Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 5. FISCALÍA ESPECIAL ANTIDROGA

5.3 Actividad procesal de la Fiscalía

5.3.1 Datos estadísticos nacionales

Procedimientos totales por tráfico de drogas

2016

2017

2018

2019

2020

Dif. 2020-2019

16.792

16.436

17.348

18.481

19.996

5,67%

Gráfico

5.3.2 Datos por provincias y evolución

Procedimientos por Fiscalías Provinciales tráfico drogas

Año 2016

Año 2017

Año 2018

Año 2019

Año 2020

%Año 2019–2020

A Coruña

203

225

228

160

133

–16,88%

Albacete

54

75

98

65

63

–3,08%

Alicante

853

781

852

868

902

3,92%

Almería

280

299

304

414

397

–4,11%

Araba/Álava

102

85

118

179

163

–8,94%

Ávila

16

34

34

35

32

–8,57%

Badajoz

79

64

58

109

112

2,75%

Barcelona

1815

1931

2173

1974

3763

90,63%

Bizkaia

293

264

256

307

372

21,17%

Burgos

71

71

77

64

60

–6,25%

Cáceres

64

62

97

88

105

19,32%

Cádiz/Ceuta

1338

1242

1148

1253

1353

7,98%

Cantabria

160

29

167

137

394

187,59%

Castellón

137

130

183

231

167

–27,71%

Ciudad Real

67

75

105

70

61

–12,86%

Córdoba

256

254

209

345

312

–9,57%

Cuenca

10

25

14

33

40

21,21%

Girona

678

729

698

680

678

–0,29%

Granada

524

674

693

711

713

0,28%

Guadalajara

32

24

52

39

41

5,13%

Gipuzkoa

122

155

179

181

250

38,12%

Huelva

225

233

299

293

211

–27,99%

Huesca

31

32

27

43

50

16,28%

Islas Baleares

467

438

444

595

438

–26,39%

Jaén

115

137

163

128

166

29,69%

La Rioja

77

74

73

75

47

–37,33%

Las Palmas G. C.

1013

1060

1001

947

985

4,01%

León

72

80

72

92

73

–20,65%

Lleida

184

144

175

129

169

31,01%

Lugo

63

49

82

88

71

–19,32%

Madrid

1956

2192

2461

2814

2393

–14,96%

Málaga

887

787

935

1008

939

–6,85%

Murcia

327

371

430

573

475

–17,10%

Navarra

309

128

224

146

136

–6,85%

Ourense

51

89

80

65

57

–12,31%

P. Asturias

102

88

107

148

112

–24,32%

Palencia

14

24

49

57

28

–50,88%

Pontevedra

292

245

276

683

379

–44,51%

S/C Tenerife

450

433

228

442

420

–4,98%

Salamanca

84

90

78

113

75

–33,63%

Segovia

47

30

26

35

31

–11,43%

Sevilla

795

461

482

500

459

–8,20%

Soria

30

26

4

12

38

216,67%

Tarragona

481

451

441

488

856

75,41%

Teruel

13

20

7

12

35

191,67%

Toledo

92

158

137

140

150

7,14%

Valencia

1020

855

897

1033

813

–21,30%

Valladolid

68

33

48

52

70

34,62%

Zamora

39

22

40

35

25

–28,57%

Zaragoza

334

458

319

234

184

–21.37%

Totales

16.792

16.436

17.348

18.923

19.996

5,67%

Debe destacarse que, frente a una cierta estabilidad en los años 2012 a 2014 (21.977, 21.299 y 22.500, respectivamente), en 2015 se redujeron a 18.523, en 2016 sufrieron una nueva reducción, del 9,35%, hasta llegar a los 16.792, nuevamente disminuyeron las cifras globales en 2017, con un total de 16.436 procedimientos, sufrieron un nuevo repunte en 2018, hasta las 17.348 diligencias previas, vuelven a aumentar en 2019 a 18.923 procedimientos, y en 2020 llegan hasta los 19.996, con un leve incremento del 5,67%, pese a las dificultades derivadas de las medidas de confinamiento relacionadas con la pandemia de Covid-19.

Seguimos sin incluir en este apartado de estadística nacional los procesos por blanqueo de capitales, porque resulta imposible identificar el delito precedente, y, por tanto, no es posible comprobar qué blanqueos proceden del tráfico de drogas y cuáles de otros delitos. En todo caso, un cotejo de las cifras nacionales de procedimientos por blanqueo y las referidas a delitos antecedentes parecen mostrar un desfase entre unos y otros procedimientos (los procesos por blanqueo vienen a ser el 16% de los procesos por tráfico de drogas), que solo se justifican en parte en el hecho de que, si se sigue en una misma causa el delito antecedente y el de blanqueo, el procedimiento solo se registrará por el primero de ellos, y, de otra, que la ampliación de posibilidades de decomiso prevista en nuestro Código Penal permite intervenir directamente los bienes, ganancias y efectos.

5.3.3 Datos de la jurisdicción militar

Diligencias previas o sumarios instruidos como consecuencia del tráfico o consumo de drogas: Total 16 procedimientos, 10 diligencias previas, 6 sumarios (Madrid Central 0-0; Madrid –territorial-2-3, Sevilla, 3-2, Barcelona 2-0, A Coruña 3-1; resto, 0-0).

Otras actuaciones procesales instruidas como consecuencia del tráfico o consumo de droga (incluso inhibiciones) o de las que se hayan deducido testimonios al respecto: 2, Madrid. Resto, 0.

Expedientes disciplinarios instruidos como consecuencia de la tenencia e introducción de drogas y/o su consumo (Arts. 7.º-19 y 7.27 de la L. O. 8/2014, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas: Total: 20 (9 Madrid-territorial, 4 Sevilla, 3 Barcelona, 4 A Coruña, 0 Santa Cruz de Tenerife).

