Capítulo II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 1. FISCALÍA DEL TRIBUNAL SUPREMO

1.4 Sección de lo Social

1.4.1 Actividad de la Sección de lo Social del Tribunal Supremo

Los asuntos despachados por la sección de lo Social de la Fiscalía del Tribunal Supremo durante el año 2014 han sido los siguientes:

ENTRADA DE ASUNTOS

UNIFICACIÓN DE DOCTRINA

3.124

CASACIONES

280

CASACIONES (Despidos y otras medidas de carácter colectivo)

83

REVISIONES

27

ERRORES JUDICIALES

15

ASUNTOS VUELTOS

144

ART. 42 L.O.P.J.

6

QUEJAS

3

CUESTIONES DE COMPETENCIA

2

IMPUGNACIOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

3

TOTAL

3.687

POR DICTÁMENES

INADMISIONES

2.522

ADMISIONES

8

IMPROCEDENTES

291

PROCEDENTES

725

NULIDADES

11

NO NULIDADES

61

ESTIMACIONES

1

ESTIMACIONES PARCIALES

20

OTROS

39

TOTAL

3.678

De estos datos estadísticos merecen especial comentario la ascensión de los recursos de casación, ascensión que ya fue notable el año pasado, pasando de 199 en el año 2012 a 297 en el mismo 2013.

El año pasado no se diferenció estadísticamente dentro de los recursos de casación los procedimientos de despido colectivos o de suspensión de contratos por causas económicas, técnicas organizativas o de producción, pero este año se ha preferido separarlas para que quede evidenciada la litigiosidad que ha provocado la crisis económica en el alto Tribunal, que por otra parte supone solo –lógicamente– un indicio del impacto de la reforma laboral que tenía como finalidad adecuar de manera rápida la situación de las empresas a su realidad económica.

1.4.2 Coordinación con los fiscales especialistas ante la jurisdicción social

En este año tampoco se ha realizado ninguna jornada con los fiscales especialistas, si bien el Centro de Estudios Jurídicos programó una para el mes de febrero de 2015 dedicada a los fiscales especialistas de las Fiscalías provinciales más modernas, como se había solicitado reiteradamente.

Se ha seguido manteniendo el envío por correo electrónico de las sentencias más relevantes dictadas por la Sala IV y las Salas Especiales de los artículos 38 y 42 LOPJ del Tribunal Supremo en todas aquellas materias en las que la LRJS establece la intervención del Fiscal.

Se han recibido en las Fiscalías de los TSJ ocho solicitudes de formalización del recurso de unificación de doctrina conforme al art. 219.3 LRJS que, tras ser remitidas de inmediato a la Fiscalía del T. S. por medio de correo electrónico, en cumplimiento de la Instrucción 4/2012, se acordó no interponerlos al no concurrir los requisitos legales.

1.4.3 Sentencias de la Sala IV del Tribunal Supremo de especial trascendencia

Sin duda alguna la sentencia más importante de las dictadas este año por la Sala IV del Tribunal Supremo es la de fecha 22.12.2014 (RC 264/2014) que interpreta la que aparecía, en principio, como una trascendental modificación del art. 86 del Estatuto de los Trabajadores en cuanto a la vigencia de los convenios colectivos, según la cual «transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado una laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación».

La sentencia tiene dos votos particulares concurrentes diferentes, un voto particular discrepante que firman cinco Magistrados, y otro voto particular discrepante distinto, por lo que la sentencia finalmente sólo fue firmada por ocho Magistrados: Según ésta, las normas del convenio colectivo estaban ya contractualizadas desde el mismo momento en que se inició la relación laboral, por la que aunque éste pierde vigencia, siguen siendo aplicables a los trabajadores con contrato anterior, de manera que solo podrán ser modificados por la vía del procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo.