Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 4. FISCALÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

4.6 La actividad de investigación de la criminalidad organizada y socioeconómica

4.6.1 Datos estadísticos

Falsificación moneda y tarjeta de crédito

Patrimoniales y socioeconómicos

DP

4

645

PA

1

6

S

0

1

Total

5

652

Gráfico

4.6.2 Fraudes y delitos contra el orden socioeconómico

En el ámbito de la criminalidad socioeconómica, es oportuno reseñar que un porcentaje importante de estos hechos delictivos, incardinables en el apartado c) del art. 65.1 de la LOPJ, son despachados directamente por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, en tanto que órgano del Ministerio Fiscal legalmente incluido en la estructura del citado tribunal y, por lo tanto, competente para intervenir en los procesos por delitos definidos como «defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas que tengan grave repercusión para la seguridad del tráfico mercantil, o para la economía nacional, o causen un perjuicio patrimonial a una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia».

Otro porcentaje significativo es despachado por la Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, bien por haber intervenido previamente en los mismos en fase de diligencias de investigación o prejudiciales, bien por haberse asignado el asunto expresamente por la Fiscalía General del Estado, conforme dispone el art. 19.4 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Esta posible doble atribución de asuntos económicos a dos fiscalías especiales tiene su cauce de distribución en los mecanismos internos de la Fiscalía; así puede verse en la Instrucción 1/1996, de 15 de enero, sobre competencias y organización de la Fiscalía especial para la represión de los delitos económicos relacionados con la corrupción.

Los procedimientos penales incoados y tramitados por delitos de estafa, apropiación indebida, alzamiento de bienes, contra la propiedad intelectual e industrial, delitos societarios, blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública, y otros de naturaleza económica en cuyo despacho está interviniendo la Fiscalía de la Audiencia Nacional ascienden a 649 DP (incluimos aquí iDental), representando aproximadamente el 70 % del total.

Para hacernos una idea de su importancia basta con nombrar algunos de los asuntos económicos que se tramitan: «iDental», «Atún Rojo», «Publiolimpia», «Fitonovo», «Oro», «Caso Ausbanc», etc.; todos ellos delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, tipos penales que encajan en el concepto «defraudación» del art. 65.1.c) de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Además de en otros foros especializados, la Fiscalía está presente en las reuniones periódicas de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA).

Asuntos más relevantes en tramitación

Diligencias Previas 132/2015 Juzgado Central de Instrucción n.º 1 (Caso AUSBANC).

El juicio oral comenzó el 29 de enero de 2020. Aún no ha finalizado debido a su complejidad (10 acusados y más de 100 testigos y peritos) y la interrupción durante 4 meses por el estado de alarma.

El procedimiento se sigue por un delito de organización criminal, veintisiete delitos de extorsión, un delito de estafa, un delito contra la Hacienda Pública por fraude de subvenciones y un delito de blanqueo de capitales. Se usaba la asociación de la que eran titulares para la presunta comisión de los ilícitos indicados, distorsionando el mercado desde el punto de vista publicitario y reputacional.

Diligencias Previas 29/2017 Juzgado. Central de Instrucción n.º 1 (Fraude a las Eléctricas).

En estas diligencias se instruye un caso de fraude a las principales compañías eléctricas por parte de una organización criminal que, mediante la interposición de empresas instrumentales en la comercialización de energía eléctrica, deja de abonar finalmente al resto del sistema eléctrico la energía comercializada. El 18 de noviembre de 2019 se formuló escrito de acusación, tramitándose la fase intermedia durante todo el año 2020 hasta que se ha dictado auto de apertura de juicio oral el 17 de diciembre de 2020. La complejidad estriba en el entramado societario creado para dar visos de verosimilitud a la actitud desplegada por los autores de la defraudación.

