El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone en el Art.3.15 que corresponde al Ministerio Fiscal "promover o, en su caso, prestar el auxilio judicial internacional previsto en las leyes, tratados y convenios internacionales".
La cooperación judicial internacional constituye en la actualidad un instrumento indispensable para la eficacia de la Justicia. En particular, en el ámbito penal, una pluralidad de factores, como la progresiva eliminación de fronteras en el seno de la Unión Europea y la consolidación de la existencia de una delincuencia organizada de carácter trasnacional, ha convertido el auxilio entre autoridades judiciales de distintos países en el mecanismo idóneo para la lucha contra la delincuencia.
Los Fiscales son autoridad judicial a los efectos de la cooperación judicial internacional. Por lo que se refiere al ámbito europeo, el Convenio Europeo de Asistencia Judicial firmado en Estrasburgo el 20 de abril de 1959, fue ratificado por España el 18 de agosto de 1982, formulando una declaración respecto del Art. 24, según la cual "a los efectos del presente convenio serán consideradas como autoridades judiciales (...) los miembros del Ministerio Fiscal". La misma condición se mantiene respecto al Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen y en el Convenio relativo a la asistencia judicial en materia penal entre los Estados miembros de la Unión Europea de 29 de mayo de 2000, pues ambas normas se configuran como complementarias del Convenio de 1959.
La Secretaría Técnica de la Fiscalía General tiene encargada, sin perjuicio de las funciones que corresponde a otros órganos, el ejercicio, o en su caso la coordinación de las funciones que se atribuyen a los Fiscales en materia de cooperación judicial internacional. La Instrucción 2/2007 creó en el seno de la Secretaría Técnica la Sección de Cooperación Internacional, encargada de llevar a cabo las tareas estatutariamente encomendadas a la Secretaría Técnica en esta materia.
La Fiscalía General participa periódicamente en las reuniones Internacionales de Fiscales Generales tanto en el seno del Consejo de Europa, de la Unión Europea, o en el seno de otras organizaciones iberoamericanas o mundiales. Merece especial mención la actividad desarrollada en el seno de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos. La Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos reúne a los Fiscales del continente americano y la península ibérica y ha celebrado hasta el momento de redactar estas líneas 16 Asambleas Ordinarias y varias Asambleas Extraordinarias, así como numerosas reuniones técnicas. En dichos encuentros se alcanzaron importantes conclusiones y resoluciones, tales como, la decisión de apoyar los procesos de autonomía de los Ministerios públicos, la instauración de un modelo acusatorio en el proceso penal en Iberoamérica, y hacer frente, con carácter prioritario, a la delincuencia organizada. El impulso a la cooperación judicial internacional con su integración en la Red Iberoamericana de Cooperación Judicial internacional, Iber-RED, ha sido también uno de sus más destacables hitos. Actualmente corresponde al Fiscal General del Estado la Presidencia de la AIAMP.
La Fiscalía Española se integra activamente en todas las estructuras de cooperación creadas internacionalmente: