Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 6. FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA

6.5 Principales causas en las que interviene la Fiscalía Especial

Sin pretensión de exhaustividad y como mera referencia a algunos de los procedimientos más destacados tramitados en 2020 cabe mencionar los siguientes, que aparecen clasificados en los tres grandes ámbitos de actuación de la Fiscalía.

6.5.1 Relacionadas con la delincuencia económica

Sumario 3/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (conocido como caso Fórum Filatélico).

Seguido por delitos de estafa, falseamiento de cuentas anuales, insolvencia punible, administración desleal y blanqueo de capitales, como en el «caso Afinsa», las diligencias practicadas revelaron la existencia de un negocio de captación de ahorro masivo, llevado a cabo en multitud de locales en numerosas poblaciones españolas, mediante la formalización de unos contratos tipo de inversión en sellos que ofrecían el atractivo de unas rentabilidades superiores a los productos de inversión comercializados por las entidades financieras, basadas en una revalorización de la filatelia. Tales sellos, que debían soportar el importe de la inversión, tenían un valor ínfimo en relación con las cantidades entregadas por los clientes y las rentabilidades satisfechas no se correspondían con la revalorización de la filatelia sino con las aportaciones de nuevos clientes que, en una suerte de negocio piramidal, servían para mantener la actividad a costa de incrementar progresivamente la situación de insolvencia de la compañía que alcanzó al tiempo de la intervención los 2.843 millones de euros (patrimonio neto negativo), con 268.000 perjudicados, la mayor defraudación de la historia de España.

Tras siete meses de juicio, el procedimiento finalizó mediante sentencia 23/2018, de 13 de julio, por la que fueron condenadas 20 personas, fijándose una responsabilidad civil por importe de 3.707.127.583 €. Las penas máximas fueron para el presidente de Fórum Filatélico –12 años y 4 meses de prisión–, aunque deben también destacarse las condenas impuestas a otros responsables de la entidad, al auditor externo y a otros partícipes en la estafa situados en la red de proveedores. La sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo, en el año 2019 hasta haber sido finalmente confirmada parcialmente por STS n.º 688/2019, de 4 de marzo de 2020, habiendo resultado condenados 20 personas y fijándose indemnizaciones por más de 3.700 millos de euros a favor de más de 268.000 perjudicados. Con motivo de estas condenas se ha declarado en firme el decomiso de 31 fincas radicadas en varias localidades españolas, así como un total de 6.014.420 €, 24.000 CHF y el saldo obrante en otras 8 cuentas bancarias. Actualmente, está en trámite esta compleja ejecutoria.

Sumario 2/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1 (caso Afinsa).

La ejecutoria (n.º 100/17) sigue su normal tramitación con las incidencias propias de la complejidad de la causa de la que trae origen, evacuándose continuamente informes por el Ministerio Fiscal.

Diligencias Previas 241/2006 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Se investigó una trama organizada de sociedades y personas físicas que tenía como finalidad la defraudación a la Hacienda Pública española en el IVA, tanto por omisión del pago como por la obtención de devoluciones indebidas. Con su actuación la defraudación estimada inicialmente asciende a más de 40 millones de euros, en los ejercicios de 2002, 2003 y 2004. Las personas físicas denunciadas son 80 y las sociedades implicadas 74.

Concluida la instrucción del procedimiento se acordó la incoación del procedimiento abreviado en fecha 16.06.2016 contra 51 acusados, tres partícipes lucrativos y como responsables civiles subsidiarios el BBVA e Iberdrola. La acusación del Ministerio Fiscal se presentó el 27.01.2017 y el auto de apertura de juicio oral fue dictado el 16 de mayo de 2017 y se elevó para enjuiciamiento ante la Sección 4.ª Sala Penal de la Audiencia Nacional el 07.11.2017, Rollo de Sala 15/17.

Las sesiones del juicio oral se iniciaron el 16 de abril de 2018 continuando durante los meses de junio, julio, septiembre, noviembre y diciembre. La sentencia, de 23 de abril de 2019 fue conforme con las peticiones del Fiscal. Debe hacerse constar que ya en trámite de conclusiones definitivas prestaron su conformidad con el pago de las cuotas defraudadas (años 2002/2003/2004) por 11.000.000 euros la cía. BBVA TRADE, filial del BBVA, quien los consignó en la pieza de responsabilidad civil del Juzgado, y una compañía informática por 1.500.000. Actualmente, se encuentra pendiente el recurso de casación.

Diligencias Previas 373/2006 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (Infinity).

Incoadas como consecuencia de un testimonio de las Diligencias Previas 1430/06 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Málaga. Estas Diligencias Previas corresponden a la parte más voluminosa de la instrucción de la llamada «Operación Medina» y el eje de la investigación gira en torno a la defraudación de la sociedad INFINITY SYSTEM SL como autora de varios delitos de fraude a la Hacienda Pública y falsedades, además de la colaboración como cooperadores necesarios de otras sociedades.

La sentencia condenatoria 13/2018 de fecha 4 de mayo, (auto de aclaración de 22/5/18) en la que fueron 44 condenados, fue recurrida en casación y resuelta en febrero de 2020 por el Tribunal Supremo. Actualmente se encuentra en fase de ejecución. Ha sido recuperada la cantidad de 7.300.447,52 €.

Diligencias Previas 90/2010, del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (SGAE).

Este procedimiento tiene su origen en las Diligencias de Investigación n.º 4/2009, relativa a las posibles irregularidades que pudieran haberse llevado a cabo en el seno de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) mediante la creación y actuación de un grupo de sociedades que estarían regidas por personas con puestos de responsabilidad en la propia SGAE y cuyas relaciones negociales entre ellas y con la SGAE se cuestionan, atendidos los fines que el ordenamiento prevé para tal sociedad de gestión. Inicialmente denunciadas seis personas físicas y nueve personas jurídicas por hechos que, provisionalmente, pudieran considerarse como delitos continuados de apropiación indebida y estafa, además de, en su caso, administración fraudulenta.

Formadas piezas separadas, actualmente se encuentra en tramitación la denominada «pieza principal» en la que el 20.09.2017 se formuló por el Fiscal escrito de calificación. Se ha dirigido la acusación contra 11 personas, por delitos de apropiación indebida, con alternativa de administración desleal, ambos continuados; falsedad continuada en documento mercantil y asociación ilícita. El total del perjuicio causado a la SGAE por una estructura creada y consentida durante unos quince años, ascendió a 47.606.746,46 €.

El 27.10.2017 se dictó auto de apertura de juicio oral ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. En este periodo la SGAE se ha apartado de su condición de acusación particular, continuando como perjudicada. Finalmente se ha procedido ante la Sección 2.ª de la Audiencia Nacional a celebrar juicio oral durante los meses de septiembre a diciembre del año 2020.

La pieza separada «Informe MF 3085» (ARTERIA) tiene por objeto la investigación de la llamada red ARTERIA (a raíz de denuncia del que fue arquitecto de la SGAE durante más de 20 años). Merece destacarse que en esta, tras la solicitud del Ministerio Fiscal y haberse dictado auto de prosecución del procedimiento abreviado el 5 de abril de 2019, finalmente confirmado por la Sala de lo Penal (Sección 3.ª) en noviembre de 2019, se formuló por el Ministerio Fiscal escrito de calificación el 11 de diciembre de 2019, en el cual se solicita para el único acusado y principal dirigente de la SGAE, la pena de cuatro años de prisión por delito de administración fraudulenta, así como una indemnización cercana a los treinta millones de euros como perjuicio ocasionado a la SGAE como consecuencia de la adquisición por esta entidad de gestión –a través de la «Fundación Autor»– de los teatros Lope de Vega y Coliseum, más ciertas fincas anejas. El 18 de diciembre de 2019 se dictó auto de apertura de juicio oral ante el Juzgado Central de lo Penal.

Es de significar que, a lo largo de 2020, la SGAE, en cuanto parte perjudicada y personada como acusación particular, con escrito de acusación en buena medida coincidente con el del Ministerio Fiscal; procede, primero a apartarse en su condición de parte acusadora y, después, a reservarse las acciones civiles, no sin antes adoptar una postura idéntica a la defensa del acusado, contraria a la que había venido manteniendo durante años en las fases de instrucción e intermedia del proceso.

Diligencias Previas 112/2011, del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (Nueva Rumasa).

La presentación de querella por diversas personas físicas, a la que han seguido otras por parte de algunos compradores de pagarés corporativos de distintas empresas de la llamada Nueva Rumasa, fue admitida por auto de 03.06.2011, tras informe favorable del Fiscal. Ello ha determinado la remisión de las Diligencias de Investigación 2/2010, incoadas el 09.03.2010 tras la denuncia presentada por la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la AEAT, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773.2 LECrim. El procedimiento se sigue por delitos de estafa, alzamiento de bienes, delito contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales.

En fecha 23.02.2017 se formuló el escrito de acusación por el Ministerio Fiscal y en fecha 28.04.2017 se dictó auto de apertura del juicio oral. El procedimiento se encuentra elevado a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, habiéndose señalado el inicio de las sesiones del juicio oral para el mes de octubre de 2022.

Diligencias Previas 170/2011 del Juzgado Central de Instrucción n.º 3 (Caja de Ahorros del Mediterráneo).

Se incoaron mediante auto de fecha 07.10.2011 en virtud de la denuncia contra la Directora General de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) y otros, por presuntos delitos de estafa, societario y de falsedad documental.

El 27.04.2015 se dictó auto de procedimiento abreviado y se presentó escrito de acusación el 9.2.2016. Durante los meses de mayo a julio de 2017 se celebró el juicio oral, habiéndose dictado sentencia condenatoria 28/2017, de 17 de octubre, en buena parte coincidente con la acusación del Ministerio Fiscal, que fue confirmada parcialmente por sentencia del Tribunal Supremo dictada el 22 de julio de 2019. Se encuentra en fase de ejecución.

Pieza separada de Cuotas Participativas y Deuda Subordinada.

En el año 2017 el Ministerio Fiscal solicitó el sobreseimiento provisional y archivo y, si bien se acordó respecto a la emisión de cuotas participativas, no ocurrió lo mismo en relación a la deuda subordinada.

En fecha 25 de enero de 2018 el Ministerio Fiscal presentó, al amparo de lo dispuesto en el artículo 783.1 LECrim, escrito de conclusiones provisionales absolutorias al entender que las tres emisiones de participaciones preferentes realizadas por la CAM en los años 2001, 2002 y 2009 así como la de deuda subordinada del año 2004 objeto de investigación en este procedimiento no eran constitutivas de delito, celebrándose en el mes de julio de 2018 ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el juicio oral en el que, como cuestión previa, se alegó por el Ministerio Fiscal la falta de legitimación de la acusación popular, cuestión que fue estimada por la Sala que, en fecha 12 de julio, dictó auto acordando el sobreseimiento y archivo de este procedimiento.

Esta resolución ha sido recurrida en casación por la acusación popular. En fecha 11 de marzo de 2020 el Tribunal Supremo dictó sentencia confirmando íntegramente el auto de 12 de julio de 2018 dictado por la Sección 4.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que declaró su sobreseimiento libre y archivo, tal y como solicitada el Ministerio Fiscal, por falta de legitimación de la acusación popular para actuar como única parte acusatoria.

Diligencias Previas 77/2012 del Juzgado Central de Instrucción n.º 3 (pieza separada CAM: operaciones con Valfensal, S. L.).

Querella de la Fundación CAM por apropiación indebida, administración desleal, contra el Director general de la CAM, el Director general de empresas de la CAM y contra los empresarios del Grupo Mar Confort Hoteles, en relación a operación realizadas por la sociedad TIP, Tenedora de Inversiones y Participaciones, S. L. participada el 100% por la CAM, con sociedades pertenecientes al grupo Valfensal.

Celebrado el juicio oral, durante el mes de octubre de 2020, se dictó sentencia el 15 de diciembre del mismo año, condenatoria para todos los acusados.

Diligencias Previas 59/2012, del Juzgado Central de Instrucción n.º 4 (Bankia).

Se inició mediante querella formulada el 11.06.2012, por el partido político Unión, Progreso y Democracia (UPyD) contra las entidades Bankia y Banco Financiero y de Ahorros (BFA) y sus consejeros por la presunta comisión de delitos de falsedad de las cuentas anuales, delitos de administración fraudulenta, maquinación para alterar el precio de las cosas, y apropiación indebida. Sobre estos hechos, la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada había ordenado en fecha 28.05.2012, la apertura de las Diligencias de Investigación 5/2012, que cesaron tras la referida judicialización.

Procedimiento de extraordinaria amplitud y complejidad, referido al proceso de fusión de las Cajas de Ahorro que dio origen a la constitución de BFA, al deterioro patrimonial de Bankia, S. A., que ha ido creciendo progresivamente en un breve período de tiempo hasta el punto de sugerir la existencia de un fraude contable previo a la ulterior salida a bolsa de Bankia, hechos circunscritos a un período de tiempo muy concreto: 2010 y 2011.