Caso FITONOVO Diligencias Previas 74/2015, Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

Pieza Insular: en este año de la memoria se celebró el juicio habiéndose dictado sentencia condenatoria respecto a tres acusados. La presente pieza se refiere a hechos cometidos en Canarias, Andalucía y Extremadura relacionados con la sociedad FITONOVO que, conforme al escrito de acusación, realizó una actividad planificada dirigida a adjudicarse por medios fraudulentos contratos públicos. Con este propósito, la dirección de FITONOVO SL creó una infraestructura tanto operativa como contable destinada a obtener contratos públicos irregulares, habilitando la estructura comercial de la empresa para conformar una red de contactos con funcionarios corruptos que les facilitaban dicha contratación y creando una contabilidad paralela que se nutría de facturación falsa para, entre otros fines, financiar el pago de sobornos. Existen 7 piezas más en las que se ha formulado escrito de acusación, individualizando en cada caso la acusación respecto a la comisión de delitos de cohecho activo y pasivo, prevaricación y tráfico de influencias

Caso Publiolimpia. Diligencias Previas 61/2017 Juzgado Central de Instrucción n.º 6.

Estafa piramidal presuntamente cometida por los responsables de PUBLIOLIMPIA y referente a la captación de fondos (la mayor parte de las veces a través de préstamos participativos) para la financiación de campañas publicitarias, prometiéndose una elevada remuneración, sin que las campañas publicitarias fueran realizadas por la sociedad mencionada. En un principio se calculó por los Mossos D’Escuadra que el fraude afectaría a 1251 víctimas en todo el territorio nacional, con un perjuicio de 250 millones de euros, cifrando en 18 el número de entidades y colaboradores que intermediaron en la comisión del delito. Durante 2020 se ha continuado con la toma de declaraciones en el procedimiento.

IDental: DP 70/2018 Juzgado Central de Instrucción n.º 5.

La causa se inicia por denuncia de 38 perjudicados presentada el 10 de junio 2018 por los delitos de administración fraudulenta, estafa, apropiación indebida, falsedad documental, lesiones y contra la salud pública, contra la entidad Idental Asistencia Dental Social, Andalucía Dental Proyectos Odontológicos SL, Dental Global Management Sl, Weston Hill Capital, Proyecto Odontológico Almería S. L. y su representante legal, siendo su administrador Dental Global Management SL y a sus administradores y apoderados.

Los denunciantes describen las irregularidades en la aplicación de los tratamientos contratados con las entidades denunciadas y principalmente el incumplimiento sistemático de los plazos y de los propios tratamientos.

Desde el inicio de la investigación se detectó la necesidad de solicitar el auxilio de las autoridades sanitarias para que colaborasen en la administración de las historias clínicas que habían quedado abandonadas tras el cierre de las clínicas. Con la finalidad de agilizar los reconocimientos médicos de los perjudicados y filtrar los casos de mala praxis para su posterior investigación, el juzgado ha procedido a la apertura de piezas denominadas PS por perjudicados o grupos de perjudicados y piezas PS víctimas (pieza individual por cada víctima) desde las que se enviarán exhortos con notificaciones en los domicilios de los perjudicados que han presentado denuncias ante órganos policiales, fiscalías y juzgados, a fin de que acudan a los odontólogos de los servicios de sanidad y les cumplimenten el protocolo de valoración de las lesiones sufridas elaborado con la colaboración de la Clínica forense de la Audiencia Nacional.

El procedimiento, dado su volumen y complejidad, hace necesaria la apertura de una pieza por cada reclamación colectiva o individual presentada ante un órgano policial, judicial o fiscalía. Asimismo, se ha procedido a la apertura de piezas separadas por cada lesionado para analizar si las lesiones sufridas presentan indicios de mala praxis.

En la actualidad se está a la espera de la práctica de múltiples diligencias de investigación solicitadas por el fiscal.

DI Previas 91/ 2018 Juzgado Central de Instrucción n.º 3, (Operación Tarantelo o del Atún Rojo).

Causa que se inicia el 9 de noviembre de 2018 por inhibición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Picassent. En el Auto de inhibición se indica que las actuaciones se iniciaron el 13 de marzo de 2018, en virtud de diligencias policiales instruidas conjuntamente por la Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) y por la Unidad Central Operativa de Medioambiente del mismo cuerpo policial, por delitos contra la fauna, falsedad documental, blanqueo de capitales y organización criminal consistente en la comercialización ilegal de atún rojo.

A través de las investigaciones policiales se constató que los atunes que viene manipulando el grupo criminal que se investiga pudieran estar ocasionando graves riesgos para la salud al alterar los pescados con grandes concentraciones de histamina, lo que determinaría la existencia de productos de pesca no aptos para el consumo humano. Todos los integrantes de la organización cuentan con conocimientos sobre control y trazabilidad de las capturas, sacrificio, transporte y puesta en el circuito comercial de la especie atún rojo, algunos de los cuales trasladaban desde el extranjero, concretamente de Malta a nuestro país.

4.6.3 Crimen organizado, falsificación de moneda y de tarjetas de crédito

En el ámbito de la criminalidad organizada internacional debemos reconocer que las recientes reformas legales, tanto de la LOPJ al constreñir la competencia de la Audiencia Nacional para los delitos de falsificación de moneda y de tarjetas de crédito a los que se cometen por organizaciones o grupos criminales, como del Código Penal –mediante la tipificación de los delitos de organización y grupo criminal– han reconducido el trabajo de este tribunal vinculándolo esencialmente con el hecho delictivo organizado, facilitando así la investigación de delitos cuya comisión se gesta en el extranjero pero que producen sus efectos en España, como es el caso de los relacionados con la trata de seres humanos previsto por el art. 177 bis, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros (favorecimiento de la inmigración clandestina) de los arts. 313 y art. 318 bis, los relativos a la prostitución de los arts. 187 a 189, contra el orden público (organización y grupo criminal) de los arts. 570 bis y 570 ter y de blanqueo de capitales de los arts. 301 y 302 CP.

Dada su importancia y trascendencia en el orden socioeconómico, no solo español si no también comunitario, es necesario hacer una mención especial y pormenorizada a los delitos relativos a la falsificación de moneda y tarjetas de crédito.

Detenidos:

El número de personas detenidas por las diferentes unidades policiales de carácter internacional, nacional y autonómico durante el pasado año asciende a 66, de los que 54 son de nacionalidad española y 12 extranjeros.

Nacionalidad:

Gráfico

Lugar de detención:

Gráfico

Evolución de esta actividad:

Evolución del número de billetes falsos en circulación.

Durante este año se han intervenido unas cantidades similares de billetes falsos con respecto a los últimos cinco años, a excepción del periodo en el que se produjo el confinamiento por causa del COVID-19, en el que la cifra de detección de billetes falsos descendió. Desde 2015, parece existir una tendencia descendente en la aparición de billetes falsos, a excepción de 2019, en el que aumentó ligeramente, siendo el pasado 2020 bastante similar al 2019.

Distribución por denominaciones.

En España la falsificación del billete de 50 euros concentró la mayor parte de las falsificaciones detectadas, situándose a continuación el de 20 y después el de 10. De las restantes denominaciones, las cantidades no fueron significativas en comparación a las anteriores.

Área geográfica de las falsificaciones.

La mayor parte de las falsificaciones detectadas en España se concentraron en siete provincias: Barcelona, Madrid, Sevilla, Málaga, Valencia, Bilbao y Alicante.

Problemática actual de la falsificación en España.

Falsificaciones que tienen su origen en nuestro país.

Las falsificaciones que predominan, con posible origen español, son de baja calidad. El método empleado en este tipo de falsificaciones es el de más sencillo manejo, es decir, la cadena gráfica (escáner y ordenador). Las falsificaciones catalogadas como nacionales son por lo general producidas y distribuidas por personas de nacionalidad española.

El año pasado en nuestro país se pudieron desmantelar dos centros de producción de moneda falsa.

Falsificaciones que tienen su origen fuera de España.

Las de Italia (Grupo Nápoles) son las que tienen una mayor incidencia en España y en el resto de la UE. Las organizaciones delictivas que las producen emplean, para su distribución en nuestro país y en la UE a personas originarias de países del este de Europa, subsaharianos y del norte de África.

