Capítulo I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 6. UNIDAD DE APOYO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

6.5 El Sistema de Información del Ministerio Fiscal y tecnologías asociadas al ejercicio de su función

El Ministerio Fiscal tiene desplegados en la actualidad sistemas de información con base tecnológica que recogen la mayor parte de las áreas en que desarrolla sus funciones, tanto en lo estrictamente procesal o jurisdiccional como en lo organizativo.

Sin perjuicio del necesario mantenimiento y mejora que debe impedir el estancamiento, así como la necesidad de impulsar aquellos ámbitos donde todavía se aprecian claros déficits, es lo cierto que cada vez nos encontramos más en un escenario en el que se hace imprescindible explotar la buena información que se posee.

El Ministerio Fiscal dispone de aplicaciones que recogen su intervención en los distintos procedimientos judiciales, en la fase preprocesal, en su caso, y en áreas especializadas como la de Cooperación Internacional o Protección de Menores. También se dispone de aplicaciones que aglutinan esa información dispersa y la ponen a disposición de todo el colectivo y que, en forma de cuadro de mandos, la explotan con el fin de intensificar el conocimiento de lo que se hace y del funcionamiento de nuestra estructura, controlar la actividad y, lo que debe ser cada del más importante, servir como plataforma para la toma de decisiones, tanto dentro del esquema organizativo del Ministerio Fiscal como en el espacio social y jurídico en el que el nos movemos. Es posible que no haya en este momento mejores medios para examinar determinadas parcelas de la realidad y el funcionamiento de ciertas Instituciones y Órganos procesales que los indicadores de los cuadros de mandos del Ministerio Fiscal.

Toda nuestra estructura organizativa, descentralizada y expandida, aporta el registro de la actividad que se desarrolla y las relaciones con los distintos interlocutores jurisdiccionales e institucionales; cuanto más sostenible sea el sistema, mejor el registro y más implicado el personal a su cargo, mejor será el producto final con el que se pueda operar para controlar la actividad, conocer la realidad plural y heterogénea en la que nos movemos y tomar decisiones acertadas, justificadas y compartidas por el colectivo, atajando los indudables riesgos de desconexión que puede haber entre la Fiscalía General del Estado, centro directivo del Ministerio Fiscal, y esa estructura plural, descentralizada y heterogénea que define a la Institución.

A partir de esa información el Ministerio Fiscal puede medir lo que hace, dónde lo hace, en qué medida ello sucede en cada una de las circunscripciones en que se mueve y, en su caso, los tiempos de respuesta que se producen en cada una de las Fiscalías y, en casos concretos, en cada uno de los Fiscales. Mejorar, cuidar y explotar celosamente esa información es una responsabilidad que deben sentir como propia quien la produce y quien está «obligado» a tenerla en cuenta.

El Ministerio Fiscal recibe a través de la ley la encomienda del ejercicio de ciertas funciones y puede de esta manera dar cuenta responsable de cómo las mismas están siendo ejercidas tanto por él como por la Administración de Justicia, de cuyo funcionamiento eficaz aquél es responsable por expresa mención de su Estatuto. De la misma manera, el Gobierno, el Estado en realidad, puede recibir el mensaje de cómo funcionan las Instituciones y las leyes que, salen del Legislativo para zambullirse en la realidad, debiendo ser testadas para valorar su acierto, fracaso o necesidad de corrección.

No puede sino reiterarse lo que se hacía el año anterior, recalcando cómo a través de una información cada vez de más calidad puede analizarse la gestión fiscal y judicial a través de indicadores de tiempos y volúmenes, así como tenerse una imagen asentada en datos ciertos sobre la carga de trabajo que se viene soportando en las distintas Fiscalías, fundamentalmente las territoriales.

Gráficamente se apostilla lo anterior señalando que hoy se puede conocer de forma muy fiable la carga que se soporta en las fiscalías en los grandes ámbitos jurisdiccionales y, dentro de cada uno de ellos, la que se concreta en actividades procesales relevantes y especialmente significativas: juicios, calificaciones, procedimientos... Puede analizarse con bastante fiabilidad el círculo completo del procedimiento desde que se incoa hasta que se resuelve: los tiempos medios desde la incoación hasta el archivo, desde la incoación hasta la calificación, desde la calificación hasta el enjuiciamiento, desde el enjuiciamiento hasta la sentencia, desde la incoación hasta el enjuiciamiento o desde este hasta la sentencia; son gráficos ejemplos que permiten apreciar cómo en el ámbito de actividad del Ministerio Fiscal en particular y de la Administración de Justicia en general se pueden empezar a aplicar técnicas y estrategias de medición cuantitativa y cualitativa que colocan a nuestro servicio público en situación de igualdad con otros de los que es igualmente tributaria la ciudadanía.

La responsabilidad, el trabajo y el mérito de «tantos todos» está detrás de ello y sólo en ello puede sustentarse.

Desde otro punto de vista el Ministerio Fiscal único para todo el Estado debe ser cada vez más una Institución/Organización interconectada en la que la información fluya tanto entre sus miembros como entre sus órganos y, en un tercer nivel, de cara al exterior y con el exterior mismo.

Quizá quede todavía mucho por hacer para mejorar en las herramientas y buenas prácticas de información y flujos compartidos. Tanto la Fiscalía General del Estado como los múltiples órganos directivos descentralizados deben mejorar para llevar a cabo una gestión fluida de la propia organización y evitar al máximo las redundancias que en ocasiones llevan a que de una forma enervante se requiera de la organización y sus miembros una información de la que se dispone o se debería disponer sin necesidad de someter a toda la estructura a un repetitivo requerimiento. En un momento en el que las bases de datos y las comunicaciones telemáticas han alcanzado un alto estado de desarrollo, el Ministerio Fiscal no debe vivir de espaldas a ello, sino que debe explotarlo al máximo.

La gestión de personal de los miembros del Ministerio Fiscal, el control de la actividad funcional de esos miembros y de sus Órganos, la comunicación bidireccional entre el Centro o los Centros directivos y la estructura descentralizada, el conocimiento y control de la actividad jurisdiccional plural y heterogénea… deben abandonar una estructura arcaica de preguntas y respuestas que se suceden sin fin y a veces entran en bucle.

Las aplicaciones puestas al servicio de la Inspección fiscal, las aplicaciones de gestión de personal, las aplicaciones de ostión de Juntas de Fiscalía, de distribución de trabajo o de retiradas de acusación, los listados de análisis de aspectos estratégicos de la actividad procesal, los accesos remotos a las aplicaciones y a las bases de datos compartidas que se nutren de estas... estos y tantos otros elementos deben generar un escenario de inteligencia compartida y de relación fluida, haciendo que la comunicación directa y personalizada sean cada vez menos necesarias y se reserven sólo para aquellos casos en los que se hace necesario otro tipo de relación.

Todo este clima «ideológico» no debe ser visto como un escenario despersonalizado, sino como una oportunidad para que la relación de toda la Institución consigo misma y con el exterior gane en calidad superando las dificultades que lo plural y lo heterogéneo traen consigo.

El Ministerio Fiscal debe convertirse en un auténtico centro de inteligencia sobre la realidad en la que está llamado intervenir y, en una cultura de transparencia, ponerlo a disposición de la ciudadanía en los términos que ello es debido y en los que esta es acreedora.

Es mucho lo conseguido y más los retos pendientes, lo que sin duda es positivo: siempre debe quedar mucho por hacer sin que ello signifique, en absoluto, que se haya hecho poco.