaciones interpersonales en las múltiples facetas de la actividad humana, tanto en los contactos entre particulares como en las comunicaciones con todo tipo de organismos e instituciones públicas o privadas. El impresionante nivel de conectividad que ofrecen estas herramientas, y la sencillez y facilidad con que pueden ser utilizadas por cualquier persona, han determinado los elevadísimos índices de penetración de Internet en el conjunto de la sociedad que, según recientes estudios, en enero de 2022, se concretaba en el 62,5 % de la población mundial[1] –4.950 millones de personas– y en el 93,9 % de los habitantes de España entre 16 y 74 años de edad[2].

El uso expansivo y generalizado de los medios digitales y su penetración en la vida cotidiana de las personas, en ocasiones ha derivado en una utilización irreflexiva y atropellada de los mismos, sin tomar las medidas de seguridad y precaución necesarias para prevenir actuaciones irregulares de terceros, y también en la frecuente incorporación a la red por los/as ciudadanos/as –de forma casi inconsciente, al verse estimulada por el dinamismo de las redes sociales y las aplicaciones de mensajería instantánea– de datos e información de carácter personal, lo que nos coloca en permanente situación de riesgo frente a acciones ilícitas de diversa naturaleza: estafas, acceso irregular a dispositivos, robo de información, acoso, amenazas, ataques contra la libertad sexual, etc.

No obstante, y sin perjuicio de ello, es indiscutible que determinados colectivos se encuentran afectados en mayor medida por esta situación. Tal es el caso de las personas menores de edad y de aquellos otros cuya avanzada edad hace que se encuentren más inseguros en el uso de las TIC, también de las mujeres en cuanto víctimas de violencia de género digital y de los grupos de personas, que por concurrir en ellos alguna de las características definidas en el artículo 510 del Código Penal, son más vulnerables frente a las manifestaciones de odio, violencia y discriminación por parte de quienes a causa de su intolerancia no respetan el principio constitucional de igualdad de todos los seres humanos. Se analiza separadamente la problemática concreta que se genera en relación con cada uno de dichos colectivos.

[1] Informe Digital 2022 elaborado en enero de este mismo año por la firma We Are Social y Hootsuit.

[2] Informe elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a finales del año 2021.