Expedientes disciplinarios instruidos como consecuencia del consumo de drogas con habitualidad y/o en el desempeño del servicio (art. 8.8 de la L. O. 8/2014, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas: total: 87: Central: 0; territorial 1, Madrid: 19; territorial 2, Sevilla: 32; territorial 3 Barcelona 9; territorial 4, A Coruña 17; territorial 5, Tenerife: 10.

Expedientes disciplinarios instruidos como consecuencia de la comisión de la falta muy grave de prestar servicio en estado de embriaguez o bajo los efectos de estupefacientes o sustancias tóxicas o psicotrópicas o el consumo de los mismos durante el servicio (art. 7.º23 de la L. O. 12/2007, de régimen disciplinario de la Guardia Civil): 2; 1 por embriaguez, 1 por drogas.

Expedientes disciplinarios instruidos como consecuencia de la comisión de falta grave por embriaguez, consumo y/o tenencia de estupefacientes o sustancias psicotrópicas (art. 8.º26 y 8.28 de la L. O. 12/2007, de régimen disciplinario de la Guardia Civil): total 10, 7 por embriaguez y 3 por consumo de drogas.

5.3.4 Datos estadísticos de los procesos seguidos en la Audiencia Nacional

5.3.4.1 Procesos incoados por los JCI por tráfico de drogas

Juzgados Centrales de Instrucción

Año 2020

D. Prev.

P. Abrev.

S.º Ord

Jdo. n.º 1

9

1

1

Jdo. n.º 2

11

0

3

Jdo. n.º 3

9

0

3

Jdo. n.º 4

8

2

1

Jdo. n.º 5

14

3

3

Jdo. n.º 6

12

0

3

Totales

63

6

14

Evolución de los datos: aunque se mantiene en general la progresiva disminución de procedimientos incoados –circunscritos los datos a las diligencias previas, que son las auténticas incoaciones, ya que tanto los procedimientos abreviados como los sumarios son transformaciones de diligencias previas anteriores– por los juzgados centrales de instrucción, este año ha habido una ligera disminución respecto del año 2019 y el número de incoaciones sigue siendo inferior al de los años 2015 y 2016; en efecto, se ha pasado de 237 en 2005 a 239 en 2006, 212 en 2007, 199 en 2008, 155 en 2009, 121 en 2010, 113 en 2011, 101 en 2012, 87 en 2013, aumentando a 104 en 2014, pero disminuyendo nuevamente a 88 en 2015, a 89 en 2016, a 63 en 2017, a 70 en 2018, a 80 en 2019, y a 63 en 2020, lo que supone una disminución del 21,25%.

5.3.4.2 Procedimientos incoados por blanqueo de capitales

Juzgado Central n.º 1

0

Juzgado Central n.º 2

0

Juzgado Central n.º 3

0

Juzgado Central n.º 4

2

Juzgado Central n.º 5

1

Juzgado Central n.º 6

2

Total

5

En blanqueo de capitales se observa también en general una progresiva disminución de procesos incoados, que en el año 2006 ascendieron a 16, en 2007 a 11, en 2008 a 8, en 2009 a 9, en 2010 a 8 procedimientos y en 2012 a 5, aunque en 2013 se elevó a 7, en 2014 a 9, en 2015 a 25, para volver a bajar en 2016 a 8, cifra que se mantuvo en 2017 y que se redujo a 2 en 2018, aumentando a 4 en 2019. En todo caso, debe destacarse que los datos se refieren a las diligencias registradas en esta Fiscalía, y, en consecuencia, todos ellos son de blanqueo procedente del tráfico de drogas, a diferencia de la estadística nacional, en que es prácticamente imposible identificar el delito antecedente.

Por otra parte, la proporción de procesos por blanqueo de capitales en relación con los incoados por tráfico de drogas es este año el 7,93%.

Las diferencias entre el número de procesos incoados por tráfico de drogas y los seguidos por blanqueo de capitales se explican por varias razones: de una parte, porque en el propio proceso por tráfico de drogas se decomisan todos los bienes que deban ser considerados instrumentos, efectos y ganancias, sin que ello implique un delito de blanqueo; en segundo lugar, porque en algunos casos (cuando el blanqueo no es especialmente complejo) se tramita en el mismo proceso el tráfico de drogas y el blanqueo conexo, lo que se registra por el primero de los delitos y no por el segundo; finalmente, porque no está en la LOPJ prevista la competencia de la Audiencia Nacional para conocer de los delitos de blanqueo autónomos, de modo que este órgano judicial únicamente conoce de los delitos de blanqueo de capitales conexos a un tráfico de drogas competencia de aquella.

5.3.4.3 Sentencias dictadas por los órganos enjuiciadores de la Audiencia Nacional

Durante el pasado año, los órganos judiciales de la Audiencia Nacional han pronunciado en procedimientos penales competencia de esta Fiscalía un total de 31 sentencias, frente a 33 sentencias en 2019, (reducción del 6,06%), 44 en 2018, 43 en el 2017, 47 en 2016, 54 en 2015, 47 en 2014, 49 en 2013, 57 en 2012, 45 en 2011, 78 en 2010, 69 en 2009, 61 en 2008 y 63 en 2007; por otra parte, el Juzgado Central de lo Penal solo ha dictado una sentencia, lo que es consecuencia lógica de las penas procedentes por tráfico de drogas competencia de la Audiencia Nacional tras la reforma de 2010, de modo que sólo muy excepcionalmente conocerá este órgano judicial de procedimientos por tráfico de drogas, fundamentalmente en casos de rebeldes en procedimientos en que ya haya conocido, respecto de otros acusados, dicho Juzgado. Finalmente, este año se ha dictado por una sección de la Audiencia Nacional una sentencia en procedimiento de decomiso autónomo, procedimiento en el que esta Fiscalía ya ha tenido varias experiencias, derivadas tanto de fallecimientos como de rebeldías de investigados.

Sentencias 2020

Dictadas por la Audiencia Nacional

29

Dictadas por el Jdo. Central Penal

1

Total

30

Acusados:

Personas Físicas – españoles

54

Personas Físicas – extranjeros

110

Personas Jurídicas

0

Total

164

Condenados:

Personas Físicas – españoles

48

Personas Físicas – extranjeros

102

Personas Jurídicas

0

Total

150

Absueltos:

Españoles

6

Extranjeros

8

Personas Jurídicas

0

Total

14

Sentencias dictadas por la Audiencia N.:

Sección 1.ª

9

Sección 2.ª

9

Sección 3.ª

9

Sección 4.ª

2

Total

29

Juzgado Central Penal

1

Total

1

Total Audiencia Nacional + Jdo. Penal A. N

30

Dictadas en sumarios

19

Dictadas en Procedimiento Abreviado

10

Total

29

Juzgado Central Penal:

Dictadas en P. Abreviado

1

Total

1

Totales

30

Demanda de decomiso autónomo

1

5.3.5 Dictámenes de los Fiscales

El siguiente cuadro estadístico refleja la suma de los dictámenes emitidos por todos los Fiscales de la plantilla. Basta comparar el número de dictámenes emitidos con el de causas incoadas, para valorar la complejidad de los procedimientos que se siguen en la Audiencia Nacional.

Dictámenes 2019-2020

Procedimientos

Org. Jud.

Año 2019

Año 2020

2019-2020

D. Previas/PA.

(Juzgados).

Central 1.

279

224

-19,71%

Central 2.

163

117

-28,22%

Central 3.

453

281

-37,97%

Central 4.

224

265

18,30%

Central 5.

382

366

-4,19%

Central 6.

364

373

2,47%

P. Abreviados.

(Secciones).

Sección 1.ª.

9

6

-33,33%

Sección 2.ª.

6

12

100,00%

Sección 3.ª.

26

9

-65,38%

Sección 4.ª.

7

6

-14,29%

Extradiciones.

Central 1.

51

52

1,96%

Central 2.

52

25

-51,92%

Central 3.

38

83

118,42%

Central 4.

74

81

9,46%

Central 5.

42

43

2,38%

Central 6.

60

79

31,67%

Euroórdenes.

Central 1.

51

144

182,35%

Central 2.

79

60

-24,05%

Central 3.

67

83

23,88%

Central 4.

92

142

54,35%

Central 5.

119

110

-7,56%

Central 6.

134

131

-2,24%

Sumarios.

(Juzgados).

Central 1.

116

72

-37,93%

Central 2.

131

63

-51,91%

Central 3.

73

108

47,95%

Central 4.

107

117

9,35%

Central 5.

94

101

7,45%

Central 6.

247

155

-37,25%

P. Ordinario.

Sección 1.ª.

115

107

-6,96%

Sección 2.ª.

101

111

9,90%

Sección 3.ª.

49

40

-18,37%

Sección 4.ª.

93

54

-41,94%

Indultos.

Sección 1.ª.

5

6

20,00%

Sección 2.ª.

6

1

-83,33%

Sección 3.ª.

4

6

50,00%

Sección 4.ª.

3

2

-33,33%

Decomiso Aut.

Sección 3.ª.

3

1

-66,67%

Ejecutorias.

1845

1965

6,50%

E. J. I. Jdo. CP.

221

195

-11,76%

E. J. I. Secciones.

326

50

-84,66%

Total, Dictámenes.

6311

5846

-7,37%

Este es el quinto año en que se incluye este dato estadístico que revela cómo, pese a la progresiva disminución de procedimientos incoados, las causas son muy complejas, y generan gran cantidad de dictámenes, que, aunque se redujeron en 2017 respecto de 2016 (en que se llegó a 6328 dictámenes), en una proporción del 5.5%, aumentaron en 2018 a 6292 (el 5,18%), volvieron a aumentar en 2019 (6311, un 0,30%) pero han disminuido nuevamente a 5846 en 2020, con una reducción del 7,37%, lo que supone una media de 417 dictámenes por Fiscal, a los que habrá que añadir los emitidos en materia de Vigilancia Penitenciaria y los otros actos procesales que se reflejan a continuación.

5.3.5.1 Dictámenes en Vigilancia Penitenciaria

Asunto

Año 2018

Año 2019

Año 2020

%+-2019/2020

Competencia

1

1

5

400

Clasificación

835

664

560

-15,62%

Peticiones y Quejas

547

538

628

16,72%

Permisos de salida Positivos y Negativos

2.450

2.241

2.153

-3,92%

Intervención comunicaciones

35

40

43

7,5%

Redenciones ordinarias y extraordinarias

15

8

19

70%

Reformas y apelaciones en general

1774

1454

1710

14,97%

Libertad condicional

711

653

860

31,70%

Sanciones

112

73

63

-13,69%

Refundición de condena

66

59

57

-3,39%

Otros

0

0

0

0%

Total

6546

5731

6106

7%

Los dictámenes de vigilancia penitenciaria pasaron de 6545 en 2018, a 5731 en 2019, y han aumentado a 6106 en 2020 (7%). Ello supone una media de 436 dictámenes anuales por fiscal, que, añadidos a los emitidos en otras materias, supone un total medio anual de 853 dictámenes por fiscal.

5.3.5.2 Otros actos procesales

2019

2020

Diferencia

Vistas Apelación

72

82

13,88%

505 LECrim

406

535

31,77%

Calificaciones

42

34

-19,05%

5.3.5.3 Diligencias de investigación de la Fiscalía

Diligencias de investigación

2019

2020

Dif.