Respecto a las originarias de Europa del Este han bajado en cuanto a número de billetes incautados, fundamentalmente los de origen búlgaro. Su introducción se lleva a cabo mediante el transporte por personas de esa nacionalidad, utilizando las líneas clandestinas de autobuses que efectúan el recorrido desde ese país al nuestro, donde es recibida por miembros de la organización para ser distribuida, valiéndose de sus actividades en el campo de la delincuencia relacionada con la prostitución, tráfico de estupefacientes y robo de vehículos de gran cilindrada.

Señalar que, en los últimos tiempos, se viene observando un aumento de la distribución de moneda falsa a través de la llamada Dark net o red profunda, lo que dificulta a los investigadores la identificación de los vendedores y compradores de la moneda falsa.

Falsificación de la moneda metálica euro.

En cuanto a la falsificación de moneda metálica, España es uno de los países europeos donde más se detectan, fundamentalmente de dos euros y un euro cuyo presunto origen sería China.

Divisa extranjera.

Las que más se han detectado a lo largo de 2020 han sido el dólar americano y la libra esterlina, si bien en cantidades muy bajas en comparación al euro y similares a las que se detectaron en 2019.

Falsificación de tarjetas de crédito.

La falsificación de tarjetas en nuestro país consiste principalmente en las siguientes actividades:

1. Copiar o clonar físicamente la tarjeta de entidades bancarias españolas, mediante la manipulación de cajeros automáticos, para posteriormente utilizarla en países donde no está implantada la tecnología chip.

2. Uso fraudulento de tarjetas bancarias extranjeras en España para realizar compras en comercios conniventes. Es común que las tarjetas extranjeras tengan procedencia asiática (principalmente China), americana (EEUU, Rep. Dominicana, Colombia, Venezuela) y europea.

Debido al carácter transnacional de estos delitos, el fin pretendido es doble: por un lado, retrasar la reacción del perjudicado y de la entidad bancaria emisora y por otro entorpecer la acción policial, dificultando ser detectados, identificados y perseguidos. Los grupos criminales especializados en estos ilícitos suelen ser grupos con diferentes niveles de estructura y reparto de tareas específicas.

En relación a los delitos de falsificación, distribución y tenencia de moneda falsa y de tarjetas de crédito, se ha detectado un aumento de la comercialización de las mismas en Internet, especialmente en la Dark net, así como su empleo para adquisición de útiles y elementos necesarios para llevar a cabo la posterior falsificación. Son grupos criminales que destacan por su alta especialización y sofisticación. La distribución y penetración de la moneda falsa en España se realiza mediante los diferentes pasadores y a través de empresas de paquetería.

Los grupos organizados dedicados a la falsificación de tarjetas en el año 2020 estuvieron asentados principalmente en Barcelona, si bien tuvieron actividad en otra veintena de provincias españolas. A nivel internacional, estos grupos han operado en Bulgaria, Colombia, Francia e Italia.

Falsificación de tarjetas de pago.

Detenidos por tarjetas de crédito en delincuencia organizada. Evolución 2015-2020

Detenidos

2015

2016

2007

2018

2019

2020

Por falsificación tarjeta de crédito

167

38

86

62

52

121

Nacionalidad detenidos por falsificación de tarjetas de pago (año 2020).

Gráfico

Provincia de detención en investigaciones por falsificación de tarjetas de pago (año 2020)

Provincia

N.º detenidos

%

Barcelona

70

53,03

Madrid

46

34,85

Alicante

5

3,79

Albacete

4

3,03

Valencia

3

2,27

Toledo

1

0,76

Valladolid

1

0,76

Gerona

1

0,76

Granada

1

0,76

Total

132

100%

Asuntos más relevantes en tramitación

D. Previas 10/2020 Juzgado Central de Instrucción n.º 6.

Se incoaron a raíz de la inhibición de las D. Previas 112/2020 del Juzgado de Instrucción 2 de Badajoz para el esclarecimiento de hechos que serían constitutivos de delitos de falsificación de tarjetas de crédito, estafa y pertenencia a organización criminal. Se trata de una investigación por estafa a entidades bancarias de los Estados Unidos de América que, conforme a la información remitida por la Policía Nacional, habrían sufrido un perjuicio por importe superior a 7 millones de euros; habría más de 15 entidades perjudicadas, existiendo un procedimiento por fraude abierto por las fiscalías de Texas, Florida y Rhode Island.

