CAPÍTULO III. FISCALES COORDINADORES/AS Y DELEGADOS/AS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 13. DELITOS DE ODIO...

13.2 Fiscal de Sala Delegado. Actividad de la Fiscalía General del Estado

Conviene comenzar este apartado de la Memoria con una nueva referencia al citado Decreto de la Excma. Sra. Fiscal General del Estado de fecha 15 de abril de 2021 que da contenido funcional a esta Delegación. Según dispone, las funciones que se delegan en el Fiscal de Sala Delegado son las siguientes:

1. Coordinar, supervisar y procurar la unidad de actuación en la materia por parte de las fiscalías territoriales y secciones especializadas de las mismas.

2. Reforzar la actividad de las secciones especializadas de las fiscalías territoriales y proporcionar el apoyo técnico necesario para la formación de criterio y elaboración de escritos y dictámenes en las diligencias y procedimientos que se siguen por delitos competencia de la delegación.

3. Facilitar a las secciones especializadas y fiscales encargados de los procedimientos los correspondientes resúmenes actualizados de doctrina y jurisprudencia sobre la materia.

4. Supervisión y seguimiento individualizado de los procedimientos de mayor relevancia, trascendencia o complejidad técnica, llevando al efecto los correspondientes expedientes de seguimiento.

5. Proponer a la/el Fiscal General del Estado la elaboración de Circulares o Instrucciones y formular propuestas de resolución de Consultas, todo ello en el ámbito de los delitos de su competencia.

6. Canalizar la dación de cuenta sobre procedimientos que se haya de elevar a la/el Fiscal General del Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 25 EOMF.

7. Promover y dirigir la celebración de Jornadas de Fiscales Especialistas y supervisar la elaboración de sus conclusiones en los términos indicados en la Instrucción FGE 1/2015.

8. Promover la celebración de actividades formativas, cursos y seminarios de especialización en la materia –Instrucción FGE 1/2015– dirigidos a fiscales en colaboración con la Secretaría Técnica y dentro de los planes de formación inicial y continuada de la carrera fiscal.

9. Impulsar y participar en la adopción de protocolos y convenios de colaboración y coordinación con aquellos organismos e instituciones implicados en la prevención, investigación y persecución de los delitos propios de esta especialidad.

10. Supervisar el anuncio y participar con preferencia en la interposición de recursos de casación ante el Tribunal Supremo en procedimientos que tengan por objeto delitos competencia de la delegación.

11. Coordinarse con el resto de las fiscalías de ámbito estatal y unidades especializadas de la FGE, especialmente, con la Fiscalía del Tribunal Supremo, Fiscalía de la Audiencia Nacional, Fiscalía ante el Tribunal Constitucional y Unidad de Criminalidad Informática, para el mantenimiento de criterios comunes.

12. Mantener, en nombre y por delegación del FGE, las relaciones interinstitucionales con los organismos e instituciones con competencia en la materia, con las entidades y asociaciones representativas de los colectivos afectados por estos delitos, muy especialmente, con las entidades representadas en el Acuerdo interinstitucional de lucha contra el racismo, la xenofobia, la LFTBIfobia y otras formas de intolerancia.

Este catálogo de funciones delegadas ha supuesto un apreciable refuerzo de la posición orgánica del Fiscal de Sala Delegado y, por ende, del conjunto de la especialidad. Se sitúa a los delitos de odio y contra la discriminación entre las materias propias de la denominada «unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal» y como objeto de atención prioritaria de nuestra Institución en la actualidad. Las funciones que se encomiendan al Fiscal de Sala configuran una Delegación con competencias y funciones muy próximas a las de las Unidades Coordinadoras de la FGE.

En el ejercicio de tales funciones delegadas se han remitido a los/las fiscales delegados/as y de enlace repertorios doctrinales actualizados sobre la materia, así como las sentencias de interés y con incidencia en los delitos competencia de la especialidad que se dictan por los Tribunales territoriales, Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Igualmente, mediante oficio de fecha 7 de junio de 2021 se ha solicitado de los/las fiscales delegados/as la remisión de todos los escritos de acusación y todas las sentencias dictadas en primera y segunda instancia sobre los delitos de odio y contra la discriminación. Con ello, se crea en la Delegación un repositorio actualizado de los escritos de acusación y sentencias que permite un seguimiento diario de la respuesta que en el ámbito de la jurisdicción penal se está dando a este fenómeno delictivo. Por otro lado, por el Fiscal de Sala Delegado se emitió la Nota Interna/Dictamen n.º 1/2021 analizando la reforma de los tipos penales de odio producida con la LO 8/2021, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

También destacar la confluencia de competencias de esta Delegación con las que corresponden a la Unidad de Criminalidad Informática (UCI) de la FGE cuando los delitos de odio se materializan a través de redes sociales o TICs. De hecho, buena parte de los/las fiscales delegados/as de Delitos de Odio y contra la Discriminación lo son también de Criminalidad Informática. La confluencia de competencias no representa obstáculo o inconveniente alguno, pues la colaboración entre ambas especialidades es del todo satisfactoria y la actuación de ambas se lleva a cabo de forma coordinada o conjunta. En este sentido, desde la UCI y por parte de la Excma. Sra. Fiscal de Sala Coordinadora y de las Ilmas. Sras. Fiscales Adscritas se presta un valioso apoyo a la labor del Fiscal de Sala Delegado.