Incoadas

55

36

-34,54%

Judicializadas

13

9

-30,77%

Remitidas a otras Fiscalías

6

2

-66,66%

Archivadas

24

13

-45,83%

En trámite

12

12

0%

Entregas vigiladas

9

6

-33,33%

Expedientes Gubernativos

17

5.3.6 Cooperación internacional en general

La Fiscalía Especial Antidroga desarrolla una intensa actividad internacional, que comenzó en su momento mediante la oferta a otros países de constituirnos en interlocutor privilegiado en la cooperación internacional para la lucha contra el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales asociado a aquel, que posteriormente se ha fortalecido mediante una serie de memorándums de cooperación, especialmente con Francia e Italia que, lógicamente, está implicando un aumento significativo en el ámbito de la cooperación europea como consecuencia de lo establecido en la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, cuyo artículo 187.2 declara que «El Ministerio Fiscal es la autoridad competente en España para recibir las órdenes europeas de investigación emitidas por las autoridades competentes de otros Estados miembros». Dentro de esta actividad deben destacarse las reuniones de coordinación convocadas por Eurojust que, como consecuencia de la pandemia del Covid-19 se han desarrollado sobre todo en forma telemática, no presencial.

Junto a la actividad de cooperación judicial internacional en sentido estricto –tanto en el ámbito de la Unión Europea como fuera de ella– numerosas instituciones extranjeras e internacionales, así como programas de la Unión Europea, requieren los servicios de miembros de esta Fiscalía –tanto del órgano central como delegados–, para actividades de formación y de otro tipo, que también serán objeto de consideración y en las que las funciones del Fiscal Jefe suelen consistir en informar a los miembros de esta Fiscalía de las peticiones formuladas, en algunos casos designar al experto y en otros se limita a informar que no existen razones de servicio para la intervención en dicha actividad del fiscal designado. Este año también se ha producido una notable reducción de la actividad, como consecuencia de la pandemia.

5.3.6.1 Instrumentos de reconocimiento mutuo: OEDES y extradiciones pasivas

En lo que concierne a la aplicación de los instrumentos de reconocimiento mutuo hay que señalar dos apartados diferentes: por un lado, lo referente a la ejecución de Órdenes Europeas de Detención y Entrega (tanto activas como pasivas), y por otro al resto de instrumentos recogidos en la Ley 23/2014 de 20 noviembre de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, especialmente, las órdenes europeas de investigación y la ejecución de sentencias dictadas por otro Estado.

En lo que afecta a las OEDES, seguimos sin datos concretos de las activas, es decir, de las emitidas por los jueces españoles en el marco de los procedimientos que se llevan en esta Fiscalía Especial Antidroga, y menos aún si tratamos de atender a datos nacionales, puesto que dichas órdenes son emitidas en cada caso por el correspondiente juez de instrucción competente para hacerlo en el marco de la pertinente causa.

Por el contrario, sí disponemos de estadísticas de las OEDES pasivas, porque como es sabido, su tramitación y resolución está residenciada en la Audiencia Nacional, se registran en el pertinente sistema informático y son dictaminadas por los miembros de esta Fiscalía Especial, por lo que se reflejan en el pertinente cuadro estadístico. Estas últimas cifras son:

5.3.6.2 Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDES)

Total: 246.

Países emisores

Alemania

31

Austria

3

Bélgica

20

Bulgaria

2

Dinamarca

4

Eslovaquia

1

Eslovenia

1

Estonia

1

Francia

58

Hungría

2

Irlanda

4

Italia

50

Lituania

8

Países Bajos

11

Polonia

19

Portugal

10

Reino Unido

14

Rumanía

4

Suecia

3

Total

246

5.3.6.3 Extradiciones

Este instrumento, correspondiente a Estados que no pertenecen a la Unión Europea, es más lento que las OEDE y su cifra es muy inferior a la de éstos. Las peticiones han descendido levemente a 82 en 2019, y a 71 en 2020, con una reducción del 13,41%.

Entregas

3

Denegaciones

0

Condicionamientos/ suspensión entrega

0

Otros

68

Total

71

Países

Marruecos

20

Perú

7

Brasil

11

Rusia

6

Argentina

3

Suiza

6

Colombia

1

Serbia

2

EEUU

4

Albania

2

Argelia

1

Ucrania

1

Turquía

4

Venezuela

1

Moldavia

1

Honduras

1

Total

71

El presente año 2020 se ha visto marcado por las excepcionales circunstancias derivadas de la pandemia del Covid-19 y la declaración del estado de alarma y confinamiento del país desde el 14 marzo 2020, con suspensión de los plazos procesales. Este estado de alarma fue levantado el 21 junio 2020, si bien con limitaciones de movimiento, a pesar de lo cual la incidencia en las entregas no ha sido relevante. En todo caso se ha articulado una comunicación vía correo electrónico, tanto para las OEDES como para las extradiciones pasivas, que han agilizado notablemente el trabajo de los fiscales encargados en cada caso.

Por lo que se refiere a las OEDES, de acuerdo con las informaciones de SIRENE y las autoridades judiciales de la Audiencia Nacional (órgano de ejecución de todas las OEDES pasivas), durante la vigencia del estado de alarma, la mayor parte de las OEDES se han tramitado en plazo (la media ha sido de 10 días), y tan solo cuando las restricciones de movimiento han impedido la entrega material al país requirente, se ha aplicado por la autoridad judicial el art 23 de la Decisión Marco reguladora del citado instrumento de reconocimiento mutuo. Según el supuesto, usando el n.º 3 (fuerza mayor) o el n.º 4 (razones humanitarias por motivos de salud pública) del precepto, con las consiguientes y diferentes consecuencias que conllevan.