Esta actuación, en nuestro país, se concentraría en 12 provincias, estando involucradas 107 empresas y 98 investigados de distintas nacionalidades, por cuantía superior a 7 millones de euros produciendo una grave incidencia sobre la seguridad del tráfico mercantil. Se han practicado diligencias consistentes en intervención de comunicaciones, registros, detenciones y toma de declaración de investigados, habiéndose dictado autos de prisión provisional para algunos.

P. Abreviado 58/17 Juzgado Central de Instrucción n.º 6.

Se incoaron por auto de 27/06/17. A partir de la comunicación de las autoridades belgas a la Brigada Central de Seguridad Informática del Cuerpo Nacional de Policía se tiene conocimiento de la existencia de una organización dedicada a la extracción fraudulenta de dinero en entidades bancarias en distintos países. Los responsables entran en el sistema informático de los bancos, controlando cuentas bancarias y cajeros automáticos de forma remota. Posteriormente, coordinados, extraen dinero en esos cajeros, utilizando a personas provistas de tarjetas (mulas). Está acreditada la extracción de importantes sumas en Kazajistán, Rusia, Azerbaiyán, Taiwán, Tailandia, Bielorrusia, Rumanía y Kirguistán. El responsable de la parte técnica de la organización residía en España. Se han enviado comisiones rogatorias a Estados Unidos, Taiwán, Finlandia, Reino Unido y Alemania. Se autorizó la intervención de comunicaciones telefónicas y se solicitaron datos al Fichero de Titularidades Financieras, TGSS, AEAT y entidades bancarias.

El 6 de marzo de 2018 se procedió a la detención de los investigados. Fue autorizada la entrada y registro de su domicilio y la intervención y el acceso a los dispositivos electrónicos que poseían, actualmente en estudio.

A través de la delegación española en Eurojust se pusieron los hechos en conocimiento de las autoridades de los países perjudicados con la finalidad de examinar el estado de las comisiones rogatorias enviadas, determinar la existencia de procedimientos sobre los mismos hechos y personas en estos países y ofrecer colaboración. Se celebró reunión de coordinación el 11 de junio de 2018.

Actualmente, y tras haberse recibido algunas comisiones rogatorias libradas, así como practicado las diligencias oportunas, está en la Sección 1.ª (Rollo de Sala 3/2021) pendiente de enjuiciamiento.

P. Abreviado 18/18 Juzgado Central de Instrucción n.º 6.

El 18/09/15 la representante legal de los Servicios Financieros Carrefour presentó denuncia ante Guardia Civil (UCO) alegando que, mediante el uso fraudulento de tarjetas de esa entidad, se habían realizado cargos por importe de 10.448,13 €. El método utilizado sería el denominado «phising». El atestado elaborado motivó la incoación de las DP 413/16 del Juzgado de Instrucción 2 de Castellón de la Plana. El Juzgado acordó su inhibición a los Juzgados Centrales.

Analizando la documentación aportada se determinó que en las operaciones se utilizaron tarjetas de trece países (Suecia, Suiza, Corea, Alemania, Noruega, Emiratos Árabes, Austria, Reino Unido, Francia, Colombia, Japón, Luxemburgo y Estados Unidos) y el dinero así obtenido se transfirió a 24 cuentas corrientes de varios titulares. Las empresas propietarias de los terminales de venta no desarrollaban ninguna actividad, habiéndose constituido con la única finalidad de obtener el uso de la terminal y de esta manera consumar el fraude.

El grupo actuaba de forma coordinada y era dirigido por dos personas que distribuían el trabajo entre los integrantes del mismo. Estos residían en Rumanía y se desplazaban periódicamente a España para realizar las operaciones fraudulentas y recoger las ganancias obtenidas.

Por auto de 20-10-2020 se acordó la apertura del juicio oral contra 7 de los investigados; respecto al resto, se ha abierto una pieza separada para investigar su participación en estos ilícitos.

Pendiente de la notificación del auto de Apertura del J. O. a los investigados, pues muchos de ellos han renunciado a sus representaciones legales.