Respecto al procedimiento principal, dictado auto de procedimiento abreviado el 11.05.2017, se formuló acusación por el Ministerio Fiscal el 12.06.2017, acordándose la apertura del juicio oral el 17.11.2017.

Las sesiones del juicio oral ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, comenzaron el 26 de noviembre de 2018 y se han extendido hasta el día 2 de octubre de 2019, en sesiones mayoritariamente de mañana y tarde. Con fecha 29 de septiembre de 2020 ha recaído sentencia absolutoria sobre todos los hechos y partícipes, tanto respecto de los incluidos en el escrito de conclusiones provisionales del Fiscal como de los contenidos en la posterior ampliación en conclusiones definitivas. La Fiscalía no ha recurrido la sentencia en casación.

Respecto de la pieza separada referida a la existencia de unas tarjetas de crédito proporcionadas por los responsables de Caja Madrid y Bankia y de Bankia a algunos consejeros y directivos fuera del circuito ordinario de otorgamiento de tarjetas de empresa de la entidad («tarjetas black»), se celebró el juicio ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional entre octubre de 2016 y enero de 2017, recayendo sentencia condenatoria de fecha 23.02.2017, contra 64 usuarios de tales tarjetas, plenamente conforme con la petición del Fiscal. Recurrida en casación el 16.03.2017 fue casi íntegramente confirmada por el Tribunal Supremo en sentencia 438/2018, de 3 de octubre. En 2018 se inició la ejecución, parte de los condenados ingresaron en prisión y se despacharon cuestiones diversas relativas a la suspensión de condena, sustitución de penas, liquidaciones de condenas pecuniarias y pago de intereses, entre otras. Durante el 2020 se ha continuado con la ejecución, emitiendo la Fiscalía varios informes sobre progresiones de grado, acceso a la libertad condicional o permisos penitenciarios. Fundamentalmente entre 2018 y 2019 se produjo la satisfacción de todas las responsabilidades pecuniarias posteriores a la sentencia, existiendo también pagos anteriores al juicio oral. Las cuantías impuestas ascienden en total a 1.949.781,68 € en concepto de responsabilidad civil y 37.800 € en concepto de multa.

Finalmente, la pieza de participaciones preferentes, fue archivada por auto de 17 de mayo de 2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4, que hizo suyos los argumentos expuestos por el Fiscal en su informe de 14 de mayo de 2018. El archivo fue confirmado por la Sección 3.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en autos de 15 de octubre de 2018 y 28 de febrero de 2019.

Diligencias Previas 76/2012 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1 (Banco de Valencia).

Estas diligencias se incoaron con motivo de la denuncia interpuesta por el FROB contra, entre otros, el Consejero Delegado del Banco de Valencia por la posible comisión de diversos delitos societarios.

Por auto de 27.06.2012 se requirió de inhibición al Juzgado de Instrucción 3 de Valencia respecto de las DP 773/12 que se siguen por querella presentada por algunos accionistas de la entidad Banco de Valencia contra miembros del Consejo de Administración.

Tras la práctica de las diligencias de instrucción necesarias, el 27 de febrero de 2018 se presentó escrito de calificación por un delito de administración desleal, dictándose auto de PA el 26.02.2018. El Juzgado dictó auto de apertura de juicio oral el 22 de octubre de 2018.

De este procedimiento se han desgajado las DP 33/13; 39/13; 45/13 y 46/13. En estas últimas se dictó auto de PA el 19.02.18 y fue presentado escrito de acusación el 23 de febrero de 2018.

El Juzgado Central de lo Penal ha señalado el juicio para los meses noviembre y diciembre de 2021.

Diligencias Previas 31/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Seguidas por presuntos delitos de falseamiento de cuentas anuales y otra información económica o contable de los arts. 290 y 282 bis CP, estafa de los arts. 248 y 250 CP y utilización de información relevante del art. 285 CP, contra algunos miembros del consejo de administración y otros cargos ejecutivos de la entidad Pescanova, SA.

La instrucción de la causa concluyó el 06.06.2017 El Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación en fecha 23 de abril de 2018 contra 19 personas físicas y 7 personas jurídicas, habiéndose dictado auto de apertura de juicio oral de 11 de junio de 2018. Interesa destacar que el 2 de diciembre de 2019 se celebró el juicio oral, recayendo sentencia núm. 14/2020, de 6 de octubre, de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que condenó a siete personas físicas y una persona jurídica con penas que van desde los seis meses a los seis años de prisión, por delitos de falseamiento de cuentas anuales y otra información económica o contable, falsedad en documento mercantil, estafa y utilización de información relevante. Dicha sentencia no es firme por haberse recurrido en casación. Con motivo de estas condenas se acordó el decomiso –todavía no firme– de 4.651.000 €.

En cuanto a la pieza separada «Pescanova PS 1», se incoó por auto de 5 de febrero de 2018 a partir de información financiera transmitida por las autoridades de Andorra. Se formuló escrito de acusación por el Ministerio Fiscal en marzo de 2019 y se celebró el juicio durante el mes de julio de 2020. El hecho más relevante es que la Sección 4.ª de la Sala de la Penal de la Audiencia Nacional, se dictó sentencia núm. 12/20, de 21 de septiembre, absolviendo a los tres acusados. Aunque se anunció y preparó recurso de casación, finalmente la Fiscalía del Tribunal Supremo no consideró procedente su interposición.

Diligencias Previas 63/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5. (HSBC).

Procedimiento derivado de las Diligencias Informativas 1/2012 incoadas por delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales consecuencia de la aportación por Hervé Falciani de ficheros informáticos conteniendo datos de contribuyentes españoles con depósitos en la entidad bancaria HSBC Private Bank Suisse SA, analizados con la finalidad de localizar contribuyentes con obligaciones tributarias incumplidas cuyos fraudes superasen el dintel de 120.000 €. Este trabajo dio lugar a la interposición de tres denuncias distintas contra 227 personas físicas, los gestores e intermediarios del HSBC Private Bank Suisse y la propia entidad bancaria helvética por delitos fiscales y blanqueo de capitales, que dieron lugar a las Diligencias Previas 63/13 del Juzgado Central de Instrucción 5, una relativa al territorio foral de Navarra, otra al de Álava y una tercera respecto del resto de España.

Durante el primer semestre del año 2016 se procedió a la inhibición a los Juzgados territoriales correspondientes a sus domicilios fiscales respecto de 57 personas físicas (35 piezas separadas) con cuotas defraudadas superiores a 120.000 €. Actualmente estas piezas han requerido la labor de coordinación con las Fiscalías receptoras y diversas cuestiones procesales.

Por otra parte, las actuaciones principales que permanecen en el Juzgado Central n.º 5, han dado lugar a dos nuevas piezas: Gestores y Entidades, por auto de fecha 22 de junio de 2018, se declaró la complejidad de la primera, y respecto de la segunda, más avanzada, por auto de fecha 30 de octubre de 2018, se declaró la complejidad de la causa, ambas se encuentran en fase de instrucción. En abril de 2020 las representaciones procesales de los investigados de ambas entidades interpusieron recursos de apelación solicitando el archivo de las actuaciones que fueron desestimados por autos de la Sala de lo Penal de julio del mismo año.

Diligencias Previas 65/2013 del Juzgado Central n.º 1 (Banco de Valencia).

Iniciadas en virtud de querella de una asociación de inversores por falsedad documental y administración desleal en relación con las cuentas de Banco de Valencia del ejercicio 2010 contra los miembros del Consejo de Administración del Banco, el auditor y la sociedad auditora Deloitte. Se incorpora al procedimiento las inspecciones del Banco de España a la entidad desde 2008 hasta la incoación del expediente disciplinario en 2013, el expediente incoado en el ICAC contra Deloitte por estos hechos, la investigación abierta en la CNMV como consecuencia de los hechos deducidos por Banco de España a esta institución y parte de las periciales de Bankia del procedimiento del Juzgado Central 4 que investiga la salida a Bolsa de esta entidad. La Unidad de Apoyo de la IGAE adscrita a esta Fiscalía ha emitido diversos informes al respecto.

Tras la práctica de las oportunas diligencias, finalmente, se presentó escrito de acusación por un delito continuado de falsedad de cuentas del art. 290.2 del CP, frente al ex consejo de administración del Banco de Valencia. Se encuentran pendientes de resolver los recursos de apelación contra el auto acordando la incoación del procedimiento abreviado.

Diligencias Previas 118/2013 del Juzgado Central de Instrucción n.º 3 (Bancaja, Gran Coral).

Entre 2005 a 2009, Bancaja y su filial Banco de Valencia, realizaron, a través su sociedad inmobiliaria Bancaja Habitat y del propio Banco de Valencia una serie de inversiones en el Caribe, concretamente en México. De toda la operativa descrita en el informe de PwC, destacan tres operaciones muy significativas y que implican la comisión de un delito de apropiación indebida.

Se presentó escrito de acusación el 26 de septiembre de 2018 por delito de apropiación indebida y blanqueo de capitales contra cuarenta y ocho acusados. Los hechos vienen referidos a la Operación Grand Coral en la que resultó perjudicada Bancaja y Banco de Valencia, solicitándose una indemnización de 178.283.103 € a favor de las sucesoras de estas entidades bancarias. Dictándose auto de apertura de juicio oral el 8 de noviembre de 2018, dicho auto quedó anulado de resultas de un recurso ante la Sala y el Fiscal volvió a calificar en nuevo escrito de conclusiones provisionales de fecha 28 de febrero de 2019, lo que motivó el auto de 11 de abril de 2019, acordando la apertura del juicio oral. Se elevó inicialmente a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para su enjuiciamiento, pero se acordó su devolución al Juzgado Central de Instrucción núm. 3.

Diligencias Previas n.º 45/2019, del Juzgado Central de Instrucción n.º 6.

En 2020 se ha dado por concluida la fase de instrucción, dirigiéndose la acusación contra el anterior CEO y 4 personas directivas inmediatamente dependientes de aquel, por un delito continuado de falsedad de cuentas anuales de la mercantil DIA, S. A. ya en 2021.

Diligencias Previas 2310/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 31 de Madrid.

Tiene su origen en una denuncia formulada por el Ministerio Fiscal, contra el exPresidente de Caja Madrid y Bankia y su asesor fiscal por delitos contra la Hacienda Pública, alzamiento de bienes, blanqueo de capitales y corrupción privada.

Se llevaron a cabo numerosas declaraciones de investigados y de testigos, e investigaciones por la ONIF y por la UCO. En los años 2015 y 2016 se abrieron 7 piezas separadas habiéndose archivado 2 de ellas, e incoado una nueva el 24.05.2017.

En relación a la Pieza de Corrupción en los Negocios, por auto de fecha 21 de mayo de 2019, se acordó la apertura de juicio oral.

En julio de 2020 se presentó informe pericial y se interesó la práctica de varias diligencias, encaminadas a la toma de medidas cautelares que garantizaran el eventual decomiso de los bienes de naturaleza ilícita controlados por el investigado.

Diligencias Previas 31/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (Vitaldent).

Procedentes de las Diligencias Previas núm. 606/2015, del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Majadahonda, traen su origen de las Diligencias de Investigación núm. 13/2013 de esta Fiscalía Especial. Por auto de 22.03.2016, el Juzgado Central de Instrucción núm. 6 incoó las presentes Diligencias Previas por delitos de blanqueo de capitales, falsedad, estafa, fraude fiscal y otros en el seno de una organización perfectamente estructurada, lo que determinó la detención de los investigados, entradas y registros y adopción de medidas cautelares personales y reales. Se investiga la trama económica de Vitaldent, con relación a un posible delito de insolvencia punible y blanqueo de capitales mediante contacto con la «mafia» siciliana.

Se promovió la administración judicial del grupo empresarial Vitaldent para, posteriormente, venderlo al fondo de inversión JB, permitiendo la continuidad del negocio y los puestos de trabajo.

Actualmente, se encuentra pendiente de la ejecución de varias Comisiones Rogatorias y del informe pericial de la Agencia Tributaria.

Diligencias Previas 30/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2 (caso Iberdrola).

Las Diligencias Previas tienen su origen en denuncia presentada contra Iberdrola Generación España SAU, por posible delito relativo al mercado y a los consumidores del artículo 281 del Código Penal.

El 12 de julio de 2019 se acordó por la Fiscalía, con la finalidad de impulsar la tramitación del procedimiento, la práctica de diversas diligencias consistentes en la recopilación de información a través de la Unidad de Policía Judicial adscrita a esta Fiscalía. La documentación se ha incorporado al procedimiento y motivado la petición de nuevas diligencias acordadas por el Magistrado Instructor.

Diligencias Previas 42/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4 (Banco Popular Español).

En las Presentes Diligencias Previas mediante auto de 04.10.2017 se acordó la incoación del procedimiento. Se investiga la ampliación de capital realizada por el Banco Popular Español, SA en el ejercicio de 2016, por un importe de 2.505,5 millones de euros. Para captar el capital de los potenciales inversores el banco proporcionó a estos, a través de los folletos de inversión, una información de sus estados contables y financieros que no reflejaba la verdadera situación económica de la entidad de suerte que, de haber reflejado la imagen fiel, no se habría efectuado la inversión en los términos y condiciones que lo fue. Algunas de las diferencias contables de carácter relevante se pusieron de manifiesto meses después cuando se llevaron a cabo por la entidad diversos ajustes contables.