Las soluciones se han tomado caso a caso, sobre todo en lo concerniente a la situación personal de los reclamados, vistos los plazos perentorios de prisión provisional que afectan a este tipo de entrega.

En cuanto a las entregas extradicionales, la respuesta ha sido diferente: en estos supuestos, nos hemos encontrado con una gran variedad de situaciones que presentan los Estados requirentes en lo relativo a las medidas restrictivas por el COVID-19, lo cual afecta de modo diferente a cada expediente extradicional dado que no existe una previsión legal en la Ley de Extradición pasiva, como el antes indicado art 23 DM relativa a la OEDE.

Por todo ello, una vez concluido el procedimiento de extradición con la fase gubernativa –dando el visto bueno de manera definitiva a la entrega– las soluciones se han ido adoptando caso por caso mediante acuerdos con las autoridades centrales de los países requirentes, pero con retrasos materiales de las entregas en todos los supuestos.

Sin embargo, se han podido comprobar dos ritmos de ejecución en las extradiciones. En los casos de extradiciones simplificadas –donde la persona reclamada consintió a la entrega– el procedimiento de extradición siguió los mismos patrones que en la OEDE para proceder a su entrega material rápidamente. Mientras en el resto de procedimientos ordinarios, se han postergado (debido a la suspensión de plazos procesales por la declaración del estado de alarma) los trámites de audiencia de los reclamados, dilatando mucho la resolución final de los expedientes. Esto se refleja en la estadística anual por la cantidad de ellos sin resolver a fecha 31-12-20, que asciende a un total de 68.

Finalmente, se ha instaurado un procedimiento de comunicación por medio de correo electrónico, de modo que todos los fiscales de la plantilla tienen conocimiento cabal de las reclamaciones y detenciones en tiempo real, lo que ha facilitado extraordinariamente su despacho.

5.3.6.4 Órdenes Europeas de Investigación y Comisiones Rogatorias Internacionales

Si el año 2018 se erigió en el punto de inflexión en lo que hace al uso de instrumentos de reconocimiento mutuo por la transposición en España de la Directiva 2014/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 3 abril 2014 mediante Ley 3/2018 de 11 julio por la que se modifica la Ley 23/2014 de 20 noviembre de Reconocimiento Mutuo, en el año 2019 se evidenció el incremento exponencial en los expedientes de cooperación jurídica en el marco europeo, que contrastan claramente con las comisiones rogatorias internacionales, procedentes de países que no pertenecen a la Unión Europea: 417 instrumentos de reconocimiento mutuo, frente a 65 Comisiones Rogatorias Internacionales, y que en 2020 han llegado, pese al Covid-19, a 412 instrumentos de reconocimiento mutuo frente a 33 comisiones rogatorias internacionales.

Por lo tanto, la carga de trabajo de la Sección de Cooperación jurídica internacional está experimentando un notable aumento, no solo por el número de expedientes, sino por la cantidad de documentos que cada uno de ellos genera, además de las múltiples contestaciones a las autoridades requirentes sobre el estado de ejecución de sus OEI.

En lo concerniente a las notificaciones del art 13 de la Decisión 2009/426/JAI del Consejo de 16 de diciembre de 2008, este año tan solo se han llevado a cabo 3 intercambios de información a Eurojust, todos ellos en el marco de entregas vigiladas autorizadas desde esta Fiscalía Especial Antidroga.

Al igual que ocurre con las OEDES y extradiciones, la ejecución de solicitudes de asistencia judicial se ha visto afectada en este año 2020 por la situación derivada de la pandemia mundial de Covid-19 y, en especial, de la declaración del estado de alarma en España.

Si bien en los momentos iniciales del confinamiento decretado en nuestro país, el ritmo de recepción y ejecución de tales peticiones se vio muy ralentizado como consecuencia de la paralización de plazos procesales y el ritmo de trabajo mucho más lento que el habitual de juzgados, tribunales y fiscalías, a partir del mes de abril se volvió a la recepción cada vez mayor de peticiones de auxilio penal. Todo ello hasta el punto de que el año 2020 se ha cerrado con 408 OEI registradas (frente a 326 en 2019, con un aumento del 25,25%), y 74 CRI (frente a 65 de 2019, aumento del 13,84%).

De la grave crisis sanitaria, sin embargo, se ha sacado una conclusión muy positiva que ha facilitado en gran manera la ejecución de los auxilios judiciales demandados. Todas las partes implicadas han emprendido una digitalización forzosa acelerada que ha repercutido favorablemente en la ingente cantidad de trabajo de 2020. Así, la mayor parte de las peticiones están llegando vía email a la cuenta genérica de la FEAD, ya sea desde la autoridad europea requirente, Eurojust, o la Autoridad central española. Asimismo, los juzgados centrales y su decanato tan solo reciben ahora los expedientes vía correo electrónico y las unidades de policía judicial reciben las peticiones de ejecución por idéntica vía, dirigiéndose de igual modo al fiscal encargado incluso para la firma de mandamientos a entidades bancarias, telefónicas, etc., lo cual se realiza digitalmente y se les reenvía. Como consecuencia de ello, también desde la FEAD se devuelven las OEI ejecutadas desde este órgano directamente al requirente vía online, reforzándose la comunicación directa entre autoridades judiciales, base del reconocimiento mutuo.

En definitiva, 2020 ha sido un año de aumento de trabajo en cooperación jurídica en general en la FEAD, pero, pese a las grandes dificultades surgidas a nivel laboral derivadas de la grave situación sanitaria mundial, este órgano ha sabido reaccionar a los retos planteados, gestionando todos los temas (OEI, extradiciones, OEI y CRI) de manera rápida y eficiente y mejorando el modo en que ello se ha llevado a cabo.