13.2.1 Diligencias y expedientes de seguimiento

Durante el año 2021 se incoaron un total de 102 Diligencias por denuncias por delitos de odio presentadas directamente ante esta Delegación de la FGE. Significar que, en su mayor parte, se correspondían con hechos acaecidos en el anterior año 2020 durante los periodos de confinamiento y restricciones por la COVID-19.

Sobre ese total de 102 denuncias, 97 lo fueron por delito de discurso de odio del artículo 510.1 del Código Penal y la práctica totalidad de ellas por hechos cometidos a través de las redes sociales (TICs).

De las 102 denuncias: 53 fueron archivadas directamente por tratarse de hechos que de forma evidente y ab initio carecían de relevancia penal; 27 fueron remitidas a la Fiscalía Provincial de Madrid; 20 fueron remitidas a otras fiscalías territoriales; y 2 fueron objeto de acumulación a diligencias de investigación ya existentes.

En cuanto a los expedientes de seguimiento, se incoaron un total de 13 expedientes respecto de diligencias de investigación y procedimientos judiciales por delitos de odio seguidos en las fiscalías territoriales y juzgados de instrucción. Los 13 expedientes se corresponden a los siguientes territorios: 5 a Madrid, 3 a Gran Canaria, 1 a Cantabria, 1 a Álava, 1 a Lugo, 1 a A Coruña y 1 a Barcelona.

13.2.2 Acuerdo de Cooperación Interinstitucional

Como es sabido, el 19 de septiembre de 2018 se suscribió el Acuerdo para cooperar institucionalmente en la lucha contra el racismo, la xenofobia, la lgtbifobia y otras formas de intolerancia. El acuerdo, referente básico de la cooperación entre instituciones en la materia que nos ocupa, fue suscrito por el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado, el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, el Ministerio de Cultura y Deporte y el Centro de Estudios Jurídicos.

El acuerdo crea una Comisión de Seguimiento encargada de velar por su cumplimiento de la que forman parte representantes de las instituciones firmantes, entre las que se encuentra la Fiscalía General del Estado representada por el Fiscal de Sala Delegado de Odio y contra la Discriminación y por la Unidad Coordinadora de Criminalidad Informática (UCI) que intervienen en el ámbito de sus respectivas competencias. Al mismo tiempo, se han formado diversos grupos y subgrupos de trabajo entre los que destacan, por afectar de forma directa a la actuación del Ministerio Fiscal, los siguientes: «Grupo de Análisis de sentencias y recogida de datos estadísticos», «Subgrupo de Respuesta penal a los delitos de odio», «Grupo de Discurso de Odio on line», «Subgrupo del Protocolo para combatir el discurso de odio ilegal en línea» y «Grupo de Formación y Sensibilización». A los dos primeros grupos ordinariamente asiste, en representación de la FGE, el Fiscal de Sala Delegado y a los tres restantes acuden de forma conjunta y coordinada la Fiscal de Sala Coordinadora de la UCI y el Fiscal de Sala Delegado. La Comisión de Seguimiento celebró en el año 2021 sus dos reuniones semestrales los días 29 de julio y 15 de diciembre. También han tenido lugar las correspondientes reuniones de trabajo de cada uno de los grupos y subgrupos antes mencionados.

En el seno de esta Comisión y Grupos se lleva a cabo un intercambio de iniciativas, experiencias y conocimientos entre todas las instituciones y entidades participantes a fin de mejorar la respuesta legal ante las conductas de odio y discriminación. Particularmente, en el ámbito penal se trabaja sobre un documento de «Recomendaciones de mejora de la respuesta penal ante los delitos de odio y su trazabilidad» que se centra, fundamentalmente, en el perfeccionamiento de los registros existentes sobre estos delitos en el ámbito de los órganos jurisdiccionales y del Ministerio Fiscal y en procurar un sistema de control que posibilite la trazabilidad de las causas penales por estos delitos desde el inicio del procedimiento hasta su completa finalización.