Se investiga también lo que por alguno de los querellantes y denunciantes se considera una campaña de desprestigio del banco a través de la publicación de noticias que contenían datos o información falsa, para hacer caer el valor de la cotización de sus acciones y obtener así importantes beneficios.

Los anteriores hechos pudieran ser constitutivos de un delito relativo al mercado y a los consumidores del artículo 282 bis del Código Penal y de un delito de manipulación del mercado del artículo 284 del Código Penal.

En el marco del procedimiento se ha pedido a la CNMV la elaboración de un informe sobre la existencia de uso de información relevante para la cotización, a los efectos prevenidos en el artículo 285 del Código Penal.

Tras haberse presentado un informe pericial, en abril de 2019, elaborado por inspectores del Banco de España, se han realizado las diligencias necesarias para recopilar la documentación e información que se ha considerado conveniente para el esclarecimiento de los hechos y recibida declaración como investigados a 20 de los miembros del consejo de administración de la entidad bancaria. Durante 2020, se siguen practicando diligencias tendentes a la incorporación a la causa de documentos necesarios para el esclarecimiento de los hechos y declaraciones testificales.

Diligencias Previas 35/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1 (caso RFEF).

El procedimiento se inició en virtud de denuncia del Fiscal de 06.04.2017 por presuntas irregularidades en actuaciones llevadas a cabo por dirigentes de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que pudieran suponer un grave perjuicio para ella en favor de la empresa Grupo Santa Mónica, posibles vinculaciones entre miembros de las Federaciones Autonómicas de Fútbol y empresas que realizan obras en instalaciones deportivas vinculadas a dichas federaciones, y otros hechos. En la actualidad el número de investigados asciende a 43 personas físicas y 21 personas jurídicas.

En el año 2020 se ha recibido nuevo informe de la unidad policial investigadora sobre el resultado de las evidencias analizadas y relativas a presuntas irregularidades por excesos en las facultades de administración del patrimonio de la Real Federación Española de Fútbol, así como llevado a cabo otras diligencias de instrucción.

En la actualidad, el procedimiento se encuentra pendiente del resultado de las diligencias periciales acordadas a instancia del Fiscal y de las comisiones rogatorias en trámite.

Diligencias Previas n.º 42/18, del Juzgado Central de Instrucción n.º 4.

Se trata del que pudiera ser considerado el mayor desfalco a nivel mundial que se haya cometido de un fondo soberano, en este caso de Malasia, con ramificaciones en España. Es un procedimiento que se inicia en virtud de denuncia del Ministerio Fiscal de 14.06.2018, a partir de una investigación que se estaba llevando a cabo en el seno de las Diligencias de Investigación n.º 6/2017. La judicialización realizada consigue evitar la salida de territorio nacional de una importante suma de millones de euros que constituiría ganancia procedente de delito de blanqueo de capitales cometido a través de negocio jurídico concluido tres años antes con dinero procedente de cuenta bancaria en país extranjero, a su vez con origen en actividad delictiva en otros países. Adicionalmente se han adoptado otras medidas cautelares reales sobre bienes valorados también en un muy alto importe.

Tanto por blanqueo como por otros delitos se han originado investigaciones, y existen juicios en marcha, en varios continentes dadas las dimensiones extraordinarias de la actividad delictiva de base, que bien podría superar en conjunto los cuatro mil quinientos millones $ USA.

Diligencias Previas 63/2014, del Juzgado Central de Instrucción n.º 1 (caso Gowex).

Se incoaron en el mes de julio 2014 tras la comparecencia en el Juzgado de Guardia de la Audiencia Nacional del socio fundador y administrador único de la mercantil Gowex, cuya actividad es la prestación de servicios de soporte de comunicación y de wifi en las ciudades. La referida mercantil cotizaba en Bolsa en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) en España y también desde el año 2010 salió al mercado bursátil Alternext, homólogo al anterior, pero en Francia. En la citada comparecencia señaló que las cuentas de la citada mercantil desde su salida a Bolsa, no respondían a la realidad contable de la misma, lo que no impidió la captación de nuevos inversores.

Con fecha 4 de abril de 2019, se formuló escrito de acusación contra personas físicas y jurídicas, entre otros, por delitos de falsedad, apropiación indebida, delito societario, fraude de inversores, fraude a los presupuestos de la Unión Europea y uso de información relevante para la cotización. El 21 de agosto de 2019 se dictó auto de apertura de juicio oral. Se encuentra pendiente de señalamiento.

Diligencias Previas 56/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4 (caso Urbas).

Incoadas en virtud de querella por auto de 26.07.2017, en relación a ampliación de capital, por importe superior a 300.000.000 €, de la sociedad Urbas Grupo Financiero SA suscrito mediante la aportación de múltiples fincas con serios indicios de haber sido fuertemente sobrevalorados.

Se han practicado numerosas diligencias recabando documentos, recibiendo declaraciones a investigados y la práctica de declaraciones de testigos tendentes, fundamentalmente, a acreditar la responsabilidad penal de la persona jurídica Grant Thorton. Finalizada la instrucción, se dictó auto de continuación por los trámites del Procedimiento Abreviado en octubre de 2020. Están imputadas como personas jurídicas Grant Thorton Corporation S. L. P y, además, Urbas Grupo Financiero S. A.

Diligencias Previas n.º 9/2020 del Juzgado Central de Instrucción núm. 2.

El origen de las presentes diligencia está en una investigación cuya referencia fueron las diligencias de investigación núm. 13/2018 de esta Fiscalía Anticorrupción, que dieron lugar a que se interpusiese querella ante la Audiencia Nacional, habiendo sido admitida por el Juzgado Central de Instrucción núm. 2 que ha decretado el secreto de las actuaciones.

La investigación, consiste de forma sucinta en la existencia de unos ciudadanos ucranianos y letones que formando parte de una red internacional no identificada hasta el momento, se dedica al tráfico ilegal de armamento, creando para ello una estructura societaria en territorio español, utilizando personas interpuestas y entramados societarios ubicados en países de la Unión Europea y en países con nula colaboración fiscal, todo ello con la finalidad de dar apariencia legal a la adquisición de patrimonio proveniente de empresas de transporte marítimo, que fletan buques en donde se traslada material armamentístico destinado a países en procesos bélicos, sin la preceptiva autorización de las Naciones Unidas, violando así los embargos internacionales.

Diligencias Previas 42/2018 del Juzgado Central de Instrucción número 4.

Las Diligencias se incoaron en virtud de denuncia formulada por el Fiscal en fecha 14 de junio de 2018, derivadas de las diligencias de Investigación 6/17 de esta Fiscalía, que tuvieron su origen en informe de inteligencia financiera remitido por el SEPBLAC por presuntos delitos de blanqueo de capitales y organización criminal.

La judicialización realizada consigue evitar la salida de territorio nacional de una importante suma de millones de euros que constituiría ganancia procedente de delito de blanqueo de capitales cometido en el extranjero. Adicionalmente se han adoptado otras medidas cautelares reales sobre bienes valorados también en un muy alto importe.

Tanto por blanqueo como por otros delitos se han originado investigaciones, y existen juicios en marcha, en varios continentes dadas las dimensiones extraordinarias de la actividad delictiva de base, que bien podría superar los cuatro mil quinientos millones de dólares.

Diligencias Previas 31/16 del Juzgado Central n.º 2.

La querella que dio lugar a esta causa tiene por origen informe emitido por la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) sobre la actividad de un despacho consistente en el auxilio a sus clientes en la formación de estructuras societarias ficticias para favorecer la elusión de impuestos, así como en la utilización por el propio despacho de estructuras idénticas para la elusión de sus propios tributos y la de sus socios.

El instructor el 12 de junio de 2019 dictó auto de transformación de Procedimiento Abreviado. Contra el auto de PA por parte de algunos de los investigados se interpusieron recursos de reforma y de apelación. Tras su resolución, por providencia de 3 de enero de 2020 se dio traslado para la emisión del escrito de calificación.

En la causa se han presentado seis escritos de calificación con conformidad de otros tantos acusados y un escrito de calificación genérico, de fecha 28 de febrero, que comprende todos los hechos objeto de acusación que afecta a 31 acusados (incluidos los seis que han prestado su conformidad). Tras ello se dictó auto de apertura de juicio oral con fecha 11 de junio de 2020 que motivó la presentación de varios recursos de reforma y subsidiarios de apelación.

6.5.2 Relacionadas con la corrupción

Diligencias Previas 275/2008 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (Caso Gürtell).

El objeto del procedimiento es la investigación de la actividad de un grupo personal y societario dirigido por F. C. y cuya principal actividad habría sido tanto obtener un ilícito beneficio con cargo a fondos públicos mediante la entrega de gratificaciones a funcionarios y autoridades como ocultar dicho beneficio. Esa actividad se habría extendido durante un largo periodo de tiempo que comprendería, al menos, desde diciembre de 1999 hasta febrero de 2009. Asimismo, en el ámbito espacial, las conductas irregulares en relación con las Administraciones Públicas se desarrollaron en la Comunidad de Madrid y distintos municipios de esta (Boadilla del Monte, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Arganda del Rey), a la Comunidad Valenciana, Castilla y León y Jerez de la Frontera.

Estos hechos aparecen cometidos por un elevado número de personas (habiéndose investigado a más de 100), a través de una multiplicidad de sociedades tanto españolas como extranjeras (así, solo el entramado personal del principal responsable de la organización estaría conformado por más de 20 entidades con domicilio, entre otros estados, en España, Panamá, St. Christopher & Nevis, Reino Unido, Curaçao y Estados Unidos), en una pluralidad de localidades en relación con numerosos Ayuntamientos y Entidades Públicas.

Ello ha supuesto la incoación, hasta la fecha, de varias piezas separadas:

– Pieza Separada «Época I: 1999-2005».

El Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación en enero de 2015 dictándose auto de apertura de juicio oral el 05.03.2015.

Tras elevarse la causa a la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional las sesiones del juicio oral comenzaron el 04.10.2016, extendiéndose durante 126 sesiones. El juicio quedó visto para sentencia el 17.11.2017. El 17.05.2018 recayó sentencia condenatoria (auto aclaración de 12/6/18), contra la que se interpuso recurso de casación por el Ministerio Fiscal (22.11.2018) y por los condenados.

La Sala II del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, el 14.10.2020 resolviendo los diversos recursos de casación y confirma, prácticamente, las 29 condenadas de la sentencia de instancia dictada por la Sala 2.ª de la Audiencia Nacional, con pequeños ajustes técnicos. Tras ello, se abrió la correspondiente ejecutoria, habiendo ingresado ya en prisión aquellos condenados a penas de prisión superiores a los 5 años, ejecutándose las responsabilidades pecuniarias, las sanciones económicas y los decomisos.

– Pieza Separada «FITUR».

Tras de 11 meses de juicio, el 08.02.2017 se dictó sentencia por el TSJ de la Comunidad Valencia que, acogiendo prácticamente en su totalidad la tesis de la Fiscalía, condenó a los acusados por delitos de asociación ilícita, prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos y falsedad a penas de prisión que oscilan entre 3 y 13 años y 3 meses de prisión, así como otras penas de inhabilitación y multa de idéntica gravedad. En fecha 8 de mayo de 2018 el Tribunal Supremo dictó sentencia desestimando íntegramente los recursos de casación interpuestos por los condenados, lo que motivó el ingreso en prisión de todos ellos. Actualmente se siguen ejecutando las penas impuestas que fueron superiores, para alguno de los acusados, a los 13 años de prisión.

– Pieza Separada «Informe UDEF-BLA 22.510/13».

El 23.03.2015 se dictó por el Instructor auto de incoación de procedimiento abreviado contra el que se han formulado diversos recursos por las partes. Con fecha 24.04.2015 se formuló escrito de acusación. El 30.07.2015 se procedió por la Sección 2 de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a la formación del Rollo de Sala.

Mediante auto de 27.02.2017 se procedió por el Juzgado Central de Instrucción a la reapertura de las diligencias respecto de determinados investigados cuyas actuaciones habían sido objeto de sobreseimiento provisional.

En los escritos de acusación, la sociedad Unifica, tenida como responsable civil subsidiaria, ha ingresado antes del juicio oral, 194.503,94 € en la cuenta de consignaciones correspondientes a la cuota defraudada por el impuesto de sociedades de Unifica en el ejercicio 2007, atendiendo al escrito de acusación del Ministerio Fiscal.

Las sesiones del juicio oral se celebrarán durante el mes de febrero prolongándose hasta el 20 de mayo de 2021.

– Pieza Separada «Jerez».

Pieza relativa a determinados contratos administrativos llevados a cabo por una entidad participada por el Ayuntamiento de Jerez para el desarrollo de los servicios de FITUR 2004. Concluida la instrucción de la causa, se presentó calificación por el Ministerio Fiscal el 23.11.2015 y por auto de enero de 07.01.2016 se acordó la apertura del juicio oral, que se ha celebrado entre los meses de mayo y septiembre del año 2019, en el que se dictó sentencia parcialmente condenatoria el 20.11.2019, a los integrantes del «grupo Correa» y apreciando para el resto de funcionarios del Ayuntamiento de Jerez, la absolución por prescripción de los hechos. El Fiscal interpuso recurso de casación, actualmente pendiente de resolución.

– Pieza Separada «AENA».

En ella se ponen de relieve determinados hechos y datos relacionados con la contratación llevada a cabo por diversas empresas con la entidad pública AENA, y el presunto abono de distintos servicios y gastos de carácter particular a empleados de este organismo público durante los años 2000 a 2002. Concluida la instrucción de la causa se presentó la calificación del Ministerio Fiscal el 28.12.2015. El auto de apertura de juicio oral fue dictado el 08.01.2016. Por auto de la Sección 2.ª Sala Penal de la Audiencia nacional de 10.10.2018, se admiten las pruebas propuestas en Rollo de Sala 6/16, y se acuerda señalamiento sesiones juicio oral, que finaliza con sentencia condenatoria el 27.05.2019.

– Pieza Separada «5-Valencia».

Seguida por diversos delitos de prevaricación, malversación, falsificación y cohecho cometidos con ocasión de la contratación pública con diversas Consellerías y otros órganos de la Generalidad Valenciana no vinculados a la adjudicación de los distintos expedientes de las Ferias Internacionales de Turismo FITUR. Formulada acusación con fecha 05.09.2014, con fecha 11.01.2016 se dictó auto de apertura de juicio oral. Elevado a la Sección Segunda de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, se encontraba pendiente de señalamiento de juicio oral.

A instancia del Ministerio Fiscal, se acuerda retrotraer las actuaciones a la fase de instrucción, acordándose por resolución de 12 de julio de 2018, la Reapertura de la instrucción de la Pieza n.º 5 de las DP 275/08 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de la Audiencia Nacional, conocida como pieza valenciana de contratación, con el fin de investigar la participación que habría tenido el entonces Presidente de la Generalitat Valenciana en dichas adjudicaciones, presentándose el 18 de junio de 2019 escrito de acusación.

– Pieza Separada «1-2-6 Valencia» (piezas 1, delito electoral; 2, falsificación en relación con financiación irregular y 6, contra la Hacienda Pública).

Se dictó auto de apertura de juicio oral con fecha 26.02.2016 y el juicio oral se celebró entre los meses de enero y mayo de 2018 y recayó sentencia condenatoria por delitos electorales, falsedad y contra la Hacienda Pública. La sentencia fue confirmada en vía de apelación en 2019 y se encuentra en trámite de ejecución. Con fecha 12.07.2018, como consecuencia de la prueba practicada en el transcurso de las sesiones de la vista oral, se solicitó la reapertura de la pieza separada n.º 5 de contrataciones de la Administración valenciana (PA 3/16, Sección 2.ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ver supra).

Pieza Separada «Valencia-4». Se sigue por prevaricación y otros posibles delitos en relación con la contratación por parte del ente público radiotelevisión valenciana con diversas empresas a raíz de la celebración del evento del V Encuentro de las Familias, con ocasión de la visita del Papa a Valencia en julio de 2006. Tras la celebración de la vista oral a lo largo de tres meses (que tuvo que suspenderse en marzo causa del confinamiento para ser retomado en mayo) y su finalización a finales de julio 2020, el 25 de noviembre de 2020 se ha dictado sentencia condenatoria por la Sección 2.ª de la Audiencia Nacional para 19 acusados, con una media de 14 años de prisión para los cabecillas de lo que se viene llamando «Grupo Correa».

«Pieza Principal», delitos fiscales y blanqueos. Tras dictarse auto de Procedimiento Abreviado el 09.03.2020 el Fiscal recurrió dicho auto en Apelación al haberse acordado el sobreseimiento para diversos partícipes para los que la Fiscalía entendía, existían sobrados indicios de participación. La Sala estimó los recursos del Fiscal en auto de 16 de septiembre de 2020. El Fiscal presentó su escrito de conclusiones provisionales en octubre de 2020 y se dictó por parte del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 auto de Apertura de Juicio Oral el 04.11.2020, estando por tanto pendiente de señalamiento.

– 5. «Pieza de Boadilla del Monte».

La Sección Segunda de la Audiencia Nacional ha señalado la celebración del Juicio Oral del 22 de septiembre al 24 de febrero de 2021 ya que se trata de otra pieza voluminosa con 27 acusados.

– 6. «Pieza Arganda del Rey». Está pendiente de señalamiento.

Diligencias Previas 357/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 8 de Madrid (Asunto Navantia).

Con fecha 28 de febrero de 2011, el Ministerio Fiscal formuló denuncia remitiéndola junto con el original de las Diligencias de Investigación n.º 10/2010 tramitadas en esta Fiscalía Especial por delitos de tráfico de influencias, fiscal y continuado de falsedad en documento mercantil.

Como diligencias de instrucción se han remitido Comisiones Rogatorias Internacionales a las autoridades Judiciales de Curaçao y autoridades helvéticas, a fin de recabar documentación, esta última cumplimentada, resultando la documentación interesada necesaria para el esclarecimiento de los delitos de malversación y blanqueo de capitales y otros investigados.

Con fecha 18 de diciembre de 2020, el Ministerio Fiscal emitió informe por el que se interesaba el sobreseimiento provisional, al no existir elementos indiciarios suficientemente sólidos que permitieran mantener una pretensión acusatoria. Ya en 2021 (auto de 12 de enero) se decretó el sobreseimiento provisional y el archivo de las presentes actuaciones.

Diligencias Previas 141/2012 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (caso Pujol).

Las referidas Diligencias Previas se han incoado a raíz de la presentación de un oficio de la Comisaría General de Policía Judicial que incorpora declaración efectuada sobre actividades presuntamente ilícitas realizadas por familiares del ex Presidente de la Generalitat de Cataluña, que pudieran ser competencia de la Audiencia Nacional.

Los presuntos delitos investigados son cohecho, tráfico de influencias, delitos contra la Hacienda Pública, falsificación de documentos y blanqueo de capitales en el extranjero.

Los investigados fueron inicialmente los citados, así como las mercantiles de las que eran titulares y administradores solidarios y/o apoderados. Posteriormente se han ampliado los investigados a otros administradores de las empresas pagadoras en calidad de servicios por no aportar elementos documentales que justificasen tales servicios por los que habrían pagado importantes cantidades a los inicialmente denunciados. Asimismo, del resultado de las diligencias de instrucción practicadas derivó la imputación de otras personas, el propio ex Presidente de la Generalitat de Cataluña y algunos de sus familiares directos.

Se ha comprobado que durante la investigación se ha sustraído capital y patrimonio a la acción de la justicia aprovechándose de la internacionalización de los sistemas financieros y de la dificultad de localizar y rastrear activos. Todo ello ha sido corroborado por las diferentes comisiones rogatorias que se han realizado (Andorra, Alemania, EEUU, Francia, México, Malta, Panamá, Liechtenstein, Reino Unido, Suiza y Uruguay).

La instrucción ha evidenciado que las principales empresas pagadoras han sido adjudicatarias de obras y servicios para las administraciones públicas y entre ellas las del ámbito territorial de Cataluña.

A pesar de estar pendientes varias diligencias y el cumplimiento de diversas comisiones rogatorias internacionales se dictó en fecha 16 de julio de 2020 auto de transformación de Procedimiento Abreviado.

Diligencias Previas 112/2013 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de El Vendrell, Tarragona («Caso 3%»).

La investigación se refiere a la posible existencia de un entramado en el Ayuntamiento de Torredembarra donde pudieran participar posibles concejales de partidos políticos, así como mandos de la policía local, funcionarios y personas que por sus cualidades técnicas se encuentran en estrecha conexión con aquellos para conseguir adjudicaciones, licencias, y demás documentos a cambio de dinero.

Dada su gran complejidad se interesó y así se acordó con fecha 29.10.2014 la formación de nueve piezas separadas, algunas de las cuales, con fecha 20.12.2016, fueron transformadas decidiéndose su continuación como Diligencias Previas, como se indica a continuación. Por lo que se refiere a la pieza principal, por auto de 12.09.2017, se acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Las piezas n.º 1, 2 y 4 continuaron como piezas n.º 1, 2 y 4, abriéndose las DP n.º 655/2016 (pieza n.º 3), 656/2016 (pieza n.º 5), 657/2016 (pieza n.º 6), 658/2016 (pieza n.º 7) y 659/2016 (pieza n.º 8). Las DP n.º 655/2016 fueron objeto de inhibición a la Audiencia Nacional, dando lugar a las DP n.º 14/218 (a las que luego nos referimos) y las n.º 48/2018 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Las DP n.º 658/2016, 660/2016 y 302/2016 (referidas a delitos contra la Hacienda Pública de quien fuera alcalde de Torredembarra, se acumularon por auto de 24-8-2018 a las D. P. n.º 656/2016.

Las DP n.º 657/2016, fueron objeto de inhibición a la Audiencia Nacional, tramitándose por el Juzgado Central de Instrucción n.º 4 (DP n.º 37/2019, mencionadas más adelante)

Las DP n.º 659/2016 fueron convertidas al Procedimiento de Tribunal de Jurado n.º 1/2018, cuyo juicio se celebró el 3 de marzo de 2020, habiendo sido dictada sentencia condenatoria ese mismo día, tras la conformidad de los acusados, sus defensas, la acusación particular (Ayuntamiento de Torredembarra) y la Fiscalía.

La pieza n.º 1 será objeto de juicio los días 12 y 13 de julio de 2021, ante la Sección 4.ª de la Audiencia Provincial de Tarragona.

La pieza n.º 2 está pendiente de celebración de juicio oral ante la Sección 4.ª, de la Audiencia Provincial de Tarragona. El escrito de acusación se presentó el 9 de febrero de 2016.

La pieza n.º 4 fue objeto de juicio oral en enero 2020, dictándose sentencia condenatoria, de 9 de abril de 2020, por el Juzgado de lo Penal n.º 2, de Tarragona.

En las DP n.º 656/2016 ha recaído auto de 30-03-2021, de la Sección 2.ª, de la Audiencia Provincial de Tarragona, por el que se resuelven los recursos de apelación interpuestos contra el auto de imputación judicial (desestimándolos en la práctica totalidad), de manera que en las próximas fechas se dará traslado a esta Fiscalía para formular el correspondiente escrito de acusación.

En las DP n.º 48/2018 se dictó auto de incoación de procedimiento abreviado, de 30-7-2020, que ha sido objeto de numerosos recursos de apelación, pendientes de resolver.

Diligencias Previas 85/2014 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6. (Operación Púnica)

Durante el año 2020 ha continuado la instrucción de esta macro-causa, una vez reordenada la causa en distintas piezas separadas en virtud del escrito de la Fiscalía de 1 de agosto de 2019, a saber:

– Pieza 1, revelación de secretos. Concluida por sentencia condenatoria firme (STS 138/2019, de 13-3). Se encuentra en trámite de ejecutoria.

– Pieza 2, hechos concernientes a las fraudulentas adjudicaciones a las mercantiles vinculadas a dos investigados, en León. Presentado el escrito de acusación en marzo del 2018, se está a la espera de la apertura del juicio oral.

– Pieza 3, hechos concernientes a las fraudulentas adjudicaciones a las mercantiles vinculadas a dos investigados, en Murcia. Se ha presentado escrito de acusación a la espera de la apertura del juicio oral.

– Pieza 4, hechos concernientes al urbanismo de Valdemoro y blanqueo de capitales.

– Pieza 5, hechos referentes a la contratación menor local en Valdemoro, Torrejón de Velasco y Serranillos del Valle.

– Pieza 6, hechos relativos a la contratación de Cofely. En el año 2020, se preparó el escrito de acusación.

– Pieza 7, hechos relativos a la contratación de Waiter Music.

– Pieza 8, hechos relativos a la etapa de FG en la Comunidad de Madrid.

– Pieza 9, hechos concernientes a la financiación ilícita del PP de la Comunidad de Madrid.

– Pieza 10, hechos concernientes a las fraudulentas adjudicaciones a las mercantiles vinculadas a dos investigados, en Denia, Valencia, Madrid, Majadahonda, Valdemoro, Comunidad de Madrid y terceros países.

– Pieza 11, hechos relativos a la contratación de Alfedel.

– Pieza 12, blanqueo y recuperación de activos, se mantuvieron contactos con las autoridades de países como Suiza, Irlanda y Francia en aras de conseguir una cooperación para la recuperación de activos.

Diligencias Previas n.º 24/2015 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (Acuamed).

Se investigan supuestas irregularidades en los procesos de adjudicación, liquidación y ejecución de diversas obras públicas gestionadas por la sociedad estatal Acuamed S. A. tras la querella del Fiscal a la finalización de las Diligencias de Investigación n.º 34/2014, por presuntos delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, fraude a la administración pública y falsedad documental.