Estadística 2020 UE-OEI

País

Orden Europea de investigación pasiva

Orden Europea de investigación activa

Comisión Rogatoria Internacional Pasiva

Reconocimiento Mutuo Pasivo

Alemania

21

1

1

1

Bélgica

20

Bulgaria

2

Eslovenia

5

Finlandia

7

Francia

143

1

1

1

Grecia

2

Italia

64

Lituania

9

Países Bajos

68

11

Polonia

11

1

Portugal

8

Reino Unido

6

1

Rumanía

17

Suecia

25

Totales

408

4

2

13

Comisiones Rogatorias (Estados no UE)

País

Comisión Rogatoria Internacional Pasiva

Albania

2

Andorra

1

Argentina

2

Armenia

2

Bolivia

1

Brasil

14

Chile

1

Colombia

5

Estados Unidos

5

Japón

1

Macedonia

3

Marruecos

2

México

1

Noruega

3

Paraguay

1

Perú

7

Rep. de Montenegro

1

Rep. de Serbia

4

Rusia

2

Suiza

11

Turquía

2

Uruguay

1

Totales

72

5.3.6.5 Reconocimiento y ejecución en España de sentencias condenatorias extranjeras

Unión Europea: Juzgado Central de lo Penal Año 2020 Ley 23/2014

País de Origen

Incoados

Dictámenes totales

Francia

9

37

Italia

8

18

Portugal

10

49

Bélgica

2

4

R. Unido

3

7

Suecia

8

24

Alemania

6

15

P. Bajos

3

12

Polonia

2

21

Austria

1

4

Dinamarca

2

4

Total

54

195

El año 2019 fue el primero en que se incluyó esta estadística; destaca, posiblemente debido a la pandemia de COVID, la reducción del número de expedientes, que pasó de 71 a 54 (reducción del 23,94%), aunque el número de dictámenes de los Fiscales encargados de su despacho creció de 167 a 195 (aumento del 16,76%).

No UE: Secciones Sala de lo Penal C. E. X.

País de Origen

Incoados

Dictámenes totales

Marruecos

4

9

Perú

3

4

Turquía

2

2

Brasil

3

4

EEUU

2

3

Colombia

2

8

Andorra

3

14

Suiza...

1

2

Venezuela

1

4

Total

21

50

5.3.6.6 Reuniones de coordinación de Eurojust

Como se ha indicado, a partir de febrero de 2020 se suspendieron las reuniones presenciales, sustituidas en determinados casos por reuniones telemáticas. Como ejemplos podemos destacar las siguientes:

Reunión de coordinación entre autoridades nacionales de Italia, Alemania y España, relacionada con el caso de referencia ID 56909, en que se investiga un presunto delito de tráfico de sustancias estupefacientes y sustancias psicotrópicas y cuyo objetivo es intercambiar información sobre el estado de las investigaciones entre las autoridades implicadas, así como evaluar cuestiones de cooperación futura, estando el caso judicializado en el Juzgado Central de Instrucción n.º 6.

Reunión de coordinación entre autoridades nacionales de Reino Unido, Rumanía y España, relacionada con el caso de referencia ID 57524, referido a un presunto delito de tráfico de sustancias estupefacientes y pertenencia a organización criminal, cuyo objetivo es intercambiar información sobre el estado de las investigaciones entre las autoridades implicadas, así como evaluar cuestiones de cooperación futura en un caso judicializado en el Juzgado Central de Instrucción n.º 4, para los días 14 y 15 de marzo de 2020.

5.3.6.6.1 Otras reuniones de cooperación judicial internacional en el extranjero

También la pandemia de COVID ha supuesto la suspensión de otras reuniones de cooperación internacional en el extranjero: como muestra podemos destacar la inicial designación de una fiscal de la plantilla para participar en la actividad «Taller sobre medidas especiales de investigación de delincuencia organizada en Cuba», con código J-2.2.2.01-RT-CUB-20, que tendría lugar del 23 al 28 de marzo de 2020 en Cuba, y que fue finalmente suspendido.

Se celebraron presencialmente el «Programa global para prevenir y combatir el Tráfico de Drogas y el Crimen Organizado a lo largo de las rutas del Tráfico de Drogas», primera actividad, Foro Ecuador y España, en la ciudad de Guayaquil, Ecuador y la segunda actividad en Panamá, República Dominicana y España, en la ciudad de Santo Domingo, del 12 al 20 de febrero de 2020.

Otras actividades de cooperación internacional.

El Fiscal Jefe formó parte de la Delegación española que asistió al 63° período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes que se celebró en Viena (Austria) del 2 al 6 de marzo de 2020.

5.3.6.7 Otras reuniones internacionales

El 15 de diciembre de 2020 se celebró la Reunión anual de puntos de contacto de la Red de Fiscales Antidroga Iberoamericanos, a la que asistieron los puntos de contacto de RFAI en 18 Fiscalías de Iberoamérica: Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana y Uruguay. Representación del proyecto UNODC CRIMJUST.

Programa y debates: La reunión se inició dando la bienvenida a las nuevas Fiscalías de Honduras y Andorra que se sumaron a la Red en 2020, así como a los nuevos puntos de contacto designados.

Actividades en 2020. En una primera parte del encuentro se presentaron las actividades ejecutadas durante este año. Estas actividades conjugaban tanto iniciativas de naturaleza operativa en materia de transmisión e intercambio de información, la constitución de equipos conjuntos (ECIs) y la ejecución de entregas controladas, como aquellas otras encaminadas a la difusión de las herramientas necesarias para mejorar la investigación transnacional del narcotráfico. En este sentido, el punto de partida era el Plan de Acción redactado a principios de año, que identificaba los ECIs y las entregas controladas a través de la aplicación del Protocolo. La capacidad de la red para responder a la situación asociada a la pandemia ha permitido que, con estos referentes, hayamos alcanzado los objetivos que nos habíamos trazado.

Junto a un buen número de actividades, estructuradas principalmente en cursos online (con 487 participantes) y webinarios, entre las que se destaca el curso sobre entregas controladas con la participación de fiscales de todas las fiscalías de la AIAMP y la Conferencia Iberoamericana sobre narcotráfico y delincuencia organizada, con la colaboración de la Fiscalía de Chile, celebrada los días 16 a 18 de diciembre, resulta imprescindible reseñar que estas iniciativas evidencian la capacidad de la Red para asociarse tanto con las distintas redes y grupos de trabajo de la AIAMP como con instituciones y proyectos internacionales. Entre ellos, resulta particularmente importante la asociación con CRIMJUST/UNODC que, de forma sostenida, a través del trabajo conjunto, culminó con nuestra participación en la Conferencia de Naciones Unidas sobre delincuencia organizada, en un evento paralelo el 12 de octubre y en nuestra presencia como socio preferente en la reunión anual de CRIMJUST celebrada en el mes de noviembre.

En último término, a modo de balance general, el escenario asociado a la pandemia y a sus consecuencias, en particular el confinamiento, ha exigido nuestra constante actualización encaminada a tener mayor presencia en las fiscalías antidroga y en el acompañamiento a los fiscales. Como resultado, creemos que la Red ha incrementado notablemente su visibilidad y su apoyo, y ha difundido entre los fiscales de Iberoamérica las distintas herramientas para mejorar la investigación transnacional del narcotráfico a través de actividades que han recibido un interés abrumador, en muchos casos con más de 1000 solicitudes para participar en una de las iniciativas ejecutadas. Como articulación de la capacitación y el plano operativo, ha sido determinante la capacitación en materia de entregas controladas, que permite promover el uso del Protocolo aprobado por la Asamblea General de la AIAMP en 2019.

Plan de acción 2021

1. Tres son las actividades que se identifican como determinantes para asegurar el funcionamiento de la red en 2021:

a. Las videoconferencias entre los puntos de contacto, que garantizan que el Plan de Acción y sus iniciativas responden a las necesidades y prioridades. Estas videoconferencias están previstas inicialmente para abril, julio y octubre de 2021.

b. La plataforma online de capacitación que pusimos en marcha a finales de 2020 con la ejecución de dos cursos online y dos webinarios, como vehículo para canalizar nuestras iniciativas de difusión y capacitación durante el 2021 (mayo a diciembre).

c. La reunión anual y presencial de puntos de contacto prevista para diciembre de 2021 en Argentina si la situación sanitaria así lo permite.

2. Sostenibilidad: pese a los avances mencionados en materia de entregas controladas y equipos conjuntos de investigación, estos continúan siendo dos de los principales ejes para 2021, a través de actividades que permitan a los fiscales familiarizarse con estas herramientas de investigación. Entre estas actividades, está previsto dar continuidad al curso sobre entregas controladas organizado conjuntamente con CRIMJUST, afianzando sus aspectos prácticos, así como también desarrollar foros para abordar la persecución de casos transnacionales. De igual forma, la red ofrece a través de sus puntos de contacto la posibilidad de articular cursos o actividades nacionales para una fiscalía en particular, si así fuera de interés, con expertos de la Red para compartir la experiencia de otros países, tanto para apoyar la reglamentación de las entregas controladas, si fuera preciso, como para asegurar la eficacia en su ejecución.

3. Constitución de grupos de trabajo: a través de la especialización y de la experiencia de los puntos de contacto, incorporando cuando sea necesario expertos en las materias correspondientes; la Red propone abordar fenómenos o dinámicas específicas con el objetivo final de identificar buenas prácticas que permitan a los fiscales enfocar con mayor eficacia sus investigaciones. En la discusión con los puntos de contacto se acordó la constitución de tres grupos de trabajo que mantendrán una primera reunión en el mes de marzo:

a. Tráfico de drogas por vía marítima (contenedores, veleros, buques), liderado por España con la participación de Panamá, Uruguay y Portugal, y la eventual participación del proyecto SEACOP.

b. Tráfico de drogas por vía aérea (aeropuertos y avionetas), con dos líderes, Chile y Paraguay, y la participación de Brasil, Honduras, Guatemala, México, Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, con la eventual participación de representantes de los proyectos AIRCOP y COLIBRÍ.

c. Drogas sintéticas, nuevas sustancias y precursores, liderado por Argentina y con la participación de España y fiscales de la Fiscalía de Países Bajos como observadores.

4. Fortalecimiento de la complementariedad y el trabajo con otras redes y grupos de la AIAMP, y con otras plataformas e iniciativas. Este pilar del Plan de Acción de 2021 se despliega a través de las siguientes acciones:

a. Identificación de actividades conjuntas con las redes y grupos especializados de la AIAMP, en particular con la Red de cooperación penal internacional, las redes de trata y de cibercrimen, y los grupos de extinción de dominio y lavado de activos.

b. Fortalecimiento de la relación a nivel operativo y de capacitación con la Red de Fiscales de habla portuguesa.

c. Fortalecimiento del trabajo conjunto con CRIMJUST en distintas actividades de capacitación y en los foros de investigación sobre casos transnacionales.

5.3.7 Actuaciones del servicio ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales

En 2020 no se ha recibido en esta Fiscalía ninguna comunicación directa del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de capitales.

5.3.8 Participación en determinados organismos y grupos de trabajo

La Fiscalía Especial Antidroga está integrada en todos los órganos de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (comisión, y comités permanente y estratégico). Todos estos organismos han trabajado con alguna reunión presencial, varias por vía telemática, y, en varios casos, mediante solicitudes de informe por escrito.