Finalmente, hay que señalar que, en marzo de 2021 y por parte de todas las instituciones firmantes del Acuerdo, se suscribió y presentó públicamente el «Protocolo para combatir el discurso de odio ilegal en línea». Es un documento de especial relevancia en esta materia y para el Ministerio Fiscal por cuanto la Unidad de Criminalidad Informática de la FGE se constituye en Punto de Contacto Nacional. El Protocolo se inspira, esencialmente, en el Código de conducta para la lucha contra la incitación ilegal al odio en internet de mayo de 2016, elaborado bajo los auspicios de la Comisión Europea con la participación de países miembros de la UE y determinadas empresas TIC (Facebook, Microsoft, Twitter y Youtube), y también en la Recomendación (UE) 2018/334 de la Comisión, de 1 de marzo, sobre medidas para combatir eficazmente los contenidos ilícitos en línea.

El Protocolo tiene por finalidad dotar de agilidad y eficacia a las decisiones que se adopten sobre bloqueo y/o retirada de contenidos de incitación ilegal al odio evitando que permanezcan accesibles en la red y prolonguen sus efectos perniciosos. Aun cuando su ámbito de aplicación es más extenso, puesto que también alcanza a decisiones administrativas y a solicitudes de los denominados «comunicantes fiables», en lo que respecta a la actuación del Ministerio Fiscal se aplica a contenidos online cuya elaboración o difusión pueda incardinarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 510 CP o en cualquiera de los actos delictivos expresivo-comunicativos en los que sea de aplicación la agravante prevista en el artículo 22. 4.ª CP. En este concreto ámbito, la UCI de la FGE asume el papel de Punto de Contacto Nacional con los prestadores de servicios de alojamiento a los efectos de canalizar y hacer llegar a esas entidades prestadoras de servicios las resoluciones que se hayan dictado por las autoridades competentes –órganos de la jurisdicción penal– sobre la retirada y/o bloqueo de tales contenidos –al amparo de lo dispuesto en el artículo 510.6 CP; con carácter cautelar en base a lo dispuesto en el artículo 13 LECrim y de las previsiones del artículo 8 de la Ley 34/2002, de 22 de julio, de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico–. A fin de poder ejecutar eficazmente el Protocolo se han mantenido contactos y reuniones del Fiscal de Sala Delegado y de la Fiscal de Sala Coordinadora de la UCI con las plataformas de servicios de alojamiento de datos en internet (Instagram, Facebook, Twitter, Google).

13.2.3 Comisión de Seguimiento del Plan de Acción de Lucha contra los Delitos de Odio del Ministerio del Interior.

Los días 27 de enero y 28 de julio tuvieron lugar la Tercera y Cuarta reunión ordinaria de esta Comisión. Forman parte de la misma los máximos responsables del Ministerio del Interior (Ministro y Secretario de Estado), del Área de sistema estadístico y atención a las víctimas, de la Oficina de Nacional de Lucha contra los Delitos de Odio, de la Guardia Civil y de la Policía Nacional. También asisten representantes de las organizaciones civiles de colectivos víctimas de estos delitos. En representación de la Fiscalía General participa el Fiscal de Sala Delegado de Delitos de Odio y contra la Discriminación.

En dichas reuniones se trató del estado de aplicación del Plan de Acción, del seguimiento de sus indicadores, de la encuesta a realizar sobre delitos de odio y de la elaboración del Segundo Plan de Acción de Lucha contra los delitos de odio que habrá de ser aprobado en el año 2022.

Además, el 10 de septiembre se celebró una reunión extraordinaria de esta Comisión de Seguimiento, presidida por el Excmo. Sr. Presidente del Gobierno, en la que cada responsable, incluido el Fiscal de Sala Delegado, tuvo la oportunidad de informar sobre la actividad que desarrolla su respectiva institución y proponer líneas de actuación para mejorar la respuesta penal frente a este tipo de delitos. Por parte del Excmo. Sr. Presidente del Gobierno se anunció la próxima creación de grupos especializados en delitos de odio dentro de la Comisaría General de Información y Brigadas Provinciales de Información del Cuerpo Nacional de Policía y en la Jefatura de Información y unidades periféricas de la Guardia Civil.

13.2.4 Relaciones interinstitucionales y con asociaciones y colectivos

Al margen del Acuerdo de Cooperación Interinstitucional, se han mantenido reuniones o encuentros con instituciones y entidades para tratar diversas cuestiones relacionadas con los delitos de odio: OBERAXE (Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia); Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI (Ministerio de Igualdad); Observatorio Cívico de la Violencia Política en Cataluña; Fundación Secretariado Gitano; y Proyecto Vivre Ensemble («Convivir sin discriminación: un enfoque basado en los derechos humanos y la dimensión de género»; proyecto AECID/FIIAP/OBERAXE dirigido a funcionarios, periodistas y profesionales de los medios de comunicación de Marruecos). También se ha participado en las «II Jornadas de Derechos Humanos del Cuerpo Nacional de Policía» que tuvieron lugar el día 2 de diciembre del 2021 y fueron organizadas por la Dirección General de la Policía.