En el año 2019 el Fiscal ha emitido más de 90 informes, en su mayoría relativos a diligencias de investigación a practicar. En el año 2020, en aras del impulso procesal, se han emitido más de 60 informes, mayoritariamente relativos a la práctica de nuevas diligencias de investigación. Dada la complejidad del procedimiento, sigue siendo constante el flujo de documentación complementaria a recabar para su análisis y una nueva fase de declaraciones de investigados y testigos.

Diligencias Previas 2539/16, Juzgado de Instrucción 36 de Madrid.

Tienen por objeto la investigación de la supuesta utilización de fondos federativos para gastos de carácter particular del presidente de la Federación Española de Baloncesto (en adelante FEB) y otros miembros de dicha federación en el periodo comprendido entre 2008 y 2012, efectuándose asimismo pagos hasta 2015, así como posibles modificaciones contractuales en los contratos celebrados con determinados proveedores perjudicando a la FEB, en concreto con la Agencia de Comunicación «Carat» y patrocinio de eventos con cargo a la federación a cambio de comisiones de directivo de la federación, hechos que pudieran ser constitutivos de los delitos de apropiación indebida y administración desleal, con importante perjuicio económico para la FEB. En junio de 2020 el Fiscal, tras concluir la fase intermedia, presentó su escrito de conclusiones provisionales estando pendiente de señalamiento por la Audiencia Provincial de Madrid.

Diligencias Previas 1007/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 9 de Murcia contra responsable infraestructuras Levante (ADIF).

Este Procedimiento se inició por denuncia del Ministerio Fiscal, derivada de las Diligencias de Investigación n.º 17/2014, por delitos de malversación, contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, falsedad documental e insolvencias punibles, cometidos con ocasión de la construcción de la Línea de Tren de Alta Velocidad de Levante, iniciado a partir de la denuncia presentada por la AEAT en relación con presuntas contingencias fiscales de un entramado de empresas creadas ad hoc, sin actividad conocida y emisoras de facturas falsas. Las investigaciones se centran en el desvío de fondos procedentes del presupuesto de ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias), a resultas la ejecución de las obras de reposición de infraestructuras hidráulicas de la línea de Alta Velocidad (tramos Crevillente-San Isidro-Orihuela-Colada de la Buena Vida-Murcia).

En fecha 22.05.19 se presentan conclusiones provisionales contra 40 acusados, por delitos de prevaricación, fraude en concurso medial con malversación de caudales públicos, contra la Hacienda Pública, falsedad en documento mercantil y blanqueo de capitales, solicitándose la apertura de juicio oral respecto de otras 40 personas (físicas y jurídicas), en su condición de responsables civiles subsidiarias y partícipes a título lucrativo.

El perjuicio causado a ADIF asciende al menos, a la cantidad de 24.964.016,07 euros y el causado a la Hacienda Pública, al menos a la cantidad de 2.115.535,25 euros.

Por auto de 13 de diciembre de 2020 se dictó por la Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Murcia, la incoación de Procedimiento Abreviado, del que se ha dado traslado al Ministerio Fiscal, para formular escrito de acusación.

Diligencias Previas n.º 1253/2020, del Juzgado de Instrucción n.º 39 de Madrid (AECID).

Mediante escrito de 14 de julio de 2020 se formuló querella contra 15 investigados y 7 personas jurídicas, en concepto de responsables civiles subsidiarias, por delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude en la contratación, en relación con los procesos de contratación de los servicios informáticos de gestión de la AECID basados en la herramienta SAP. El entramado de actuaciones, desarrollado para favorecer la contratación de determinados operadores, se orquestó bajo el mandato de los entonces máximos responsables de AECID, ICEX y TRAGSA.

Diligencias Previas n.º 91/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 Querella del Ministerio Fiscal (caso Lezo).

Las presentes Diligencias tienen su origen en la querella de la Fiscalía Anticorrupción de 13.07.2016, derivada de las Diligencias de Investigación 32/2015. El Juzgado Central de Instrucción n° 6 incoó las Diligencias Previas n° 91/2016. Se investiga el desvío de dinero público propiciado por el abuso de las funciones públicas de los que aparecen como investigados, entre ellos quien fuera Presidente de la Comunidad de Madrid, y la adjudicación de contratos indiciariamente amañados a cambio de comisiones.

Los hechos investigados serían constitutivos de delitos de malversación, prevaricación, organización criminal, cohecho, fraude fiscal o fraude contra la Administración. También se investiga la comisión de un delito de blanqueo de capitales, por la creación por la organización de un entramado de sociedades, dirigido a velar el destino y verdadero destinatario del capital malversado.

Actualmente se encuentra dividida en varias piezas:

La pieza principal y n.º 1 (adquisición de la sociedad colombiana Inassa y de la sociedad brasileña Emissao por Canal de Isabel II) el 26 de junio de 2019 se presentó escrito de acusación contra 22 personas físicas por la comisión de un delito de malversación de caudales públicos agravado, pidiendo penas que oscilan entre los 6 y 7 años de prisión. En cuanto a la pieza n.º 1 Emissao, se presentó el escrito de acusación en diciembre de 2019 contra 7 personas físicas por delitos de fraude a la administración pública y malversación de caudales públicos, pidiendo penas que oscilan entre 2 y 8 años de prisión. En ambas piezas se dictó auto de apertura de juicio oral, en marzo de 2020, actualmente se encuentra pendiente de señalamiento. En la Pieza 1 Emissao, la cantidad recuperada asciende a 5.404.135,18 €. Las otras cuatro piezas vienen referidas a las posibles irregularidades cometidas en la adjudicación de la construcción de las instalaciones del llamado campo de golf del Canal (pieza n.º 2), la existencia de posibles irregularidades en la adjudicación del contrato para la construcción y posterior concesión de la línea de ferrocarril entre Móstoles y Navalcarnero (pieza n.º 3), en relación con esta pieza se presentó en diciembre de 2020 escrito de acusación contra 6 personas físicas por la comisión de delitos de tráfico de influencias, cohechos y falsedad en documento mercantil, pidiéndose penas que oscilan entre 2 años y seis meses y 4 años de prisión y a los posibles blanqueos de capitales cometidos por algunos de los investigados (pieza n.º 5). La inicial pieza n.º 4 en la que se investigaba la financiación de los gastos de la campaña electoral de un partido político en la Comunidad de Madrid del año 2011 se remitió para su investigación a las DP núm. 85/2014 (caso Púnica) por auto de 2 de enero de 2018.

Como consecuencia del análisis de la documentación incautada en las diligencias practicadas, durante el año 2019, se incoó la Pieza n.º 8, en la que se investigan posibles pagos realizados por una empresa constructora española para la consecución de obras públicas en todo el territorio nacional y la Pieza n.º 9, para investigar los posibles pagos realizados en año 2013, a quien ocupó el cargo de Embajador de España en Haití –y/o personas vinculadas al mismo–, con la finalidad de obtener adjudicaciones públicas en Haití.

Por auto de 23 de junio de 2020 se acordó incoar la pieza n.º 13 (Autrán) para investigar el posible delito de blanqueo de capitales cometido por el investigado. Lo que motivó su incoación fue la información espontánea recibida por las autoridades de Mónaco sobre ganancias hasta la fecha no justificadas obtenidas en épocas coincidentes con distintos cargos públicos que ocupó en el Ayuntamiento de Madrid y otras empresas públicas. Pendiente de la remisión de información por las autoridades internacionales.

Diligencias Previas 372/2009 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (caso Pretoria).

El procedimiento abreviado n.º 1/2016 se siguió ante la Sección 2.ª, Sala de lo Penal, Audiencia Nacional El 3 de diciembre de 2020 el Tribunal Supremo dictó sentencia confirmando casi en su integridad –redujo la pena impuesta a alguno de los condenados– la sentencia núm. 31/2018, de 29 de junio dictada por la referida Sala.

Diligencias Previas 2/2019 del Juzgado Central de Instrucción n.º 1.

En enero de 2019 el Ministerio Fiscal presentó querella por la presunta comisión de delitos de blanqueo de capitales, corrupción en el ámbito de las transacciones comerciales internacionales, falsedad documental y contra la Hacienda Pública contra 8 personas físicas y 9 personas jurídicas. Esta querella conllevó la práctica de 6 entradas y registros. Durante el año 2020, se ha continuado con el análisis de la información bancaria y financiera y de la documentación incautada en los registros de los investigados, solicitándose auxilio judicial a varios países pendientes de contestación.

Diligencias Previas 81/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2.

Procedentes de las Diligencias de Investigación 7/15 en las que se comprobó la existencia de contratos que permitían deducir la comisión de uno o varios delitos de soborno de agentes internacionales o de corrupción internacional y blanqueo de capitales. El 19.09.2017 se presentó querella quedando pendiente de la toma de declaración judicial a los investigados.

Continua en la fase de instrucción, habiéndose llevado a cabo declaraciones de investigados en abril y mayo de 2018, julio de 2018 mediante videoconferencia. Con fecha 16 de marzo de 2018 por el Juzgado Central de Instrucción 2 fue declarada la complejidad de la instrucción.

Se ha solicitado la tramitación de comisiones rogatorias a varios países para la comprobación de varias transferencias internacionales.

Diligencias Previas 658/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Valladolid (Parques eólicos).

La causa fue incoada por querella de 19.04.2017 y ampliada el 06.06.2017 por hechos que presentan indicios de posibles delitos de prevaricación, blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública y cohecho en la concesión de autorizaciones administrativas para la instalación de parques de energía eólica en la Comunidad de Castilla y León. La causa fue declarada compleja desde el auto inicial de incoación y prorrogado el plazo de instrucción.

En noviembre de 2018 se solicitó el libramiento de una Orden Europea de Investigación a Polonia, recibiéndose parte de la información requerida, se dio traslado de la documentación a la Unidad de Apoyo de la AEAT para su valoración y emisión de informe.

DP n.º 12/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 (Caso Scardovi).

Las Diligencias de Investigación n.º 37/15 fueron incoadas el 10.12.2015 para investigar los hechos relatados en la denuncia formulada contra un Diputado del Congreso, el entonces embajador del Reino de España en la India y varias personas más, por un posible delito de corrupción en transacciones comerciales internacionales del art. 445 del Código Penal (redacción LO 5/2010, de 22 de junio). La denuncia presentada venía acompañada de documental que ponía de manifiesto que los denunciados habrían cobrado comisiones de distintas empresas por mediar en la celebración de contratos de obra pública en Argelia y distintos países.

Se investigan dos contratos de obra pública celebrados por las empresas Internacional de Desarrollo Energético SA y Elecnor SA en Argelia, en relación con el contrato para la instalación de una estación desaladora en Souk-Tleta por importe de 250.000.000 € y el contrato del Tranvía de Ouargla por importe de 230.000.000 €, y la previsión es que la investigación se amplíe a más empresas españolas y más países.

A instancia de esta Fiscalía se han cursado varias comisiones rogatorias.

Por auto de fecha 06.10.2016 la formación de la Pieza Separada Fertiberia. Esta pieza se encuentra pendiente de distintas comisiones rogatorias internacionales, interesadas por esta Fiscalía Especial.

Por auto de fecha 02.12.2019, se acordó por el Juzgado Central de Instrucción la formación de la Pieza Separada Argelia Elecnor.

A instancia del Ministerio Fiscal, en julio de 2020 se interesó la apertura de la pieza separada Nova International, como consecuencia de la documentación aportada por la Unidad de Apoyo de la AEAT, pendiente de análisis.

DP 96/2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (operación Tándem).

Por Decreto de 27 de abril se incoaron las Diligencias de Investigación 8/2017 dimanantes de un escrito-denuncia anónimo con documentación adjunta, dando cuenta de presuntos delitos de cohecho, blanqueo de capitales y delito cometido en transacciones comerciales internacionales por parte de dos comisarios del CNP, uno de ellos en activo, y otro jubilado.

Desde su inicio, se ha acordado la práctica de diversas diligencias con el fin de corroborar y concretar los hechos denunciados, encontrándose datos objetivos que confirmarían los hechos denunciados, así como los vínculos con empresarios españoles que actuarían como intermediarios de presuntas dádivas a los denunciados, procedentes de empresarios ecuatoguineanos.

Con su judicialización se acordó la práctica de detenciones y registros. A fecha de 31 de diciembre de 2020 se habían formado un total de 29 piezas separadas, conforme a lo previsto en el art. 762.6 de la LECrim. De las que se seis se encuentran archivadas, tres calificadas, dos con auto de transformación del procedimiento y dieciocho en trámite. La pieza separada n.º 11 que ya había sido archivada con anterioridad al año 2020, también se archivaron otras cinco piezas separadas.

En el año 2020 fueron concluidas tres piezas separadas formulándose sendos escritos de acusación por el Ministerio Fiscal, habiéndose elevado para su enjuiciamiento a la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

En la pieza separada n.º 2, se formuló escrito de acusación contra 14 investigados y una persona jurídica, por delitos de cohecho activo, delitos de cohecho pasivo, delitos de descubrimiento y revelación de secretos, tráfico de influencias y falsedad documental.