El Fiscal Jefe es miembro nato de la Comisión de Prevención del Blanqueo de capitales, que celebró reuniones el 16 de julio y el 30 de octubre de 2020, y se solicitaron informes escritos en varias ocasiones; entre los temas tratados y no sometidos a secreto, pueden destacarse los informes al Anteproyecto de Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y financiación del terrorismo, a la lista de Personas con responsabilidad Política, y al nombramiento del nuevo Director del Servicio Ejecutivo de la Comisión (SEPBLAC).

Para el Comité Permanente y el Comité estratégico se designaron dos fiscales de la plantilla. Otro fiscal de la Fiscalía Especial forma parte del grupo de trabajo «plan estratégico nacional contra el enriquecimiento ilícito (2021-2023), que tiene ya muy avanzados sus trabajos.

Finalmente, esta Fiscalía Especial informó al Delegado de Protección de Datos de la Fiscalía General del Estado sobre los ficheros responsabilidad de aquella, y las medidas adoptadas para su adecuada protección.

5.3.9 Datos de la Unidad de Policía Judicial adscrita a la Fiscalía General del Estado

De acuerdo con los datos aportados, cabe destacar:

La plantilla está compuesta por siete (7) funcionarios, 6 del Cuerpo Nacional de Policía y 1 de la Guardia Civil pertenecientes a esta Unidad Adscrita, similar a los últimos años; si bien desde fechas pasadas recientes dispone de seis funcionarios, al trasladarse uno de los componentes a prestar sus servicios a la Jefatura Superior de Policía de Madrid.

Se ha producido un aumento en cuanto al total de asuntos recibidos pasando de 117 en el año 2019 a 121 en el 2020 (+3,41%); aumentando en el mismo periodo los Procedimientos Judiciales de Cooperación Internacional (Comisiones Rogatorias y Órdenes Europeas de Investigación), Diligencias Informativas y Diligencias de Investigación.

También han aumentado los asuntos finalizados –y en proporción superior a la de los ingresados–, lo que es muestra de un importante esfuerzo, pasando de 116 en 2019 a 126 en 2020 (+8,62%), incrementándose también los Procedimientos Judiciales de Cooperación Internacional (Comisiones Rogatorias y Órdenes Europeas de Investigación), y las Diligencias Informativas y de Investigación.

Destacan como asuntos más destacados a lo largo del año 2020:

– Investigación 298/19 de Finlandia, realizada en torno a organización de blanqueo de dinero del narcotráfico compuesta por varias personas, se les identifican cuentas con diversas cantidades de dinero en Caixabank, Evo y BBVA.

2. Operación QUIÑONES, derivada del Procedimiento de Cooperación Judicial Internacional 10/19 de Rusia, del Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional, investigación económico patrimonial realizada sobre una organización de narcotraficantes colombianos; se localizan cuentas bancarias en Open Bank, BBVA, Caixabank, Banco Evo y dos empresas con sede en Madrid.

3. Operación DIEPEVEEN, dimanante de la Orden Europea de Investigación 39/20 de Países Bajos, investigación económica-patrimonial realizada sobre organización de narcotraficantes de origen holandés; se detectan diversas cuentas con diversos saldos en Banco Popular, Sabadell, Deutsche Bank, tres empresas y una vivienda con un valor catastral de 200.000 euros en la localidad gerundense de Playa de Aro.

4. Operación JAGTMAN, (NIV C/00041/20), procedente de la Orden Europea de Investigación 73/20 de Países Bajos, investigación económico patrimonial realizada sobre organización de narcotraficantes compuesta por seis personas holandesas; se localizan cuentas bancarias con diversos saldos en BBVA, Caixabank, un inmueble y una empresa en la localidad de Marbella (Málaga).

5. Operación SCHALKS, (NIV C/00997/20), con origen en la Orden Europea de Investigación 82/20 de Países Bajos; investigación económica-patrimonial realizada en torno a una organización de blanqueo de dinero procedente del narcotráfico, integrada por varias personas holandesas, detectándose cuentas en el Sabadell, Caixabank, y tres inmuebles y tres empresas en la localidad malagueña de Torremolinos.

6. Operación CASPER, (NIV C/01349/20), procedente de Orden Europea de Investigación 102/20 de Holanda; investigación económica-patrimonial realizada sobre una organización de crimen organizado internacional. Se localizan cuentas bancarias con saldos de interés en Caja Rural Central, Cajamar, así como una empresa en las localidades de Archena y Cartagena (Murcia).

7. Operación CHAMS, (NIV C/01446/20), dimanante de la Orden Europea de Investigación 97/20 de Países Bajos, investigación económica-patrimonial sobre red de narcotráfico, de origen árabe, se localizan cuentas en Santander, Caixabank, Sabadell, así como una empresa en Ceuta.

8. Operación SANTANA (NIV C/0217/20), procedente de Procedimiento de Cooperación Judicial Internacional 24/20 de EEUU, sobre organización de narcotráfico compuesta por 7 personas de diversas nacionalidades. En la investigación económica-patrimonial realizada en la provincia de Cuenca se localizan diversas cuentas bancarias con una cierta cantidad de dinero de las entidades BBVA, Santander y Caixabank.

9. Operación DRAGOTA, dimanante de la Orden Europea de Investigación 190/20 de Rumanía. Investigación económica-patrimonial realizada sobre organización de crimen organizado de rumanos se detectan diversas cuentas en Bankinter, BBVA y Unicaja, así como varios vehículos.

10. Operación JALINK, procedente de la Orden Europea de Investigación 275/20 de Países Bajos. Investigación económica-patrimonial realizada sobre organización de narcotraficantes de ese país en la que se descubren diversas cuentas en Bankia, Banca March, Caixabank y Sabadell.