En la pieza separada n.º 3, se formuló escrito de acusación contra 7 investigados y 3 personas jurídicas, por delitos de cohecho activo, delitos de cohecho pasivo, delitos de descubrimiento y revelación de secretos y un delito de falsedad documental.

En la pieza separada n.º 6, se formuló escrito de acusación contra 14 investigados, por delitos de descubrimiento y revelación de secretos y delitos de extorsión.

Durante el año 2020 estas Diligencias Previas se tramitaron como causa con preso, puesto que a 31 de diciembre se encontraba en prisión provisional prorrogada un investigado, actualmente en libertad provisional.

Diligencias Previas 174/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 6 de Sevilla (ERE’s).

Estas Diligencias Previas se incoaron el 23.01.2011 por testimonio de las Diligencias Previas n.º 6143/09 por delito societario de Mercasevilla en los años 2003 y 2007, fraude derivado de la introducción entre los beneficiarios de las ayudas públicas dadas por la Junta de Andalucía a los trabajadores de Mercasevilla, de personas ajenas a la empresa, los llamados «intrusos», intrusos que igualmente fueron detectados en ERE´s de otras empresas andaluzas que habrían recibido ayudas públicas de la Junta.

La línea de investigación abierta no se refiere solo a la detección de intrusos sino también el propio mecanismo de otorgamiento de las ayudas desde la Dirección General de Empleo, al hacerse con total omisión de los trámites administrativos propios de las subvenciones, impidiendo cualquier tipo de control, seguimiento, justificación de la ayuda y fiscalización del gasto.

Hay más de 350 personas imputadas, entre ellas aparte de los intrusos detectados en diferentes empresas, dos expresidentes del Gobierno andaluz, tres exconsejeros de Empleo y Hacienda, tres exconsejeros de Economía y Hacienda, dos ex viceconsejeros de Empleo y de Hacienda, tres viceconsejeros de economía y hacienda, varios directores generales y secretarios generales de las consejerías de empleo y de hacienda y de la consejería de economía y hacienda, tres ex directores generales de empleo y un ex delegado provincial de empleo de Sevilla, varios empresarios, directivos de mediadoras de seguros así como diversos intermediarios entre estos y las compañías de seguros, un antiguo sindicalista y sus testaferros y letrados de Despachos de abogados.

La causa especial n.º 6/2015 en su día incoada respecto de 4 parlamentarios andaluces, se recibió del TSJ de Andalucía al haber todos perdido el fuero tras la nueva composición del Parlamento andaluz. En el mes de noviembre de 2015, el Tribunal Supremo envió también a este juzgado su Causa Especial n.º 3/14, al haber pedido el fuero ante el Alto Tribunal todas las personas contra las que se dirigía el procedimiento.

En la causa principal, por parte de esta Fiscalía Especial se ha impulsado la incoación de diferentes piezas separadas para la investigación de ayudas concretas. Con fecha 24 de octubre de 2018 se dictó auto por el que se acordaba el sobreseimiento provisional de aquellos investigados que ya lo fueran en piezas concretas incoadas y que no tuvieran otra participación en los hechos investigados. Habiéndose advertido diversos errores, se interesó aclaración del auto, que hasta la fecha no se ha producido.

A petición del Ministerio Fiscal, se acordó la división de la causa en tres bloques de piezas separadas:

1. Un primer grupo de hechos relacionados con la puesta en marcha y mantenimiento del denominado «Procedimiento específico». Este grupo de hechos se investigó en una sola pieza, El 30.05.2016 se dictó auto de incoación de procedimiento abreviado, ordenando seguir la causa contra 26 altos cargos de la Junta por delito de prevaricación continuado, y también por delito continuado de malversación contra 18 de estos últimos. El 15.09.2016 se presentó por la Fiscalía escrito de calificación provisional, dictándose el auto de apertura de juicio oral el 03.11.2016. Las sesiones del juicio oral comenzaron ante la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla el día 13 de diciembre de 2017, continuando a lo largo del año 2018, concretamente hasta diciembre de 2018. Con fecha 21 de diciembre de 2018 las actuaciones quedan vistas para sentencia, que fue dictada el 18 de noviembre de 2019, sentencia parcialmente condenatoria, para 19 de los encausados. Cumplidos los trámites, después de anunciarse, se presentaron 19 recursos de casación que a día de hoy están pendientes de ser resueltos por el Tribunal Supremo.

2. Un segundo grupo de hechos relativos a las cantidades percibidas por las entidades mediadoras en el caso de las pólizas de prejubilación financiadas por la Junta de Andalucía: Es la pieza denominada de «Sobrecomisiones». (Diligencias Previas 1421/2016).

Finalizada la práctica de diligencias, se ha presentado escrito de 12 de mayo de 2020 donde se exponen los hechos y la participación de cada investigado en ellos interesando el dictado del auto de procedimiento abreviado. Escrito que ha dado lugar a alegaciones y proposición de diligencias por las otras partes que se han practicado, así como una ampliación de hechos y de responsables efectuado por la Fiscalía mediante escrito de octubre de 2020.

3. Un tercer grupo de hechos, constitutivos cada uno de ellos de una pieza distinta, relativos a las diferentes resoluciones de concesión de ayudas sociolaborales y subvenciones a empresas. Esta previsión se viene materializando con la incoación de sucesivas diligencias previas en las que se investigan los hechos relativos a cada acto de concesión y las circunstancias relativas a dicho acto: autoría, beneficiario, legalidad del procedimiento de concesión, motivos de la concesión, existencia (en las ayudas sociolaborales) de los denominados «intrusos», autoría de la inclusión de «intrusos» en las ayudas sociolaborales, etc. A fecha diciembre de 2020 se han incoado más de cien Diligencias Previas.

En la causa matriz Diligencias Previas 174/11 se presentaron numerosos atestados elaborados por las distintas comandancias provinciales de la Guardia Civil en Andalucía. Durante los años 2019 y 2020 han continuado practicándose diligencias de instrucción en todas las piezas.

Diligencias Previas n.º 1773/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Cádiz.

En octubre de 2020, se incoa Procedimiento Abreviado, dirigiéndose la imputación contra veintinueve investigados entre empresarios, políticos y funcionarios. En el mismo se describe un fraude de subvenciones de 15 millones de euros procedentes del Ministerio de Industria en el denominado plan Reindus, en grado de consumación, junto a un ánimo de defraudar cerca de otros 200 millones de euros, procedentes de Reindus y de la Agencia Idea de la Junta de Andalucía. Estamos ante ayudas públicas del Ministerio de Industria y de la Agencia Idea de la Junta de Andalucía para multitud de proyectos en la Bahía de Cádiz que resultaron infructuosos, habiéndose apropiado los solicitantes de dichas cantidades mencionadas y habiendo intentado obtener la desorbitada cantidad de otros 200 millones de euros con la intención de desviarlos a paraísos fiscales como Samoa, Islas Vírgenes, Panamá, Madeira, Seychelles, Luxemburgo, Islas Nieu.

Diligencias Previas 2690/2010 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Alicante (PGOU de Alicante).

Los hechos investigados se refieren a las irregularidades detectadas en las principales actuaciones urbanísticas llevadas a cabo en la ciudad de Alicante, incluidas la mayor parte de ellas en el Plan General de Ordenación, especialmente a través de las Zonas Protegidas de la ciudad y su posterior repercusión en zonas urbanizables.

Mediante escrito de fecha 15.02.2018 el Ministerio Fiscal ha formalizado su escrito de conclusiones provisionales contra dos exalcaldes de Alicante y otros empresarios y responsables municipales por delitos de cohecho, prevaricación, tráfico de influencias y revelación de secretos, entre otros.

Las sesiones del juicio oral comenzaron ante la Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Alicante el día 30.06.2020, extendiéndose hasta el día 12.11.2020. Al comienzo de las sesiones del juicio oral, fue consignada la suma de 1.339.249,20 euros, en concepto de responsabilidad civil por los gastos efectuados por el Ayuntamiento de Alicante para la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante. Actualmente, pendiente de ser dictada sentencia.

Diligencias Previas 961/2016 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Badajoz (Creex y otros»).

Incoadas por posibles delitos de fraude de subvenciones frente a los beneficiarios de las ayudas públicas objeto de controversia, tienen su origen en las Diligencias de Investigación 14/15, de esta Fiscalía Especial que fueron judicializadas el 09.05.2016.

Las entidades beneficiarias objeto de investigación han sido la Confederación Regional Empresarial Extremeña –CREEX– y sus asociados COEBA, FEC y FEP.

Las actuaciones sufrieron un gran retraso, habiéndose tratado por la Fiscalía de impulsar el procedimiento. A finales de 2016 se presentó el atestado interesándose seguidamente la práctica de diligencias de instrucción y adopción de medidas cautelares reales. En 2017 continuó la instrucción de las diligencias.

Asimismo, son objeto de investigación otras entidades, como la Unión General de Trabajadores de Extremadura y Comisiones Obreras de Extremadura, así como fundaciones y entidades vinculadas a estas últimas (IFES Extremadura y FOREM Extremadura). Turnados a reparto los hechos denunciados respecto a UGT los mismos correspondieron, nuevamente, al Juzgado de Instrucción 1 de Badajoz con el número Diligencias Previas 1131/2016 siendo incoadas el 07.09.2016.

En lo relativo a la instrucción de las conductas imputables a CC. OO. y FOREM correspondieron por reparto al Juzgado número 1 quien incoó las Diligencias Previas 1651/2016, confirmando dicha atribución de competencia la Audiencia Provincial.

Se están desarrollando declaraciones testificales y de imputados de modo continuo. El hecho relevante más sustancial es el informe de cuantificación final de la cantidad objeto de desvío por los investigados, elaborado por la Intervención General de la Junta de Extremadura, pendiente de su conclusión.

Diligencias Previas 881/2015, del Juzgado de Instrucción n.º 18 de Valencia.

La causa se dirige contra el ex Presidente de la Diputación de Valencia, el gerente de la empresa pública de IMELSA, así como contra varios funcionarios de dicha empresa pública y cargos directivos de la Diputación. Se dirige también contra funcionarios del Ayuntamiento de Valencia y responsables de empresas adjudicatarias, por delitos de malversación de caudales, prevaricación, fraude en la contratación y blanqueo de capitales.

El volumen de la investigación y la diversidad de hechos e investigados determinó la formación de piezas separadas. Concretamente se han formado las siguientes:

La pieza A se sigue por delitos de blanqueo de capitales, prevaricación, malversación de caudales, cohecho y delito electoral de los años 2007, 2011 y 2015, elecciones municipales de Valencia.

La causa se encuentra en la actualidad con la investigación finalizada, estando a la espera que se dicte el auto de procedimiento abreviado por el Juez Instructor.

La pieza B se ocupa de la presunta contratación con fondos públicos por parte de la empresa IMELSA, sociedad pública 100% dependiente de la Diputación Provincial de Valencia. Dicha pieza se encuentra terminada, falta tan solo que se dicte el auto de procedimiento abreviado.

La pieza C atañe a una operativa de blanqueo de capitales a través de compraventas simuladas de acciones por distintas sociedades. Se encuentra pendiente de la práctica de varias diligencias.

Las piezas D, E, F, G y H son las relativas a contrataciones, significando dos periodos investigados cronológicamente de 2005 a 2007 y de 2007 a 2014, que se encuentran todas ellas en fase de instrucción, practicándose durante este último año diversas diligencias de investigación, y otras pendientes de práctica instadas por el Ministerio Fiscal. Y la pieza J, abierta a instancia del Fiscal.

Diligencias Previas 1914/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Valencia («G. P. Fórmula 1»).

Proceden de las Diligencias Previas n.º 1/2015 de la Sala Civil y Penal del TSJ de Valencia, por pérdida de aforamiento del expresidente de la Comunidad de Valencia. El procedimiento tiene su origen en la querella interpuesta por el Ministerio Fiscal procedente de las Diligencias de Investigación n.º 26/14 de esta Fiscalía Especial, por presuntos delitos de prevaricación administrativa, delito societario y malversación. Se encuentra dividido en 3 piezas separadas. La pieza 1 tiene por objeto de investigación las irregularidades relacionadas con la adjudicación a Valmor Sports S. L. de la celebración de la Fórmula 1 en Valencia. Finalizada la instrucción se dictó auto de sobreseimiento provisional en fecha 26 de diciembre de 2018, revocado por la Audiencia Provincial de Valencia por auto de 14 de octubre de 2019, que ordenó agotar la investigación para esclarecer las circunstancias de la concesión del aval otorgado por la GVA a Valmor. En julio de 2020 se interesó por la Fiscalía el archivo provisional del procedimiento. La pieza 2 comprende aquellos contratos celebrados por la empresa pública encargada de la organización del Gran Premio de Fórmula 1 y determinados proveedores adjudicatarios por orden de Valmor Sports S. L., en octubre de 2020 se acordó el archivo de la causa. Por último, la designada como número 3, que tiene por objeto el proceso de absorción de la mercantil Valmor Sports S. L. por parte de la empresa pública Circuit del Motor S. L Tras la práctica de varias diligencias, en diciembre de 2019 finalizó el plazo de instrucción.

Diligencias Previas 1743/2011 del Juzgado de Instrucción n.º 21 de Valencia.

Estas Diligencias Previas fueron asumidas por esta Fiscalía Especial por Decreto del FGE de 29.02.2012. Por auto de 05.09.2012, la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Valencia, aceptó la competencia por la implicación de un aforado, registrándose las D. P. 3/2012.

Estas diligencias 3/2012 se dividieron en tres piezas instrumentales. Una ya ha sido juzgada con sentencia firme por el Tribunal Supremo (STS 3-6-2015) y la 2 y 3, unificadas, se ha dictado sentencia el 24 de abril de 2020 por la Sección 5.ª de la Audiencia Provincial de Valencia –conocido por el caso Cooperación–, seguido por fraude de subvenciones y otros delitos contra una pluralidad de acusados en la gestión y adjudicación de programas de ayudas destinados a la cooperación al desarrollo internacional.

Existe una pieza 4 por manipulación de dispositivos informáticos en centro penitenciario en la que se acordó el sobreseimiento provisional por auto de 24.10.2017 y una pieza 5, ante la posible existencia de un delito de malversación de caudales públicos. El 27 de marzo de 2019 se presentó el correspondiente escrito de acusación del Ministerio Fiscal por delitos de tráfico de influencias, prevaricación y fraude.

Diligencias Previas 4139/2014 del Juzgado de Instrucción n.º 8 de Valencia.

Con origen en una querella interpuesta por el Fiscal en diciembre de 2014 tras la tramitación de las oportunas Diligencias de Investigación, se trata del primer procedimiento por el posible amaño de un encuentro deportivo en España, en concreto el celebrado el 21.05.2011 en el estadio de fútbol Ciudad de Valencia entre el Levante UD y el Real Zaragoza.

Tras la instrucción, la juez acordó el sobreseimiento provisional por auto de 31.07.2017. Presentado por el Fiscal el oportuno recurso de apelación contra el auto, la Audiencia de Valencia lo estimó el 25.01.2018 ordenando la continuación por los trámites del Procedimiento Abreviado. La acusación, por un delito de corrupción deportiva del art. 286 bis.4 CP, se presentó el 9 de febrero de 2018, habiéndose acordado por el Juzgado Penal 7 de Valencia las sesiones de juicio oral, que se iniciaron el 3 de septiembre de 2019.

Se ha dictado sentencia condenatoria para dos directivos del Real Zaragoza por un delito de falsedad documental y absolutoria para los jugadores y el club como persona jurídica acusada por corrupción deportiva. Esta sentencia, fue recurrida en apelación por el Fiscal, la acusación popular y la acusación particular del Deportivo de La Coruña que se han adherido al recurso de la Fiscalía y recurrida en apelación por los dos condenados. Se ha dictado sentencia, desestimando el recurso del Fiscal y las acusaciones, confirmando la absolución.

Diligencias Previas 1105/2018 del Juzgado de Instrucción n.º 21 de Valencia.

En el mes de octubre de 2019 se presentó escrito de conclusiones provisionales por un delito continuado de malversación y otro de prevaricación. Resulta relevante la mención de este procedimiento porque es el primero en el que se investiga la compra de arte por un Museo Público, el Instituto Valenciano de Arte Moderno, que adquiere reproducciones póstumas fundidas por su heredero como si fueran esculturas originales del artista Gerardo Rueda. Se deberá dilucidar la existencia de un sobreprecio en la adquisición, con perjuicio de más de 3 millones de euros para el patrimonio público. En la actualidad, pendiente de señalamiento para la celebración del juicio oral ante la Audiencia Provincial de Valencia.

Diligencias Previas 3568/15 del Juzgado de instrucción n.º 8 de Valencia (caso Erial).

Se investigan el posible cobro de 10,5 millones en comisiones derivadas de las concesiones de ITV y del plan eólico en la Comunidad Valenciana. Sobre EZ, principal investigado y otros pesan las imputaciones de cohecho, blanqueo de capitales, malversación y prevaricación. En el curso de este año y tras el análisis de la documentación incautada se han ampliado los investigados en este procedimiento, habiendo practicado diferentes entradas y registros para completar la instrucción. La investigación gira alrededor de E. Z. En 2020 cabe destacar que, tras el fallecimiento de uno de los investigados, J. C., que se encontraba también acusado en una de las piezas de Gürtell, se han instado las diligencias oportunas para asegurar el decomiso del investigado a los efectos procedimiento señalado en el art 127 ter CP, lo que ha sido acordado por la instructora. Por la actuación directa del gestor de los bienes de uno de los investigados se ha conseguido transferir a España, a la cuenta del Juzgado el total de dinero que mantenía oculto en Suiza, totalizando 6.734.026,40 euros debido al acuerdo que se suscribió en Montevideo por parte de la Fiscalía para obtener la recuperación monetaria. Igualmente se ha conseguido recuperar el dinero que otro investigado había reintegrado voluntariamente desde las cuentas que tenía en el extranjero acogiéndose a la amnistía fiscal, concretamente el dinero tras pagar el tipo señalado por Hacienda lo había ingresado en dos fondos de inversión en la entidad Caixabanc, uno de ellos por importe de 1.348.679,88 euros y otro por importe de 321.195,08 euros. Dichos fondos se intervienen con fecha 22 de mayo de 2018. Ambas cantidades se transfieren a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos por el juzgado a petición de la Fiscalía para su gestión. En este procedimiento también se han intervenido inmuebles, terrenos y otros bienes muebles a efectos de su posterior decomiso.

Diligencias Previas n.º 935/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Castellón.

La causa procede de las Diligencias de Investigación Penal n.º 30/2016 de la Fiscalía Especial, finalizadas por denuncia y origen de las Diligencias Previas n.º 935/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Castellón.

Desde su incoación hasta septiembre de 2020 la investigación fue encomendada a la Brigada de Blanqueo de Capitales de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal, practicándose diversas diligencias.

Diligencias Previas 2677/2008 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Palma de Mallorca (Palma-Arena/Operación Espada).

Se persiguen delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, cohecho, falsedad documental y negociaciones prohibidas a funcionarios.

Esta causa se encuentra dividida en 28 piezas. De ellas, 10 ya habían sido juzgadas y dictadas sentencias condenatorias (piezas 2, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 25 y 26); en 11 piezas, las designadas como números 1, 5, 15, 18 a 24 y 28 se ha acordado el sobreseimiento provisional. Restan en tramitación 7 piezas separadas que se encuentran en distintas fases.

En la pieza 3, «Calatrava», se dictó sentencia parcialmente condenatoria el 25.10.2017, habiéndose interpuesto recurso de casación por el Ministerio Fiscal, en fecha 31 de enero de 2018, la STS 311/2019, de 14 de junio, estima el recurso y condena por un delito de tráfico de influencias, con la atenuante de dilaciones indebidas, manteniendo el resto de pronunciamientos de la sentencia de instancia.

En la pieza 8, «Consorcio Velódromo», 9, «Contratación GR1 SL», 10, 11, «Maqueta GR1 SL», 13 y 14 «Patrocinio Camp. Ciclismo», se han dictado las correspondientes sentencias condenatorias. En las piezas 16 y 17, abiertas en relación con el fraccionamiento irregular de contratos públicos y comisiones de una empresa de publicidad se celebró el juicio el 15 de noviembre de 2019, con sentencia condenatoria de conformidad para los acusados por delitos de prevaricación y cohecho.

En la pieza 25, «caso NOOS», tras la celebración del juicio oral fue dictada sentencia condenatoria por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en fecha 17.02.2017, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, resuelto por sentencia del Tribunal Supremo de 8 de junio de 2018, confirmando parcialmente la sentencia de instancia. Se incoó en junio de 2018 ejecutoria 48/18 por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. Durante 2020 continúa la ejecución.

La pieza 27, «OVER», se encuentra a su vez subdividida en 3 sub-piezas de adjudicaciones fraudulentas de contratos públicos. Tras la formalización de la acusación, y elevadas a la Audiencia Provincial para enjuiciamiento, se ha procedido a la celebración de juicio oral, que concluyó en marzo de 2019 con sentencia condenatoria, que ha sido recurrida en casación.

Finalmente, la pieza principal, como consecuencia de la fragmentación en piezas, ha quedado sin objeto y ya en enero de 2020 se dictó auto de sobreseimiento provisional. Ya no queda ninguna pieza abierta.

Diligencias Previas 2579/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Palma de Mallorca (Son Espases).

Este procedimiento se inició en virtud de querella interpuesta por el Ministerio Fiscal ante los Juzgados de Instrucción de Palma de Mallorca, concluyendo las Diligencias de Investigación 31/2014.

La querella se interpuso por presuntos delitos de falsedad documental por funcionario público, un delito continuado de prevaricación y un delito de fraude a la Administración Pública. Los hechos se refieren a la perversión de los procedimientos administrativos de contratación pública que alcanzó su máximo exponente en el concurso para la construcción de explotación y mantenimiento del Hospital Son Espases.

Durante el año 2017 se acordó la continuación de las Diligencias Previas por los trámites del Procedimiento Abreviado, procediéndose por el Juzgado a la apertura del juicio oral y habiendo formulado el Ministerio Fiscal escrito de acusación en febrero de 2018. Se celebró el juicio oral en junio del 2019 y se dictó sentencia condenatoria, pendiente de casación ante el Tribunal Supremo.

Diligencias Previas n.º 1/2020 del Tribunal Superior de Justicia de Baleares dimanantes de las DP 1002/18 del Juzgado de Instrucción núm. 12 Palma de Mallorca.

Los hechos objeto de estas diligencias versan sobre delitos de revelación de secretos, prevaricación y detención ilegal supuestamente cometidos por el Juez y el Fiscal que tenían asignadas las DP 1176/14 en el Juzgado núm. 12 de Palma de Mallorca, así como por los miembros del grupo de blanqueo del CNP que auxiliaban en la investigación.

La causa, además de la peculiaridad derivada de que los investigados tienen la condición de juez, fiscal y policías, resulta compleja al examinarse hechos acaecidos durante varios años en múltiples acciones que afectan a un elevado número de personas perjudicadas por ellos, lo que ha motivado la existencia de 40 personaciones como acusación particular y una acusación popular; siendo 9 las personas hasta este momento investigadas. La unidad de policía nacional ha presentado 8 informes de análisis minuciosos sobre los hechos investigados, cada uno de ellos de gran extensión.

En febrero de 2019 se declaró la complejidad de la causa, ampliándose la prórroga del plazo de instrucción por nuevo plazo de 18 meses.

Diligencias Previas n.º 584/2020 por el Juzgado de Instrucción n.º 3 de Palma.

Tienen su origen en la interposición de una querella del Ministerio Fiscal tras el archivo de las DI 61/2018 de esta Fiscalía Especial. El procedimiento judicial tiene por objeto la investigación de varios delitos contra la administración pública en el seno de varios procedimientos de contratación y/o adjudicación dentro del organismo público Autoridad Portuaria de Baleares a favor de determinados licitadores, previo concierto de los principales investigados con dichos licitadores y/o adjudicatarios y apartándose los investigados (cada uno dentro de sus funciones públicas asumidas dentro del organismo público) de las obligaciones inherentes a su cargo para conseguir dicha finalidad predeterminada, dando lugar a resoluciones injustas a sabiendas y a fraude a la administración, en ocasiones con prebendas, favores o dádivas vinculados a dicha actuación o en atención al cargo o función pública desempeñada. Las diligencias previas fueron declaradas secretas.

Se trata de una investigación compleja que ha dado lugar a la formación, por el momento, de 5 piezas separadas. Continúan practicándose diversas diligencias de instrucción, de manera coordinada con el titular del órgano judicial, el Ministerio Fiscal y la Guardia Civil.

Diligencias Previas 3360/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 30 de Barcelona (caso Palau de la Música Catalana).

El procedimiento se refiere a dos grupos de conductas principales:

– El expolio patrimonial de las entidades articuladas en torno al Palau de la Música Catalana, que son el ente público Consorci del Palau de la Música, y los entes privados Fundació Orfeó Català y Associació Orfeó Català, por parte de los máximos responsables ejecutivos de las mismas y en beneficio particular de estos últimos y acaso también de terceros hasta el momento desconocidos.

– La financiación ilícita de un partido político, acreditada la vinculación de importantes cantidades satisfechas aparentemente como aportación al Palau por la contratista Ferrovial con porcentajes de comisión en la adjudicación de obras públicas significativas (construcción de la Ciudad de la Justicia, línea 9 del metro de Barcelona, y algunas adjudicaciones de menor entidad).

La Sección 10.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, tras le celebración de la vista oral, iniciada el día 01.03.2017, dictó sentencia condenatoria de 29.12.2017. Se interpuesto recurso de casación por el Ministerio Fiscal con fecha 10 de mayo de 2018, por infracción de Ley e infracción de precepto constitucional, confirmando la sentencia por el Tribunal Supremo en abril de 2020.

El Tribunal de Cuentas, por sentencia núm. 8/2020 de fecha 21 de diciembre de 2020, condena a dos personas como responsables contables directos solidarios, a pagar el importe en que se cifra el alcance causado en los fondos públicos del Consorcio del Palau de la Música Catalana de 3.537.290,70 euros, incrementado con los intereses legalmente establecidos y las costas procesales.

Diligencias Previas n.º 111/2016 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Barcelona.

El origen de estas diligencias, está en la inhibición del Juzgado de Instrucción n.º 1 de El Vendrell, a favor de los Juzgados de Barcelona ante determinada información anónima relativa a posibles subvenciones fraudulentas realizadas por la Diputación Provincial de Barcelona, en favor de asociaciones vinculadas con el proceso separatista de Cataluña.

Tanto en la pieza principal como en las piezas separadas se investigan hechos diversos, tanto la financiación, posiblemente irregular, por parte de la Diputación Provincial de Barcelona, Consejo Catalán del Deporte y otras empresas públicas a entidades vinculadas con el soberanismo catalán, como la utilización de criptomoneda por el círculo próximo al fugado expresidente de la Generalitat para ocultar dinero público, así como recalificaciones urbanísticas, la organización del denominado movimiento Tsunami Democratic, protagonista de graves alteraciones de orden público en Cataluña, etc.

Se continúa con la práctica de diligencias.

Diligencias Previas 3651/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Almería (Operación PONIENTE).

Tienen su origen en la denuncia presentada por el Ministerio Fiscal, dimanante de las Diligencias de Investigación n.º 110/2007 de la Fiscalía Provincial de Almería, en relación con diferentes conductas vinculadas a la empresa mixta de servicios municipales de la S. A. Elsur que habrían ocasionado un importante perjuicio, valorado en más de 24 millones de euros, al Ayuntamiento de El Ejido por sobrefacturación y de decenas de millones euros a la Hacienda Pública.

En noviembre de 2017 el Fiscal presentó el escrito de acusación por delitos de malversación, cohecho, tráfico de influencias, contra la Hacienda Pública, falsedad en documento mercantil, prevaricación, negociaciones prohibidas a los funcionarios y blanqueo de capitales.

La Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Almería señaló para el inicio de las 56 sesiones del Juicio Oral del PA 3/2019, el 12 de enero de 2021 hasta el 1 de junio actual, lo que hizo necesario el nombramiento de un nuevo Fiscal Delegado con carácter temporal de esta Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada que colabore con el Fiscal Delegado de Anticorrupción en Almería. Se trata de una causa de especial complejidad dirigiéndose el procedimiento contra 45 acusados a los que se le imputan 362 delitos.

Diligencias Previas 1739/2013 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife (asunto Las Teresitas)

Proceden de las Diligencias Previas 17/2006 de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias por delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.

Dictada sentencia condenatoria el 27.04.2017 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, fue recurrida en casación por los condenados y desestimada por la Sala Segunda del Alto Tribunal, en sentencia 163/2019, de 26 de marzo, confirmando todos los extremos de la sentencia recurrida. En dicha sentencia se condenaba a 6 personas físicas y 3 jurídicas al pago de la cantidad de 52.588.156,85 € y 9.159.884,67 € más intereses legales. Se ha conseguido la satisfacción de 94.934.323,63 €.

Diligencias Previas 90/2018 del Juzgado Central de Instrucción número 5.

Incoadas en fecha 3 de agosto de 2018 por el Juzgado Central de Instrucción número 5 en virtud de denuncia formulada por el Fiscal, por presuntos delitos de malversación, prevaricación, tráfico influencias y otros, derivada de las diligencias de Investigación 17/18 de esta Fiscalía, relacionadas con el proyecto de Campus de la Justicia en Madrid.

Los hechos que constituyen el objeto de las DP son diversas irregularidades en la contratación y pagos que llevó a cabo la sociedad Campus de la Justicia de Madrid, de capital íntegramente público. Durante todo el año 219 se practicaron múltiples diligencias de instrucción y se alzó el secreto parcial de las actuaciones a iniciativa de la Fiscalía.

Los principales responsables de la sociedad se encuentran investigados y las diligencias previas se encuentran en trámite, pendientes de diversas diligencias.

En 2020 se incoó la primera pieza separada, correspondiente a la primera etapa cronológica de la sociedad (CJM Fase 1), en la que se dictó auto de Procedimiento Abreviado y la Fiscalía el 29.12.2020 presentó el escrito de acusación.

Diligencias Previas n.º 37/2019 del Juzgado Central de Instrucción núm. 4 de la Audiencia Nacional.

El procedimiento versa fundamentalmente en eludir los controles legales en la adjudicación de concursos y contratos públicos que tras las diligencias de investigación practicadas se ha extendido a numerosos Ayuntamientos y varias Comunidades Autónomas de toda España.

Actualmente se ha impulsado el procedimiento, interesando una serie de diligencias, así como la ampliación de los informes remitidos por la Intervención General del Estado.

Diligencias Previas 14/2018 del Juzgado Central de Instrucción número 5.

Las Diligencias Previas 14/18 se incoaron en fecha 5 de marzo de 2018 por el Juzgado Central de Instrucción número 5, en virtud de auto de inhibición de 8 de febrero de 2018, del Juzgado de Instrucción n.º 1 de El Vendrell, dictada en sus Diligencias Previas 655/16, por delitos de malversación y fraude contra la Administración Pública. El 30.07.2020 se dictó auto de incoación de procedimiento abreviado, que fue objeto de numerosos recursos de apelación, por las defensas. En la actualidad, la Sección 4.ª, de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha resuelto (desestimándolos) la práctica totalidad de los mismos, por lo que en las próximas fechas se dará traslado a esta Fiscalía para realizar el escrito de acusación.

6.5.3 Relacionadas con la criminalidad organizada

Diligencias Previas 24/2012, del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (Operación Casablanca).

Se trata de una investigación sobre crimen organizado, con origen en los Juzgados de Palma de Mallorca, con relación a la organización criminal Hell’s Angels.

Del contenido de las diligencias, se desprende la existencia de un grupo de personas (de nacionalidad turca y alemana en su mayoría), asentados en la isla de Mallorca y que integran una asociación criminal de carácter internacional (el «HAMC Nomads de Turquía») que operaría en principio en España, Turquía, Suiza, Alemania y, posiblemente, también Bulgaria. Dicho grupo se dedica a diferentes actividades criminales, tales como la extorsión, las amenazas, la prostitución, etc., destacando, entre ellas, la introducción en territorio nacional de los flujos económicos obtenidos en tales actividades criminales, invirtiendo ese capital en la adquisición de bienes de diferente naturaleza.

Los autos de continuación del Procedimiento como Abreviado se dictaron en fechas 15.09.2015, confirmado el 09.05.2016 y de fecha 21.06.2015.

El 28 de diciembre de 2019, se presentó el escrito de acusación, se detuvieron a investigados que estaban en busca y captura, ampliándose el escrito de acusación. Se encuentra actualmente, pendiente de señalamiento de juicio oral.

Diligencias Previas 89/2012, del Juzgado Central de Instrucción n.º 6 (asunto Polverino).

En fecha de 14.11.2012 se presentó denuncia ante el Juzgado Central n.º 6 y se incoaron las Diligencias Previas 89/12, sobre la base de la comisión rogatoria n.º 8/10 cuyo objeto era la localización y detención del líder y demás componentes de una organización de la camorra napolitana radicada en España, donde se habrían establecido en territorio español un grupo de personas encargadas de la planificación de los transportes de droga desde España a Italia, así como el blanqueo de los recursos económicos conseguidos por dicho tráfico ilícito mediante inversiones de los mismos en el sector inmobiliario español.

En fecha de 29.12.2015 se dictó el correspondiente auto de Procedimiento Abreviado. Presentado escrito de acusación el 14.11.2016, contra 30 personas, las actuaciones se elevaron a la Sección 3.ª Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que, recibidas el 5 de octubre de 2017, acuerda la formación de Rollo de Sala 89/12. Las actuaciones se encuentran todavía pendientes del señalamiento de juicio oral.

Diligencias Previas 40/2016 del Juzgado Central de Instrucción n.º 2 (ICBC).

Este procedimiento se incoó por auto de 25.04.2016, procedente de inhibición de las Diligencias Previas 104/2016, del Juzgado de Instrucción n.º 7 de Parla, por blanqueo de capitales, organización criminal y otros. El 18.05.20016 el Juzgado Central de Instrucción n.º 2 acepta la competencia. Durante el año 2017 se presentaron los informes periciales de la ONIF y del Banco de España, concretado de forma indiciaria las responsabilidades de los directivos del banco chino ICBC y de la persona jurídica de su matriz ICBC Luxemburgo que fue convocada como investigada en la causa.

El circuito de blanqueo y los actos de favorecimiento, auxilio y ocultación de las ganancias ilícitas de los grupos criminales Chekia y Sneake a través principalmente de la entidad ICBC continúa siendo objeto de investigación en el Juzgado Central n.º 2.

El 20.03.2018, se presentó el escrito denuncia contra los directores de 10 sucursales de la entidad La Caixa, situadas Madrid, que tuvieron como clientes a las sociedades y personas físicas de Sneake y Chekia.

En junio de 2020, se celebró el juicio oral dictándose sentencia de conformidad con la acusación de la Fiscalía por la Sala Penal de la Audiencia Nacional. Se declaró la condena por blanqueo de capitales contra varios directivos del banco chino ICBC-Industrial and Comercial Bank of China Europe SA, SE. Las multas ingresadas ya en instrucción ascendieron a 21 millones de euros aproximadamente.

Diligencias Previas 1178/2016, del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Marbella (Operación Aguas).

Procedente de las Diligencias de Investigación 23/2014, relativas a la organización criminal de origen ruso «Solntsevo», relacionada con las operaciones «Troika» y «Majestic».

El 26.09.2017 se produjeron varias detenciones y entradas y registros, quedando cuatro detenidos en situación de prisión provisional sin fianza. Estas organizaciones están interrelacionadas y, con dinero procedente de sus actividades delictivas, han realizado fuertes inversiones en la provincia de Málaga. Han orientado sus actividades principalmente hacia los sectores de la vivienda, del ocio, del turismo, servicios y deportes, mediante la constitución de entramados empresariales de apariencia legal, lo que les permite realizar fuertes inversiones, fundamentalmente de carácter inmobiliario con fondos de dudosa procedencia y en consecuencia blanquear el dinero procedente del crimen organizado.

Se han realizado varias diligencias de declaración de investigados, y actualmente, quedan pendientes informes de la Guardia Civil relativos a la documentación intervenida, así como de la Agencia Tributaria.

Diligencias Previas 737/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Las Palmas de Gran Canaria.

Se dirige contra varios miembros de una familia de origen ruso, cuya última residencia fue Panamá, vinculados al gobierno de Guinea Ecuatorial, seguidas por delito de blanqueo de capitales. En fecha 23.06.2016 se acordó ampliar la imputación contra los investigados por delitos contra la Hacienda Pública de los ejercicios 2010 a 2012 y blanqueo de capitales procedentes de la corrupción, malversación, cohecho, tráfico de armas, tráfico de drogas y delito fiscal.

Durante el año 2020 se han recibido la totalidad de las diligencias de investigación, comisiones rogatorias internacionales y órdenes europeas de investigación que han sido interesadas por el Ministerio Fiscal para el avance del procedimiento a la fase intermedia. Una vez que por la instructora se dicte el auto de procedimiento abreviado, se presentará el escrito de acusación en el año 2021.

Diligencias Previas 6697/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arona (Tenerife).

Las Diligencias Previas n.º 6697/2015 del Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arona (Tenerife) se incoaron en el mes de diciembre de 2015 como consecuencia de una solicitud de investigación patrimonial deducida por la Unidad Central Especial n.º 3 de la Jefatura de Información de la Guardia Civil, sobre un entramado societario constituido en el Sur de Tenerife por un súbdito ruso y sus familiares próximos. El entramado societario creado con un carácter meramente instrumental aparecía como receptor de flujos de capital sin aparente justificación procedentes de paraísos fiscales como Panamá y las Islas Vírgenes Británicas, detectándose que con aquellas titularidades se habían adquirido activos inmobiliarios y bienes muebles de lujo como yates y vehículos de alta gama.

Durante el año 2018, por auto de 13 de junio, se alzó totalmente el secreto del procedimiento y se realizó el análisis policial de la documentación intervenida en los registros domiciliarios y de oficinas practicado.

El 9 de septiembre del 2020 se presentó escrito de acusación conjunto con la defensa del principal investigado por nueve delitos contra la Hacienda Pública y un delito de Blanqueo de Capitales. En dicho escrito se solicitaba como indemnización civil el abono de la cantidad de 5.448.296,80 €, importe total de las cuotas defraudadas más los intereses legales, así como se acordó el decomiso de una vivienda del acusado. Dicha cantidad se encontraba embargada por el órgano judicial, por lo que el mismo día fue transferida a la Hacienda Pública española, la cantidad de 7.015.648,69 €, correspondiente a la cuota debida más los intereses legales devengados hasta el día de la fecha.